749 resultados para Exilio español


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Se concede el título de Miembro Honorario del Comité Cultural Argentino al colaborador de la Revista de Educación, D. José Sanz y Díaz, por su valor intelectual y su acción a favor de la unidad espiritual de América, traducida en libros y artículos que dedica a divulgar lo que con el arte, la literatura y los escritores hispanoamericanos se relaciona.

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Transcripción del Decreto por el que se declara oficial el Primer Congreso Luso-Español de Farmacia y Exposición General de Farmacia aneja, que se celebraría en España en el año 1946. En el mismo Decreto quedaba recogido el nombramiento de José María Albareda, como Delegado del Gobierno.

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Se describe la historia de la Escuela Especial de Ingenieros Industriales por constituirse, a mediados del siglo XX, en un centro científico español de alta calidad, cuya actividad por la vía industrial, comenzó a funcionar alrededor de 1850 y se fundaron tres centros de estudio en Madrid, Bilbao y Barcelona. Se analizan con detalle los edificios, laboratorios y medios de enseñanza con los que se contaba a los inicios de estas enseñanzas técnicas y se argumentan con varias fotografías ilustrativas. Por último, se describen las conferencias y cursos que en sus instalaciones se impartían.

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Transcripción de la Ley por la que se exime de pago de impuestos de Derechos reales, Timbre e Impuesto especial de Emisión, a las empresas editoriales, durante un periodo de 5 años desde su creación, así como la exención del 'impuesto de utilidades' por los beneficios obtenidos a las editoriales que inviertan en mejoras o ampliaciones de su propia empresa. Con estas medidas se pretendía fomentar la difusión del libro, tanto en territorio español como en el extranjero.

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Se ofrece un perfil biográfico de Esteban Terradas, Doctor en Ciencias Exactas y Físicas, Ingeniero de Caminos e Ingeniero Industrial, con motivo de su ingreso en la Real Academia Española.

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Título del congreso: 'Una lengua, muchas culturas'

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Título del congreso: 'Una lengua, muchas culturas'

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Se plantea la creación y reproducción de las escuelas de temporada como medio más eficaz para acabar con el analfabetismo en España. Partiendo de la premisa de que en España gran parte del analfabetismo se debe a las malas comunicaciones existentes en las zonas rurales con los centros escolares más cercanos situados en capitales de provincia o en núcleos urbanos más importantes, se piensa que la escuela de temporada se situaría en esas zonas mal comunicadas, con un gran número de población escolar y post-escolar, cuyo curso comprendiera de noviembre a mayo y que se impartiría por un Maestro y Maestra con clases de adultos durante los seis meses.

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Transcripción del discurso que pronunció el Ministro de Educación Nacional, D. Joaquín Ruiz-Giménez, en la conmemoración del décimo aniversario del Colegio Mayor 'César Carlos', del Sindicato Español Universitario, celebrada en el mes de diciembre en Madrid, en el que abordó los temas relativos a la formación religiosa, la política y el profesional del universitario español.

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Se analiza el Concordato que existía entre la Santa Sede y España, firmado en 1953, y que en este ensayo se estudian principalmente los artículos 26 al 31 y 33. Se describen los principios que inspiran el Concordato en materia educativa: 1.La inspiración católica de toda enseñanza y educación, en la que se establecen las relaciones entre instrucción y educación, se explica cuál es el criterio de la Iglesia sobre la instrucción y la educación y la orientación del concordato. 2. La obligatoriedad de la instrucción religiosa católica, en el que se expone el criterio de la Iglesia católica y la orientación del Concordato, las excepciones a la obligatoriedad de la instrucción religiosa, la formación que ha de tener el profesorado de religión, los medios pedagógicos a seguir y la instrucción religiosa a través de los medios formativos de la opinión pública; el reconocimiento del derecho docente y educativo de la Iglesia y la colaboración entre la Iglesia y el Estado en materia docente y educativa.

