771 resultados para Cumplimiento de la medicación
Resumo:
Los avances tecnológicos, han permitido en cierta medida que el fenómeno de la corrupción, el encubrimiento del fraude económico y otros actos ilícitos cometidos por las empresas privadas y públicas, cobren mayor auge en cuanto a su divulgación. Ante tal situación la Corte de Cuentas de la Republica, en su calidad de ente fiscalizador del sector publico consideró a bien que todas las instituciones elaboraran sus propias normas de control interno especificas en base al informe COSO, con el objeto de que dichas normas estén acorde a sus necesidades y especificaciones particulares; las cuales deberían de ser divulgadas a nivel interno a todos sus empleados para el conocimiento y aplicación de las mismas. Sin embargo, mediante la presente investigación se comprobó que la mayoría de empleados (específicamente los de las unidades financieras de las facultades) no tienen conocimiento sobre las NTCIE-UES; ni cuentan con un documento que contenga los lineamientos para desarrollar un adecuado control interno el cual es requerido por el ente fiscalizador. Con la finalidad de dar respuesta a esta problemática, se identifican los elementos necesarios para que estos mejoren el control dentro de las mismas; tales como: conocimiento de aspectos generales, de la normativa técnica y legal, los procedimientos para ejecución de ingresos como de gastos y las descripciones generales y específicas de cada uno de los puestos que componen el área financiera. La metodología utilizada en el desarrollo del trabajo, consiste en la aplicación de las técnicas y método científico en las dos etapas de la investigación: la primera fue de tipo bibliográfica, recopilando las conceptualizaciones más recientes del enfoque COSO y sus componentes y la segunda fue la investigación de campo. Para efectuarla se realizó un estudio exploratorio, descriptivo y analítico a las 12 facultades de la Universidad de El Salvador, entrevistando a los administradores financieros y contadores de dichas unidades, quienes son los responsables del cumplimiento de este tipo de procedimientos. Para el análisis e interpretación de los datos obtenidos se presentó en forma gráfica, explicando las relaciones entre las variables identificadas en los cuestionarios, combinándose con la información primaria y secundaria, en donde cada uno de los indicadores obtenidos sirve de base de la metodología; todo ello contribuyó a relacionar variables e indicadores. Los resultados obtenidos comprueban que en su mayoría las unidades financieras de las facultades de la UES no cuentan con manuales ni políticas de control interno para garantizar el cumplimiento de la base técnica, limitando de esta manera la aplicación de las NTCIE-UES. Para dar solución a la problemática antes expuesta se sugiere: Que los encarados de cumplir la normativa de control interno utilicen una herramienta que contenga los lineamientos, políticas y procedimientos de control interno, que les permitirá desarrollar adecuadamente su trabajo, obteniendo resultados de calidad, es decir cumpliendo lo establecido en el reglamento de NTCIE-UES.
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El presente trabajo surge con la finalidad de actualizar los principales procesos de auditoría de gestión dirigidos a examinar las operaciones efectuadas por las Unidades de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales, con base a las reformas vigentes, a partir de junio 2011, a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), realizado por las unidades encargadas de este proceso en los ramos que conforman el Órgano Ejecutivo de El Salvador; para contribuir a través de una propuesta viable a su ejecución, en cumplimiento a la normativa legal y técnica actual. Por lo tanto el objetivo trazado es desarrollar de manera integral, la aplicación legal práctica de procesos de auditoría de gestión dirigidos a la evaluación de las principales operaciones realizadas por la unidad de compras, que comprenda el análisis de reformas y aplicación en los programas de auditoría para su ejecución y su normativa técnica gubernamental. Para la fundamentación y posterior desarrollo de la investigación se consultó la información bibliográfica contenida en leyes, reglamentos, manuales, así como otras fuentes que abordan las auditorías de gestión gubernamentales y operaciones desarrolladas por las unidades de compra. Luego de revisar la información recabada, con los resultados obtenidos en la encuesta, de acuerdo a los objetivos trazados, se concluyó que los procedimientos en la ejecución del examen a las unidades de compra gubernamentales carecen de una actualización según las reformas realizadas a la LACAP, que refleje la evaluación de la aplicación normativa legal-práctica de sus actividades integrada a los procesos administrativos descritos, permitiendo mostrar el adecuado tratamiento para planearlas y ejecutarlas. Por lo tanto, es recomendable para las unidades de auditoría interna tomar el presente documento como base para la estructuración y complemento de sus evaluaciones.
