86 resultados para relativas sem antecedente


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Objetivo: Identificar las alteraciones espirométricas en trabajadores de las ladrilleras en el sur de Bogotá y sus condiciones sociodemográficas Metodología: Se realizó un estudio descriptivo de tipo transversal, donde se evaluaron las condiciones demográficas de trabajadores de 17 ladrilleras de 33 que conforman LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE FABRICANTES DE LADRILLOS Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN (ANAFALCO) y el resultado de la espirometría en pacientes con exámenes médicos ocupacionales en el mes de agosto de 2013 realizados por la compañía ASODER CONSULTORES IPS en Bogotá Colombia. Los datos obtenidos son descritos mediante medidas de frecuencia relativas como porcentajes y se consideró el uso de tablas de contingencia para el cruce de variables. Resultados: Se encontró una población predominantemente masculina, cuya media de edad es de 41,6 años, con un nivel educativo dada por educación básica primaria incompleta y con prevalencia del estado civil de unión libre; el 91% de la población labora en el área operativa, con una antigüedad en la empresa prevalente entre 1 a 5 años con un 44%. El 31% de los trabajadores presentó hábito de consumo de cigarrillo, y el 35% reporto practicar algún ejercicio físico. En los resultados de la espirometría el 79% presento resultado normal, el 21% mostró espirometría anormal, con predominancia de patrón obstructivo leve (17%). Conclusiones: La alteración del patrón espirométrico predomina en trabajadores del área operativa, con edad mayor a 50 años, que llevan más de 10 años trabajando en la empresa. El hábito de fumar no es un factor de riesgo directamente relacionado, pero la práctica de deporte si figura como factor protector. El patrón de alteración predominante fue el obstructivo leve, lo que sugiere la posibilidad de aplicar medidas de prevención y protección para minimizar la progresión hacia alteraciones de mayor severidad.

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El Loxoscelismo en una enfermedad causada por la picadura de una araña del género Loxosceles, que se puede manifestar con compromiso cutáneo y/o sistémico e incluso llevar a la muerte. La distribución geográfica de la araña es mundial, con mayor incidencia en países como Perú, Chile y Brasil, y en algunos lugares de Norte América. En Colombia, se ha identificado este tipo de arácnido, sin embargo no se ha reportado ningún caso, se cree que probablemente exista subregistro. El cuadro clínico puede ir desde pacientes asintomáticos hasta dermonecrosis severa, con gran riesgo de secuelas e incapacidad funcional. Cuando hay compromiso sistémico, cursa con falla renal, hemólisis, coagulación intravascular diseminada y alto riesgo de muerte. El diagnóstico es clínico y epidemiológico, pues no hay pruebas serológicas confirmatorias disponibles. A pesar de que se han descrito múltiples opciones terapéuticas, no hay un consenso que permita hacer recomendaciones, por la escasa evidencia científica que existe al respecto. Este artículo presenta el caso de un varón de 11 años, con antecedente de picadura por animal desconocido, con evolución clínica sugestiva de loxoscelismo cutáneo y sistémico, que recibió manejo con suero antiarácnido, oxígeno hiperbárico, inhibidor de polimorfonucleares y reconstrucción quirúrgica. Se revisa la literatura y la situación de la enfermedad en Colombia, con el fin de llamar la atención sobre una enfermedad poco conocida y favorecer la sospecha diagnóstica y el enfoque adecuado.

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Si bien es mucho lo que se ha dicho y lo que aún se puede decir sobre la producción filosófica moderna, este texto se centra solamente en un aspecto de las teorías de Locke y Hume: la construcción de la identidad personal. Las teorías empiristas expuestas a continuación representan un antecedente elemental para las teorías contemporáneas de la identidad personal en las que se considera relevante el papel que cumple la intersubjetividad en la construcción de la subjetividad. Mi texto consistirá en una interpretación acerca de las teorías de la identidad personal de Locke y Hume. Mi problema central es analizar el papel que cumplen tanto la memoria como la imaginación en la construcción de la identidad personal al interior de los sistemas de pensamiento de ambos autores. En esa medida, este texto no es un texto sobre la memoria y la imaginación como facultades cognoscitivas en dichos sistemas de pensamiento. Más bien, es un texto acerca de la importancia de estas dos facultades en el problema de la identidad personal. Como veremos, el aporte más importante que hacen Locke y Hume con sus teorías de la identidad personal es que el reconocimiento de nuestro propio yo está dado solo en la medida en la que podemos imaginar y recordar.

