222 resultados para Política comercial internacional

em Universidad del Rosario, Colombia


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En la condición actual global, en la cual Asia Pacífico emerge como una región interesante para los negocios y las intenciones estatales, es necesario reconocer su importancia y la necesidad de Colombia de involucrarse de manera más certera en el imaginario asiático. A partir del reconocimiento de las oportunidades que las relaciones con Asia Pacífico traducen, algunos países de la región han encaminado su política comercial en afianzar los lazos intrarregionales. Desde la década de los 90, la ofensiva latinoamericana al Pacífico se agudizó, teniendo como principales protagonistas a Chile, México y Perú. Sus experiencias, tan significativas en términos comerciales han despertado el interés de vecinos que ven en ellos un buen modelo ha seguir. Perú, un país considerado por años dentro de las listas de los no desarrollados de la región, aceleró sus acercamientos con Asia Pacífico en la década de los 90, hecho que se ha extendido por años y que le ha representado grandes beneficios en la escena internacional. Su nuevo posicionamiento como hub suramericano para el Asia ha permitido el fortalecimiento de su imagen dentro de la región, realidad que contrasta con los pocos avances que ha tenido Colombia frente a la misma. Por tanto, y considerando las similitudes históricas, demográficas y socioeconómicas de los dos vecinos, es prudente realizar un análisis a la política comercial peruana al Asia Pacífico con el fin de señalar lecciones y aprendizajes que le serían útiles a Colombia en su búsqueda por conquistar el continente asiático.

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Análisis de la política exterior de Singapur y cómo está determinada por las políticas comerciales del país. Analiza cómo la participación en una organización internacional y un foro económico benefician al desarrollo económico del país.

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La monografía pretende demostrar que el Plan Estratégico Exportador para Asia y Australia con Japón fue diseñado con base en la complementariedad de las economías, donde la dependencia de los mercados naturales y tradicionales, el desarrollo en la competitividad del comercio internacional.

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El objetivo principal de esta monografía es identificar cuáles son las razones que justifican las contradicciones entre el discurso y el comportamiento de Estados Unidos en el marco de la Organización Mundial del Comercio, particularmente con relación a prácticas anticompetitivas derivadas del programa de protección a la agricultura del país. Para ello se analizan el interés nacional y los elementos de la seguridad nacional a partir de los cuales éste se ha construido. También se evalúan los procesos de formulación de política comercial y las interacciones entre los representantes políticos, las asociaciones de productores y el sector privado para mostrar como este comportamiento contradictorio corresponde a la legitimización de un interés particular.

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Luego de haber compartido su sabiduría internacional y pensador en el campo de la resolución de desavenencias, a través de la publicación –en estas ediciones- de sus apuntes sobre arbitraje internacional, en el Doctor Nicolás Gamboa le presenta en este volumen a la comunidad jurídica sus finas reflexiones sobre los avances y límites del arbitraje internaciones con partes estatales. Su exposición de los avances del arbitraje internacional, con relación a posturas más o menos dogmáticas en cuanto al alcance de la soberanía estatal, es de una precisión y claridad contundentes: la inexorable extensión del arbitraje internacional –a pesar de sus límites y derivas- ha sido tal en los últimos tiempos, que hoy días es considerado mecanismo natural de resolución de controversias entre sociedades y partes estatales. El análisis de los límites del arbitraje internacional con partes estatales que efectúa el Doctor Gamboa Morales es pertinente y oportuno. El “caso argentino” es la mejor prueba. Es menester analizar, con la profundidad que él propone, la inarbitrabilidad de ciertos litigios con Estados soberanos, los intereses y las políticas enfrentados en el arbitraje en materia de inversión y las dificultades que -a pesar de un liberalismo creciente- todavía presenta famosa inmunidad de ejecución del Estado soberano. El lector descubrirá el trasfondo filosófico del arbitraje internacional con partes estatales, leyendo la obra del Doctor Gamboa Morales. No es por nada que esta trabajo corona su merecido ingreso a la Academia Colombiana de Jurisprudencia, en la calidad de Miembro Correspondiente.

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Este trabajo se basa en las relaciones comerciales de la Unión Africana con La Unión Europea, tomando como punto de análisis las asimetrías entre ambos bloques. Se tomo como punto de partida el año 2000 debido a la firma del Tratado de Cotonou, el cual busca regular y reglamentar las relaciones no solo a nivel comercial sino también a nivel político.

