998 resultados para Ley General de Subvenciones
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Presentaciones de Alicia Bárcena y Christof Kersting.
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¿Es hoy la Administración presupuestaria una realidad diferente tras sucesos tan importantes como la reforma política (años 70 del siglo XX), la reforma de la estructura del Estado (años 80) y el cambio regular de partidos gobernantes (consolidado en los años 90)? Antes de entrar a considerar cuestiones más metodológicas y de entrar en detalles exigibles académicamente, hay que decir que se trata de un estudio político de adminis-tración pública totalmente empírico. Es un estudio del poder público, en el que se consi-dera que la administración pública ejerce el poder público y cumple una universalidad de fines, se estudia qué es la administración pública y los grupos humanos que la integran y sirven. Aspira a contribuir a dar conocimiento para administrar adecuadamente en el sec-tor público1. Se estudia la administración presupuestaria central en España en el período que va de 4 de enero de 1977 (Ley General Presupuestaria) a 5 de mayo de 1996 (cambio de Go-bierno del PSOE a Gobierno del PP). No sólo es un estudio de Ciencia de la Administra-ción porque el objeto es un sector de la Administración pública, sino porque además es un estudio flagrantemente político, con consecuencias sobre el sistema político y sobre la administración pública simultáneamente. Se puede decir que incorpora dos visiones o ángulos aparentemente opuestos: una visión macro que nos lleva al sistema político global, y una visión micro que enlaza con el trabajo cotidiano de muchos funcionarios, con la política y con la gestión, difícilmente separables...
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La Ley General de Sanidad 14/1986 de 25 de Abril posibilitó el tránsito del antiguo modelo de Seguridad Social al actual modelo de Sistema Nacional de Salud (SNS), financiado con impuestos y de cobertura prácticamente universal. Desde entonces se han producido profundos cambios en el sistema que culminaron en el año 2002 con la descentralización total de competencias en materia de salud en las Comunidades Autónomas. La regulación nacional de competencias en materia de salud se realiza desde el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, organismo que agrupa a los máximos responsables autonómicos en materia de salud de cada Comunidad Autónoma y que tiene entre otras, la responsabilidad de evitar las desigualdades en servicios sanitarios dentro del territorio nacional. La creación y competencias del Consejo Interterritorial quedan recogidas en la Ley 16/2003 de 28 de mayo de Cohesión de la calidad del Sistema Nacional de Salud. La cartera de servicios comunes del SNS se establece en el Real Decreto 1030/2006 de 15 de Septiembre, actualizando el Real Decreto 63/1995 de 20 de enero sobre Ordenación de las prestaciones sanitarias, resultando del actual marco legislativo con la descentralización de competencias y gestión de los presupuestos un horizonte de posible variabilidad en los modelos de gestión de cada CCAA, que, si bien deben garantizar la universalidad de las prestaciones, también ofrece una diversidad de modalidades de gestionar los recursos en materia de salud. En cuanto al estado de salud de los españoles, destacar que la esperanza de vida al nacer se sitúa en 79,9 años, superior a la media europea, 78,3 años, y la esperanza de vida ajustada por incapacidad fue en 2002 de 72,6 años en España respecto a los 70,8 de la UE. Según cifras del propio Ministerio de Sanidad, la percepción de la salud de los ciudadanos fue positiva para un 73% de los hombres y un 63,2 de las mujeres. Alrededor del 60% de la población tiene un peso normal y la morbilidad sitúa en los primeros lugares las enfermedades del aparato circulatorio, el cáncer y las enfermedades del aparato respiratorio (CIE-9). El gasto sanitario en España, es un capítulo presupuestario importante, al situarse en torno al 7,5 del P.I.B, y los recursos e inversiones presentan aparentes desigualdades autonómicas. Los modelos de gestión y dependencia patrimonial de los recursos, variables entre Autonomías, plantean la necesidad de monitorizar un seguimiento que permita evaluar en los próximos diez años el impacto de la descentralización de competencias del Sistema. La estructura del Sistema tiene dos niveles asistenciales mayoritarios, atención primaria y especializada, absorbiendo la atención especializada la mayor parte del presupuesto. El incremento del gasto sanitario y la universalidad de las prestaciones han condicionado en gran medida la implantación de modelos de gestión diferentes a los tradicionales. Esta situación no es exclusiva del Estado Español. En los Estados del entorno de la Unión Europea, el Consejo de Ministros de Sanidad de la UE en su sesión celebrada los días 1 y 2 de Junio de 200625 concluyeron un documento que recoge los valores y principios comunes de los sistemas sanitarios de los países de la Unión Europea, resaltando los principios y valores de los sistemas sanitarios como soporte estructural de dichos estados. Como conclusión, en este momento (2007) el Sistema Nacional de Salud Español, está inmerso en un proceso de trasformación orientado a garantizar la eficiencia de las prestaciones de manera responsable, es decir, ofertar al ciudadano la mejor calidad de servicios al mínimo coste.
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El artículo realiza un análisis jurídico de la reforma de la Ley General Tributaria en España en el año 2003.
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La implementación de las nuevas tecnologías o TIC’s en el sector turístico se ha visto favorecida, en los últimos años, por las posibilidades que Internet ofrece de poder comprobar instantáneamente la existencia real del proveedor del servicio, la veracidad del servicio prestado o las condiciones en que se presta.. El aumento de la contratación electrónica de servicios turísticos exige que los proveedores de estos servicios y los turistas tengan en cuenta las diferentes normas jurídicas que resultan de aplicación en el ámbito de los servicios de la sociedad de la información, principalmente, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), las normas reguladoras del consumo, en concreto, el Real Decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU) y su modificación por la Ley 3/2014, de 27 de marzo, así como las diferentes normas autonómicas reguladoras del turismo que existen en la actualidad. En definitiva, un estudio detallado de las implicaciones que la contratación electrónica de servicios turísticos supone realizar una descripción legal del régimen jurídico que resulta de aplicación a los diferentes oferentes e intermediarios que intervienen esta nueva modalidad contractual y a los denominados paquetes dinámicos de turismo.