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La presente monografía resuelve algunas preguntas relativas a la importancia de la ética pública como herramienta de lucha contra la corrupción política, se ocupa igualmente de las éticas aplicadas, y su importancia en el fortalecimiento de principios y valores éticos en los servidores públicos. A partir de lo anterior se plantean los siguientes propósitos específicos: en primera estancia, estudiar el fenómeno de la corrupción política, para mostrar ciertas causas estructurales y fundamentalmente comportamentales que influyen en el fenómeno de la corrupción en Colombia; explicar la importancia de la inclusión de la ética pública en el desarrollo de estrategias de lucha contra la corrupción y en la formación en valores de los servidores públicos; por otra parte, establecer los valores y principios que han sido desarrollados por el Estado en sus entidades, y por último, demostrar cómo la construcción de ética pública se debe consolidar en el panorama nacional.

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La investigación es útil por varias razones: la primera de ellas es porque se pretende contribuir a la solución de un problema social de gran envergadura que afecta directamente a la población infantil colombiana. La segunda es porque la investigación contribuye como antecedente, y a la vez como fuente de consulta para las personas conocedoras del tema que pretendan aportar de una manera u otra a la solución de la problemática que genera el reclutamiento de niñas, niños y jóvenes por grupos alzados en armas. Y la tercera, porque busca animar a los politólogos, no sólo a seguir con las investigación y el análisis de las diferentes problemáticas que se puedan generar en un contexto social, económico o político determinado, sino también a contribuir de manera directa a las soluciones, por medio del planteamiento de alternativas reales y eficientes a corto, mediano y largo plazo.

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Esta monografía busca responder preguntas relativas a las posibles consecuencias económicas y sociales que pueda ocasionar la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio -TLC- entre Colombia y Estados Unidos en el sector arrocero de los Llanos Orientales. En particular pretende identificar los factores que se verían involucrados sen el desarrollo de éste sector a raíz de la futura competencia con el arroz importado del país del norte.

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En cuanto a la protección de la salud pública de los consumidores y usuarios, podemos afirmar que si existe una tutela integral de la misma. En primer lugar, la salud es tutelada en la regulación administrativa desde un punto de vista estrictamente colectivo. Por lo mismo se señalan en esta regulación normas relativas a los requisitos con los cuales deben cumplir los productos o sustancias de consumo humano para poder ser distribuidos, comercializados o suministrados dentro del mercado nacional, es decir, lo que busca la regulación administrativa es que la producción, distribución o comercialización de productos o sustancias no afecte la salud, vida o integridad personal de los consumidores finales de los mismos. La función de tipificación de estas conductas en el derecho penal se ha desarrollado a través de la consagración de delitos de peligro abstracto, colocando al valor salud pública como bien jurídico universal en un lugar prevalente de protección frente a la salud privada. La pregunta que surge entonces de cara a la duplicidad de regimenes jurídicos, unos más aptos que otros para lograr los efectos de evitación de conductas de simulación o imitación que ataquen directamente la salud humana, es si es necesaria o no la protección penal de la salud pública atendiendo a la exhaustiva regulación administrativa en el tipo penal que ahora ocupa nuestra atención. A partir de este presupuesto , así como de aquel de conformidad con el cual debe darse vía libre a la iniciativa privada en materia de comercialización mundial de estos productos, y ante la incesante entrada en el mercado de productos modificados en su composición original que por su precio y cantidad satisfacen muchas veces las necesidades de los consumidores, se 8 direccionará el presente estudio, el cual se divide en dos grandes partes, que por un lado corresponden a la protección administrativa del bien jurídico salud pública, y por otro, se centran en el estudio de la protección mediante el análisis del tipo penal objetivo y subjetivo, la antijuricidad , y las posibilidades de existencia así como de exclusión del juicio de culpabilidad penal.

