6 resultados para Preplanting fertilization

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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El presente trabajo surge del análisis del Informe Warnock y muestra cómo el Informe influyó en diferentes legislaciones, al tiempo que describe su impacto y la nueva forma de ver y conocer, a partir de éste, ciertos temas por parte del ciudadano común. Se analizará cada uno de los temas, por demás controvertidos, planteados en el Informe, entre los que se pueden enumerar los siguientes: inicio de la vida humana, tratamientos de fertilización asistida, donantes anónimos, criopreservación de embriones y alquiler de vientres. El Informe Warnock fue tomado como referencia para la redacción de distintas normas legales en todo el mundo. De allí su trascendencia, que marca hasta hoy un antes y un después en la sociedad científica en general y en la sociedad civil en particular.

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Resumen: El presente artículo analiza el tema de las técnicas de fecundación artificial en el proyecto de nuevo Código Civil y Comercial presentado en el Congreso Argentino en el año 2012. Considera que el proyecto sólo regula algunos efectos filiatorios y soslaya importantes cuestiones que son decisivas a la luz de la dignidad de la persona humana y sus derechos fundamentales. En concreto, se analizan críticamente cuatro presupuestos o cuestiones previas que condicionan la regulación jurídica del tema, a saber: a) La autorización o no de las técnicas de fecundación artificial; b) La cuestión del comienzo de la existencia de la persona humana; c) La autorización de la dación de gametos con fines reproductivos; d) La voluntad procreacional y la determinación de la filiación.

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Resumen: El feminismo radical o de género tiene sus orígenes históricos, su matriz ideológica y su modo dialéctico de entender la relación varón-mujer, en el pensamiento marxista (Engels, de Beauvoir, Firestone). La “antítesis” de esta lucha de sexos es la revolución feminista radical, y su principal instrumento revolucionario y de penetración cultural es la ideología de género. La fase central de esta revolución es el apoderamiento, por parte de las mujeres, de los medios de reproducción. Los medios que han demostrado ser más aptos para lograr la victoria son el aborto por decisión privativa de la mujer, la fecundación artificial y el matrimonio entre personas del mismo sexo. La revolución se libra en el campo cultural y, luego, en el jurídico.

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El zapallo Spaghetti, cultivo vigoroso de clima templado, constituye una alternativa productiva interesante y novedosa para nuestro país. El objetivo de este estudio fue evaluar el efecto del mulching y de la densidad sobre el rendimiento total, el peso medio y el calibre de los frutos. El estudio se llevó a cabo en Azul sobre un suelo Argiudol típico en camellones de 0,80 m de ancho con diferentes densidades de siembra. Se realizó una fertilización profunda en bandas de 0,80 m con fosfato diamónico, controlando las malezas en forma química, manual y mecánicamente, y las plagas haciendo aplicaciones preventivas de insecticidas y fungicidas. La siembra manual se efectuó el 2 de noviembre y los tratamientos fueron: densidades de siembra de 20, 15, 10 y 5 mil pl/ha (D1, D2, D3 y D4), con y sin mulching. Se trabajó con 32 parcelas y cada una tenía tres surcos de seis metros de longitud separados entre si por 2m. Se realizaron cuatro cosechas al llegar a la madurez completa (15/2, 29/2, 7/3 y 3/4). Los calibres evaluados fueron: (1) 2,2 kg, (2) 1,7 kg; (3) 1,3 kg y (4) 0,8 kg / fruto. Para el análisis de los datos se utilizó un modelo de bloques completamente aleatorizados con parcelas sub-divididas. En la parcela principal se evaluó el efecto del mulching, en la subparcela la densidad y la interacción de mulching por densidad, y en la subsubparcelas las diferentes cosechas. La cosecha total mostró diferencias significativas para el efecto del mulching, obteniéndose 71,90 t/ha (a) (con mulching) y 62,02 t/ha (b) (sin mulching); para cada densidad se detectaron diferencias significativas para el efecto mulching: D1: 84,45 t/ha (a), D2: 76,47 t/ha (ab); D3: 65,14 t/ha (b) y D4: 61,55 t/ha (b). Se observaron diferencias significativas en el número de frutos cosechados: con mulching (51.667 frutos/ha) y sin mulching (44.167 frutos/ha), y para las diferentes densidades: D1: 54.167 (a); D2: 50.000 (ab); D3: 47.700 (ab) y D4: 40.833 (b) t/ha. La composición de calibres de frutos cosechados fue el mismo para todos los tratamientos y cosechas.

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Resumen: El Artículo 4(1) de la Convención Americana protege la vida de la persona por nacer desde el momento de la concepción. Esta nota analiza críticamente la interpretación restrictiva de este artículo realizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica, sobre la prohibición de la fecundación in vitro en ese país. La nota describe cómo la Corte revirtió parcialmente el reconocimiento del derecho a la vida del niño no nacido, qué hicieron los Estados latinoamericanos, al adoptar la Convención Americana, a través de una aplicación distorsionada de sus propias técnicas de interpretación y de las normas internacionales de interpretación de los tratados.

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Resumen: Esta ocasión me brinda la oportunidad de realizar algo más que un mero comentario a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), “Costa y Pavan c/ Italia”. Es decir, voy a esbozar una toma de postura prescriptiva contraria a la filosofía individualista de fondo del TEDH respecto al presente caso, en base a un discurso jurídico-filosófico. La frivolidad del TEDH a la hora de tratar algunos temas de bioética y bioderecho se enmarca en el uso de un lenguaje políticamente correcto y de cierto consenso pragmático, recubierto en ocasiones de ropajes jurídico-formales, en lo concerniente al amplio artículo 8º del CEDH. Cuestiones vitales en la configuración de la realidad humana que deben tratarse desde una óptica comprometida con uno mismo y con el tiempo que le ha tocado vivir. Con semejante punto de vista resulta clave otorgar a las palabras un contenido, pero sobre ello siempre subyace el miedo a que las palabras acaben diciendo lo que nosotros queramos que digan. En el ámbito jurídico, en ocasiones, ese nosotros puede ser asumido por algún alto tribunal.