986 resultados para sociología jurídica


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El principal desafío de América Latina consiste en encontrar el modo de afrontar la fragmentación social, el individualismo extremo y las inequidades oprobiosas en el marco del más absoluto respeto a las instituciones. El Estado aún tiene en sus manos dos herramientas formidables: la educación y el sistema tributario. La insistencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias contribuye decisivamente a formar una conciencia ciudadana, fundamento, a su vez, de una mayor calidad institucional. Y, en una suerte de causalidad circular, el correcto funcionamiento de las instituciones legitima el reclamo de cumplimiento de las obligaciones tributarias a un habitante que va, así, tomando creciente conciencia de los deberes y derechos emergentes de su condición de ciudadano. Para comprender el modo en que pueden darse estos procesos en la región, es preciso contar con una nueva disciplina: la sociología de las finanzas públicas.

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Fil: Jalif de Bertranou, Clara Alicia. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

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Revisa algunos de los principales componentes y utilidad práctica de la sociología jurídica. Hace un repaso general del conjunto de teorías acerca del sistema normativo- jurídico, así como de las metodologías e instrumentos técnicos para el conocimiento del objeto de la sociología jurídica. Abstract The artcle reviews the main components as well as the practical utilization of juridical sociology. It also reviews several theories pertaining the normative-legal system as well as the methodologies and technical tools for the subject matter of the juridical sociology.

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Las preocupaciones por los procesos de formación en la universidad tienen un desarrollo menor en comparación con los otros niveles del sistema educativo. Sin embargo, a partir de la visibilidad que adquieren los estudios sobre educación superior en los '90, ha crecido el campo de estudios sobre este tema, campo en el cual han aumentado particularmente los grupos y estudios vinculados a cuestiones de política educativa, pero también lo han hecho los correspondientes a la pedagogía universitaria. En el caso de la preparación de abogados, se constata una preocupación sostenida por la formación universitaria a lo largo de toda esta última década que se manifiesta en diversos indicadores: la edición de libros sobre educación jurídica, la formulación de proyectos de investigación sobre el tema y muy especialmente, los trabajos presentados en la Comisión de Enseñanza Jurídica del Congreso Nacional de Sociología Jurídica, evento anual que se viene desarrollando desde el año 2000 a la actualidad. El presente trabajo -que se enmarca en un proyecto de investigación radicado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP está basado en el análisis de los trabajos presentados en la Comisión mencionada, desde el primer congreso celebrado en el 2000 hasta el último realizado en 2010 y que tiene un antecedente directo en un estudio reciente realizado por las autoras, acerca del establecimiento del estado del arte de dicha producción académica. En el trabajo señalamos la cuestión notable de la continuidad en análisis teóricos y sentidos compartidos, acerca de las críticas a la formación de abogados en las distintas universidades nacionales, que nos lleva a plantear como explicación provisoria que el gran motor de estos análisis reside en la necesidad de comprensión acerca de por qué los abogados son como son, lo cual constituye un caso diferenciado de la formación universitaria: un sector de los profesores y especialistas con profundo malestar respecto de los abogados buscan la explicación de esa constitución profesional en la formación universitaria que brindan las carreras de Abogacía. En la evaluación de los trabajos presentados en este evento se pueden recuperar una serie de elementos pedagógicos que constituyen el centro de las preocupaciones de los autores -en su mayoría abogados y que forman líneas de análisis acerca de la formación con carácter problemático, entre las que destacamos la caracterización de: la formación de los abogados en las universidades del país, la relación pedagógica, la interacción docente alumno, la socialización profesional y la cuestión curricular en las carreras de Derecho.

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Las preocupaciones por los procesos de formación en la universidad tienen un desarrollo menor en comparación con los otros niveles del sistema educativo. Sin embargo, a partir de la visibilidad que adquieren los estudios sobre educación superior en los '90, ha crecido el campo de estudios sobre este tema, campo en el cual han aumentado particularmente los grupos y estudios vinculados a cuestiones de política educativa, pero también lo han hecho los correspondientes a la pedagogía universitaria. En el caso de la preparación de abogados, se constata una preocupación sostenida por la formación universitaria a lo largo de toda esta última década que se manifiesta en diversos indicadores: la edición de libros sobre educación jurídica, la formulación de proyectos de investigación sobre el tema y muy especialmente, los trabajos presentados en la Comisión de Enseñanza Jurídica del Congreso Nacional de Sociología Jurídica, evento anual que se viene desarrollando desde el año 2000 a la actualidad. El presente trabajo -que se enmarca en un proyecto de investigación radicado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP está basado en el análisis de los trabajos presentados en la Comisión mencionada, desde el primer congreso celebrado en el 2000 hasta el último realizado en 2010 y que tiene un antecedente directo en un estudio reciente realizado por las autoras, acerca del establecimiento del estado del arte de dicha producción académica. En el trabajo señalamos la cuestión notable de la continuidad en análisis teóricos y sentidos compartidos, acerca de las críticas a la formación de abogados en las distintas universidades nacionales, que nos lleva a plantear como explicación provisoria que el gran motor de estos análisis reside en la necesidad de comprensión acerca de por qué los abogados son como son, lo cual constituye un caso diferenciado de la formación universitaria: un sector de los profesores y especialistas con profundo malestar respecto de los abogados buscan la explicación de esa constitución profesional en la formación universitaria que brindan las carreras de Abogacía. En la evaluación de los trabajos presentados en este evento se pueden recuperar una serie de elementos pedagógicos que constituyen el centro de las preocupaciones de los autores -en su mayoría abogados y que forman líneas de análisis acerca de la formación con carácter problemático, entre las que destacamos la caracterización de: la formación de los abogados en las universidades del país, la relación pedagógica, la interacción docente alumno, la socialización profesional y la cuestión curricular en las carreras de Derecho.

