999 resultados para Jurisdicción administrativa
Resumo:
A partir del principio general de inembargabilidad de bienes del Estado, el contenido de este documento incursiona en el tema de las excepciones al mismo legalmente contempladas, a efectos de verificar la aplicabilidad de la medida cautelar de embargo sobre tales bienes en los casos procedentes, cuando los particulares adelantan procesos ejecutivos ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, en procura de defender sus intereses y del pago de dineros a cargo del Estado como consecuencia de contratos, sentencias, acreencias laborales, laudos arbitrales u otro tipo de documento eficaz. El propósito fue establecer claramente la normatividad aplicable en este tipo de eventos, aportando de este modo respuesta objetiva y confiable frente a la problemática generada tanto por las distintas posiciones en torno al tema adoptadas por el legislador, como igualmente por dificultades para clasificar los bienes y rentas estatales en orden a determinar su carácter y la posibilidad real de su embargo. Todo ello, además, con el referente de pronunciamientos jurisprudenciales adoptados como soporte conceptual básico puesto que desde esta perspectiva dan cuenta de una línea coincidente de pensamiento por parte de los altos organismos pertinentes.
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En el presente trabajo se comenta la línea jurisprudencial iniciada por el Auto de la Sala Especial de Conflictos de Competencia del Tribunal Supremo de 27 de diciembre de 2001, por la que se atribuye al orden civil la competencia para enjuiciar las demandas dirigidas conjuntamente contra la Administraciónpública y su aseguradora de responsabilidad extracontractual, reabriendo la polémica que parecía zanjada tras la triple reforma legislativa de 1998 y 1999, que afirmó la competencia exclusiva de la jurisdicción contencioso-administrativa para conocer de los pleitos de responsabilidad patrimonial de la Administración.
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La presente investigación tiene como propósito principal el determinar de forma fehaciente si la Acción de Amparo hoy denominada Acción de Protección es o no mal utilizada por parte de los sujetos que han planteado la antes prenombrada acción como medida de protección o amparo a la vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y que estos actos u omisiones se hayan derivado de cualquier autoridad pública no judicial o cuando existan políticas públicas que nieguen o restrinjan el goce de los derechos reconocidos en la Constitución. Uno de los problemas más recurrentes que existe dentro del tema planteado es que, quienes han utilizado la acción de amparo como medio de reparación frente a la vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, primero han optado por esta vía, la cual sin lugar a dudas se encuentra estipulada tanto en la anterior Constitución en su artículo 95, como en la actual Constitución en su artículo 88 lo cual permite a cualquier ciudadano en uso de sus Derechos Constitucionales accionar el órgano jurisdiccional competente y ejercer la correspondiente acción en pos de la protección de sus derechos. Más sucede que la legislación ecuatoriana en lo que tiene que ver con la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, así como a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, estipulan dentro de su normativa los lineamientos y procedimientos que se deben ejecutar, cuando se haya omitido o actuado de forma arbitraria por parte de una autoridad pública. En el presente trabajo realizaré un análisis de casos en los cuales se podrá demostrar que, quienes utilizaron la Acción de Amparo hoy denominada Acción de Protección no observaron en primer lugar los procedimientos administrativos que la Ley a previsto para estos casos y que luego de no ser aceptada la Acción de Amparo optaron por presentar la 4 Acción Contencioso Administrativa o también conocida como Recurso Subjetivo de plena Jurisdicción. A mi entender y luego del estudio propuesto debo señalar que la mala aplicación de esta acción, a lo único que ha llevado es a congestionar el sistema judicial, porque en todos los casos analizados luego de haberse planteado la acción de amparo se continuó con la interposición de la correspondiente acción administrativa. Dentro del trabajo se recurre a un estudio entre otras fuentes de las normas contenidas en la Constitución ecuatoriana codificada en 1998, así como de la nueva Constitución del 2008, en donde realizamos un estudio crítico a cerca de la aplicación del amparo en los actos administrativos. Entre los principales temas abordados en la presente tesis, podemos sintetizar los siguientes títulos, en donde abordaremos: El Amparo en el Ecuador; La Justicia Constitucional en el Ecuador; El Amparo y el Acto ilegítimo; en el cual lo que queremos enfatizar es la forma en la cual se ha llevado esta institución jurídica en el Ecuador. En su segundo capítulo trataremos de relacionar de forma jurídica al Amparo y su aplicabilidad dentro de los procedimientos administrativos puntualizando al amparo y la supremacía Constitucional, la utilización del Amparo en los Actos Administrativos, destacando también la aplicabilidad del amparo dentro de los Actos Administrativos, enfatizando justamente en el mal uso que se le da a esta institución jurídica en nuestro ordenamiento jurídico interno. Terminaremos el presente trabajo con un análisis de casos reales en los cuales se han establecido las dos acciones dentro de un mismo caso y en donde demostraremos que existe una mala aplicación de esta acción.
