750 resultados para régimen de IVA


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Tesis (Maestría en Contaduría Pública con Especialidad en Finanzas) U.A.N.L.

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Toda reforma tributaria responde a la necesidad del Estado de obtener recursos para solventar el gasto público; y, aunque los ciudadanos están moral y jurídicamente obligados a coadyuvar en dicha satisfacción, ha existido en la sociedad ecuatoriana una tendencia al rechazo de las mismas, pues se considera afectada la capacidad económica de los contribuyentes u obligados. Como consecuencia, toda reforma implementada en un sistema o régimen tributario, bien sea que trate la creación, modificación o extinción de tributos; o, relativa a la transformación de la parte operativa en cuanto a la determinación del tributo y la solución o pago del mismo; es decir su metodología, genera dificultades tanto para contribuyentes como para la administración tributaria. Para los contribuyentes el impacto no deviene en forma exclusiva de la capacidad económica para solventar nuevas tarifas, se trata además de asumir nuevas responsabilidades durante los procesos de determinación y fiscalización. Para la administración tributaria, las dificultades no están ausentes, por cuanto las facultades de determinación y recaudación entre las más importantes sufren gran impacto al momento de afrontar del mismo modo las reformas tributarias; toda vez que debe asumir el cambio con eficiencia y eficacia administrativa. El punto de quiebre entre los sujetos activo y pasivo se produce mayormente debido a una percepción de desigualdad de condiciones entre contribuyentes y administración tributaria; generalmente el poder tributario e impositivo genera una apariencia de arbitrariedad por parte del organismo de administración al aplicar las reformas fiscales; con todo lo dicho, se destaca la necesidad de identificar hasta qué punto dichas transformaciones han tomado o deberían tomar en cuenta la situación del contribuyente en relación al principio de justicia tributaria. Con todo lo expuesto se avista una interrogante de vital importancia a ser satisfecha durante del desarrollo de la presente investigación: ¿Cómo han incidido las reformas tributarias efectuadas durante la última década en la suficiencia recaudatoria y capacidad contributiva de los principales tributos de recaudación nacional? Para efectos de contestarla, a lo largo de este trabajo de investigación, se analiza tanto la situación actual como la evolución histórica de del Régimen Tributario Ecuatoriano, haciendo énfasis en los cambios efectuados a partir de 1999 en los impuestos de recaudación nacional más importantes, como son el Impuesto a la Renta, el Impuesto al Valor Agregado IVA y el Impuesto a los Consumos Especiales ICE.

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La devolución del IVA consiste en un régimen tributario especial que se aplica en función de consideraciones específicas y en atención a la calidad que ostentan los sujetos pasivos que se benefician del mismo. Para que esta devolución proceda –en el caso de empresas públicas–, es indispensable que estas se encuentren constituidas de conformidad con las disposiciones de la Ley orgánica de Empresas Públicas o, en su defecto, hayan cumplido con las disposiciones específicas del régimen de transición contemplado para que las empresas públicas o estatales existen tes, las sociedades anónimas en las que el Estado es accionista, las empresas subsidiarias y las empresas de las Fuerzas armadas y de la Policía Nacional se conviertan en nuevas empresas públicas. En este contexto, el presente trabajo pretende analizar, de conformidad con el contenido de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, el momento a partir del cual se genera el derecho a la devolución del Impuesto al valor agregado, para las empresas públicas, así como cuestionar ciertas inconsistencias que se desprenden de esta Ley.

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Realiza una revisión de las reformas efectuadas a la Ley de Régimen Tributario vigente al 31 de diciembre del 2007 y la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria. La revisión de las reformas esta en función de los cambios que se dan en los aspectos relacionados con el Impuesto a la Renta, IVA e ICE, con las nuevas reformas establecidas, es importante para mantenerse al día con los cambios que influyen directamente en el desarrollo económico del país. Por supuesto que todo cambio requiere del esfuerzo de los participantes, sacrificio que vale la pena ya que contribuyen al desarrollo económico y sostenido de un país, consecuentemente esto depende de que siempre el beneficio llegue a todos los sectores de la población ecuatoriana. Considero que el objetivo de las reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno, es garantizar la equidad, igualdad y justicia, en la redistribución de la riqueza a los sectores de la población más necesitados.

