1000 resultados para Estatuto del contribuyente
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En la Constitución del Ecuador, en lo referente al Régimen Tributario, se busca la equidad, la importancia de la tributación directa, entre otros, garantizando de esta manera el Buen Vivir. Una vez revisadas las cifras, en la provincia del Azuay, los impuestos indirectos tienen un mayor nivel de recaudación. Este comportamiento atípico con lo que ocurre a nivel nacional, es lo que motivó la realización del presente trabajo, en donde bajo un enfoque sistémico se busca las posibles causas que lo originan. Para ello se recurrió a la información de recaudación tributaria que posee el Servicio de Rentas Internas. Partiendo de un análisis de la recaudación de impuestos a nivel nacional durante el quinquenio 2008-2012, se observa que el Impuesto a la Renta y el Impuesto al Valor Agregado son los de mayor recaudación dentro de los grupos de impuestos directos e indirectos respectivamente, contrastando con el comportamiento a nivel regional, y de la provincia del Azuay. El estudio realizado llevo a validar posibles causas que inciden en los niveles de recaudación del Impuesto a la Renta en la provincia, como: la composición y nivel de recaudación por clase de contribuyentes,el predominio de actividades económicas, la presencia de grandes contribuyentes con actividades específicas y los ingresos por remesas como generadoras de consumo.
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Este artículo se pregunta por el sentido jurídico de la conducta impuesta al empleador en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo: para despedir sin justa causa a un trabajador, el empleador debe pagar una suma de dinero, la cual es denominada “indemnización” por dicho estatuto -- Sin embargo, una indemnización se relaciona siempre con un daño imputable, sin que parezca plausible que la imputación sea la consecuencia del uso de una prerrogativa que el ordenamiento jurídico mismo confiere -- El análisis se realiza por medio de una reflexión sobre los siguientes aspectos jurídicos: el acto de despido entendido como el efecto de una prerrogativa atribuida por el ordenamiento jurídico; la responsabilidad civil; el concepto de “carga” como “acto necesario” para la satisfacción de un interés jurídico, y los principios del derecho laboral en clave de los cuales se deben leer las instituciones referidas
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La idea de la temática surgió debido a los cambios en la técnica de auditoría en la cual no se estaba considerando la importancia de una adecuada evaluación del riesgo y los elementos teóricos que fundamentaban la problemática detectada en cuanto a la Auditoría fiscal, lo que constituye un tema relevante y que requiere más cuidado porque el auditor debe dar fe ante la Administración Tributaria, del cumplimiento o no cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, que están bajo alguno de los requisitos que establece el artículo 131 del Código Tributario, lo cual implicó la pauta de un anteproyecto el cual fue aprobado para realizar el trabajo de investigación, el documento consta de cuatro capítulos. En el primer capítulo se abordan aspectos relativamente teóricos que son el soporte de la investigación que se llevó a cabo y posee aquellos elementos formales que dan la pauta para el conocimiento del tema, como son: las definiciones del riesgo de auditoría, su evaluacion y los riesgos potenciales a los cuales se ve sujeta toda empresa, asi mismo se hace referencia a la auditoría fiscal, en cuanto a su definición, clasificación, particularidades de la auditoría, características y los objetivos que está persigue, normas de auditoría referentes a la fiscalidad, su metodología lo contable principalmente de la planeación, documentación, la evidencia, evaluacion, finalizando con un apartado sobre la evolución de los impuestos directos e indirectos y la entrada en vigencia del Código Tributario, así como la Norma de cumplimientos sobre Obligaciones Tributarias, además se consideró la importancia de la conducta y ética profesional por parte del auditor independiente. En el capítulo II, para la recolección de la información se hizo uso de encuestas, entrevistas y la observación, las cuales fueron dirigidas a los profesionales de la Contaduría Pública que se desempeñan como auditores fiscales, con el fin de conocer el grado de importancia que estos le dan a la evaluacion del riesgo en la auditoría fiscal y el nivel de conocimiento y aplicación que tienen en el desarrollo de la misma, de los resultados obtenidos en la investigación de campo se hizo un análisis de las preguntas afines las cuales fueron agrupadas por un objetivo comun de cada una de ellas, concluyendo en el diagnóstico que es poca la importancia que se le ha dado a la evaluación del riesgo en la ejecución de la auditoría fiscal, debido a que los auditores solamente han enfocado su trabajo a ver si el contribuyente ha cumplido o no con sus obligaciones, concluyendo con