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El tema elegido para este estudio la materia disertación sobre la viabilidad de la Tesorería a buscar refugio a la corte anuló la decisión administrativa firme, dictada en lugar del procedimiento administrativo, fiscal, cuando tal decisión no es favorable a la Administración Pública Fiscal, o favorable para el contribuyente . El cálculo de la cuota a pagar se debe a las actividades administrativas relacionadas jurisdicción de la Administración Pública de la finca conocida como la evaluación de impuestos. En este sentido, la puesta en marcha, analizados desde la perspectiva del derecho administrativo, puede calificarse de acto jurídico administrativo. Para la constitución de la puesta en marcha es posible realizar tres pasos: a) un acto en la preparación para el tema de los impuestos - la revisión y evaluación, b) el acto administrativo de la liquidación del impuesto en sí o la aplicación de sanciones administrativas, el procedimiento c) el impuesto administrativo. Realizó la inspección y la investigación se ha iniciado para formalizar el acto administrativo del propio lanzamiento. Después de la puesta en marcha, con el homenaje que se está abierto a los contribuyentes dentro de la composición del tributo rechazo en libertad, que ofrecerá desafío para lanzar. Este paso es iniciar el "procedimiento administrativo tributario." La etapa procesal se caracteriza por ser un procedimiento de investigación o control de la legalidad de los actos administrativos en los que el contribuyente para mostrar su descontento con el lanzamiento de lo ya realizado. La evolución de los actos que lleva a cuestiones de procedimiento de especial importancia para esta tesis es que la decisión final sobre el procedimiento administrativo de impuestos o el control de la legalidad del acto administrativo de la liberación. Idea que se debe tener es que la decisión final es poner fin a fin o destino del impuesto procedimiento administrativo. Aquí están las preguntas de la tesis doctoral, por ejemplo, usted puede cancelar la corte real hacienda de la decisión administrativa dictada por el Consejo Administrativo de Apelación Reder, cuando decisum que conduzca a la privada? ¿Cuáles son los efectos de la decisión final? Con fuerza de cosa juzgada o impedimento administrativo? Se opone a la revisión por el poder judicial? La decisión administrativa es un acto administrativo? Puede ser cancelada o revocada por el Poder Judicial? Dada la divergencia en la doctrina y la jurisprudencia trata de resolver el problema que lo llevan a la solución definitiva al respecto. El autor llega a la conclusión de la imposibilidad, por regla general, y la oportunidad, como excepción a la Tesorería para solicitar la anulación del impuesto de la decisión administrativa final ante el Poder Judicial
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La Planeación Estratégica es una herramienta administrativa que mediante la formulación de estrategias permite alcanzar los objetivos y misión de la empresa, considerando los factores externos y recursos disponibles. En el diseño de un Plan Estratégico de Comercialización es importante que contenga el análisis de las cuatro variables controlables por las empresas: Producto, Precio, Plaza y Promoción. Las Asociaciones Cooperativas Productoras de Camarón Marino ubicadas en el Cantón Salinas del Potrero Jurisdicción de Jiquilisco departamento de Usulután, actualmente no cuentas con las herramientas necesarias para dar a conocer el producto, razón por la cual el diseño de un Plan Estratégico para la Comercialización del camarón marino sería de gran utilidad para contribuir al desarrollo económico sostenible de las Asociaciones Cooperativas. El planteamiento de los objetivos principales de la investigación son los siguientes: Presentar propuesta de Filosofía empresarial y estructura organizativa para el desarrollo eficiente de la administración. Presentar una mezcla de mercadotecnia que fortalezca las actividades de comercialización a través de estrategias que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del Plan de Comercialización. Establecer el método de fijación de precios del Camarón Marino; para determinar el precio adecuado que permita solventar las necesidades económicas que las Asociaciones Cooperativas presentan. Presentar un canal de distribución del Camarón Marino a las Asociaciones Cooperativas del Cantón Salinas del Potrero; para contribuir a la correcta elección de un medio de colocación efectivo, que mejore los ingresos monetarios de los miembros de éstas. Se incluye la metodología de la de investigación utilizada para la recolección de la información, la cual se obtuvo de fuentes primarias a través de entrevistas a miembros de las Asociaciones Cooperativas, guías de pregunta a intermediarios y a miembros de las Asociaciones y observación directa; fuentes secundarias mediante consultas bibliográficas; permitiendo conocer un panorama de la situación actual en la que se encuentran las Asociaciones Cooperativas productoras de camarón marino en lo que a comercialización se refiere, de lo cual se concluyó que los asociados no cuentan con un Plan Estratégico para la Comercialización del Camarón marino. Así mismo no poseen un método para la fijación del precio que permita recuperar la inversión y obtener un margen de utilidad, no cuentan con un canal de distribución del producto que les permita hacer llegar el camarón hasta las manos del consumidor final.
