99 resultados para Bienes del Estado


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Al iniciar estas consideraciones sobre la Reforma Institucional de la Dirección de Cultura del estado Táchira es menester acotar que, a los efectos de dar un conocimiento al lector sobre la relación cultura-Estado en Venezuela, inserto algunas notas

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La responsabilidad del Estado en el control, uso y manejo de plaguicidas ocupa un importante lugar en el desarrollo de nuestro país, pues es innegable que nuestra economía y supervivencia digan, se basan en el sistema agrícola, sistema que dentro

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El ejercicio de la medicina en nuestro país ha cambiado en forma radical en los últimos años. La aparición de las demandas médicas ya ha llevado a ejercer una medicina defensiva, con un mayor deterioro de la relación médico paciente

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Salvedad hecha por Colombia frente a la competencia de la CPI para juzgar Crímenes de Guerra en el ámbito nacional el fortalecimiento de la capacidad de negociación del gobierno frente a los grupos armados ilegales produjo el rechazo de amplios sectores de la sociedad civil

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El objeto de estudio de este trabajo de grado es determinar en qué casos la realización de actuaciones de policía judicial, realizadas directamente o previamente ordenadas por la Fiscalía General de la Nación, en adelante FGN, sometidas a control posterior por parte del juez de control de garantías, pueden comprometer la responsabilidad patrimonial del Estado, con posterioridad a la implementación del sistema acusatorio.

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La incidencia y prevalencia de enfermedad y riesgo cardiovascular (RCV) se incrementan con los años, como consecuencia de la falta de control en los factores de riesgo modificables, por ejemplo el sedentarismo, principalmente observado en trabajadores de oficina. El objetivo del presente trabajo fue identificar los factores asociados con el incremento del RCV en trabajadores de una empresa del estado en Bogotá, Colombia en el año 2013, a través de un estudio descriptivo de corte transversal a partir de una base de datos suministrada por la empresa con información de 272 trabajadores. Se incluyeron variables sociodemográficas, perfil ocupacional, factores de riesgo, historia clínica y medidas metabólicas. Los datos fueron estudiados a través de análisis univariado, bivariado y multivariado de regresión logística binaria. El 100% de los empleados tiene un contrato a término indefinido, siendo el género femenino más predominante. Se identificó que el RCV presente en el 11.8% de la población se asocia principalmente con la presencia de diabetes mellitus tipo 2 (ORA 9.97; IC95% 2.14-14.96, p=0.019), la alteración en el índice de masa corporal (ORA 5.67; IC95% 4.48-9.19, p=0.026), la hipertensión arterial sistólica (ORA 3.44; IC95% 2.21-4.01, p=0.037. Además hubo una relación inversa respecto al puntaje de la escala Framingham, donde menores puntajes se asociaron a menor RCV (ORA 0.04; IC95% 0.02-0.71, p=0.029), una vez se ajustó el modelo por edad, género y antigüedad en la empresa. No se encontró relación estadísticamente significativa entre el RCV, el cargo y la antigüedad laboral. Se concluye que en esta población trabajadora, independientemente de la edad, tiempo de antigüedad en la empresa y el género, los factores de riesgo clásicos para RCV están presentes y por lo tanto se deben iniciar medidas de promoción y prevención en aras de disminuir la probabilidad que el RCV encontrado se traduzca en un evento cardiovascular y de ésta manera optimizar la productividad en esta empresa.

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Determinar la prevalencia de síntomas de estrés y su relación en la calidad de vida de los servidores públicos de una Entidad del Estado Colombiano, 2014. Se realizó un Estudio de corte transversal, a 234 servidores públicos de una entidad del estado colombiano, se utilizó una ficha de datos sociodemográficos, el cuestionario de síntomas de estrés de la batería de riesgos psicosociales Ministerio de Protección Social y el SF 36 en su versión validada en Colombia. En la relación entre la escala de estrés con las dimensiones de calidad de vida y las subescalas defuncionamiento físico y subescala de salud mental no se encontraron diferencias significativas (p>0.05) (Tabla 2). Se encontró tendencia entre el menor nivel de estrés (muy bajo) y los otros niveles de estrés con mayor calidad de vida en las dimensiones de rol físico, funcionamiento físico, vitalidad y cerca de mostrar diferencias significativas en salud mental (p=0.097). Los sucesos vitales más frecuentes que se relacionan con el estrés en la muestra de servidores públicos, son fundamentalmente alto en síntomas fisiológicos, de comportamiento social y laboral, síntomas intelectuales y psicoemocionales. En cuanto a calidad de vida encontramos en la evaluación de la escala todas las dimensiones presentaron puntajes promedio mayores de 50, excepto en funcionamiento físico. Las dimensiones con promedios mayores de 80 fueron: dolor corporal, rol emocional, salud mental y funcionamiento Social.

