11 resultados para Corporaciones

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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Este artículo se plantea como una revisión del proceso que se inició a partir de las“Normas sobre las responsabilidades de las transnacionales y otras empresascomerciales respecto a los derechos humanos” que aunque fueron aprobadas en el 55ºperíodo de sesiones de Naciones Unidas de agosto de 2003, finalmente no fueronadoptadas quedando de momento sin entrar en vigor. Se realiza una presentación del papel jugado por el profesor John Ruggie en el proceso posterior a la emisión de las normas, y del informe “Protect, respect and remedy” junto con el informe sobre líneas estratégicas de abril de 2009. Las normas finalmente fueron aprobadas el 16 de junio de 2011 siguiendo la pauta establecida en el informe anteriormente citado.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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Aquest estudi es presenta com una aproximació al fenomen del Programari Lliure des de la seva vessant política. Lluny de tractar-se d'una alternativa tecnològica la naturalesa de la qual seria explicable en termes exclusivament tècnics - la qual cosa no faria sinó atribuir-li una presumpta neutralitat tecnològica -, ací assumim que tota tecnologia s'inscriu en un procés de construcció social en el que incideixen factors de tipus social, econòmic, polític i/o moral que rebasen allò merament tècnic. Creguem que en el cas del Programari Lliure es donen cita tots aquests factors, sent el plànol polític el que adquireix un especial protagonisme en dit procés de construcció i que mereix de tractament aïllat. D'aquesta manera, la semàntica de allò polític serà examinada en les seves diferents accepcions a través de dos plànols complementaris. Per una banda, rastrejant els fonaments culturals que subjauen al Programari Lliure i les seves possibles concomitàncies de contingut polític. D'altra, descrivint la praxis actual d'actors heterogenis (corporacions, governs, associacions d'usuaris,...) desenvolupada en un marc global d'interacció col·lectiva, que es revisteix igualment, producte de la confrontació estratègica d'interpretacions i discursos particulars sobre el mateix, d'un caràcter indubtablement polític.

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Quan, al final de l'any 2001, els diaris de tot el món s'omplien de notícies sobre el frau financer més gran de la història, ja es preveia, en aquell moment, que Enron es convertiria en el cas paradigmàtic del que no ha de ser 'però tot sovint és' el món de les grans corporacions als Estats Units. Les línies que se segueixen aquí volen donar resposta a una pregunta que, tot i ser simple, no pot passar-nos per alt: com ha estat possible un cas Enron?

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Aplicació web que adapti el Reglament deBéns de les Entitats Locals a la gestió Patrimonial que fan les Corporacions dels seus béns, amb l'objectiu d'establir les normes procedimentals a seguir en els expedients administratius municipals, quan afecten al seu patrimoni.

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Study of ranking in Google and Yahoo of big Spanish municipal corporation websites while searching by city tourist brand. Analysis of whether city tourist brands are promoting properly in the internet. Results of the daily ranking monitoring in Google and Yahoo are shown, for the searches made in 2009 by touristic brands of Spanish provincial capitals. The results show that 66% of official websites are situated after number 40 and, also, that in 46% of the searches made by touristic brands of province capital there is an official website within the top 10 positions. Empirical evidence about the weight of backlinks and keywords for SEO has also been detected.

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El artículo profundiza en aspectos desconocidos de lo que fue la reimplantación del gobierno representativo en el Virreinato del Perú durante el Trienio Liberal. Para ello se seleccionan tres ciudades, el Cusco, Huamanga y Arequipa, que se mantuvieron hasta muy tarde leales a la Corona. La consulta de documentación generada por las tres corporaciones ha permitido reconstruir tres ejemplos de poder local a través de los procesos electorales, la composición de los ayuntamientos y el análisis de sus competencias. Se demuestra que el virrey La Serna gobernó según la Constitución de 1812 y se pone de manifiesto que existieron cambios y continuidades entre ayuntamientos españoles y municipalidades peruanas, porque permanecieron algunos actores y fórmulas de las instituciones hispanas

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En una coyuntura en la que la pervivencia de los servicios públicos (de radiodifusión) es cuestionada a diario, la función cultural de éstos es presentada como elemento diferenciador fundamental con respecto a los medios públicos y por ende, razón para su supervivencia. Esta circunstancia ha propiciado que se haya extendido el uso del término cultura en todo lo relativo a los medios públicos, aunque no se haga explícita su definición. Con este trabajo nos proponemos aproximarnos al uso de “cultura” que presentan los textos legislativos e institucionales de dos corporaciones públicas autonómicas: la CCMA y la RTVA.

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Este trabajo analiza el impacto del tejido de las redes sociales y asociativas en el diálogo estatal iberoamericano a través de la asociación internacional 'Casa de América', creada en Barcelona en 1911. Con el argumento explícito de la necesidad de suplantar 'el espíritu de Don Quijote por el espíritu de Hamlet', los grupos burgueses que formaron parte de las experiencias asociativas y de las redes sociales iberoamericanas tras la firma del Tratado de París valoraron la reconstitución del vínculo transatlántico poniendo énfasis en la dominación cultural y mercantil por sobre el control político en base al sistema de mercados reservados. La manera en que se establecieron las redes sociales y en que se vincularon las corporaciones a uno y otro lado del Atlántico, permite comprender el funcionamiento de la Casa de América en el marco de la conformación de la Liga Regionalista de Cataluña, de la descomposición de los últimos vestigios del orden colonial a finales del siglo XIX, y de la implementación de un nuevo orden iberoamericano tras la pérdida de las últimas colonias americanas.

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El objeto del presente trabajo es plasmar el estado de la cuestión de la Transparencia Administrativa en el estado español y en Cataluña. Para realizar dicho estudio se contextualiza la situación actual, a través de las fuentes del derecho. A su vez, se pretende ejemplificar el estado de la cuestión de la Transparencia Administrativa en la Administración Local, a través de la experiencia del Ayuntamiento de Badia del Vallès. Para ello se toma como referencia la aplicación de uno de los sistemas de evaluación existentes que miden la transparencia en las corporaciones locales, ya que su implementación confluye en una mejor comunicación con la ciudadanía y una consecuente percepción del Buen Gobierno

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[spa]Las estrategias comerciales de los libreros y editores españoles para desembarcar en los mercados americanos son analizadas en un contexto signado por las tendencias americanistas en el plano político y las iniciativas regeneracionistas en el económico durante el periodo que va del Centenario de las Independencias hasta la Guerra Civil española. Se abordan algunas de las políticas empresariales editoriales implementadas en Cataluña, el liderazgo ejercido por esta región como epicentro del proyecto hispano, y finalmente las condiciones que permitieron la creación de la editorial Sudamericana en Buenos Aires ante la inminencia del triunfo franquista. Los ejes de estudio son las estrategias editoriales y comerciales; el peso de las asociaciones y corporaciones patronales del libro; y los vínculos tejidos con el sector intelectual argentino en las primeras décadas del siglo XX a través de delegaciones consulares, instituciones culturales y cámaras españolas de comercio.