la emisión del dictamen, resultando así que un 100% consideró que hace falta un documento que contenga técnicas y procedimientos para la evaluación del riesgo y su adecuada administración. En el capítulo III, se describe el proceso detallado sobre las etapas a considerar desde la evaluación del riesgo antes de la aceptación del compromiso hasta la consideración de hechos posteriores y subsecuentes después de la emisión del dictamen e informe fiscal, estas etapas son las siguientes: 1.Etapa preliminar antes de aceptar el compromiso 2. Planeación, identificación y valoración del riesgo y 3. Etapa de la administración del riesgo en el desarrollo de la auditoría fiscal, en la primera de estas etapas se consideran algunos factores muy importantes por ejemplo: aceptación y seguimiento del cliente; mantenimiento del prestigio; mantenimiento de la independencia; integridad de la gerencia y otros no menos importantes, a partir de los factores anteriores se puede hacer una mejor valoración del riesgo siendo este alto, medio o bajo y a partir de está se decide si se acepta o rechaza un compromiso. Prosiguiendo luego de que se haya aceptado el compromiso, el auditor debe dar seguimiento a los factores identificados que influyeron en la valoración del riesgo lo cual debe realizarse en la planeación, para decidir si se adopta un enfoque de confianza o desconfianza en el proceso de la auditoría fiscal, así como la determinación de la materialidad, conllevando finalmente al diseño de programas que le permitan dar una seguridad de una adecuada administración del riesgo, tomando esta visión preventiva le permitirá al auditor una seguridad razonable al momento de emitir su dictamen e informe fiscal. Concluyendo en el capítulo IV, en el cual se plasman las conclusiones y recomendaciones a las cuales se llegó a raíz de la investigación bibliográfica y de campo.
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La investigación surge de la inquietud del grupo al cuestionar la importancia que tiene el conocer la debida aplicación de leyes u ordenanzas, así como de establecer los procedimientos a seguir por el contribuyente en cuanto a inconformidades por resoluciones emitidas de impuestos y multas y actuaciones por parte de la Administración Tributaria Municipal, hasta llegar a la última instancia judicial en el caso que el contribuyente no este conforme con la resolución emitida por el Concejo Municipal. Entre las principales actividades llevadas a cabo para la realización de la investigación están: Investigación bibliográfica basada en diversas fuentes relacionadas, indagando en diferentes unidades dentro de la alcaldía municipal, seguidamente se investigó en la Académica de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de El Salvador, el número de egresados de la carrera de Licenciatura en Contaduría Pública del ciclo II-2006. Luego de haber investigado tal dato se procedió a elaborar un cuestionario para hacer un sondeo del conocimiento de la aplicación, recursos y procesos administrativos establecidos en la legislación municipal vigente. Después se llevó a cabo una entrevista con el jefe de la Unidad de Fiscalización de la Alcaldía Municipal de San Salvador, quien explicó el debido proceso de fiscalización, apelación y resolución que la Administración Tributaria Municipal tienen como facultad, a través de este instrumento de investigación se confirmó la carencia de información y complejidad de leyes u ordenanzas municipales en cuanto a la temática en estudio. El objetivo principal de la realización del presente trabajo es diseñar un instrumento teórico-práctico que permita dar a conocer los derechos, obligaciones y procedimientos de apelación que tiene el contribuyente ante las actuaciones de la Administración Tributaria Municipal. La metodología utilizada fue a través del método inductivo con el tipo de estudio descriptivo y analítico lo cual con llevo a: la definición del problema, formulación de hipótesis y variables, diseño de instrumentos de investigación, análisis e interpretación de datos recolectados, etc. Realizada la investigación se pudo concluir lo siguiente: Al revisar el programa de estudio actual de la Carrera de Contaduría Pública de la Facultad de Ciencias Económicas de La Universidad de El Salvador, se observó que en su desarrollo hay poco (o nada) de contenido práctico en lo relativo a aplicación de leyes municipales y sobre los procedimientos a seguir para hacer uso del derechos de defensa ante las actuaciones de la Administración Tributaria Municipal. Se consideró necesario e importante para su desarrollo profesional, la elaboración de un documento que desarrolle y ejemplifique los procedimientos a seguir para interponer recursos ante las actuaciones de la Administración Tributaria Municipal en su función de fiscalización, por lo que recomendamos utilizar esta herramienta propuesta para orientación de estudiantes universitarios, catedráticos y profesionales en cuanto a impugnación en aplicación de leyes, procesos administrativos y judiciales.