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La conciliación de medicamentos es la adecuada combinación de conocimientos y evidencias científicas de las reacciones, interacciones y necesidades de los pacientes, constituye en esencial el buen uso de los medicamentos. Objetivo general: Establecer la conciliación de medicamentos e identificar los tipos de discrepancias existentes al ingreso, durante la hospitalización y al alta en las pacientes del área de ginecología del Hospital Vicente Corral Moscoso. Cuenca, durante los meses noviembre – diciembre 2015. Metodología: Se diseñó un estudio descriptivo, con un población de 200 pacientes hospitalizadas en el área de ginecología del Hospital Vicente Corral Moscoso, durante 2 meses del 2015, recolectamos los datos mediante un formulario de dos etapas para la conciliación, a partir de las prescripciones de la historia clínica y entrevista a las pacientes, los que fueron ingresados en el software SPSS 15.0 para su tabulación, análisis, y presentación en tablas. Resultados: Se encontró 161 errores de conciliación y 42 discrepancias justificadas, en promedio 1,87discrepancias no justificadas por paciente. El error de conciliación más frecuente al ingreso corresponde a diferente dosis, vía y frecuencia de administración con un 84,6%, durante la hospitalización y al alta, correspondió a prescripciones incompletas con el 40% y 60,3% respectivamente. Conclusiones: La frecuencia con la que se realiza la conciliación de medicamentos en el Hospital Vicente Corral Moscoso fue del 15%. El 52% de pacientes están expuestos a riesgo por discordancias en las prescripciones, de ellos 43% son errores en la conciliación y un 9 % son discordancias justificadas
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51 p.
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4 volúmenes : ilustraciones, fotografías a color + 1 vídeo (1 min.).
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En vista de la necesidad de conocer a fondo el Principio de Especialidad Presupuestaria contemplado en el Art.131 inciso 8o de la Constitución de la República de El Salvador, que es un derivado del principio de legalidad cuyo objeto a su nacimiento es el de ejercer el control sobre la creación aprobación y ejecución del gasto público. Conforme a la disposición antes mencionada consiste en que los gastos que en el presupuesto se consignan no debe aprobarse en forma global, es decir que el gasto público debe someterse a las restricciones que la Ley establece. La Ley Orgánica de Presupuestos desarrolla el precepto constitucional definiendo el Art. 3 literal C, así: "Asignaciones son las autorizaciones concedidas por el poder legislativo para que puedan emplearse los dineros públicos en la satisfacción de las necesidades del Estado dentro de un ejercicio. Dichas autorizaciones señalan el límite máximo que puede gastarse y su finalidad." En base a las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional con referencia 9-2014, 15-2011-38-2011, 1-2010-27-2010-28-2010, en las que declara la inconstitucionalidad sobre las denominada "Partida Gasto Imprevisto", "Partida Secreta" y "Transferencia de Fondos"; aclarando que en esta última se refiere a la que se ejercía en las distintas ramas del Estado. Que la declaración de inconstitucionalidad fueron emitidas con base a lo que establece el Artículo 131 ordinal 8 de la Constitución de la República de El Salvador y serán analizadas para su respectiva interpretación, pues no ha sido desarrollado a profundidad las características de dicho principio, del que surge el cumplimiento de la Ley del Presupuesto para cada año fiscal.
