1000 resultados para Estado social de derecho – Colombia


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Conselho Nacional de Desenvolvimento Científico e Tecnológico (CNPq)

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O presente estudo tem como objeto analisar a efetividade do direito à educação na Constituição de 1988. Examina-se o conceito, a natureza, os custos (como a criação de reserva de fundos no FUNDEB e as designações sobre os percentuais a serem usados para a manutenção e desenvolvimento do ensino pelas entidades federativas), o papel do Estado e da sociedade e os princípios constitucionais que regulam a implementação do direito à educação na realidade brasileira. A partir do postulado de que o Estado Social e Democrático de Direito é protetor dos direitos sociais, foi relevante considerar que os argumentos sobre o mínimo existencial e a escassez de recursos devem ser apreciados com o máximo de cuidado. Além disso, são analisadas duas decisões judiciais proferidas em dois casos concretos que foram levados ao Supremo Tribunal Federal, fenômeno denominado por maior parte da doutrina de “judicialização de políticas públicas”, trata-se do caso Santo André/SP e do caso Queimados/RJ. Por fim, as referidas decisões são analisadas conforme os princípios e valores constitucionais tendo sido concluído que as demandas coletivas de satisfação do direito à educação são prioritárias em relação as demandas individuais, embora ambas sejam exigíveis.

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In a view to determining the outlines of the Freedom of Speech and to specify its contents, we face hate speech as an offensive and repulsive manifestation, particularly directed to minority groups in contemporary society. Thus, the study sought to promote, in the foreground, a study of the Freedom of Speech, in the liberal molds. Considered this way, Freedom of Speech will tend to accept hate speech as a legitimate manifestation, albeit at the injury of the victims. On the other hand, when we are dealing with the exhaustion of the liberal paradigm and the affirmation of the Welfare State, we note the recognition by the social state of the asymmetries and commitment to redistributive justice. The Freedom of Speech, warded by welfare state will tend to suffer major restrictions on its self-determination power, rejecting hate speech.

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Pós-graduação em Serviço Social - FCHS

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Se trata de un material para la enseñanza de la historia nacional desde 1853 a la actualidad. Para ello se establecen seis grandes etapas que enmarcan los procesos históricos que generaron los consensos y disensos desde la relación Estado y sociedad en la Argentina: 1) El Estado liberal republicano (1853-1930). 2) El Estado conservador restaurador (1930-1943). 3) El Estado social peronista (1945-1955). 4) El Estado custodiado (1955-1966). 5) El Estado burocrático autoritario (1966-1973). 6) Hacia el Estado post-social neoliberal (1976-2001). En cada uno de los momentos planteados por esta periodización se enmarcan los procesos históricos nacionales en el contexto de la historia mundial, organizando el desarrollo del hilo conductor en marcos externo e interno. Se editó como material de aprendizaje destinado al personal de seguridad pública de la Provincia de Mendoza en el marco del proyecto pedagógico con modalidad a distancia para la terminalidad de estudios de EGB3 y Educación Polimodal EDITEP, implementado a partir de la firma del Convenio entre la Universidad Nacional de Cuyo y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, en octubre de 2003.

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En este artículo se analiza la política sobre asentamientos informales Ilevada a cabo por los distintos gobiernos de la provincia, desde la apertura del proceso democrático hasta la actualidad. Cada uno de los programas analizados se contextualiza en el marco de las transformaciones socioeconómicas que caracterizaron las décadas de los '80, '90, la década actual y en determinadas concepciones de política social. El anáIisis de los programas se efectúa a partir de las siguientes categorías: segregación/integración residencial; potencialidad de los programas para enfrentar situaciones de pobreza; enfoques de los organismos internacionales en tomo a la pobreza; derecho a la vivienda y derecho a la ciudad.

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Que la Honorable Corte Constitucional, mediante Sentencia C-355 del 10 de mayo de 2006, declaró exequible el artículo 122 de la Ley 599 de 2000, en el entendido que no se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

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El presente trabajo propone presentar y poner en debate los avances de investigación realizados en torno a la problemática de los crímenes sexuales en la provincia y ciudad de Buenos Aires en la segunda mitad del siglo XIX. El mismo se inserta entre los nuevos estudios sobre la historia social del derecho, considerando el problema de la norma y la teoría penal así como la cuestión de la práctica judicial específica y las formas cómo esta afecta a la sociedad. En este sentido se busca explorar las formas únicas que presentan estos delitos en el proceso judicial decimonónico, las discusiones e interpretaciones que se confrontaron, la jurisprudencia y doctrina que fueron sentándose con el correr del tiempo y el asesoramiento indispensable que prestaron al desarrollo de todo ello la ciencia médica junto a los primeros trabajos sobre la sexología. Se expondrán a continuación los puntos nodales de las investigaciones que vengo desarrollando desde hace algunos años, continuación de los estudios de grado sobre esta compleja problemática decimonónica, resultado de la participación en proyectos específicos de investigación y que finalmente se insertan en el marco actual de mis estudios de doctorado en Historia que tiene como tema los delitos sexuales y las construcciones jurídicas así como médico-legales en el contexto de la codificación penal argentina, desde sus primeros intentos a partir de 1863 hasta la sanción del Código Penal Nacional de 1921. Se recorrerán como centros de análisis la forma en que el funcionamiento del sistema judicial va creando y recortando, de hecho, el perfil que convierte a una víctima en 'aceptable', es decir, en una persona que merece ser considerada como tal ante los ojos de los tribunales. Para esto se tienen en cuenta las diferencias que se registran en el tratamiento de los hombres/niños y las mujeres/niñas que son presentados ante la Justicia por sus padres como atacados. En este sentido, se resalta el lugar central que ocupa la familia en el proceso judicial, en tanto, por un lado son quienes pueden hacer la denuncia poniendo en funcionamiento la maquinaria judicial y por otro lado deben demostrar que han resguardado a sus hijos hasta el momento del ataque, protegiéndolos en un doble sentido: físicamente y psíquicamente, evitando su conocimiento "del mundo", entendido aquí de la sexualidad

