998 resultados para ARBITRAMENTO COMERCIAL INTERNACIONAL


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Luego de haber compartido su sabiduría internacional y pensador en el campo de la resolución de desavenencias, a través de la publicación –en estas ediciones- de sus apuntes sobre arbitraje internacional, en el Doctor Nicolás Gamboa le presenta en este volumen a la comunidad jurídica sus finas reflexiones sobre los avances y límites del arbitraje internaciones con partes estatales. Su exposición de los avances del arbitraje internacional, con relación a posturas más o menos dogmáticas en cuanto al alcance de la soberanía estatal, es de una precisión y claridad contundentes: la inexorable extensión del arbitraje internacional –a pesar de sus límites y derivas- ha sido tal en los últimos tiempos, que hoy días es considerado mecanismo natural de resolución de controversias entre sociedades y partes estatales. El análisis de los límites del arbitraje internacional con partes estatales que efectúa el Doctor Gamboa Morales es pertinente y oportuno. El “caso argentino” es la mejor prueba. Es menester analizar, con la profundidad que él propone, la inarbitrabilidad de ciertos litigios con Estados soberanos, los intereses y las políticas enfrentados en el arbitraje en materia de inversión y las dificultades que -a pesar de un liberalismo creciente- todavía presenta famosa inmunidad de ejecución del Estado soberano. El lector descubrirá el trasfondo filosófico del arbitraje internacional con partes estatales, leyendo la obra del Doctor Gamboa Morales. No es por nada que esta trabajo corona su merecido ingreso a la Academia Colombiana de Jurisprudencia, en la calidad de Miembro Correspondiente.

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Dissertação de mestrado em Direito dos Contratos e da Empresa

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A pesar de su reconocimiento en diferentes jurisdicciones, la apli­cación del principio iura novit curia al arbitraje comercial internacional ha sido objeto de debate. Desde el punto de vista más liberal, el principio es absolutamente aplicable al arbitraje comercial internacional, tal y como sería aplicado por un juez al dictar sentencia conforme a su derecho nacional, mientras que desde la postura más estricta, cualquier manifestación de este principio que permita a los árbitros tomar la iniciativa de traer nuevas cues­tiones de derecho al proceso debe ser rechazada por completo. Partiendo de la premisa de que, por lo general, los miembros de un tribunal arbitral inter­nacional no conocen el derecho aplicable a las controversias que se someten a su conocimiento, ni tienen experiencia o manejo práctico respecto a dicho derecho, la aplicación del principio iura novit curia de forma pura y simple no resultaría adecuada en el contexto del arbitraje comercial internacional en razón de su naturaleza contractual y los intereses involucrados. Por otra parte, rechazar de plano la aplicabilidad del principio en el arbitraje comercial internacional implicaría atar de manos a los árbitros y crearía el riesgo de que se emitan laudos que ignoren o contradigan normas y principios del derecho aplicable, lo que podría afectar su validez y dar pie a que su validez y ejecución posterior se vean cuestionadas. En razón de lo anterior, para que el principio iura novit curia pueda ser aplicado en el contexto del arbitraje comercial inter­nacional, dicho principio debe ser abordado desde una postura intermedia y sufrir una importante adaptación de forma que ciertas manifestaciones del mismo puedan ser aceptadas en casos excepcionales como una herramienta para que los árbitros puedan cumplir cabalmente con los deberes inheren­tes a su función decisoria, incluyendo el deber de no exceder la jurisdicción que les ha sido conferida, de dictar laudos válidos, ejecutables y apegados al derecho aplicable, de actuar en forma imparcial y de garantizar a las partes en todo momento derechos fundamentales derivados del debido proceso, como lo son el derecho a ejercer su defensa en forma adecuada y oportuna, así como el derecho a ser tratadas con igualdad.

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La Organización Mundial del Comercio es una organización internacional que cumple una doble función. Como lo sugiere su nombre, busca la apertura en materia comercial sirviendo como foro a los Estados, para que estos puedan negociar la eliminación de barreras técnicas y económicas para el comercio. Cuenta también con un Órgano de Solución de Diferencias, fruto de un proceso de casi cinco décadas de ensayos, errores y reformas que son de vital importancia para que los Estados, sin importar su tamaño o la asimetría en temas de desarrollo, puedan participar del comercio mundial en condiciones de igualdad relativa1. Se habla de igualdad relativa y no absoluta, porque la OMC comprende que los países en vías de desarrollo necesitan tiempo, asesoría y recibir inicialmente un trato diferenciado en razón de su condición, para poder entrar a hacer parte de la cadena de comercio internacional. La Organización Mundial del Comercio se basa en la creencia firme de que el comercio internacional abierto conlleva al desarrollo, dado que incentiva la inversión extranjera directa y la expansión de las oportunidades comerciales de los productores y empresarios locales.