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A pesar de su reconocimiento en diferentes jurisdicciones, la apli­cación del principio iura novit curia al arbitraje comercial internacional ha sido objeto de debate. Desde el punto de vista más liberal, el principio es absolutamente aplicable al arbitraje comercial internacional, tal y como sería aplicado por un juez al dictar sentencia conforme a su derecho nacional, mientras que desde la postura más estricta, cualquier manifestación de este principio que permita a los árbitros tomar la iniciativa de traer nuevas cues­tiones de derecho al proceso debe ser rechazada por completo. Partiendo de la premisa de que, por lo general, los miembros de un tribunal arbitral inter­nacional no conocen el derecho aplicable a las controversias que se someten a su conocimiento, ni tienen experiencia o manejo práctico respecto a dicho derecho, la aplicación del principio iura novit curia de forma pura y simple no resultaría adecuada en el contexto del arbitraje comercial internacional en razón de su naturaleza contractual y los intereses involucrados. Por otra parte, rechazar de plano la aplicabilidad del principio en el arbitraje comercial internacional implicaría atar de manos a los árbitros y crearía el riesgo de que se emitan laudos que ignoren o contradigan normas y principios del derecho aplicable, lo que podría afectar su validez y dar pie a que su validez y ejecución posterior se vean cuestionadas. En razón de lo anterior, para que el principio iura novit curia pueda ser aplicado en el contexto del arbitraje comercial inter­nacional, dicho principio debe ser abordado desde una postura intermedia y sufrir una importante adaptación de forma que ciertas manifestaciones del mismo puedan ser aceptadas en casos excepcionales como una herramienta para que los árbitros puedan cumplir cabalmente con los deberes inheren­tes a su función decisoria, incluyendo el deber de no exceder la jurisdicción que les ha sido conferida, de dictar laudos válidos, ejecutables y apegados al derecho aplicable, de actuar en forma imparcial y de garantizar a las partes en todo momento derechos fundamentales derivados del debido proceso, como lo son el derecho a ejercer su defensa en forma adecuada y oportuna, así como el derecho a ser tratadas con igualdad.

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pretende comparar las políticas comerciales llevadas a cabo en Colombia, Corea y Taiwán, extrayendo algunas lecciones. Para ello, se analizarán las políticas aplicadas por los tres países

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Rusia sufrió grandes cambios tras la desintegración de la URSS en 1991. No obstante, con la llegada de Vladimir Putin al poder, los intereses geoestratégicos de Rusia sobre el espacio postsoviético revivieron con nuevo ímpetu debido a una mayor cantidad de recursos a disposición del Estado. La República de Moldavia es un claro ejemplo del resurgir de la política exterior rusa hacia el espacio postsoviético, siendo incluso, una región clave en la lucha de la Federación Rusa por recuperar su zona de influencia.

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Conocer como se vio afectado el comercio en materia automotriz en Colombia por parte de Venezuela es un tema importante para las relaciones diplomáticas y comerciales del país. Al ser Venezuela el país que más importaba vehículos de Colombia, es necesario conocer por qué desde el cambio de la política exterior del presidente Chávez, en el 2004, este sector se ha visto afectado notoriamente y qué estrategias por su parte tendría la industria automotora y el gobierno colombiano para no dejar que éste sector baje su producción.

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A través de esta monografía se analizará, el impacto comercial en la República Popular China luego de la primera reforma a su sistema económico en 1978, y su posterior entrada a la Organización Mundial del Comercio (OMC) en el 2001. Se estudiará, también, con especial atención, el desarrollo de la Inversión Extranjera Directa (IED) en este país a partir de este último hito.