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La aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, trae consigo muchas ventajas, tales como, mayor credibilidad y confiabilidad en la información financiera presentada, además de la comparabilidad de la información por ser presentada bajo estándares de normas internacionales, lo que permite su fácil comparación con otras entidades sin importar la nacionalidad de la misma; teniendo en cuenta su contexto. Sin embargo, los procedimientos o tratamientos estipulados en la normativa técnica no siempre coinciden con los establecidos en la legislación tributaria local, por lo que se hace necesario conciliar ambas partes, con el fin de mantener la integridad de la información financiera presentada sin olvidar lo establecido en la legislación tributaria local. Para el Estado, el propósito por el cual crea la legislación tributaria es para que los tributos lleguen a las arcas de este, por lo que establece cual debe ser la base sobre que se calcularan los tributos, a esta se le conoce como “base imponible”, pero la base técnica no fue creada con este mismo fin, por lo que en muchas ocasiones no coincide con la legislación tributaria local; es ahí donde el Contador Público debe estar listo para poder hacer frente a dicha situación, manteniendo la integridad de la información a través del cumplimiento de la Normativa Técnica y cumpliendo las obligaciones formales y sustantivas descritas en la legislación tributaria. Se debe tener claro que, independientemente de la base técnica utilizada para el registro y presentación de la información financiera, indefectiblemente las entidades están obligadas a cumplir con todas las disposiciones de la legislación tributaria salvadoreña, por lo que las implicaciones tributarias en la adopción de un nuevo marco de referencia para la información financiera, estarían dadas en su mayoría por el hecho de tener que llevar un serie de controles específicos, donde la información financiera presentada difiere de la base imponible para el cálculo de impuestos, dichos controles son esenciales para demostrar a la Administración Tributaria el cumplimiento de las disposiciones legales; un ejemplo de estos son los, cuadros de depreciación (si difiere de lo establecido en el Art. 30 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta). Por lo que, el hecho de adoptar un nuevo marco de referencia para la información financiera, más que traer implicaciones tributarias que beneficien o no a la entidad a través de la forma en la que esta paga sus impuestos, se ven más reflejados en los beneficios que trae consigo la adopción de la normativa técnica como marco de referencia, ya que el hecho de que la información presentada en los estados financieros de la entidad puedan ser comparados trae seguridad al inversionista, además, de generar mejor información para la toma de decisiones de forma eficiente y oportuna. Sin embargo, aunque las entidades seguirán cumpliendo la legislación local, independientemente del marco de referencia para la presentación de información financiera, la entidad que decida adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES), debe tener en cuenta la forma en la que conciliara la información presentada con base en las NIIF para las PYMES con las disposiciones de la legislación tributaria local. Esto se hace a través de los hechos económicos registrados siguiendo la base técnica que generan diferencia con lo que la legislación tributaria local permite o exige; por lo que el Contador Público debe llevar un control especifico sobre cada una de estas diferencias, para poder realizar al final del ejercicio una conciliación que permita que la información presentada obtenga los beneficios asociados a su comparabilidad, confiabilidad y eficiencia a través del cumplimiento de la normativa técnica y que esta información no sea objeto de llamados de atención por parte de la Administración Tributaria.
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El conflicto armado en Guatemala se originó por el abuso de poder, la desigualdad, la exclusión y la profunda discriminación, sobre todo hacia la población indígena, a la que se le han desconocido históricamente sus derechos y que fue la más afligida durante el conflicto. Lo que desembocó en el nacimiento de grupos al margen de la ley, cuyo propósito fue reivindicar los derechos de la población, así como la equidad y justicia social. El conflicto se caracterizó por la formación de grupos paramilitares, la violación al Derecho Internacional Humanitario, el elevado número de víctimas del conflicto, mayoritariamente indígenas y porque más del 85% de las violaciones a los derechos humanos fueron perpetradas por el Estado. Gracias a la voluntad política, al respaldo de la comunidad internacional, especialmente de la Organización de Naciones Unidas -ONU, y a los buenos oficios de la Comisión Nacional de Reconciliación – CNR, se lograron firmar los Acuerdos de Paz y dar fin a este cruento conflicto de más de 36 años. Las partes firmantes vieron la necesidad de que un ente autónomo e imparcial de Naciones Unidas, verificara el cumplimiento de La Misión de Naciones Unidas en Guatemala - MINUGUA contribuyó a la promoción, defensa y garantía de los derechos de la población indígena guatemalteca. Específicamente, incidió en el cumplimiento de los compromisos contenidos en el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas guatemaltecos –AIDPI, que fue suscrito el 31 de marzo de 1995, asimismo, contribuyó a la garantía del derecho a la justicia de la población indígena, lo que se evidenció en las acciones y el papel que desempeñó en los componentes de verdad, justicia y reparación.