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El artículo analiza detalladamente la institución del hardship o excesiva onerosidad, y su aplicación en la contratación comercial moderna. Se refiere al tránsito histórico desde una rigurosa aplicación del pacta sunt servanda, a una reformulación de este principio que se resume en la máxima pacta sunt servanda si rebus sic stantibus. Efectúa una aproximación al hardship como un mecanismo que permite la renegociación de los contratos comerciales internacionales, tradicionalmente expuestos a los más variados cambios de circunstancias, cuando se afecte su equilibrio económico o financiero. Menciona las diferentes formas en que esta institución ha sido configurada en instrumentos internacionales y el derecho comparado. Finalmente se refiere a la aplicación que se ha hecho del hardship en la jurisprudencia extranjera y en el arbitraje internacional.

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La presente tesis tiene como objetivo identificar y analizar las bondades y dificultades del arbitraje comercial internacional en momentos en los que el Ecuador requiere de medios de solución de conflictos que sean aceptados por la comunidad de negocios internacionales. La dolarización exige normas jurídicas claras y mecanismos de solución de controversias que brinden seguridad jurídica a los comerciantes e inversionistas. Dentro de este escenario, el arbitraje, por las consideraciones contenidas en este trabajo, se presenta como el mecanismo de resolución de disputas internacionales más idóneo con el que contamos hoy en día. Destacamos que en Latinoamérica y en el Ecuador el arbitraje internacional permanece aún inexplorado, tanto en la doctrina como en la praxis. ¿El motivo? Parece ser por la negativa que históricamente Latinoamérica ha guardado ante la institución arbitral, reflejada en algunos casos en una incongruente legislación nacional; y, desconfianza injustificada de las cortes judiciales. Pero, hoy por hoy, el contexto latinoamericano ha cambiado significativamente. Observamos que la práctica del arbitraje nacional e internacional se va aplicándolo de manera notable, registrando un incremento en los casos que involucran a partes latinoamericanas. Por ejemplo, en el año 2002 cerca del 11% de los casos administrados por la CCI tienen relación con partes latinoamericanas, en contraste con el 3% registrado en 1993.1 Esta tesis se formula en base a una estructura de 2 capítulos: El capítulo primero trata sobre el desarrollo del arbitraje internacional desde sus orígenes, se hace una breve fundamentación histórica, se puntualiza el arbitraje y la nueva lex Mercatoria, los procesos de integración, una rápida sistematización de los tratados regionales de arbitraje, se analizan las relaciones económicas internacionales, el orden público y la arbitrabilidad, concluyendo con una visión de la perspectiva arbitral en el Ecuador. En el capítulo segundo analizamos las especificidades del proceso arbitral internacional, examinando la autonomía y los efectos jurídicos del convenio arbitral, su procedimiento e instituciones o centros de arbitraje internacionales, culminando con un análisis de las actuales expectativas del arbitraje internacional en Latinoamérica y el Ecuador. Constan 7 anexos que complementan lo aseverado.

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Este estudo aborda um tema relevante no atual contexto da economia mundial, onde aceleradas transformações no ambiente provocam mudanças de posições. A negociação comercial internacional tem merecido destaque entre a comunidade acadêmica, pelo desenvolvimento de uma série de pesquisas. No meio empresarial, pesquisar negociação torna-se excelente fonte de informação acerca das percepções dos negociadores quanto à realidade. Esta pesquisa consiste na realização de um estudo exploratório, com objetivo de identificar diferenças e semelhanças entre negociadores brasileiros e argentinos. No Brasil a pesquisa deu-se em Porto Alegre e sua região metropolitana, e na Argentina foram entrevistados executivos da Capital Federal e Província de Buenos Aires, totalizando uma amostra de 72 respondentes. De forma geral, os resultados obtidos nessa pesquisa demonstram o perfil sóciodemográfico, influência do status de comprador ou vendedor nos resultados da negociação e as características positivas e negativas dos negociadores na percepção dos respondentes. Tais resultados corroboram o próprio objetivo geral desse estudo.

