976 resultados para Ordenamiento internacional
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Se abordó el tema de los estados de excepción, concluyéndose que en nuestro país y en la mayoría de Estados latinoamericanos el asunto se sigue tratando desde una visión militarista, que por demás desconoce el ordenamiento internacional
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Hasta hace casi una década, la guerra contra el terrorismo fue una lucha solitaria de los Estados. Actualmente y debido a las implicaciones globales de este fenómeno, las acciones contra este flagelo han adquirido connotación internacional. Gran parte de los países miembros de las Naciones Unidas han acogido esta guerra –contra un enemigo común, pero indefinido- como un compromiso político en favor de la paz y seguridad internacional. La producción constante de instrumentos internacionales que condenan el terrorismo y que exigen tomar medidas para combatirlo, demuestran que esa intención política originaria se ha decantado en el ordenamiento internacional como una obligación autónoma, de carácter consuetudinario; que hace que actualmente no haya país en el mundo que pueda excusarse de combatir al terrorismo (interno o transnacional) independientemente de las justificaciones que se puedan aludir para el no cumplimiento.
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Los precios de transferencia ocupan el interés de los Estados en el mundo actual al constituir uno de los retos fundamentales del Derecho Internacional Tributario. En el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), creada en 1961, se discutieron y desarrollaron diversas propuestas para regular el fenómeno. Estas, se materializaron en Modelos de Convenios Tributarios e instrumentos de soft law, que hoy en día constituyen los principios internacionalmente aceptados en la materia. Las Guías de la OCDE sobre precios de transferencia para empresas multinacionales y administraciones tributarias son el cuerpo normativo de soft law que se erigen, en el Ordenamiento Internacional, como el norte de las legislaciones a nivel interno para efectos de regulación de dicha temática. Su adopción por parte de los países miembros y no miembros de la OCDE se enfrenta a problemas teóricos derivados del quebrantamiento del decantado principio de reserva de ley tributaria y el respeto por la seguridad jurídica, razón por la cual su incorporación ha variado de Estado a Estado. El presente trabajo recoge la experiencia en varios países europeos y latinoamericanos y pretende proponer una fórmula de adopción en Colombia, coherente con los principios constitucionales tributarios y con virtualidad de superar las críticas realizadas por la doctrina a la aplicación directa de las Guías.
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Elaborar un currículum transversal de Educación para la Salud teniendo como referencia sus tres elementos integrantes: el concepto pedagógico-organizativo de currículum, su categoría metodológica-didáctica transversal y su contenido formativo:la salud. Diseño curricular de un tema transversal sobre salud. Comienza con un rastreamiento conceptual sobre educación y salud para pasar a abordar la problemática política de la educación en un espacio homogeneizado como la Unión Europea con revisión del ordenamiento internacional sobre salud y recorrido de la legislación constitucional de los quince miembros de la UE para pasar a analizar los sistemas nacionales de salud y el diseño curricular transversal sobre Educación para la Salud presentado en la LOGSE. Legislación internacional y nacional sobre materias educativas y de salud como principal fuente documental. Investigación sobre el currículum. Estudio teórico-crítico. El tratamiento de investigación fundamental conferido a la primera parte abordando los tópicos de educación, salud, educación, educación para la salud, transversalidad educativa en salud, etc. conforman las bases de donde se han extraído unas consecuencias: una definición del concepto de educación como intervención y un amplio rastreamiento del complejo fenómeno de la salud. Conformado el panorama conceptual de Educación para la Salud se ha abordado el espacio de la transversalidad para fundamentar las posibilidades de un currículum transversal de Educación para la Salud desde un muy crítico planteamiento que si pone en evidencia las dificultades de la definición curricular aún se sitúa en una posición más dubitativa respecto a sus posibilidades prácticas de actuación.
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La deportación se encuentra contemplada en el ordenamiento legal ecuatoriano como una expresión del ejercicio del principio de soberanía estatal, por el cual el Estado se reserva el derecho de escoger y determinar cuales son las personas extranjeras que considera adecuadas para sus intereses, procediendo a expulsar a aquellas que no se ajustan a los mismos. El ordenamiento internacional si bien reconoce la soberanía de los estados, no obstante también ha fijado límites para precautelar los derechos de las personas para evitar que la discrecionalidad del Estado genere abusos y violaciones a los derechos. Si bien Ecuador ha ratificado la mayoría de convenios internacionales de protección de derechos humanos y específicos de migración y refugio, en los que se fijan estándares para los procedimientos de deportación, su marco legal no ha sido adecuado a los mismos, lo que viene provocando una serie de violaciones a los derechos humanos de las personas extranjeras. En los últimos 7 años, se ha evidenciado un notable incremento en el número de deportaciones, como parte de políticas de control y restricción del ingreso y permanencia de personas extranjeras, particularmente colombianas y peruanas. Sobre esta base, se realiza una descripción del sistema de deportación en el país, observando sus antecedentes históricos, su regulación legal formal y se compara ésta con sus prácticas de implementación, observando además su incompatibilidad con los estándares internacionales de protección.