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El ordenamiento jurídico portugués consagra un régimen fiscal especial para el sector cooperativo, basado, al igual que otros ordenamientos como el español o el italiano, en la protección de la mutualidad como forma de organización empresarial especialmente benéfica en el plano social. Para alcanzar ese objetivo, el régimen fiscal cooperativo debe ser selectivo, lo que significa que al legislador se le plantea el reto de establecer criterios para separar, dentro del marco cooperativo, lo que debe ser protegido de lo que no merece protección fiscal. El legislador portugués optó por un modelo basado en dos grupos de ramos cooperativos claramente diferenciados según los beneficios fiscales aplicables, ambos con amplias exenciones fiscales. El presente trabajo no se centra en el contenido de los beneficios aplicables sino en las condiciones que las cooperativas deben reunir para acogerse a esos regímenes fiscales favorables. Estos criterios son: i) una división entre operaciones con socios y operaciones con terceros; ii) una delimitación de las operaciones o actividades cooperativas según estén o no vinculadas con el “fin propio de la cooperativa”; y iii) una estructura prevalentemente mutualista del factor trabajo. Esta fórmula legal tiene su raíz en una legislación de 1929 y se ha mantenido hasta el día de hoy debido en parte a un fenómeno de inercia legislativa. El presente trabajo, basándose en la metodología de la sociología jurídica, asienta en una encuesta dirigida a 64 cooperativas, por la que se buscaba indagar hasta qué punto estos criterios (de acuerdo con los que se seleccionan las cooperativas que pueden acogerse a los regímenes fiscales favorables) cuadran con la realidad cooperativa actual. Como era de esperar, la vetustez del régimen hizo que se encontraran desajustes muy significativos, que reclaman una reforma urgente.

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En este artículo se hace una reflexión jurídica sobre el derecho de asociación en el marco constitucional mexicano, por un lado, y, por el otro, un análisis desde la sociología jurídica y la ciencia política de las agrupaciones políticas nacionales en la evolución de la democracia mexicana.

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This article seeks to demonstrate how Law inter-related with Economy, constitutes in modern societies one of the main instruments for the construction of citizen consensus or the construction of political hegemony in modern societies. If we consider this affirmation —as is argued here— the transformations suffered in recent decades by Law as a consequence of the new phase of capitalistic globalization, have played an important role in the constitution of a new subjectivity (“single thought”) in the population.

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El propósito del presente texto es problematizar la noción de mujer-objeto bajo la perspectiva de las teorías feministas y los trabajos de Jean Baudrillard. Esto con el fin de mostrar que en los tres modos de producción como son el intercambio primitivo, el capitalismo y el post-fordismo, se identifican diferentes procesos de simbolización –prácticas y relaciones sociales– que son agenciados por la mujer durante los intercambios. Agenciamientos que demuestran como la definición economicista de mujer-mercancía es excedida por los matices de mujer-símbolo y mujer-signo. En ese sentido, se afirma que la desacreditada noción de mujer - objeto no se reduce a la noción de mujer-mercancía o mujer-objeto-sexual, ni a la historia de dominación y opresión en la que usualmente se le encasilla.

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La tendencia generalizada para dar una solución a estos conflictos, era el uso de la facultad legislativa, que generalmente daba una solución simbólica, que en ocasiones no se acercaba a la realidad y no era un medio eficaz

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Este estudio está orientado, primariamente, a explicar y justificar la emergencia de una nueva rama del derecho: el derecho educacional. Estas explicaciones y justificaciones se construyen desde el punto de vista de la Sociología general y desde las dos Sociologías especiales: Sociología de la Educación y Sociología Jurídica. En el análisis se adopta la perspectiva histórica marcada por las etapas establecidas por la sociedad occidental. La inclusión, en un dispositivo legal, de un tema de naturaleza educativa eleva a éste en importancia, al situarlo en el nivel de materia jurídica. El derecho educacional es, al mismo tiempo, variable dependiente e independiente en relación con la sociedad respectiva. La presencia actual del tema educativo en los textos legales se explica por el valor que el mismo posee para cada ciudadano y para el conjunto de la sociedad, en cuanto hecho, proceso, producto e institución. La educación es materia legal como concurrencia de dos de sus significados: el político y el económico.