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El área de salud, es por ahora una de las más conflictivas dentro del sector público. Esto no es casual, ya que en dicho campo se producen servicios vitales para la población, e históricamente estos servicios han dejado mucho que desear, para alcanzar mejores niveles de vida. Es por ello que con la implementación de éste tema “Diseño de una Propuesta de Planeación Estratégica para la Dirección Departamental de Salud zona Sur”, se verán mejoradas las actividades, programas y proyectos, encaminados a disminuir y controlar esos problemas que afectan a la población de la Zona Sur de San Salvador. El desarrollo del trabajo se ha estructurado en tres capítulos. En el capítulo uno se presenta el marco teórico, el cual contiene conceptos del área de salud, antecedentes de la DDSZS, y sus principales funciones, y la descripción de todo el proceso de Planeación Estratégica. El capítulo dos contiene todo lo referente a la investigación de campo, la metodología de la investigación para establecer la situación actual de la DDSZS, la tabulación, análisis e interpretación de los resultados, así como también se hizo un análisis del ambiente interno y externo, en donde se determinan las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas; finalizando con las conclusiones y recomendaciones para la institución; sobresaliendo entre las conclusiones la carencia de recursos económicos y financieros, que le permitan la finalización de programas y proyectos dirigidos a las comunidades y colonias, además la DDSZS no hace uso de la planeación estratégica, como herramienta administrativa que conlleva al logro de sus objetivos. A su vez se hacen recomendaciones, que para el caso lo más prioritario radica en el incremento de la asignación presupuestaria y buscar otros medios para la captación de recursos; así como, que la DDSZS implemente el proceso de planeación estratégica que se propondrá, y le permita realizar acciones para contrarrestar y aprovechar situaciones externas, a la vez superar y explotar las situaciones internas. En el capítulo tres se presenta el Diseño de una Propuesta de Planeación Estratégica, poniendo en práctica las fases del proceso de la planeación estratégica. Formulando en un inicio la Visión, Misión, Objetivos y Metas que sirven como base para la determinación de las Estrategias, que deberá poner en práctica para lograr una eficiente conducción de los servicios de salud. Finalmente, se fijan las políticas y recursos de la institución, así mismo se incluye un programa de actividades a mediano y corto plazo, y se ofrece un plan de implementación que ofrezca a la DDSZS una herramienta administrativa para el mejoramiento del desempeño en las actividades.
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La Constitución de la República de El Salvador, considera en el artículo uno, que es una obligación fundamental del Estado, velar por la salud de sus habitantes, ya que este es un derecho inalienable e innegable al ser humano. El Sistema Nacional de Salud en nuestro país ha tenido cambios en los últimos años, la población ahora debe pagar por los servicios médicos que recibe, lo cual, es inconstitucional ya que según la misma ley primaria del país debería ser gratuita. En los momentos actuales que vivimos, existe la necesidad de que se realicen cambios encaminados a mejorar el sector salud del país. A raíz de la emergencia ocurrida por el terremoto del 10 de octubre de 1986, con la cual sufrió la infraestructura de Salud de la Región Metropolitana, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (que en adelante se conocerá por la sigla: MSPAS), emitió la Resolución No. 536 de fecha 13 de noviembre de 1986, donde creó la Comisión de Formulación de Proyectos con el fin de resolver la problemática de la reparación de la estructura dañada al más corto plazo posible, así como la construcción de Hospitales de Segundo Nivel, con lo cual se pretende dar una solución integral a la 2 prestación de servicios de salud de la referida región. En las propuestas estaba la construcción de un hospital ubicado en el Centro Urbano “José Simeón Cañas” antes finca Zacamil, entre las calles la Ermita y Castro Morán jurisdicción de Mejicanos, departamento de San Salvador, que atenderá las referencias de las unidades de salud de Zacamil, Ayutuxtepeque, Cuscatancingo, San Antonio Abad y San Miguelito, la cobertura de atención estaba estimada en ese momento en 300,000 habitantes del área de influencia de las zonas mencionadas.
