333 resultados para Ley Orgánica de Municipalidades
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Recoge la evolución de la normativa con la que se rige la Educación de Personas Adultas, desde la publicación en 1984 del Programa de Alfabetización de Adultos hasta la aprobación de la LOE (Ley Orgánica 2/2006). Además ofrece información sobre el apoyo de la Unión Europea a través de las competencias desarrolladas en las Recomendaciones del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente. También se muestran los factores característicos de los Centros de Educación de Personas Adultas.
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La puesta en marcha de la Ley Orgánica de Educación, LOE, ha motivado que los centros de enseñanza tengan que hacer ajustes para adaptarse a la nueva normativa. De los aspectos tratados en la LOE, quizá lo más controvertido sea la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Se plantea como afecta a los centros docentes de algunas comunidades autónomas el establecimiento de esta asignatura y si los docentes la consideran necesaria. También se expone el tratamiento que se le otorga a la Educación para la Ciudadanía en los centros de enseñanza privada, poniendo de manifiesto las diferencias de criterio dependiendo de la tendencia política que gobierna cada Autonomía.
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Desde el curso 2007-2008 la LOE (Ley Orgánica de Educación) incluye el concepto de un currículum basado en competencias. Esta nueva propuesta curricular exige conocer en un principio, qué planteamientos se deberían incluir para establecer una educación integral, donde el alumno sepa qué hacer en la vida real con los conocimientos adquiridos. A su vez, habría que considerar qué y cómo evaluar, teniendo en cuenta el tipo de enseñanza que se persigue, y por tanto, evitando valorar en función de las materias académicas.
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Se analiza la materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, aprobada en la Ley Orgánica de Educación (LOE). Esta asignatura exige un esfuerzo por parte del personal docente, que no debe limitarse al uso de un libro de texto, sino que puede apoyarse en la biblioteca escolar con sus recursos, actividades y servicios.
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La Ley Orgánica de Educación establece en su artículo 102 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las administraciones educativas y de los propios centros. La formación proporciona al profesor la actualización y reciclaje necesarios para hacer frente a las nuevas necesidades y demandas. Además, da respuesta a sus expectativas de mejora en el ejercicio profesional, aprendizaje y satisfacción laboral. El modelo actual de formación continua se comprende como un conjunto de actividades y prácticas para ampliar sus conocimientos y mejorar sus habilidades docentes. Además, estas actividades se utilizan para evaluar y desarrollar la actividad profesional y promover su desarrollo personal. Se comenta que la formación continua debe orientarse al desarrollo de capacidades. Se debe producir el cambio de docente reproductor a transformador. El modelo de intervención debe tener tres etapas: reflexión, acción y práctica. La mayor parte de los programas de formación se centran en métodos y estrategias y pocos se centran en las actitudes del profesor que afectan a su práctica. Este enfoque insta a los maestros a reflexionar de forma crítica no sólo cómo enseñan, sino por qué enseñan del modo en que lo hacen. Los programas actuales de formación suelen incluir estrategias de perfeccionamiento. Para desarrollar estos programas se hace necesario una atmósfera de confianza dentro del grupo de participantes; centrarse en el aprendizaje más que en la enseñanza; la práctica reflexiva y la adquisición y desarrollo de competencias realizadas en el centro, que tengan en cuenta las autoevaluaciones de los proyectos formativos.
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En el impulso de la Formación Profesional juega un importante papel la formación de su profesorado. La Ley Orgánica de Educación establece que la formación permanente del profesorado constituye un derecho y un deber de todo el profesorado y es responsabilidad de las administraciones educativas. La Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza es responsable de la gestión y ejecución del Plan de Formación del Profesorado de Especialidades de Formación Profesional en la Comunidad de Madrid. Este Plan se fragua en el Departamento de Formación Profesional del Centro Regional de Innovación y Formación Las Acacias. Los objetivos de este Departamento son: contribuir a la actualización científica y tecnológica continua del profesorado de Formación Profesional; facilitar el contacto del profesorado con expertos y entidades productivas; extender y facilitar la documentación de los cursos a todo el profesorado de Formación Profesional; organizar cursos dirigidos a títulos de nueva implantación; difundir programas internacionales relacionados con la Formación Profesional y fomentar la participación en proyectos europeos de formación y prácticas en empresas europeas. En el Plan 2010 se convocaron 94 cursos de formación específica con un total de 1.419 plazas. El Departamento también realiza actividades como Jornadas informativas (Jornadas de proyectos, Jornadas CISCO y Jornadas Erasmus y Leonardo da Vinci), la Biblioteca Virtual y el Proyecto Educaemprende.
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Se presenta una de las funciones de los fiscales: la defensa de los menores. Comienza planteando la triple función del fiscal al respecto: ejercer la acción penal, ejercer funciones tuitivas y participar en el proceso de reforma de los menores. Establecidas estas funciones específicas, pasa a comentar algunos de los instrumentos legales con los que le ha dotado la sociedad. Hace una lectura de la ley orgánica que regulará en breve la responsabilidad penal de los menores, para pasar a estudiar la relación de la figura del fiscal con algunos centros educativos que acogen a menores conflictivos. En estos casos los centros se encuentran con una colaboración que proyecta una doble posibilidad: la de proporcionar ayuda a la justicia en el caso de alumnos desprotegidos y la de prestar colaboración en el caso de alumnos infractores o delincuentes. De esta manera se mantiene la función básica de tipo educativo que corresponde a un colegio.