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El derecho a solicitar la devolución del IVA a favor de las instituciones del Sector Público, dio pie a un sinnúmero de inconvenientes que lo único que lograron fue obstaculizar el proceso de devolución de IVA mensual, perjudicando a las instituciones públicas que se veían privadas de capital para poder continuar con el cumplimiento de sus fines. Este trabajo pretende exponer los principales problemas que surgen por la no tipificación en la ley del plazo de prescripción del derecho para pedir la devolución del IVA debidamente pagado, tema en el cual encontramos criterios opuestos, de lo que nace la importancia de legislar este tema que causa graves inconvenientes. Problema que aunque ya no pertenece a las instituciones del sector público, actualmente causa inconvenientes a los demás organismos que tienen derecho a la devolución de IVA, de conformidad al art. 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno, reformado por el art. 128 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador. Además analizaremos el no reconocimiento de intereses a favor de estos organismos, por parte del Servicio de Rentas Internas, a pesar de haber transcurrido más de un año en la resolución de un reclamo y que este haya sido favorable. Revisando los temas expuestos podemos percibir en muchas ocasiones la violación de derechos constitucionales que no son considerados por el SRI al emitir sus resoluciones en contra del contribuyente; siendo a veces censurable la actitud de la administración tributaria en el sentido de entorpecer su operación práctica, mediante inadmisiones injustificadas y caracterizadas por un formalismo inaceptable que no se separa en mucho de la arbitrariedad. El propósito de este trabajo es encontrar la base legal apropiada, a fin de evitar inconvenientes a los contribuyentes y a la administración tributaria, por la falta de normativa clara y expresa, que se debe aplicar en los casos motivo del presente estudio.

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Por considerar que el Régimen Especial Liberatorio de Zona Franca, resulta interesante su estudio dentro de la perspectiva tributaria en el Ecuador, ya que al ser un régimen liberatorio de impuestos, me parece que las personas que se desenvuelven en el comercio internacional de mercancías deben conocer el tratamiento que se da dentro de nuestro país y las implicaciones legales que resulten de tal régimen, por otro lado he creído necesario establecer hasta que punto se somete o no al régimen impositivo interno del país, respecto de la Ley de Régimen Tributario Interno, situaciones fácticas estás que considero van a constituir un aporte para las personas, sean estas naturales o jurídicas, que se dediquen a la utilización de este régimen dentro del derecho tributario aduanero en el Ecuador, es por eso que el presente trabajo contiene una visión general del régimen especial de tipo liberatorio de zonas francas, contenido en nuestra legislación aduanera y en la Ley de Zonas Francas, sobre lo que tiene que ver a su concepto, naturaleza jurídica, objetivos y políticas, características, clases de zonas francas, perspectiva en base de la cual he analizado el régimen en la legislación Ecuatoriana, el órgano regulador del régimen que es el Conazofra, las personas jurídicas y naturales que intervienen tales como el administrador, los usuarios, beneficios fiscales que la Ley de Zonas Francas concede a los usuarios en general. Posteriormente realizo un análisis legal en lo que tiene que ver a la incidencia en el pago de impuesto internos entre ellos renta, IVA, ICE, así también la incidencia en el pago de impuestos al comercio exterior; luego de lo cual estudio las zonas francas y la influencia de acuerdos integracionistas basado en experiencias de otros países, las zonas francas y la Organización Mundial del Comercio, y por último me refiero al caso de la hermana República de Colombia y los cambios legales por los compromisos con la OMC, sobre todo lo cual expongo algunas conclusiones a las que llego sobre la aplicación del régimen en nuestro país.