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Esta tesis se inscribe dentro del campo de la sociología jurídica y del sistema penal juvenil, específicamente en el área de estudios sobre control socio penal de niños, niñas y adolescentes. En la misma intento desarrollar distintos tópicos relacionados a mi lugar como Defensor Oficial Penal Juvenil y desde el cual propongo puntos de vista empíricos y teóricos como análisis reflexológicos para la performance que fui desplegando desde julio de 2008 hasta la fecha en el Fuero Penal Juvenil de La Plata. Para ello, parto del problema del nativo y de la ruptura epistemológica con el propio campo de acción, a la vez que utilizo una estrategia de investigación cualitativa y "autorreflexiva", combinando distintas técnicas, tales como observación participante, entrevistas, análisis de documentos, estadísticas, relevamientos cuantitativos. Si bien cada capítulo puede que muestre cierta disparidad de temáticas, se trata de temas que están relacionados en algún punto o inquietud del recorrido, y que proponen una mirada critica de la visión formalista, escolástica o judicialista que caracteriza el punto de vista de los abogados, funcionarios o juristas. En definitiva, se trata de exponer la trama de relaciones, que construye a este tipo de agencia judicial, basada en una en un ritual de asignación moral y sospecha donde jóvenes infractores quedan enmarañados como agentes pasivos-expectantes de su destino; o bien por su capacidad performática, alcanzan a modificar los rituales convirtiéndose en actores activos que negocian, suspenden, neutralizan el tipo de sospecha o moralidad asignada

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Esta tesis se inscribe dentro del campo de la sociología jurídica y del sistema penal juvenil, específicamente en el área de estudios sobre control socio penal de niños, niñas y adolescentes. En la misma intento desarrollar distintos tópicos relacionados a mi lugar como Defensor Oficial Penal Juvenil y desde el cual propongo puntos de vista empíricos y teóricos como análisis reflexológicos para la performance que fui desplegando desde julio de 2008 hasta la fecha en el Fuero Penal Juvenil de La Plata. Para ello, parto del problema del nativo y de la ruptura epistemológica con el propio campo de acción, a la vez que utilizo una estrategia de investigación cualitativa y "autorreflexiva", combinando distintas técnicas, tales como observación participante, entrevistas, análisis de documentos, estadísticas, relevamientos cuantitativos. Si bien cada capítulo puede que muestre cierta disparidad de temáticas, se trata de temas que están relacionados en algún punto o inquietud del recorrido, y que proponen una mirada critica de la visión formalista, escolástica o judicialista que caracteriza el punto de vista de los abogados, funcionarios o juristas. En definitiva, se trata de exponer la trama de relaciones, que construye a este tipo de agencia judicial, basada en una en un ritual de asignación moral y sospecha donde jóvenes infractores quedan enmarañados como agentes pasivos-expectantes de su destino; o bien por su capacidad performática, alcanzan a modificar los rituales convirtiéndose en actores activos que negocian, suspenden, neutralizan el tipo de sospecha o moralidad asignada

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Esta tesis se inscribe dentro del campo de la sociología jurídica y del sistema penal juvenil, específicamente en el área de estudios sobre control socio penal de niños, niñas y adolescentes. En la misma intento desarrollar distintos tópicos relacionados a mi lugar como Defensor Oficial Penal Juvenil y desde el cual propongo puntos de vista empíricos y teóricos como análisis reflexológicos para la performance que fui desplegando desde julio de 2008 hasta la fecha en el Fuero Penal Juvenil de La Plata. Para ello, parto del problema del nativo y de la ruptura epistemológica con el propio campo de acción, a la vez que utilizo una estrategia de investigación cualitativa y "autorreflexiva", combinando distintas técnicas, tales como observación participante, entrevistas, análisis de documentos, estadísticas, relevamientos cuantitativos. Si bien cada capítulo puede que muestre cierta disparidad de temáticas, se trata de temas que están relacionados en algún punto o inquietud del recorrido, y que proponen una mirada critica de la visión formalista, escolástica o judicialista que caracteriza el punto de vista de los abogados, funcionarios o juristas. En definitiva, se trata de exponer la trama de relaciones, que construye a este tipo de agencia judicial, basada en una en un ritual de asignación moral y sospecha donde jóvenes infractores quedan enmarañados como agentes pasivos-expectantes de su destino; o bien por su capacidad performática, alcanzan a modificar los rituales convirtiéndose en actores activos que negocian, suspenden, neutralizan el tipo de sospecha o moralidad asignada