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El estudio “Identificar el perfil y el estilo del gerente, para administrar una Empresa Social del Estado en el Departamento de Cundinamarca” tiene como propósito conocer el perfil como conocimientos, habilidades o aptitudes, experticia y actitudes o comportamientos, lo mismo que el estilo gerencial en las organizaciones de hoy, como puede hacerla rentable y enfrentar los retos de un mundo globalizado, en una administración compleja, con incertidumbres y desafíos propios del Siglo XXI. Este trabajo establece los elementos propios en la construcción de un perfil y estilo de un gerente, que la nueva economía necesita en organizaciones más planas, eficientes y competitivas, enfrentando los desafíos del actual entorno, donde no sólo se deben focalizar las cifras y números sino el factor más importante, pilar de las empresas, las empresas, las personas, para llegar al éxito. Palabras claves: Empresa social del Estado, perfil, estilo gerencial, gestión, resultados financieros, sistema general de seguridad en salud.

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Introducción: Los pacientes en postoperatorio de trasplante hepático presentan múltiples cambios hemodinámicos y alteraciones hidroelectrolíticas que generan cambios en el estado ácido base. El presente trabajo, busca describir el comportamiento ácido base en pacientes pos trasplante hepático, a través del análisis del modelo de Stewart, enfocado en la búsqueda etiológica de cada trastorno y planteando posibles formas de optimizar el manejo en Cuidado Intensivo (CI). Metodología: Estudio observacional, descriptivo histórico de los gases arteriales de los pacientes en post operatorio de trasplante hepático por cualquier causa, interpretados por método de Stewart. Se realizó con el universo de pacientes ingresados en el año 2014 en la Fundación Santa Fe de Bogotá. Resultados: Ingresaron en total 24 pacientes al estudio, entre el 1 de enero al 31 de septiembre de 2014. La mediana de pH fue de 7.36 con un valor mínimo de 7.05 y el máximo de 7.49. El 41% de los pacientes al ingreso a cuidado intensivo tenían lactato normal (menor a 2), y el 88% tenían niveles de albumina bajos. El trastorno electrolítico más común fue hipercloremia (58%), seguido de hipomagnesemia (25%). Conclusiones. El análisis de gases arteriales por el modelo de Stewart permite realizar un diagnóstico de un trastorno específico y adicionalmente, permite buscar la etiología del trastorno. Esta serie de casos mostró que el 95% de los pacientes tenían algún trastorno metabólico al ingreso, siendo el más frecuente la acidosis metabólica (66%).

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Al igual que ocurre en los regímenes de responsabilidad Estatal internacional y Regional -SIDH-, donde se hace una distinción entre los hechos ilícitos internacionales y las violaciones a normas Ius cogens, se plantea la posibilidad de aplicar en el régimen interno de responsabilidad estatal la denominada “responsabilidad internacional agravada”, en aquellos casos específicos de violaciones graves a derechos humanos, dada la necesidad de establecer la aludida distinción frente a la imputación del daño al Estado en ese tipo de casos.

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En el presente artículo se analiza la forma en que se ha abordado la relación de causalidad como elemento estructurador de la responsabilidad en aquellos eventos en que los daños provienen de terceros —grupos armados ilegales— y cómo se han asimilado las figuras jurídicas de imputación y causalidad. Se realiza un estudio sobre las teorías predominantes en la jurisprudencia de la CIDH, que han influido en los posteriores desarrollos de la Corte Constitucional colombiana y del Consejo de Estado, así como el traslado que se ha realizado de la teoría de la imputación objetiva a la responsabilidad del Estado. Adicionalmente, se presenta el marco normativo y conceptual con fundamento en el cual se sostiene la tesis de que el nexo causal subsiste como un tercer elemento autónomo de la responsabilidad, con fundamento en el artículo 90 de la Constitución Política y el 140 de la Ley 1 437 de 2 011, determinando los aspectos esenciales que lo diferencian de la imputación.

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El uso de instrumentos y directrices en la política pública para la modelación de los resultados de la actividad científica y tecnológica ha sido frecuente en el Estado colombiano. Este trabajo bajo la ‘teoría de la regulación’ de Black, examina el Modelo de Medición de Grupos de Investigación y de calificación de Revistas Científicas –Publindex- de Colciencias, como instrumentos de intervención del Estado, fundados en el uso de indicadores bibliométricos y cienciométricos. Para ello, se da respuesta a interrogantes referidos a la auto-organización de la ciencia; su relación con el Modelo de Grupos de Investigación, la influencia que dicho modelo tiene sobre la libertad de investigación; las implicaciones que tiene el otorgar categoría o status a los Grupos por actos estatales y la conveniencia de que el Estado tenga un sistema de incentivos para el examen de información científica y técnica originada en indicadores científicos, entre otros. Se busca en síntesis, aportar elementos que permitan, desde una perspectiva sistémica e interdisciplinaria explicar algunas de las razones por las cuales los elementos involucrados en la estructuración de la normativa de ciencia y tecnología, pueden inducir a afectaciones negativas y positivas en el quehacer científico y tecnológico.

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El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. A partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política de prevención del daño antijurídico en relación con el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico gozan de una especial protección constitucional. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.

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El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. El problema jurídico a resolver con el presente trabajo se plantea a partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política para la prevención del daño antijurídico por el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico, gozan de una especial protección constitucional o legal. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.

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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general