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em Portal de Revistas Científicas Complutenses - Espanha
Resumo:
We present descriptions of a new order (Ranunculo cortusifolii-Geranietalia reuteri and of a new alliance (Stachyo lusitanicae-Cheirolophion sempervirentis) for the herbaceous fringe communities of Macaronesia and of the southwestern Iberian Peninsula, respectively. A new alliance, the Polygalo mediterraneae-Bromion erecti (mesophilous post-cultural grasslands), was introduced for the Peninsular Italy. We further validate and typify the Armerietalia rumelicae (perennial grasslands supported by nutrient-poor on siliceous bedrocks at altitudes characterized by the submediterranean climate of central-southern Balkan Peninsula), the Securigero-Dasypyrion villosae (lawn and fallow-land tall-grass annual vegetation of Italy), and the Cirsio vallis-demoni-Nardion (acidophilous grasslands on siliceous substrates of the Southern Italy). Nomenclatural issues (validity, legitimacy, synonymy, formal corrections) have been discussed and clarified for the following names: Brachypodio-Brometalia, Bromo pannonici-Festucion csikhegyensis, Corynephoro-Plantaginion radicatae, Heleochloion, Hieracio-Plantaginion radicatae, Nardetea strictae, Nardetalia strictae, Nardo-Callunetea, Nardo-Galion saxatilis, Oligo-Bromion, Paspalo-Heleochloetalia, Plantagini-Corynephorion and Scorzoneret alia villosae.
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El ordenamiento jurídico portugués consagra un régimen fiscal especial para el sector cooperativo, basado, al igual que otros ordenamientos como el español o el italiano, en la protección de la mutualidad como forma de organización empresarial especialmente benéfica en el plano social. Para alcanzar ese objetivo, el régimen fiscal cooperativo debe ser selectivo, lo que significa que al legislador se le plantea el reto de establecer criterios para separar, dentro del marco cooperativo, lo que debe ser protegido de lo que no merece protección fiscal. El legislador portugués optó por un modelo basado en dos grupos de ramos cooperativos claramente diferenciados según los beneficios fiscales aplicables, ambos con amplias exenciones fiscales. El presente trabajo no se centra en el contenido de los beneficios aplicables sino en las condiciones que las cooperativas deben reunir para acogerse a esos regímenes fiscales favorables. Estos criterios son: i) una división entre operaciones con socios y operaciones con terceros; ii) una delimitación de las operaciones o actividades cooperativas según estén o no vinculadas con el “fin propio de la cooperativa”; y iii) una estructura prevalentemente mutualista del factor trabajo. Esta fórmula legal tiene su raíz en una legislación de 1929 y se ha mantenido hasta el día de hoy debido en parte a un fenómeno de inercia legislativa. El presente trabajo, basándose en la metodología de la sociología jurídica, asienta en una encuesta dirigida a 64 cooperativas, por la que se buscaba indagar hasta qué punto estos criterios (de acuerdo con los que se seleccionan las cooperativas que pueden acogerse a los regímenes fiscales favorables) cuadran con la realidad cooperativa actual. Como era de esperar, la vetustez del régimen hizo que se encontraran desajustes muy significativos, que reclaman una reforma urgente.
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La doctrina de la Proliferación teórica de Paul Karl Feyerabend ha sido interpretada por sus especialistas como un intento de salvaguardar el ideal del progreso científico. Aunque tales estudios hacen justicia, en parte, a la intencionalidad de nuestro filósofo no explicitan la crítica fundamental que implica para Feyerabend el pluralismo teórico. La proliferación teórica constituye en sí misma una reductio ad absurdum de los distintos intentos del positivismo lógico y del racionalismo crítico por definir la ciencia a expensas de lo metafísico. Este artículo presenta la proliferación teórica como una reivindicación del papel positivo que ocupa la metafísica en el quehacer científico. Se consigna la defensa que hace Feyerabend de la metafísica en cuanto que ésta constituye la posibilidad de superar el conservadurismo conceptual, aumentar de contenido empírico de la ciencia y recuperar el valor descriptivo de las teorías científicas.
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Los primeros parágrafos de la sección “El derecho privado” (§§ 1-17) de la Doctrina del derecho de Kant incluyen el conjunto de los elementos sistemáticos que conciernen a la justificación de los derechos relativos a la propiedad. El propósito central de este trabajo es analizar la función sistemática del concepto de “posesión común originaria” en la doctrina kantiana de la propiedad, con especial interés en el sentido novedoso que adquiere ese concepto —que pertenecía a la tradición del derecho natural— en su reformulación como un “concepto práctico de la razón, que contiene a priori, el principio según el cual tan solo los hombres pueden hacer uso del lugar sobre la tierra siguiendo leyes jurídicas” (RL, 262).
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Bio art, understood as the convergence of the relations between art, biology and technology, constitutes a useful case study to discuss the meaning of interdisciplinarity in the artistic field. This paper explores different discourses around interdisciplinarity in order to challenge certain generic approaches for their ineffectiveness when assessing artistic practices. It is proposed that the analysis of interdisciplinarity must address the singular connections produced in the artistic practice itself, considering the impossibility of reducing the complexity of interdisciplinary dialogues into generic considerations. Taking bioart as a case study, different kinds of relationships between the artist and the lab are identified and analyzed, ranging from the use of the lab as a true atelier and as a resource for materials and techniques, to the rejection of the lab by proposing amateurism as an alternative. estrategias amateur, pasando por su utilización como fuente de técnicas y materiales.