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El Art. 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno dispone que el IVA que paguen en la adquisición local o importación de bienes o en la demanda de prestación de servicios las Entidades del Sector Público será reintegrado sin intereses en un tiempo no mayor a treinta (30) días, a través de la emisión de la respectiva nota de crédito o cheque. El objeto del trabajo es el estudio de la diferente incidencia tributaria administrativa y tributaria procesal que puede tener el trámite de devolución de IVA a las entidades del Sector Público. Para el efecto se realiza un análisis del trámite administrativo tributario para los reclamos tributarios y el recurso de revisión partiendo de un estudio de la naturaleza jurídica del pago de IVA efectuado por las Entidades Públicas, a efectos de determinar si se trata de un pago debido o un pago indebido del tributo y su incidencia jurídica, se analiza, además, la política adoptada por el Servicio de Rentas Internas frente al problema y estudio de la jurisprudencia que hubiere al respecto. Se hace un estudio del procedimiento contencioso tributario para la devolución de IVA a Entidades Públicas, y las diferentes etapas de procedimiento contencioso tributario. Se deja constancia que el presente trabajo no pretende ser un análisis doctrinario de las diversas instituciones del derecho tributario material y formal sino que busca referirse a las diferentes implicaciones prácticas a las que se pueden enfrentar los diferentes profesionales del derecho que tengan a su cargo el trámite de devolución de IVA a Entidades Públicas.

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El Impuesto al Valor Agregado IVA, que pagan las entidades u organismos del sector público inmersos en la definición del artículo 118 de la Constitución de la República, por los bienes y servicios que adquieren para el normal desenvolvimiento de sus actividades, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno debe ser devuelto por el SRI en un plazo no mayor a treinta días, basados es esta disposición legal, este documento pretende brindar al lector, las bases fundamentales y doctrinarias del Impuesto al Valor Agregado, el hecho generador, sujetos activos y pasivos de este impuesto, para luego analizar el proceso mediante el cual las instituciones del sector público solicitan y obtienen de la administración tributaria la devolución del IVA pagado, procedimientos administrativos – tributarios y aplicación del Recurso de Revisión. Adicionalmente, de la ejecución de los ingresos del Presupuesto del Gobierno, se puede advertir la dependencia que existe de los ingresos tributarios y dentro de estos se presenta con una participación mayoritaria los ingresos por el Impuesto al Valor Agregado, por tanto se analiza también la incidencia e importancia en el presupuesto del gobierno y en la Cuenta Única del Tesoro Nacional de los aportes por IVA y de los débitos por devolución de este impuesto.

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En el presente trabajo de investigación se ha hecho un esfuerzo por revalorizar el contenido del principio de No Confiscatoriedad, como un principio de carácter transcendental dentro del Régimen Tributario ecuatoriano, entendiéndolo a la vez como un derecho que tienen los contribuyentes y como una regla a respetarse por parte de los poderes del Estado, en particular del poder tributario. En tal virtud, el principio de No Confiscatoriedad tiene sus diferentes campos de aplicación, siendo uno de ellos el del respeto al mínimo exento, beneficio fiscal que tiene que ser protegido como prerrogativa de una vida digna, tanto en impuestos directos e indirectos. Por tal razón se ha procedido a realizar un análisis de supuestos de confiscatoriedad que pueden presentarse en algunos impuestos de recaudación nacional (renta, IVA e ICE), para lo cual hemos estudiado la naturaleza de estos impuestos para llegar a tales supuestos o escenarios. De todo lo anteriormente analizado ha resultado crucial el tema de la presión tributaria, pero ya no analizado solo como un mero dato macroeconómico, sino, como un criterio básico de investigación aplicado a situaciones concretas (personas, empresas o comunidades), para esto es fundamental el análisis de índices de pobreza de desigualdad, de desempleo para utilizarlo como parámetros tanto en la formación (capacidad contributiva abstracta) como en la gestión de tributos (capacidad contributiva concreta). Se trata de conciliar por medio del principio de No Conficatoriedad, al principio de igualdad con eficiencia, la equidad y suficiencia recaudatoria, en fin conciliar derecho y economía.