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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.
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Incluye Bibliografía
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El presente trabajo comenzará por abordar los antecedentes históricos y la caracterización del grupo étnico raizal desde una perspectiva jurídica enfocada en el turismo, el medio ambiente y la especial protección nacional e internacional del grupo étnico para el caso de la isla de Providencia, Colombia. A continuación se realizará un análisis del fenómeno turístico, incluyendo aspectos relacionados con los estudios del turismo y el desarrollo sostenible de esta actividad. A partir de este análisis, se examinarán los antecedentes y las características del modelo actual de desarrollo turístico en el municipio de Providencia y Santa Catalina. En el marco de los resultados del análisis anterior, se realizará una exposición de los aspectos jurídicos relacionados con el ordenamiento ambiental del territorio en el caso de la ampliación y remodelación del Aeropuerto el Embrujo en zona amortiguadora del Parque Nacional Natural Old Providence and Mc Bean Lagoon. Por último se expondrán las conclusiones y algunas recomendaciones.
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En caso de desplazamiento masivo, resulta imposible determinar inmediatamente de manera individual los temores de persecución de las personas que integran el grupo. Precisamente, ante la realidad desconsoladora de la promoción de una protección internacional exclusivamente aplicable a un tipo de refugiados casi inexistente, la cada vez menos frecuente determinación en grupo y prima facie de refugiados, la proliferación de estatutos subsidiarios, el aumento del desplazamiento interno y las restricciones que imponen los Estados por motivo de seguridad nacional u orden público, se consideró que un estudio sobre la protección de los flujos masivos podría facilitar la obtención de una visión general del estado actual de la protección temporal y de las obligaciones que se han desarrollado para hacer frente a tales contingencias. A partir del planteamiento inicial de los retos y obstáculos legales que este fenómeno ha planteado para los Estados receptores y para la evolución del Derecho internacional de los refugiados y de la inexistencia de un régimen jurídico internacional universal que regule la protección de los flujos masivos, se ha elaborado una construcción doctrinal y práctica sobre la protección de esta situación en el Derecho internacional, sistematizando los distintos elementos que se han ido incorporando a esta protección colectiva. Se ha analizado la protección de los flujos masivos con el ánimo de dotar de rasgos positivos a un concepto que ha sido considerado como un avance negativo en el ámbito de la protección internacional. Y es que la protección temporal no tiene por qué reducir estándares de protección ni tampoco sustituir a la protección internacional clásica, que es la de los refugiados.
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El Nº3 consta de una síntesis del II Seminario Internacional "La Interdisciplina en el Ordenamiento Territorial" organizado por CIFOT y realizado en Abril del 2003. Se presenta también el Proyecto realizado por el CIFOT en Río Negro para el Gobierno de dicha provincia, a través de un contrato de subvención suscripto con la Comisión de las Comunidades Europeas (UE) y el Poder Ejecutivo Provincial. Se trata del primer Observatorio Ambiental realizado en las zonas costeras de Argentina y uno de los pocos en América Latina. Oficialmente se lo denomina Diseño e Implementación de un Observatorio del Ecosistema Litoral y Monitoreo de la Biodiversidad y pertenece al programa de Ordenamiento y Protección de los Recursos Naturales de la costa Atlántica de Río Negro, Argentina.