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El presente trabajo propone presentar y poner en debate los avances de investigación realizados en torno a la problemática de los crímenes sexuales en la provincia y ciudad de Buenos Aires en la segunda mitad del siglo XIX. El mismo se inserta entre los nuevos estudios sobre la historia social del derecho, considerando el problema de la norma y la teoría penal así como la cuestión de la práctica judicial específica y las formas cómo esta afecta a la sociedad. En este sentido se busca explorar las formas únicas que presentan estos delitos en el proceso judicial decimonónico, las discusiones e interpretaciones que se confrontaron, la jurisprudencia y doctrina que fueron sentándose con el correr del tiempo y el asesoramiento indispensable que prestaron al desarrollo de todo ello la ciencia médica junto a los primeros trabajos sobre la sexología. Se expondrán a continuación los puntos nodales de las investigaciones que vengo desarrollando desde hace algunos años, continuación de los estudios de grado sobre esta compleja problemática decimonónica, resultado de la participación en proyectos específicos de investigación y que finalmente se insertan en el marco actual de mis estudios de doctorado en Historia que tiene como tema los delitos sexuales y las construcciones jurídicas así como médico-legales en el contexto de la codificación penal argentina, desde sus primeros intentos a partir de 1863 hasta la sanción del Código Penal Nacional de 1921. Se recorrerán como centros de análisis la forma en que el funcionamiento del sistema judicial va creando y recortando, de hecho, el perfil que convierte a una víctima en 'aceptable', es decir, en una persona que merece ser considerada como tal ante los ojos de los tribunales. Para esto se tienen en cuenta las diferencias que se registran en el tratamiento de los hombres/niños y las mujeres/niñas que son presentados ante la Justicia por sus padres como atacados. En este sentido, se resalta el lugar central que ocupa la familia en el proceso judicial, en tanto, por un lado son quienes pueden hacer la denuncia poniendo en funcionamiento la maquinaria judicial y por otro lado deben demostrar que han resguardado a sus hijos hasta el momento del ataque, protegiéndolos en un doble sentido: físicamente y psíquicamente, evitando su conocimiento "del mundo", entendido aquí de la sexualidad

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El presente trabajo propone presentar y poner en debate los avances de investigación realizados en torno a la problemática de los crímenes sexuales en la provincia y ciudad de Buenos Aires en la segunda mitad del siglo XIX. El mismo se inserta entre los nuevos estudios sobre la historia social del derecho, considerando el problema de la norma y la teoría penal así como la cuestión de la práctica judicial específica y las formas cómo esta afecta a la sociedad. En este sentido se busca explorar las formas únicas que presentan estos delitos en el proceso judicial decimonónico, las discusiones e interpretaciones que se confrontaron, la jurisprudencia y doctrina que fueron sentándose con el correr del tiempo y el asesoramiento indispensable que prestaron al desarrollo de todo ello la ciencia médica junto a los primeros trabajos sobre la sexología. Se expondrán a continuación los puntos nodales de las investigaciones que vengo desarrollando desde hace algunos años, continuación de los estudios de grado sobre esta compleja problemática decimonónica, resultado de la participación en proyectos específicos de investigación y que finalmente se insertan en el marco actual de mis estudios de doctorado en Historia que tiene como tema los delitos sexuales y las construcciones jurídicas así como médico-legales en el contexto de la codificación penal argentina, desde sus primeros intentos a partir de 1863 hasta la sanción del Código Penal Nacional de 1921. Se recorrerán como centros de análisis la forma en que el funcionamiento del sistema judicial va creando y recortando, de hecho, el perfil que convierte a una víctima en 'aceptable', es decir, en una persona que merece ser considerada como tal ante los ojos de los tribunales. Para esto se tienen en cuenta las diferencias que se registran en el tratamiento de los hombres/niños y las mujeres/niñas que son presentados ante la Justicia por sus padres como atacados. En este sentido, se resalta el lugar central que ocupa la familia en el proceso judicial, en tanto, por un lado son quienes pueden hacer la denuncia poniendo en funcionamiento la maquinaria judicial y por otro lado deben demostrar que han resguardado a sus hijos hasta el momento del ataque, protegiéndolos en un doble sentido: físicamente y psíquicamente, evitando su conocimiento "del mundo", entendido aquí de la sexualidad