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Conocer el modelo didáctico del profesor que imparte el área de estudios sociales en Educación Secundaria Obligatoria y su proyección sobre su práctica educativa, para elaborar un modelo didáctico de las Ciencias Sociales que oriente la práctica de la enseñanza desde supuestos científicos. 76 profesores de Ciencias Sociales en el primer y segundo ciclo de ESO en centros públicos y privados. Se inicia con el estado actual de la enseñanza de las Ciencias Sociales en España desde la Ley General de la Educación de 1970 hasta la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990. Después se estudia el currículo de estudios sociales mediante el análisis comparado de proyectos curriculares anglosajones y latinos. Y se analiza la estructura del modelo didáctico que se compone de objetivos, contenidos, actividades, medios didácticos, métodos, interacción comunicativa y la evaluación. En la segunda parte se diseña el modelo de formación de Ciencias Sociales en la ESO y se analizan los resultados. Cuestionarios y entrevistas. El modelo de enseñanza practicado mayoritariamente, es de carácter expositivo y basado en el trabajo individualizado del alumno. Los procesos cognitivos del profesor y la forma en que construye el conocimiento social están condicionados por su formación y experiencia académica, las vivencias profesionales, y la forma en que percibe e interpreta los cambios curriculares. Esto se plasma en un modelo didáctico y un plan de trabajo centrado en la determinación de objetivos y la selección de contenidos, actividades y materiales didácticos. El resto de elementos no suelen ser objetivos de planificación. La evaluación se centra en los contenidos conceptuales y procedimentales. Se propone un plan de perfeccionamiento de la formación del profesorado sobre los problemas o fallos de más urgente solución que los mismos profesores reconocen. Para realizar la formación del profesorado, este debe asumir protagonismo; el centro sería el lugar para llevarlo a cabo; dependerá de la capacidad de investigación del profesor en el aula; y para que sea efectiva debe estructurarse en forma de colaboración participativa entre profesores del departamento de Ciencias Sociales del mismo centro educativo o de varios centros de la misma zona.
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Realizar un análisis de necesidades de formación del profesorado tutor para desarrollar sus tareas de acuerdo con la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en el contexto educativo de la Formación Profesional. La muestra se realiza sobre una población de profesores que imparten clase en formación profesional, ajustándose a las características contextuales de los centros educativos en una provincia. El análisis de los datos del cuestionario es descriptivo. Determinar si las necesidades identificadas para realizar un trabajo con éxito son reales y cuáles para realizarlo con eficacia, para cuyo objetivo, se marcó una medida centrada en las tareas que deben ser realizadas según las prescripciones normativas. Después se realiza un análisis para identificar destrezas, conocimientos y habilidades de los profesores tutores, y posteriormente, son identificadas según importancia y prioridades de las posibles actividades que conlleva cada tareas, organizadas según un conjunto de variables que identifican las funciones normativas. Se realiza observación directa (tutor en sus tareas), consultas (personas clave con conocimiento del sistema educativo, de las enseñanzas LOGSE, y de la Formación Profesional), evaluación de los proyectos FCT (guía de indicadores de valuación construida ad hoc), evaluación de los proyectos FCT (guía de indicadores de evaluación construida ah hoc), evaluación de las tareas tutoriales (guía de indicadores de evaluación de tareas construida ad hoc), cuestionario (las necesidades no siempre son percibidas de igual modo, a veces se confunde lo que se necesita con lo que se desea, y otras veces la gente no sabe lo que realmente necesita, pero si sabe lo que desea). Para los cálculos se ha utilizado el programa informático SPSS, cuyos resultados se expresan en frecuencias y porcentajes.
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Esta investigación se desarrolla dentro del marco desarrollado con los artículos 3õ, 20õ y 21õ de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo, LOGSE.. En este trabajo se estudian las repercusiones a la Atención a la Diversidad en el grado de adquisición de una lengua extranjera, en este caso la lengua inglesa, y en la motivación de los alumnos.. El análisis estadístico de los datos recogidos facilita una visión esclarecedora de la dinámica de los sujetos frente al aprendizaje, y permite conocer características más estables de los sujetos, como sus metas académicas, o los motivos que tienen para estudiar inglés..
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Esta obra hace referencia a las instrucciones de la Viceconsejería de Educación de la Comunidad de Madrid por las que se regula las aulas de enlace del Programa 'Escuelas de Bienvenida' para la incorporación del alumnado extranjero al sistema educativo curso 2003-2004. La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre (BOE del 24) en el artículo 42 del capítulo VII regula la incorporación al sistema educativo de los alumnos extranjeros. De igual manera, especifica que los programas se imparten de acuerdo con la planificación de las Administraciones educativas, en aulas específicas establecidas en centros que impartan enseñanzas de régimen ordinario. Se regula que el desarrollo de estos programas será simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje. El creciente número de alumnado extranjero que, tanto en el período ordinario como extraordinario, se escolariza en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, requiere la adopción de medidas que favorezcan su incorporación al sistema educativo, especialmente en aquellos casos en los que dicho alumnado presenta un elevado grado de desconocimiento de la lengua española o un grave desfase curricular como consecuencia de su falta de escolarización previa en su país de origen.
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