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La presente investigación está orientada a una revisión de la política exterior de Colombia con China, para identificar avances, fallas y omisiones en la búsqueda del fortalecimiento de la relación. Ante el fenómeno de la globalización, el gigante asiático se presenta como un actor fundamental para establecer sociedades, por su reciente ascenso en la jerarquía de poder, su creciente industria demandante de materias primas y su densa población, cuya capacidad de consumo se amplía con el paso del tiempo. Aunque el interés de Colombia por estrechar los vínculos con China se ha manifestado en los recientes gobiernos, la carencia de una política y estrategia de Estado, así como la debilidad diplomática, ha influido en que no se haya logrado resultados sustanciales. Se vislumbran falencias en la gestión política que han repercutido en la falta de dinamismo de los vínculos y que impactan en el plano económico. Para el desarrollo de la investigación se adoptan postulados teóricos sobre la relación entre la política interna y la política externa, que explican cómo los fenómenos domésticos influyen en las posiciones que los Estados adoptan en sus relaciones con otros países. Esta visión nos permite establecer de qué manera los procesos internos de Colombia, la caracterización institucional, la designación de líderes, entre otros aspectos, han incidido en los vínculos con China. Por la naturaleza del estudio se acoge una metodología cualitativa que abarca la revisión de material bibliográfico y periodístico, la consulta de documentos oficiales y el desarrollo de entrevistas a investigadores de la relación colombo-china. También se recogen datos estadísticos, fundamentales para soportar los objetivos de este trabajo y se citan casos de países como Brasil y Chile, que constituyen un referente para conocer qué tan lejos está Colombia en su relación con el gigante asiático y cuáles son los pasos que falta por dar. Se considera que esta investigación constituye una base académica para el desarrollo de nuevos estudios sobre la relación de Colombia con China, dado que se identifican elementos que han sido determinantes en el rezago histórico frente a este país asiático. Así mismo, con este trabajo investigativo se pretende hacer un aporte, desde la academia, al Estado colombiano para el desarrollo de una estrategia diplomática que permita estrechar lazos con China, basados en los factores que se han identificado en los cuatro capítulos que contempla el estudio. Colombia está en mora de replantear su relación con una de las economías más fuertes del mundo, para ello se requiere una hoja de ruta que permita navegar con claridad hacia el gigante asiático.

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La Organización Mundial del Comercio es una organización internacional que cumple una doble función. Como lo sugiere su nombre, busca la apertura en materia comercial sirviendo como foro a los Estados, para que estos puedan negociar la eliminación de barreras técnicas y económicas para el comercio. Cuenta también con un Órgano de Solución de Diferencias, fruto de un proceso de casi cinco décadas de ensayos, errores y reformas que son de vital importancia para que los Estados, sin importar su tamaño o la asimetría en temas de desarrollo, puedan participar del comercio mundial en condiciones de igualdad relativa1. Se habla de igualdad relativa y no absoluta, porque la OMC comprende que los países en vías de desarrollo necesitan tiempo, asesoría y recibir inicialmente un trato diferenciado en razón de su condición, para poder entrar a hacer parte de la cadena de comercio internacional. La Organización Mundial del Comercio se basa en la creencia firme de que el comercio internacional abierto conlleva al desarrollo, dado que incentiva la inversión extranjera directa y la expansión de las oportunidades comerciales de los productores y empresarios locales.

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A raíz de la promulgación de la Ley 1328 de 2009 y de la celebración del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos, el sistema normativo colombiano será testigo de un negocio jurídico que, hasta antes de esos eventos, no había visto factible su celebración: el contrato de seguro internacional. Al vernos frente a esta realidad, no queda más remedio que empezar a dar respuesta a las preguntas que surgen con ocasión de que un residente en nuestro país contrate con una compañía de seguros ubicada en el exterior; y, tal vez, la primera de ellas es ¿cuál es la ley aplicable al contrato de seguro internacional? El presente trabajo pretende contribuir a la búsqueda de una respuesta a este cuestionamiento de no poca trascendencia; con el estudio de legislación, doctrina y jurisprudencia extranjeras, junto con el análisis de la particular regulación del contrato de seguro en Colombia, además de consideraciones en torno a la jurisdicción local y foránea, "La ley aplicable al contrato de seguro internacional" se convierte en, si bien una sugerencia de respuesta al ya enunciado interrogante, igualmente en un llamado para que sean las autoridades, Magistrados y expertos en el tema, quienes reparen en ese punto desde este momento y, así, no vernos sorprendidos en 2013, cuando vea la luz el primer contrato de seguro internacional en Colombia.

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De manera propositiva el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez presentó a los colombianos el 7 de agosto de 2005 un ejercicio prospectivo de planeación denominado 2019 Visión Colombia II Centenario. El objetivo de este ejercicio era “servir como punto de partida para pensar el país que todos los colombianos quisiéramos tener, para el momento de la conmemoración del segundo centenario de vida política independiente, a celebrarse el 7 de agosto de 2019”.1 El Departamento Nacional de Planeación asumió la responsabilidad de plasmar la visión que surgía al interior del estamento público, esencialmente ministerios y departamentos administrativos. Se esperaba que esta propuesta preliminar fuera enriquecida a través de un proceso de discusión y concertación con los diferentes estamentos de la sociedad en un diálogo profundo y constructivo entre los colombianos en el que fuera posible sumar voces en torno a una misma idea de país.2