906 resultados para Ley 527 de 1999
Resumo:
La Ley 527 de 1999 regula lo relativo al Comercio Electrónico en Colombia. Esta ley sigue de cerca la Ley Modelo que sobre la materia preparó la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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El objetivo de este trabajo es el analizar la perdurabilidad empresarial en el sector agropecuario mediante la identificación de las principales características de las empresas que conformar a este sector en la ciudad de Bogotá y que se encuentran en proceso de reestructuración de la ley 550 de 1999, publicada por la superintendencia de sociedades. Se analizaron las características que tienen en común estas empresas acogidas por esta ley, llevándonos a entender las causas del porque las organizaciones en nuestro país al momento de su creación el 41% no supera el primer año de vida, y otro tanto no sobrepasa de los primero 5 años. Para poder así trabajar en conjunto la academia, el gobierno y las empresas en un plan de mejoramiento y perdurabilidad empresarial exitoso que prevenga toda clase de enfermedades que puedan presentar las empresas y contribuyan con su deterioro y muerte. Para este análisis se utilizaron datos cualitativos y cuantitativos obtenidos de los resultados arrojados por los cuestionarios económicos y financieros aplicados a cada una de estas empresas.
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El tema de la vivienda en los últimos años, con sus múltiples componentes, comenzando por el UPAC, se convirtió en la pesadilla más tormentosa para los colombianos, sin importar su condición social: muchos empresarios quebraron en la construcción
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La crisis financiera de mediados de 1982 debilitó en extremo la confianza publica en elsector financiero, poniendo en peligro su estabilidad. Por ello el gobierno de la épocacrea la ¨ La comisión asesora de alto nivel para el estudio de la reforma al sectorfinanciero, a quien se le confió mediante decreto 3153 de noviembre de 1982 el diseñode un seguro de depósitos y la creación de un fondo de garantías.
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La actividad financiera, aseguradora y bursátil, por los intereses generales que ella misma involucra y por su importancia dentro del entorno económico y social de nuestro país, merece un especial control y una minuciosa vigilancia
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A finales del Siglo XX, Colombia se encontraba en un escenario bastante complicado en relación con la situación del país en años anteriores. Todo esto, debido a que el país se vio afligido por una serie de situaciones adversas: el desempleo, la violencia y catástrofes naturales, fueron una de las muchas cosas que generaron un grave periodo de recesión en el país. Frente a estos desafortunados acontecimientos, y en búsqueda de propiciar y fortalecer la economía del país, el Gobierno decide en su momento, intervenir en la economía local, principalmente en el Sector Privado, con el fin de normalizar la actividad productiva del país en todos los sectores económico. Para esto, el Gobierno en conjunto con la Superintendencia de Sociedades y teniendo en cuenta la devaluación de la moneda, las altas tasas de interés que existían en ese entonces, y, la disminución de la demanda, deciden desarrollar mecanismos de conciliación tanto para los deudores como para los acreedores con el fin de reactivar la economía y mejorar la situación financiera y contable del sector productivo y de servicios, con el fin de superar la crisis en la que se encontraban sumergidos en ese entonces. La ley 550, constituida en el año 1999 y también conocida como la Ley de Insolvencia Económica, otorgo herramientas para la reestructuración de empresas que decidieron acogerse a dicha ley, a un total de 1.323 empresas que se encontraban en proceso de liquidación. Para poder acceder a este proceso de reestructuración, además de cumplir con ciertos requisitos que se mencionaran posteriormente, las empresas que podían acceder a esta ley, debían encontrarse en mora en el pago de 2 o más obligaciones por un periodo mayor a noventa días, o, se debían encontrar envueltas en por lo menos 2 demandas ejecutivas por mora en el pago de cualquier deuda adquirida en nombre de dichas empresas.
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Servicios registrales
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El trabajo muestra como a partir de unos principios básicos de las tecnologías de la información y las Telecomunicaciones TIC, y el desarrollo legislativo colombiano, en especial la Ley 527 de 1999, es posible facilitar la relación entre la Administración Pública y los ciudadanos, a través del procedimiento administrativo por medios electrónicos, desarrollando así los principios de la función pública contenidos en la Constitución Política y en la Ley 489 de 1998, haciéndola no sólo más ágil y fácil de acceder, sino generando transparencia dentro de la gestión pública estatal. Se presenta además una comparación entre el procedimiento administrativo tradicional y el electrónico; así como la aplicación práctica de éste a un trámite específico de una entidad pública. Finaliza haciendo un análisis del aporte que al tema hizo la Ley 1437 de 2011, haciéndolo imperativo en la administración pública en todos sus niveles.