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Objetivo la investigación consistirá en analizar y dar a conocer cuáles son los criterios que valoran los jueces al momento de establecer el cuidado personal de los hijos, ya sea al padre o a la madre cuando se encuentran en un proceso de separación, "esto para hacer de los hijos personas equilibradas en los aspectos físico, intelectual, emocional y afectivo tomando en consideración las pautas más relevantes del cuidado personal dentro de las cuales tenemos la crianza, convivencia, formación moral y la educación" y dicha investigación sirva de referencia por medio de la proposición de reformas legales al código de familia que incorporen algunos criterios jurisprudenciales utilizados por los jueces al momento de emitir una resolución o la creación de nuevas leyes en las cuales se establezca un proceso marcado y que facilite innovaciones en el ámbito del cuidado personal como por ejemplo el reconocimiento legal de la custodia compartida, reformas que en el ámbito social traen un provecho a la población recordando que protegiendo a la familia se beneficia indirectamente a la sociedad, pues la primera es la base de la segunda. La metodología a utilizar estará basada en el método científico aunado al método analítico que nos darán una perspectiva amplia para fomentar el análisis de las diferentes normativas pertenecientes al marco jurídico, en el ámbito nacional como internacional que abordan el estudio de la situación problemática partiendo del análisis de la relación practica teórica que nacerá de las diferentes teorías conocidas y de aquella teoría que sirva como guía en la investigación, así como también el método de síntesis el cual tendrá su utilidad en la elaboración de las conclusiones y recomendaciones que se aporten al final de la investigación, se hará uso del método comparativo para fomentar el estudios de las disposiciones legales contenidas, dando así la pauta para establecer las similitudes y diferencias entre dichas disposiciones sobre la problemática objeto de estudio. Los resultados que se esperan en la investigación estarán destinados a servir en función social como apoyo en el tema del otorgamiento del cuidado personal de los hijos para que de esta forma se definan bases o lineamientos en cuanto a este tipo de situaciones jurídicas, que vengan siempre a velar por el interés superior del niño niña o adolescente, ya que es vital para el futuro del país garantizar a cada niño niña y adolescente una vida digna y desarrollo pleno, partiendo de la familia como base fundamental de la sociedad.
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Se solicita a la Cámara de Comercio información sobre el registro de algunos libros de comercio.