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Esta dissertação aborda o tema da negociação tabacaleira comercial internacional e a influência da cultura nacional, dos valores pessoais e da ética. No atual mundo globalizado, a investigação e a compreensão das diferenças culturais são elementos essenciais na elaboração das estratégias de negociação. A minimização do choque cultural proporciona melhores resultados na negociação. Este tema explicita à academia e às empresas, especialmente aos negociadores tabacaleiros, relevantes aspectos teóricos e demonstra uma realidade prática, apresentando importantes considerações quanto à devida preparação da negociação. O objetivo geral desta pesquisa consiste na análise da existência de diferenças e/ou semelhanças culturais, de valores pessoais e de ética entre negociadores tabacaleiros brasileiros e de outros 24 países nas negociações tabacaleiras comerciais internacionais. É uma pesquisa de caráter exploratório - descritivo, com uma abordagem multimétodo: qualitativo e quantitativo. O primeiro consiste na revisão bibliográfica das escalas para medir cultura, valores pessoais e ética já existentes e validadas no Brasil, que proporcionaram importantes contribuições à formulação do instrumento de pesquisa: o questionário. Através deste foram coletadas as informações da etapa quantitativa. Os locais de aplicação do questionário foram, no sul do Brasil, no estado do Rio Grande do Sul, a cidade de Santa Cruz do Sul, e no estrangeiro em 31 países de 4 continentes. A amostra totalizou 147 questionários aplicados (42 no Brasil e 105 no estrangeiro). A presente pesquisa está estruturada seguindo a ordem teórica, ou seja, a negociação comercial internacional, a cultura nacional, os valores pessoais e a ética. De forma geral, os resultados obtidos demonstram as diferenças culturais na negociação tabacaleira comercial internacional, proporcionando um ‘retrato’ das características culturais do negociador tabacaleiro brasileiro e estrangeiro, segundo as dimensões culturais propostas por Hofstede (1997), os valores pessoais identificados pela Escala de Valores de Kahle (LOV) (1983), e a ética conforme modelo de Lewicki (1998).

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Este artículo trata sobre todo del marco legal del arbitraje comercial internacional en América Latina y el Caribe y la influencia de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional en las leyes de arbitraje adoptadas por la mayoría de los países de la región, que han adoptado un modelo normativo moderna del arbitraje comercial internacional. También incorpora información sobre el marco jurídico en vigor para el arbitraje internacional en América Latina y el Caribe. Por último, muestra el esfuerzo importante en estos países para superar las tendencias nacionales e idiosincrasias formalistas en esta materia. A pesar de la resistencia negativa por los países de la región y de la defensa de un cierto particularismo en la actualidad no existe una actitud hostil hacia el arbitraje comercial internacional.

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En el ordenamiento jurídico colombiano el arbitramento se caracteriza por su falta de flexibilidad, su apego a la forma procesal y por un acercamiento cada vez más acentuado y peligroso al procedimiento judicial, en contravía de la tendencia mundial que prepondera la expresión de la voluntad

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la lex mercatoria como ordenamiento jurídico autónomo, creado y aplicado por la comunidad internacional de los comerciantes, como respuesta a sus necesidades y a la incapacidad de los ordenamientos jurídicos nacionales de responder con rapidez

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A raíz de la promulgación de la Ley 1328 de 2009 y de la celebración del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos, el sistema normativo colombiano será testigo de un negocio jurídico que, hasta antes de esos eventos, no había visto factible su celebración: el contrato de seguro internacional. Al vernos frente a esta realidad, no queda más remedio que empezar a dar respuesta a las preguntas que surgen con ocasión de que un residente en nuestro país contrate con una compañía de seguros ubicada en el exterior; y, tal vez, la primera de ellas es ¿cuál es la ley aplicable al contrato de seguro internacional? El presente trabajo pretende contribuir a la búsqueda de una respuesta a este cuestionamiento de no poca trascendencia; con el estudio de legislación, doctrina y jurisprudencia extranjeras, junto con el análisis de la particular regulación del contrato de seguro en Colombia, además de consideraciones en torno a la jurisdicción local y foránea, "La ley aplicable al contrato de seguro internacional" se convierte en, si bien una sugerencia de respuesta al ya enunciado interrogante, igualmente en un llamado para que sean las autoridades, Magistrados y expertos en el tema, quienes reparen en ese punto desde este momento y, así, no vernos sorprendidos en 2013, cuando vea la luz el primer contrato de seguro internacional en Colombia.

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El Derecho Internacional Privado clásico contemplaba un ordenamiento jurídico aplicable exclusivamente a los nacionales de un Estado y a los actos que estos realizaban dentro de un territorio previamente delimitado.

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El Arbitraje Comercial Internacional ha sufrido en estos últimos años un fenómeno de expansión, traducido en la globalización de las instituciones, de los ordenamientos, de la economía, de las relaciones internacionales, del Derecho.