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Por el éxito y trascendencia de sus eventos anteriores, el Instituto CIFOT siente la obligación de hacer conocer las principales conclusiones del II Seminario de Ordenamiento Territorial, el que comienza a marcar pautas a partir de las preocupaciones comunes, enfoques teórico-metodológicos prevalecientes en el Ordenamiento Territorial, la planificación Estratégica y Ambiental, como también sobre las prácticas de gestión de la información territorial. Se sintetiza la idea central de las conferencias Magistrales: - Dr. Juan Gastó- Pontificia Universidad Católica de Chile- presenta “ La Ordenación Territorial como eje del Desarrollo Rural", cuyo punto central es la imposibilidad de separar la problemática territorial urbana de la rural. - Dr. Eduardo Salinas- Universidad de La Habana , Cuba- en “El Ordenamiento Territorial como instrumento de la Planificación y Gestión Ambiental" establece la necesidad de una planificación sustentable ambientalmente, con una concepción sistémica y holística de los problemas. -Dra. Elsa Laurelli -Universidad de La Plata , Argentina- en “Nuevas Tendencias del Ordenamiento Territorial en una Economía de Mercado. Limitaciones y posibilidades" plantea coexistencia de áreas receptoras de IDE vs espacios degradados y con problemáticas sociales y reflexiona sobre el rol del Estado para atenuar los efectos del mercado en el territorio y la sociedad. - Dr. Pablo Ciccolella -UBA-, Argentina. En “ Desafíos y opciones en la Gestión Urbana bajo el Capitalismo Global: Planificación Estratégica y Desarrollo Económico-Territorial" alerta sobre la planificación llave en mano que genera un desarrollo elitista, banal y efímero. - Dr. Mariano Zamorano -Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza- presenta “ Una propuesta de Regionalización de la Provincia de Mendoza sobre la base de la Lógica Territorial " destinada a optimizar la gestión municipal y provincial. Al II Seminario de Ordenamiento Territorial concurren alrededor de 140 personas y se exponen 43 trabajos en las siguientes áreas temáticas : - 1 Nuevas tendencias en el Ordenamiento territorial . - 2 Ambiente y Ordenamiento Territorial. - 3 El Ordenamiento Territorial en el ámbito urbano. - 4 El Ordenamiento Territorial en el ámbito rural. - 5 La gestión de la información en el Ordenamiento Territorial. - 6 El rol de las Instituciones en el Ordenamiento Territorial. Conclusiones De l rico debate e intercambio de ideas realizado durante el II Seminario, se extraen tres grandes temas: - La necesidad de una visión general y holística del territorio, evitando la fragmentación disciplinar. - La interdisciplina, como campo de convergencia de problemáticas complejas. La planificación estratégica como instancia participativa y visión integral del territorio. - La metodología para el Ordenamiento Territorial debe ser verdaderamente aplicada. No se puede seguir planificando con una racionalidad limitada en busca de una imagen objetivo rígida mientras el territorio, conformado por sistemas complejos y abiertos, está en constante cambio por exigencias propias de lo global. - Un Estado en retirada no contiene la estructura necesaria ni el consenso para imponerse en sociedades democráticas con dominio absoluto de tipo capitalista.
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El presente trabajo se propone analizar desde una perspectiva internacionalista el recorrido del principio de justicia universal en nuestro ordenamiento: inicialmente configurado como un principio de carácter absoluto y cuyo alcance se ha visto drásticamente reducido tras las reformas llevadas a cabo por el legistlador en la última década, especialmente la última de ellas realizada en 2014, hasta el punto de acabar con la misma esencia de esta figura. Expuesto lo anterior, se abordan también las consecuencias que ha traído esta última modificación y las reacciones que la misma ha provocado. Para terminar, trataremos de esclarecer cuáles son las posibles vías de actuación dado el escenario actual.
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La obra pretende probar la hipótesis de trabajo que versa sobre la constante centralista que ha marcado las relaciones entre territorio y poder en Colombia. Dicha tendencia se observa en la reiterada adopción del modelo territorial unitario, con leves excepciones, que ha marcado la construcción de la Constitución territorial desde el año 1821. Sin duda, una apuesta que nuevamente es retomada en el proceso constituyente de 1991, a pesar de la inserción tímida de los principios de descentralización y autonomía, y del generoso espíritu del constituyente, hoy bastante menguado, en materia de transferencias intergubernamentales. Dicha hipótesis conllevó a la revisión de otros Estados unitarios, e incluso de modelos regionales o autonómicos y federales, todos ellos en proceso de reacomodamiento, transformación e incluso de difusas fronteras de diferenciación. La historia constitucional, la asamblea constituyente y la arquitectura de la constitución territorial de 1991, son objeto de sistemático estudio y reflexión. También el desarrollo que ha sufrido el Título XI de la Constitución Política, a lo largo de las dos últimas décadas. Por ello, la publicación presenta una reflexión sobre los diversos planes de desarrollo, documentos Conpes, políticas territoriales, reformas constitucionales y legislación, que hablan sobre los avances, pero también sobre los retrocesos que se han dado en materia de descentralización y de autonomía en los últimos veinte años. La publicación está sustentada con innumerable bibliografía nacional e internacional, además de las diversas opiniones y posturas de algunos actores territoriales, académicos y políticos sobre el tema de la organización del territorio, la constante centralista y la situación del nivel intermedio de gobierno. Finalmente, culmina con un análisis y lectura sobre la orientación territorial que le ha dado al país la Ley 1454 de 2011 o Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, que le apunta más al principio de asociatividad territorial que al desarrollo pleno de los principios de descentralización y autonomía territorial