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El Principio de Transparencia aplicado a los procesos de selección en la contratación estatal colombiana a través del SECOP es un rito confesional, es decir, debe estar presente tanto y desde la licitación pública como y hasta en la contratación directa, pues ese ‘derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública y la transparencia de la actuación política y administrativa que a través de él se asegura son considerados hoy con toda razón (…) elementos esenciales para la formación de una opinión pública libre y garantías imprescindibles para el buen funcionamiento de las instituciones y para el ejercicio de los derechos fundamentales sobre los que descansa todo sistema democrático’
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La protección general atribuida en los conflictos armados no internacionales por el artículo 3 común a la población civil, de la que las niñas menores de 15 años forman parte, no depende de su filiación con alguna de las partes en el conflicto, y se extiende, en principio, a todos los actos de violencia, entre los que se encuentran los de naturaleza sexual cometidos por cualquiera de las mismas, incluyendo aquellos cometidos por los miembros de la parte en el conflicto con la que se encuentren afiliadas. Los casos contra Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda muestran que, como regla general, las niñas menores de 15 años no desarrollan de manera prolongada actividades de participación directa en las hostilidades, por lo que, a pesar de acompañar permanente al grupo y de ser “esposas” o “compañeras” de sus comandantes, no asumen una función continua de combate y no pueden ser consideradas como miembros del mismo. Además, los actos de naturaleza sexual coercitivamente desarrollados por las niñas menores de 15 años reclutadas por las FPLC en favor de los comandantes y miembros del grupo con las que se encuentran esposadas, no cumple ninguno de los tres requisitos exigidos por el concepto de participación directa en las hostilidades porque: (a) no son idóneos para causar directamente por sí mismos el umbral de daño requerido; (b) no forman parte integral de ninguna operación militar que pudiera generar dicho umbral de daño; y (c) no poseen el nexo beligerante requerido, puesto que no están específicamente diseñados para causar un menoscabo a la parte adversa de las FLPC. Tampoco las demás actividades desarrolladas por las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas por las FLPC, incluyendo trabajo doméstico (donde principalmente desempeñaron tareas culinarias), transporte de comida a bases aéreas y acompañamiento a las esposas de los comandantes, cumplen, según la Sala de Primera Instancia I en el caso Lubanga, con los tres requisitos necesarios para su consideración como participación directa en las hostilidades. De ahí, que las niñas no hayan perdido en ningún momento su protección general. A todo lo anterior hay que añadir que los niños y niñas menores de 15 años, al ser una población particularmente vulnerable, gozan de una especial protección durante los conflictos armados (con independencia de su naturaleza), tal y como se manifiesta en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, los Convenios de Ginebra de 1949 y de sus Protocolos adicionales de 1977, el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998 y las Resoluciones 1882 de 2009, 1960 de 2010 y 2106 de 2013 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta protección especial se extiende a los actos de violencia sexual cometidos por los miembros de las fuerzas armadas nacionales o grupos armados organizados que los alistan o reclutan. En consecuencia, la protección general y especial a que son acreedoras las niñas menores de 15 años, no se limita a las agresiones provenientes de las partes adversas en el conflicto, sino que se extiende también a la violencia sexual ejercida contra ellas por los miembros del propio grupo que las alistó o reclutó, incluso en el caso de que ésta sea ejercida por los comandantes que las tomaron como esposas o compañeras. Las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas entre 2002 y 2003 por las FPLC de Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda eran sin duda acreedoras de dicha protección.
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El objetivo de este estudio, consiste en el análisis de la toma de decisiones del gabinete ministerial del presidente Belisario Betancur, durante la crisis de la toma del Palacio de Justicia por parte del M-19, durante los días 6 y 7 de noviembre de 1985. Para ello, se utilizará un enfoque histórico sociológico e institucional, realizando una revisión documental para describir los hechos previos a la toma del Palacio de Justicia, examinar el escalamiento de la crisis y explicar el proceso de toma de decisiones a nivel del alto gobierno, durante el desarrollo de la toma militar del Palacio. De esta forma se busca comprobar, utilizando principalmente el modelo de políticas gubernamentales de Graham T. Allison, que durante el proceso de toma de decisiones no se realizó un adecuado análisis del contexto, no se tuvo en cuenta los factores psicológicos de cada actor del conflicto, ni hubo claridad sobre el rol que desempeñó cada uno dentro de la mencionada crisis, creando las condiciones para el desenlace violento que generó el conocido Holocausto del Palacio de Justicia.
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Los resultados morfológicos del Programa de Vivienda de Interés Social Ciudadela Desepaz se caracterizan por la desarticulación y baja funcionalidad del espacio urbano. Esta condición urbanística no deriva de una falta de planificación integral, ya que el Municipio de Santiago de Cali evidenció la intención de desarrollar una porción de ciudad bien articulada, sino más bien de un conjunto de factores de los procesos de gestión urbana y urbanística llevados a cabo en este Programa. A partir de una investigación juiciosa de estos procesos, y del análisis morfológico de cada de uno de los proyectos que conformaron la Ciudadela, se definieron 6 factores principales de la gestión que incidieron en que la intención inicial del Municipio no se pudiera materializar.