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A lo largo de la historia, la infancia ha sido víctima de grandes violaciones y falta de reconocimiento de derechos y garantías inherentes, tanto en su calidad de seres humanos, como por la especial condición de la que gozan al encontrarse en desarrollo de todas sus facultades. Por esta razón, se empezó a ver la necesidad de brindarle un mayor reconocimiento y protección a sus derechos, implementándose a nivel mundial en varios Estados la concientización en esta necesidad. Más tarde, viéndose realizado este objetivo con la creación de instrumentos de orden internacional que buscaban afianzar estas insuficiencias con la implementación de normatividades en el tema buscando proveer por la creación de medidas en pro de la protección de los derechos de los niños. Es así que estos tratados y convenios en la materia fueron siendo acogidos por los diferentes Estados, en la búsqueda de adaptar sus normatividades internas a las exigencias que les planteaba esta nueva temática de protección. El más importante de estos instrumentos es la Convención de los Derechos del Niño de 1989, siendo ésta el resultado de varios años de evolución cultural y el principal medio para la defensa de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes, al contener en su normatividad disposiciones relativas a los derechos de los que éstos gozan y sentando principios generales de igualdad, atención prioritaria al interés superior del niño, y respeto de los derechos en ella contenidos, entre otros.

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Introducción: El embarazo ectópico es la primera causa de mortalidad materna durante el primer trimestre del embarazo, y la realidad sociocultural de nuestro país indica que las mujeres están exponiéndose cada vez más a factores que aumentan el riesgo para embarazo ectópico. Se pretende evaluar la asociación de los factores de riesgo en una institución de cuarto nivel. Metodología: Se realizó un estudio de casos y controles, con un caso por cada dos controles, escogidos por medio de un muestreo aleatorio simple. Resultados: Se incluyó un total de 200 pacientes. Ambas poblaciones fueron comparables. La edad promedio de casos fue 29 años y de los controles 24.6 años; la mayoría estaban casadas o en unión libre. Con respecto a los factores de riesgo con resultados estadísticamente significativos (p 0,000) se encontró que existe un mayor riesgo de embarazo ectópico con edad entre 18-35 años, estrato socioeconómico bajo, presencia de ETS, estar casada, tener periodo intergenésico prolongado, haber tenido cirugías pélvicas previas, no usar anticonceptivos, tener endometriosis y tener antecedente de embarazo ectópico (p=0,000). El factor de riesgo más alto es el antecedente de un embarazo ectópico previo OR 66.2 IC95% 60.4 – 72.0 seguido de tener endometriosis con OR 20.2 IC95% 18.6 – 21.9. (p 0,000). Discusión: Los factores de riesgo para embarazo ectópico en el presente estudio son concordantes con otros descritos en la literatura. Es importante conocer a fondo los datos presentados para mejorar los índices de esta patología a nivel nacional.

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Introducción: La morbilidad materna extrema es un término usado para definir cualquier condición obstétrica severa que amenaza la vida y requiere una intervención médica urgente con el fin de prevenir la probable muerte materna. Con el presente estudio se pretendió evaluar los factores de riesgo para morbilidad materna extrema en las gestantes del Hospital Universitario Mayor. Metodología Se realizó un estudio de casos y controles, comparando pacientes con MME y sin MME en una relación de 1:1. Se realizó un muestreo aleatorio simple teniendo en cuenta 95% de la población apareadas por diagnóstico de ingreso. Resultados Se incluyeron un total de 110 pacientes (55 en cada grupo). Ambas poblaciones fueron comprables. Ser de estrato socioeconómico bajo (p 0,000), haber tenido 2 o menos partos (p 0,000), ser tipo de sangre negativo (p0.000) realizar entre 0-3 controles prenatales (p 0,000), tener antecedente de preeclampsia (p 0,000), hipotiroidismo (p 0,000), o trastorno bipolar (p 0,000), son factores de riesgo significativos para presentar MME. Entre los factores protectores están tener más de tres partos OR 0,60 (IC95%: 0,17-0,82, p=0,00) y 7 o más controles prenatales OR 0,23 (IC95%: 0,09-0,55, p=0,000). Resultados concordantes con la literatura Discusión: Es importante dar a conocer los resultados del presente estudio para promover las campañas de prevención primaria, secundaria y terciaria con el fin de evitar las altas complicaciones que se pueden presentar en las mujeres en edad fértil de nuestra población.