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El trabajo que voy a llevar a cabo trata sobre el accidente de trabajo, más en concreto el accidente de trabajo "in itinere", ya que es un hecho protegido que la ley general de la seguridad social le da una gran importancia. Trataré los requisitos necesarios para que se dé un accidente de trabajo "in itinere", basándome siempre en sentencias ya que es un trabajo básicamente jurisprudencial. En el trabajo también trato el accidente de trabajo in mision. A modo de conclusión expresaré mi opinión personal acerca de las diferentes sentencias comentadas en el trabajo.
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Este artículo analiza la televisión en relación con la lengua de signos en España durante los años 2010-2012. Para ello se ha partido de los datos publicados sobre la presencia de la lengua de signos en la televisión estatal desde que la Ley General de la Comunicación Audiovisual impuso a los operadores las obligaciones de emisión, en 2010. La mayoría de los canales ha incorporado la lengua de signos siguiendo las directrices de la legislación nacional e internacional. ¿Cuáles son las motivaciones que han inspirado estos desarrollos legislativos y cuáles son las estrategias de las empresas de televisión que las implantan? Se trata de favorecer la accesibilidad a la televisión a las personas sordas que utilizan la lengua de signos. Pero también alrededor de esta lengua se articula la identidad cultural de la comunidad sorda. El objetivo del estudio ha sido evaluar en qué medida la televisión en lengua de signos constituye una expresión cultural de la comunidad sorda. Este análisis pone de manifiesto que mayoritariamente la incorporación de la lengua de signos que hacen los canales se ha planteado como práctica que favorece la accesibilidad alejándose de la perspectiva sociocultural.
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Esta guía práctica, elaborada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), tiene por objetivo garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, impulsando la activación de la accesibilidad universal. Se concibe la diversidad como parte de la vida y se persigue que todas las personas puedan desarrollar la suya partiendo de condiciones similares. El documento alerta sobre las posibles barreras que pueden encontrarse las personas con discapacidad y se recomienda tener en consideración las diferentes capacidades humanas en la lucha contra ellas. La guía destaca la importancia de cambiar nuestra forma de actuar para evitar situaciones de discriminación, a las que muchas veces se llega de manera inconsciente, por desconocimiento. Para ello, es necesario entender lo que se denomina enfoque de derechos humanos de la discapacidad, en el que se han de considerar tres conceptos clave: el Diseño universal, la Accesibilidad y los Ajustes razonables. Además, se debe aplicar de forma transversal la perspectiva de género, así como criterios que apuesten por la autonomía personal. Se recuerda que la accesibilidad universal beneficia a un gran porcentaje de la población y tiene un impacto positivo en la prevención de riesgos laborales y otros accidentes. Por último, se aborda el marco normativo esencial en este ámbito, dando especial relevancia al papel de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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Para la realización del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional, se efectuó un estudio de campo en la Cooperativa, utilizando como herramienta la encuesta y entrevista con el objetivo de elaborar un diagnóstico, el cual permitió conocer las actividades diarias de los miembros de la Asociación, y así mismo identificar cada una de las áreas de trabajo existentes. Para la realización del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional se utilizaron dos métodos que permitieron evaluar cada una de las áreas y puestos de trabajo entre los métodos utilizados: El método William T. Fine que a través de las fichas de inspección permitió identificar y evaluar detalladamente cada una de los apartados establecidos en la Ley General de Prevención de Riesgos y cada uno de los puestos de trabajo arrojando como resultado el grado de peligrosidad existente en cada una de las áreas estudiadas; el método de Evaluación de Factores Psicosociales F-PSICO, a través de su encuesta permitió evaluar exclusivamente los aspectos psicosociales a cada uno de los empleados y así determinar cómo es el clima laboral que se vive. Se propone una serie de medidas preventivas por cada puesto de trabajo, es decir, acciones que debe realizar el trabajador para prevenir en gran manera los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales al momento de ejecutar las actividades encomendadas; así mismo se propone la señalización de seguridad a implementarse en la Asociación, la cual tiene la finalidad de indicar las acciones a seguir o alertar de peligro existente en determinada área de trabajo, del mismo modo se especifica el tipo de señalización, la dimensión y ubicación de la misma de modo que el personal pueda visualizar y comprender el mensaje que indica la señal y prevenir un riesgo profesional oportunamente.
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El surgimiento de un ordenamiento jurídico especifico en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, ha facilitado el mejoramiento de condiciones laborales en todos los lugares de trabajo, de tal manera, que se internacionaliza su regulación, con el fin de estandarizar los procesos para su evaluación, facilitando su aplicabilidad en materia laboral. El marco legal aplicable de la Seguridad y Salud Ocupacional cada vez profundiza el mejoramiento de las condiciones laborales la cual en El Salvador se regula mediante la reciente Aprobación de la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo en el año 2010. No obstante, a nivel técnico, se regula la Seguridad Y Salud Ocupacional, mediante estándares de calidad de los procesos, encaminados a velar el cumplimiento de acuerdo a procedimientos directamente establecidos; entre ellos tenemos la OHSAS 18001 y la OHSAS 18002:2008, Sistemas de Gestión estandarizados para su aplicación a nivel internacional.
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Tesis de Licenciatura en Historia