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Este estudio de caso se realiza con el ánimo de analizar las relaciones de la actividad de la FIFA con la soberanía del Estado, teniendo como objeto de estudio principal la Copa del Mundo Sudáfrica 2010. Asimismo, se busca analizar el papel y categorización de la FIFA, tanto en las relaciones internacionales, como en el derecho internacional. Para tal fin, a lo largo del trabajo se procederá a exponer los principales aspectos en las relaciones entre actores no tradicionales y los Estados soberanos, se identificará la conexión existente entre la FIFA y el Soft Law. Por último, se describirán las acciones concretas que realizó la FIFA que de alguna manera afectaron la soberanía sudafricana.
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Análisis de la dinámica legitimadora de la Corte Constitucional en el tributo de estampillas, considerado desde la jurisdicción departamental, en el Estado colombiano.
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El propósito de la reflexión es plantear una noción renovada sobre ordenamiento y gestión territorial, desde su consideración como política pública, contextualizada y contribuyente al desarrollo. Este aporte es resultado de la investigación “Planeación del Desarrollo, Ordenamiento Territorial y Desarrollo en Medellín-Colombia, período 1995-2005”, realizada por el grupo de investigación Medio Ambiente y Sociedad-MASO de la Universidad de Antioquia, entre 2008 y 2010, en convenio con el Municipio de Medellín-Departamento Administrativo de Planeación y Colciencias-Colombia. Se trata de una investigación aplicada, en tanto contrastó teoría-práctica y trazó lineamientos de política pública; cualitativa y longitudinal, en virtud a que analizó el ordenamiento y la gestión territorial para el desarrollo, en perspectiva histórica, período 1995–2005; y correlacional, dado que obtuvo resultados particulares asociados con un estudio de caso: el municipio de Medellín-Colombia, relacionándolo y derivando incidencias para el nivel municipal, regional y nacional. La ponencia contribuye con orientaciones prácticas, al plantear lineamientos de política pública que responden a demandas territoriales, nutriendo la agenda pública desde dos horizontes: uno, de naturaleza jurídico-institucional, el cual tributa a la normatividad del ordenamiento y la gestión territorial; otro, de orden estratégico, orientado hacia la planeación para el desarrollo del territorio. Ambos precisan, como necesidad e imperativo ético y político para su adecuada gestión, de actores formados con capacidad de liderar su implementación. Esta formación, en el escenario descrito y guiada por la teoría de los procesos conscientes, se constituye en tarea estimulante para la Geografía y para las Ciencias Sociales en América Latina.
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Sin duda alguna, el debate sobre el derecho penal del enemigo es una cuestión que está revolucionando el mundo del derecho, en general, y el derecho internacional en particular. Es un debate de actualidad que está llamando la atención de la comunidad académica, en tanto se plantea y se avizora un problema de fondo, en cuanto a la efectiva protección de los derechos humanos, por encima de un discurso de seguridad, que se viene planteando como eje central en la comunidad internacional, en la lucha contra el terrorismo y como estrategia jurídico-política al interior de Estados que dicen llamarse democráticos. Esta situación está revolucionando desde cualquier punto de vista la concepción tradicional del derecho, violentando flagrantemente la dignidad humana como eje central del Estado Social de Derecho, al poner en práctica lo que Jakobs denomina “derecho penal del enemigo”, práctica que también se viene fortaleciendo y traspasándose del ejercicio del ius puniendi de los Estados, como manifestación de soberanía, al derecho penal internacional.Abstract Without any doubt, the debate about the penal right of the enemy is a question that is revolutionizing the world of law in a general level, and international right in particular. It is a current debate that is drawing the attention of the academic community, as it poses as a basic problem: the effective protection of the human rights, over a security discourse which is presented as central in the international community in the fight against terrorism, and as a legal-political strategy to the interior of the so called democratic States. This situation is revolutionizing, from different points of view, the traditional conception of law, flagrantly violenting the human dignity as the central axis of the Social State of Right, putting in practice what Jakobs denominates “Criminal law for the enemy”. This practice is being fortified and transferring from the exercise of ius puniendi of the States, as manifestation of sovereignty, to the international penal right.
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Universidade Estadual de Campinas . Faculdade de Educação Física