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El avance del Comercio Electrónico ha facilitado las transacciones mercantiles a nivel global y su uso se ha vuelto cada vez más común en las relaciones comerciales de la sociedad. Al respecto, el Secretario de las Naciones Unidas ha expresado lo siguiente: “El comercio electrónico es uno de los ejemplos más visibles, de la manera en la cual, las tecnologías de la información y la comunicaciones (TIC) pueden contribuir al crecimiento económico. El mismo ayuda a que los países mejoren la eficiencia comercial y facilita la integración de los países en vías de desarrollo dentro de la economía global. Permite que empresas y empresarios sean más competitivos, provee a los trabajadores de empleo, y de ese modo se facilita la creación de riquezas.”1 Es tanta la importancia del comercio electrónico hoy en día que nuestro ordenamiento jurídico no podía pasar por alto su aplicación y regulación. Como resultado de ello, se dio paso a la creación de la ley 527 de 1999, la cual define varios términos sobre el tema y conceptualmente sobre comercio electrónico relata lo siguiente: “Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera”. Además, con la entrada en vigencia de la presente ley, se dejo un precedente relativo a la validez jurídica contenida en los mensajes de datos y sobre los requisitos jurídicos que éstos deben contener, así, el artículo 5 sobre la validez de los mensajes de datos relata: “No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón de que esté en forma de mensaje de datos.”
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Comerciante solicita la devolución de dinero entregado como contrapartida a la renovación de su matrícula mercantil, que se llevó a cabo por vía electrónica.
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El Principio de Transparencia aplicado a los procesos de selección en la contratación estatal colombiana a través del SECOP es un rito confesional, es decir, debe estar presente tanto y desde la licitación pública como y hasta en la contratación directa, pues ese ‘derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública y la transparencia de la actuación política y administrativa que a través de él se asegura son considerados hoy con toda razón (…) elementos esenciales para la formación de una opinión pública libre y garantías imprescindibles para el buen funcionamiento de las instituciones y para el ejercicio de los derechos fundamentales sobre los que descansa todo sistema democrático’
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Las relaciones Internacionales hoy, se abordan bajo la óptica de la interdependencia Compleja caracterizada por variados canales de acción, una agenda múltiple no jerarquizada y la relevancia del conocimiento y la información, lo que desarrollará agilidad en los procesos, la consolidación del mundo 7 x 241, y la desaparición de las fronteras geográficas. Surge así una nueva visión de la política mundial que privilegia la interacción entre los distintos segmentos de las sociedades nacionales en función de múltiples intereses específicos, dentro de un mundo totalmente transnacionalizado, en el cual debe predominar el concepto de bienestar y específicamente, trabajar enfocados en políticas en materia de productividad y de competitividad por medio del comercio electrónico, para elevar los índices de comercio exterior. En este sentido, la multipolaridad2 se presenta como una característica que representa al sistema mundial de hoy, cuando los centros de poder luchan por desarrollar una infraestructura que apoye la base económica, política y social para impulsar la modernización. Hoy es un hecho, aceptado como natural, el que aunque el Estado siga ejerciendo un papel importante en el orden político internacional, progresivamente el monopolio y la centralización del poder sea disgregado en beneficio de los actores transnacionales, dando lugar a lo que se denomina el Estado de Competencia.
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El presente trabajo tiene por objeto precisar los conceptos jurídicos doctrinarios sobre documento, documento electrónico y título valor electrónico, fundamentándonos en la ley modelo de comercio electrónico aprobada por la ONU, la legislación de la Unión Económica Europea, la Ley 527 de l999, el decreto reglamentario No 1.747 del 11 de septiembre de 2000, la legislación complementaria sobre protección de derechos fundamentales, la doctrina y la jurisprudencia. Para ello, diremos que el comercio electrónico se enmarca dentro de la preceptiva del artículo 2 de la Constitución Política que consagra como principios del Estado social de Derecho la libertad de empresa, la intervención del Estado para regular la economía, y la protección de los derechos fundamentales de la persona humana y propiciar el bienestar de todos los ciudadanos. Por ello esta actividad puede ser desarrollada libremente por cualquier persona, siempre que respete los derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad, la dignidad, la información, la salud pública, el habeas data, el sistema penal, la seguridad nacional y el interés general. Nos dedicaremos entonces a analizar qué se entiende por documento, características, requisitos de validez, prueba y eficacia de los documentos electrónicos y aplicación en las transacciones de bolsa y similares, el documento electrónico, el título valor electrónico y el tratamiento legal que al documento se le da en nuestra legislación.
Resumo:
La ley 550 de Reestructuración empresarial en Colombia surgió en 1999 como una medida de contingencia desarrollada por el gobierno para proteger a la industria nacional ante la crisis que se encontraba atravesando el país en esa década. Por ende el presente trabajo muestra el desarrollo, la ejecución y el progreso de la ley 550 de 1999 desde su nacimiento hasta su evolución mas resiente. Adicionalmente se mostraran casos muy concretos y descripciones específicas de la ley que pueden llegar a ayudar más adelante a los empresarios que se puedan llegar a encontrar en proceso de reestructuración.
Resumo:
eliminar algunos obstáculos jurídicos que se tenían en las relaciones comerciales que existían por esta vía, dotándolas de seguridad y confiabilidad, con el fin de que los intervinientes gocen de tranquilidad al realizar sus transacciones.