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En el presente trabajo se realiza un análisis del régimen especial que figura en el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado 23.349, más específicamente del beneficio denominado "Solicitud de Reintegro del Impuesto Facturado", relacionado con la posibilidad de solicitar el recupero del gravamen contenido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a exportaciones. Generalmente los exportadores para poder realizar sus operaciones hacia el exterior necesitan consumir bienes y servicios que les son proporcionados por sujetos que, en su mayoría, revisten la calidad de responsables inscriptos. Para los proveedores de dichos bienes y servicios estas operaciones generan un Débito Fiscal; y para los adquirientes, es decir, para los exportadores, generan un Crédito Fiscal que ante determinadas situaciones pasan a ser créditos de recuperabilidad exigible frente al Fisco. De esta manera, dichos créditos fiscales no sólo son compensables contra débitos fiscales originados en operaciones del mercado interno, sino que, cumplidos los requisitos legales exigidos al efecto, existe la posibilidad de recuperarlos en diversas formas: - acreditación contra otros impuestos, - transferencia del crédito a favor de terceros, - solicitando la devolución en efectivo mediante la generación del F 404 de AFIP. El mecanismo descripto, así como también el hecho de no gravar las exportaciones hace que desaparezca, en principio, la incidencia del IVA en las exportaciones, ya que además de no gravarse dichas operaciones existe la posibilidad de obtener el reintegro de lo que se habría tributado por los insumos necesarios para las mismas en las etapas anteriores. Es por esto que al régimen se lo denomina "gravabilidad a tasa cero". Considerando la importancia que tiene el beneficio detallado anteriormente y teniendo en cuenta la Resolución General 2000 de la AFIP se ofrece un estudio profundo de dicho beneficio a través de su conceptualización, tipos de recuperos, utilización de los métodos de recuperos; además se explica el procedimiento a seguir, que requiere la AFIP, para lograr la obtención del beneficio, y se presenta un ejemplo práctico con los cálculos a efectuar para determinar los montos de recupero que se pueden solicitar, esperando que sea de utilidad para los lectores.

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A finales del año 2007, se aprueba por la Asamblea Constituyente Reformar el Código Tributario y la Ley de Régimen Tributario Interno con Registro Oficial 223 del 30 de Noviembre del 2007 expide la siguiente Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador. Los impuestos sirven para financiar los servicios y obras de carácter general que debe proporcionar el Estado a la sociedad. Además el tributo puede perseguir también fines extrafiscales, características que se genera por una economía monetaria...

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Resumen: En este trabajo se analizan aspectos relacionados con la eficiencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la economía argentina. Se comienza revisando la estructura tributaria de la Argentina, comparándola con la vigente en naciones desarrolladas. Luego se procede a realizar estimaciones de evasión-elusión en el IVA, para el período 1997-2005. Los efectos del Monotributo sobre la base imponible del IVA y su recaudación potencial no son menores y son objeto de análisis en las estimaciones de evasión-elusión. Por su parte, el impuesto a las Ganancias, junto al impuesto a los Ingresos Brutos y los impuestos al trabajo generan incentivos a la evasión “en cadena” junto con el IVA, que llevan a reflexionar acerca de la relación cercana entre IVA y el impuesto a las Ganancias, y su impacto sobre las decisiones de evasión. Se concluye con recomendaciones acerca del IVA y de otros impuestos. Se propone la eliminación del Monotributo para potenciar el efecto recaudatorio del IVA, y la reducción de la alícuota del impuesto a las Ganancias de empresas, reinvertidas o totales, lo que tendría impactos finales favorables en los ingresos fiscales totales.

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Como se señalara en ediciones anteriores de Empleo y Desarrollo Social, la alta incidencia del empleo informal es uno de los mayores desafíos que enfrenta la política social en nuestro país. El punto de partida para revertir este problema pasa por simplificar los procedimientos y reducir los costos para que las pequeñas empresas puedan cumplir las normas laborales e impositivas. En este informe se presentan los lineamientos de un régimen especial para pequeñas empresas, cuyo objeto es combatir la informalidad y mejorar la protección laboral y social de los trabajadores

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En los años finales de la Edad Media nos vamos a encontrar en los municipios castellanos con una gran abundancia de oficios tanto de carácter jurisdiccional como fiscalizador (alcaldes y veedores, respectivamente), algunos tenían planta propia y estable, en tanto que otros aparecían y desaparecían de acuerdo con las necesidades del momento. Nos detenemos en particular en la figura del alcalde del alarifazgo, encargado de juzgar y ejecutar de acuerdo con sus competencias en el ámbito del urbanismo.