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Resumen de lo acontecido en el primer Congreso Español de Estudios Clásicos presidido por el presidente del CSIC, D. José Sánchez Lasso de la Vega, que abrió el Congreso pronunciando un discurso inaugural sobre Marcelino Menéndez Pelayo y la humanidad clásica, en el que examinaba las relaciones entre la humanidad y la religión y hacía un estudio de ideales de Menéndez Pelayo en relación con el mundo clásico y con la filología moderna. En días sucesivos, se intercalaron las ponencias de diversos autores dedicadas a temas docentes. Se estudió la Pedagogía de los estudios clásicos en la Universidad y la Pedagogía de las Lenguas Clásicas en los centros de enseñanza media. En la jornada de clausura, se pronunciaron diversas ponencias sobre la enseñanza del griego y el latín en España, la bifurcación del bachillerato en letras y ciencias, sobre los estudios clásicos en España como parte importante de la cultura hispánica, de la falta de bibliografía y obras escolares sobre estudios clásicos, de la necesidad de mantenimiento de un bachillerato clásico dedicado a un amplio número de alumnos y de la necesidad de una mayor orientación pedagógica en las universidades.

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Se trata de la segunda parte del artículo con mismo título 'La educación en el Concordato español de 1953', publicado en abril de 1956. Esta parte se divide en tres subapartados que se desarrollan en profundidad. El primero, se refiere al reconocimiento del derecho docente de la Iglesia católica. Se le otorga la posibilidad de fundar centros docentes, además, se les ofrecía centros en exclusiva para la formación de eclesiásticos y también se le concedía el reconocimiento por el Estado de grados y estudios eclesiásticos. El segundo punto se refiere a la colaboración de la Iglesia y el Estado en materia docente y educativa. Por último, se analiza el juicio sobre las disposiciones del concordato en materia de educación.

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Se resumen las ponencias que se pronunciaron en el segundo Congreso de Cooperación Intelectual sobre la sistematización de la didáctica del español. Según el autor, las consecuencias a las que se llegaron fueron: 1. La conveniencia de celebrar reuniones periódicas de lectores de español y profesores de las escuelas, Institutos y Universidades para el estudio de los problemas planteados en cada centro. 2. Crear una Asociación de profesores de español en el extranjero en contacto con autoridades académicas y universitarias. 3. Mantener el contacto e informar a los miembros de la Asociación y publicar una revista en la que los profesores sugiriesen reformas o expusieran sus dificultades. 4. Redactar una bibliografía de textos de enseñanza y una biblioteca especializada en dicho tema. 5. Utilizar los medios de enseñanza audiovisuales. 6. Aumentar el intercambio de profesores de cualquier país, dedicados a la enseñanza del español. 7. Organizar cursos para los profesores de español. 8. La Asociación se relacionaría con casas editoras para proporcionar traductores solventes y difundir a bajo precio los textos que así lo merecieran. 9. Fomentar el intercambio entre alumnos del curso preuniversitario con otros de edad parecida con objeto de formar hispanistas jóvenes y fomentar el interés de los españoles por otras lenguas.

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Se transcribe el Reglamento español de Escuelas Técnicas Superiores aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, a través de su Dirección General de Enseñanzas Técnicas. Por este Reglamento se regirían las distintas Escuelas Técnicas Superiores. Tenía validez provisional por Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1951. En el texto se incluyen los siguientes aspectos: 1. Objetos de las escuelas. 2. Enseñanzas: Cursos de selección para ingreso: curso selectivo, curso de iniciación; Estudios de la carrera; Doctorado. 3. Junta de profesores. 4. Personal directivo: el Director de la escuela, el subdirector, el secretario. 5. Personal docente: Catedráticos numerarios; Catedráticos extraordinarios; Profesores adjuntos; Encargados de Cátedra o curso; Otro profesorado. 6. Personal auxiliar y subalterno de carácter técnico. Se transcribe también lo relativo a la Organización de las enseñanzas: 1. Normas generales. 2. Régimen de la Enseñanza Oficial: período lectivo, exámenes. 3. Alumnos oficiales. 4. Alumnos libres. 5. Enseñanza sin efectos académicos. 6. Servicios varios.