El fiscal como defensor del menor.
Data(s) |
16/05/2013
16/05/2013
2000
01/05/1990
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Resumo |
Se presenta una de las funciones de los fiscales: la defensa de los menores. Comienza planteando la triple función del fiscal al respecto: ejercer la acción penal, ejercer funciones tuitivas y participar en el proceso de reforma de los menores. Establecidas estas funciones específicas, pasa a comentar algunos de los instrumentos legales con los que le ha dotado la sociedad. Hace una lectura de la ley orgánica que regulará en breve la responsabilidad penal de los menores, para pasar a estudiar la relación de la figura del fiscal con algunos centros educativos que acogen a menores conflictivos. En estos casos los centros se encuentran con una colaboración que proyecta una doble posibilidad: la de proporcionar ayuda a la justicia en el caso de alumnos desprotegidos y la de prestar colaboración en el caso de alumnos infractores o delincuentes. De esta manera se mantiene la función básica de tipo educativo que corresponde a un colegio. |
Identificador |
0013-1113 http://hdl.handle.net/11162/38380 M-9411-1958 36 |
Idioma(s) |
spa |
Relação |
Educadores : revista de la Federación Española de Religiosos de Enseñanza. Madrid, 2000, v. 42, n. 193-194 ; p. 107-126 |
Direitos |
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Palavras-Chave | #autoridad judicial #protección a la juventud #protección a la infancia #delincuencia juvenil #derecho penal #legislación #responsabilidad #centro de enseñanza |
Tipo |
Artículo de revista |