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El derecho internacional fue concebido como un derecho interestatal. Sin embargo, como consecuencia del desarrollo progresivo del derecho, nuevos actores y nuevos sujetos han ido surgiendo. El individuo es uno de ellos bajo diferentes perspectivas, bajo la perspectiva penal al asumir la responsabilidad de sus actos frente a los diferentes tribunales ad hoc y, ahora ante la Corte Penal Internacional. También se ha desarrollado la figura bajo la perspectiva de los derechos humanos. Este artículo analiza las formas como las políticas estatales relativas al derecho internacional se presentan a los individuos, a las personas jurídicas y a los demás actores.

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In this comment the different procedures available to a State which is unwilling to appear before the International Court of Justice are discussed. Challenges to the Court’s jurisdiction or the admissibility of the application are explained, including the nexus of questions of jurisdiction with proceedings on provisional measures and the manner the Court handles such challenges. The analysis is based on the provisions of the Court’s Statute and Rules, as well as its abundant jurisprudence on procedural matters.

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It is in the interest of most states to eliminate double taxation (i.e. the payment of the same tax in two jurisdictions) of transnational commercial enterprises. Because such disputes involve, on the one hand, the state imposition of taxes, a right universally asserted by all states, and private entities on the other, taxation disputes between such parties are not, on their face, easily susceptible to arbitration. This article analyzes two dispute settlement procedures-the OECD First Model Tax Convention and a similar EU Convention-with the exclusive focus on disputes relating to the imposition of double taxation. It will look at the ways in which state roles may vary under these procedures from assisting in the negotiation process to taking a part similar to, but with important differences from, diplomatic protection on behalf of an affected enterprise. The article will examine the situations under which the settlement procedure is required and/or available, how the procedures are triggered, the obligations and parts played by the parties, the means by which the disputes are resolved (from negotiations to tribunals) and the limitations of the procedures. Are they “taxpayer friendly”? As a result the reader may draw comparisons between the two procedures. Finally, the article will look at the proposed OECD Arbitration Clause which is intended to be incorporated into Article 25 of the OECD Model Tax Convention as well as how these mechanisms relate and/or conflict with bilateral tax treaties and the GATS.

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Analizar el fenómeno de la responsabilidad del Estado causada por los hechos del legislador ha sido un trabajo desarrollado tanto por la doctrina como por la jurisprudencia internacional a mediados del siglo xx. En Francia, por ejemplo, se presentó el primer antecedente jurisprudencial en el año de 1934. En España, su estudio empezó a gestionarse con la promulgación de la Constitución de 1978, dándose el primer fallo judicial en elaño de 1993. Para el caso colombiano, la Constitución de 1991 introdujo en su artículo 90 el fundamento constitucional de la responsabilidad patrimonial del Estado, sin que esto significase que la jurisprudencia del Consejo de Estado encontrase las bases de esta responsabilidad en diferentes disposiciones de la Constitución de 1886, tales como los artículos 2º, 16 y 30, que consagró el principio de legalidad del Estado para proteger la vida, honra y bienes de los ciudadanos, y garantizar la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con el título de derecho. Sin embargo, los primeros fallos relacionados con este título de imputación en Colombia fueron emitidos por el máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo colombiano en el año de 1998 y por la Corte Constitucional a través de la Sentencia C-038 de 2006, providencia judicial que estableció algunas de las características que posee esta figura jurídica.

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El presente artículo analiza la noción de orden o compromisos de género de un Estado, la cual fue acuñada por Nancy Fraser para señalar que toda estructura de gobierno asume y promueve cierta ordenación de los sexos, ya sea expresa o tácitamente, intencionadamente o no, a través de sus manifestaciones jurídicas y de política pública. En el caso de Colombia, este estudio ha de iniciarse con la Constitución de 1991 y las sentencias de la Corte Constitucional que desarrollan su articulado. Las decisiones relativas a menores intersexuales han demostrado ser un terreno fértil para observar los esfuerzos de la Corte por entender cuál es la relación sexo/género, díada que se encuentra en la base de todas las teorías sobre sexualidad, atribución de significación a los cuerpos y relación hombres/mujeres. Es un hecho que los Estados no se limitan a regular el tráfico de bienes y servicios, sino que también imponen normas acerca de la identidad sexual que se reflejan en diversos campos del ordenamiento jurídico, por ejemplo, las consecuencias patrimoniales de vivir en pareja, los impuestos, los requisitos para adquirir la nacionalidad. De ahí que sea esencial comprender y saber dónde y cómo develar los arreglos de género que patrocina un Estado.