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A Supervis??o T??cnico-Administrativa (STA) foi constru??da a fim de contribuir para a avalia????o de desempenho institucional e avaliar a capacidade das equipes das unidades para o desempenho das suas atribui????es e contribuir com o seu aprimoramento. O foco da STA estava centrado no desempenho gerencial e pretendia detectar os gargalos impeditivos do bom desenvolvimento institucional, promover a????es de enfrentamento dos problemas identificados e estimular a cultura avaliativa nas unidades
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O direito adquirido tem sido argumento freq??entemente invocado pelos opositores da reforma constitucional do aparelho administrativo do Estado. Nesse debate, entretanto, este argumento ?? completamente destitu??do de validade t??cnica. Dizer que a reforma constitucional n??o pode alterar o regime jur??dico dos servidores p??blicos (o estatuto jur??dico da estabilidade, disponibilidade, remunera????o etc.) ?? incorrer em completo equ??voco. As raz??es dessa incompreens??o decorrem do desconhecimento de no m??nimo dois t??picos relevantes encartados no tema, a saber: a) a natureza do regime jur??dico que vincula o servidor p??blico civil ?? administra????o; e b) a distin????o entre efic??cia imediata e efic??cia retroativa das normas constitucionais
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Grande parte das quest??es da reforma administrativa pode ser resumida em duas perguntas: como fazer com que os ??rg??os da administra????o funcionem bem? E como controlar as institui????es, para que elas n??o fa??am uso indevido dos recursos p??blicos? A maneira tradicional de tratar deste assunto ?? pensar que estas duas coisas dependem uma da outra, ou seja, que a melhor maneira de fazer com que as institui????es funcionem bem ?? coloc??-las sob um regime de controle e supervis??o restritos
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Este trabalho tem por objeto uma an??lise do projeto ag??ncias executivas, que ?? um dos projetos integrantes do plano diretor da Reforma do Aparelho do Estado (plano diretor). Trata-se, essencialmente, da implanta????o da reforma administrativa nas autarquias e funda????es p??blicas federais, que operam no Setor de Atividades Exclusivas do Estado
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Um dos marcos da reforma francesa ?? a crise da gest??o p??blica. Sabemos que a crise da gest??o p??blica ?? um fen??meno hoje universal que se tornou vis??vel a partir da d??cada de 70, especificamente com a crise do petr??leo.Com o fim do conflito Leste/Oeste em 1989, esta crise torna-se mais evidente e v??m-se refor??adas suas conota????es ideol??gicas. No caso franc??s, ao lado desta crise mundial, os analistas identificam uma crise espec??fica, a saber, a fal??ncia do modelo de Estado. Dentre os pa??ses industrializados do Ocidente, o Estado franc??s ??, sem d??vida, um dos que mais interv??m na vida social, econ??mica e pol??tica
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A Constitui????o n??o se interpreta mediante a lei ordin??ria; a lei ?? que tem a sua interpreta????o condicionada pela Constitui????o. A garantia constitucional inscrita no art. 5o, XXXVI, por expressa determina????o constitucional, tem aplica????o imediata (art. 5o, ??1o, CF), independendo de preceito legal regulador. Se o conceito de direito adquirido constitu??sse mat??ria de car??ter ordin??rio, a garantia constitucional do direito adquirido estaria de modo indireto ?? disposi????o do legislador, subordinada aos seus humores, esvaziada enquanto norma de prote????o individual. Al??m disso, ter??amos de admitir o paradoxo de um limite ao legislador depender da atua????o do pr??prio legislador
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Artigo que analisa as intera????es entre o Poder Executivo federal e as Entidades Associativas dos servidores p??blicos federais durante o processo de formula????o, tramita????o e aprova????o da reforma administrativa no primeiro governo do presidente Fernando Henrique Cardoso.
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O Caderno 22 surgiu da necessidade de identificar at?? que ponto as pol??ticas de avalia????o para fins de gratifica????o (GDATA) est??o formuladas de maneira a realizar uma efetiva gest??o do desempenho dos servidores avaliados. O interesse em pesquisar esse tema surgiu com base em uma preocupa????o em saber se a GDATA est?? trazendo mudan??as na maneira de avaliar do governo ou se ela mant??m os procedimentos anteriores considerados inadequados e ineficientes. O relat??rio a ser discutido avalia os crit??rios adotados (a partir das portarias publicadas pelos ??rg??os) e questiona a maneira como as avalia????es v??m sendo realizadas nas diversas institui????es pesquisadas. Os resultados alcan??ados s??o bastante produtivos e levam a uma reflex??o sobre a necessidade de aprimorar os crit??rios de avalia????o a fim de realizar uma adequada gest??o do desempenho dos servidores p??blicos federais