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La automedicación no responsable se ha convertido en un problema de salud pública global en las últimas décadas, por sus consecuencias individuales (por ejemplo, la intoxicación) y colectivas (por ejemplo, la resistencia microbiana a los antibióticos). Las intervenciones orientadas a este comportamiento han sido aisladas y muy diferentes. Aunque se tiene evidencia de que su aplicación puede traer beneficios en diferentes poblaciones, no se halló en la literatura una compilación sistemática de dichas intervenciones. El objetivo de la presente revisión es sistematizar la literatura científica sobre las diferentes alternativas de intervención del comportamiento individual de automedicación no responsable. En cuanto al método, la revisión de literatura involucró la búsqueda sistemática de “automedicación” e “intervención” en las bases de datos académicas internacionales con contenidos de psicología, suscritas por la Biblioteca de la Universidad del Rosario. Como resultado se encontró que las intervenciones orientadas al comportamiento de automedicación no responsable se pueden clasificar en dos grandes grupos: (a) intervenciones regulatorias, con dirección “arriba hacia abajo”, que suponen una acción de los Estados nacionales por medio de sus legislaciones o de entidades internacionales (por ejemplo, Organización Mundial de la Salud); y (b) intervenciones educativas, con dirección “abajo hacia arriba”, que suponen acciones con individuos y comunidades con el fin de enseñar acerca del uso adecuado de los medicamentos. Se concluye acerca de la necesidad de complementar ambos tipos de intervención, los cuales, si bien demuestran resultados positivos, aisladamente son insuficientes para contrarrestar integralmente este fenómeno creciente y complejo.
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El consumo de medicamentos es un asunto que actualmente se ha convertido en una preocupación a nivel global, ya que no todos los medicamentos están sujetos a prescripción médica, y esto implica que su consumo dependa de otras fuentes de información, como la publicidad masiva o el consejo de personas legas, entre otros. Esta revisión se basó en la publicidad y el impacto que tiene esta frente al consumidor. La presente revisión se dividió en dos categorías dado la relevancia del tema, en la primera se encuentra las características de los medicamentos de venta libre donde se evidenció cómo funciona el sector de la industria farmacéutica, las características de los medicamentos en general y los riesgos del abuso de este comportamiento. Así mismo, en la segunda categoria se habló sobre la publicidad y mercadeo de ventas libres donde se evidenció el alto impacto que tiene la publicidad en el consumidor, las restricciones que hay en el contexto nacional e internacional.
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115 diapositivas.
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286 p. : il. col.
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[ES]El presente Trabajo de Fin de Grado analiza el tratamiento penal de los sujetos imputables peligrosos que mantienen la peligrosidad criminal tras el cumplimiento de la pena de prisión. De esta manera, se investiga la regulación jurídica española dirigida a este colectivo, poniendo de manifiesto que hasta la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010 de reforma del Código Penal no había prevista ninguna medida de seguridad enfocada a este grupo específico y concluyendo que la medida de “libertad vigilada” introducida en dicha reforma no es del todo efectiva para alcanzar la reinserción del reo. Por todo ello, se argumenta que la política criminal llevada a cabo en los últimos años ha llevado la seguridad a un extremo tal que no se han podido garantizar del todo los derechos individuales del colectivo anteriormente mencionado. Asimismo, se investiga la “custodia de seguridad” vigente en la regulación alemana, haciendo notoria la importancia de la seguridad e inocuización. En síntesis, se estudia si el delincuente ha quedado subordinado al orden jurídico y a la seguridad, esclareciendo si han sido respetados los principios y garantías inherentes a un Estado Social y Democrático de Derecho.
Resumo:
12 hojas : ilustraciones.
Resumo:
p.37-41