7 resultados para Dinero y operaciones bancarias
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Resumo:
El trabajo se centra en el análisis de los pecados relacionados con el dinero en el Inferno de Dante y en la primera traducción castellana de la primera cantiga de la Commedia, obra del arcediano de Burgos Pedro Fernández de Villegas. La traducción, compuesta en coplas de arte mayor y acompañada de un enciclopédico comentario, se publicó en 1515. Particular atención se dedica a la reflexión sobre el problema del mal uso del dinero que Villegas desarrolla en la glosa de los cantos en que con más vigor se levanta la voz de Dante para denunciar la gravedad del pecado de la sed de riquezas. Se analiza la postura del traductor español ante el tema comparándola no sólo con la de Dante sino también con la de Cristoforo Landino, autor del Comento sopra la Comedia, obra exégetica que se publicó por primera vez en Florencia en 1481 y que representó el punto de referencia privilegiado de Villegas.
Resumo:
Las disputas en torno a determinados aspectos del dinero, como su neutralidad y el carácter endógeno o exógeno de la oferta monetaria, han sido permanentes entre las distintas escuelas de pensamiento y autores, estando su origen, probablemente, en la época de desarrollo del pensamiento escolástico. En este artículo pretendemos, en primer lugar, realizar un recorrido cronológico e histórico sobre el tratamiento científico económico del dinero, para, en segundo lugar, poner sobre la mesa la macroeconomía ortodoxa a la que han dado lugar las interpretaciones al respecto, así como los enfoques alternativos frente a este pensamiento dominante. Finalmente, intentamos poner en valor los desarrollos monetarios post-keynesianos, integrados en lo que denominan “Economía Monetaria de Producción”, confrontándolos con la llamada Nueva Síntesis Neoclásica.
Resumo:
La historia de la moneda en la Castilla medieval ha estado siempre mediatizada por la convivencia no siempre armónica entre dos sistemas monetarios muy diferentes. Uno basado en la plata, de origen europeo, otro centrado en el oro, de raíces árabes. La necesidad de conectar y de establecer unas equivalencias entre ellos se convirtió pronto en una necesidad, máxime cuando las monedas de oro incrementaron sus variantes. En esta compleja situación aparecen mencales y maravedís citados conjuntamente en muchos fueros: Zorita, Uclés, Cuenca,... sin que su naturaleza quede del todo clara. Este artículo compara estas referencias y analiza las equivalencias que los unen. Como colofón al trabajo podemos afirmar que los maravedís citados en cada texto corresponden a monedas áureas de distinto peso y valor mientras el mencal es identificado con un ponderal de oro que los relaciona.
Resumo:
Este artículo analiza las estatuas-menhir noroccidentales que se distribuyen en el área comprendida entre los valles del río Duero y el río Miño, pero que descubrimientos recientes han extendido a regiones fuera de este área nuclear. Partiendo de tres aspectos claves para su interpretación (la cronología, su relación con el paisaje y su sentido iconográfico), se examinan las relaciones entre estas formas materiales y un paisaje socio-material de acción específico (las formas socio-materiales de interacción propias del Bronce final atlántico). Para ello, se tiene en cuenta diferentes conexiones materiales (presencia, encuentro, coexistencia, hibridación, etc.) que permiten contextualizar las estatuasmenhir dentro de un proceso histórico particular: la integración del noroeste de la península Ibérica en un contexto de relaciones mediterráneo-atlánticas, en la segunda mitad del II milenio a.C.
Resumo:
El ordenamiento jurídico portugués consagra un régimen fiscal especial para el sector cooperativo, basado, al igual que otros ordenamientos como el español o el italiano, en la protección de la mutualidad como forma de organización empresarial especialmente benéfica en el plano social. Para alcanzar ese objetivo, el régimen fiscal cooperativo debe ser selectivo, lo que significa que al legislador se le plantea el reto de establecer criterios para separar, dentro del marco cooperativo, lo que debe ser protegido de lo que no merece protección fiscal. El legislador portugués optó por un modelo basado en dos grupos de ramos cooperativos claramente diferenciados según los beneficios fiscales aplicables, ambos con amplias exenciones fiscales. El presente trabajo no se centra en el contenido de los beneficios aplicables sino en las condiciones que las cooperativas deben reunir para acogerse a esos regímenes fiscales favorables. Estos criterios son: i) una división entre operaciones con socios y operaciones con terceros; ii) una delimitación de las operaciones o actividades cooperativas según estén o no vinculadas con el “fin propio de la cooperativa”; y iii) una estructura prevalentemente mutualista del factor trabajo. Esta fórmula legal tiene su raíz en una legislación de 1929 y se ha mantenido hasta el día de hoy debido en parte a un fenómeno de inercia legislativa. El presente trabajo, basándose en la metodología de la sociología jurídica, asienta en una encuesta dirigida a 64 cooperativas, por la que se buscaba indagar hasta qué punto estos criterios (de acuerdo con los que se seleccionan las cooperativas que pueden acogerse a los regímenes fiscales favorables) cuadran con la realidad cooperativa actual. Como era de esperar, la vetustez del régimen hizo que se encontraran desajustes muy significativos, que reclaman una reforma urgente.
Resumo:
Research on women’s employment has proliferated over recent decades, often under a perspective that conceptualizes female labour market activity as independent of male presences and absences in the productive and reproductive spheres. In the face of these approaches, the article argues the need to focus on the couple as the unit of analysis of work-life articulation. After referring to the main theoretical arguments that, from a gender perspective within labour studies, have pointed out the relevance of placing the household as the central space for the analysis of the sexual division of labour, the article reviews different empirical contributions that have incorporated such perspective in the international literature. Next, the state of the art in the Spanish literature is presented, before arguing the desirability of applying such framework of analysis to the study of employment and care work in Spanish households, which are at present undergoing major transformations.
Resumo:
Los estudios sobre la comunidad genovesa del Reino de Granada suelen centrarse en las actividades desarrolladas en el territorio y rara vez en la reconstrucción de trayectorias individuales, circunstancia determinada por el recurso casi exclusivo a los protocolos notariales. El caso de Francesco Grimaldi es singular por muchas razones: su localización en fuentes de naturaleza muy variada –protocolos notariales de Granada y Málaga, Registro del Sello de Simancas y Granada, Chancillería de Valladolid, el epistolario del comendador Fuensalida y el archivo privado de la familia Grimaldo de Cáceres– ha permitido seguir su presencia y sus actividades en Granada, la Corte e Inglaterra –donde desempeñó un papel fundamental en el matrimonio entre Catalina de Aragón y Enrique VIII–. Así se conoce su interés por los préstamos y el negocio de la renta, las circunstancias de su matrimonio con Francisca de Cáceres y la adquisición de un importante patrimonio en el reino granadino.