947 resultados para LIBERALIZACIÓN DEL INTERCAMBIO
Resumo:
El proceso de liberalización del mercado de telefonía fija en Ecuador tenía como finalidad la introducción de la competencia en un mercado donde las empresas de telecomunicaciones de propiedad del Estado ecuatoriano mantienen el monopolio en la prestación del servicio de telefonía fija. Este proceso estuvo siempre delineado por los 10 lineamientos del Consenso de Washington, basados a su vez en los preceptos de la economía liberal de mercado. Con las recomendaciones planteadas, en Ecuador se dio inicio al proceso de liberalización del mercado de la telefonía fija, para lo cual se realizaron varias reformas normativas para permitir la participación del sector privado en el sector de las telecomunicaciones fijas, y la introducción de la competencia en el mercado de telefonía fija. Sin embargo, a pesar de las reformas, el proceso de liberalización del mercado de telefonía fija en Ecuador no logró cumplir con las expectativas por varios factores atribuibles directamente a la gestión del Estado que no supo aplicar adecuadamente el modelo económico propuesto. Entre estos factores se pueden mencionar el fracaso en la privatización de las empresas de telefonía estatales, la débil actuación del Regulador para que se logren acuerdos de interconexión oportunos y eficaces, la ingerencia política en la dirección de las empresas estatales, y la no eliminación de tarifas subsidiadas.
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La liberalización del comercio de bienes es un medio que establece la CAN para alcanzar sus objetivos de integración aún más ambiciosos, para lo cual ha estructurado un sistema supranacional con un órgano de tipo jurisdiccional independiente que solucione las controversias que surjan del Acuerdo. En la OMC su mecanismo de solución de diferencias se compone de elementos propios de la investigación internacional y de la conciliación, así como de ciertos procedimientos contenciosos. En ambos casos, la liberalización comercial tiene semejanzas, como su fin último de mejorar el nivel de vida de la población, y diferencias como el tipo de normativa que sustenta cada caso: Derecho Comunitario o Derecho Internacional. Ese marco institucional y normativo en el que se encuentra cada mecanismo analizado, permite que se haga un acercamiento de los objetivos de cada uno, que en definitiva se circunscriben a que la normativa que los respalda sea cumplida y de este modo se puedan alcanzar los objetivos del Acuerdo. Por ello, en el presente estudio se hace un análisis detallado y novedoso sobre aspectos puntuales de cada mecanismo, como su estructura, conformación, financiamiento, los legitimados para intervenir ante ellos, los procedimientos y plazos establecidos —que incluyen recuadros ilustrativos sobre el tiempo que debería tomar una controversia—, los tipos de decisiones que adopta cada órgano, los recursos que procede ante cada decisión, su fuerza vinculante y exigibilidad. Tras breves pero claras reflexiones sobre la necesidad de que una norma sea efectiva para que pueda ser eficaz, y sólo de este modo sea posible valorar su eficiencia, se llega a afirmar que no será por un excelente o mal mecanismo de solución de controversias que las normas sobre libre comercio serán reconocidas por los Estados parte, y por ende se cumplan sus objetivos. Sobre esa base se realiza un estudio detenido de la estadística que reflejan las causas tramitadas ante el TJCA y el OSD, a fin de valorar el nivel de actividad de cada uno, los tiempos promedios que tarda cada mecanismo en resolver las causas, y lo eficiente o no de cada etapa en que se lleva a cabo el procedimiento para solucionar la diferencia. También se analizan los costos promedios para acudir ante cada mecanismo, la relación porcentual entre los aportes de los países y su grado de intervención, para demostrar, por ejemplo, que habría más eficiencia si los países que contribuyen con financiarlos actúan de buena fe frente a la normativa correspondiente. También se valora la calidad e importancia de las decisiones y pronunciamientos emitidos por el TJCA y el OSD, a fin de medir sus costos políticos y sociales. De este modo podemos extraer criterios que miran al fiel cumplimiento de la norma como única solución a los conflictos que se presentan, y otros que buscan restablecer la reciprocidad de intereses potencialmente afectada ante lo cual sólo caben acuerdos políticos. Ello permite concluir que si la liberalización comercial viene a ser un elemento para alcanzar un grado de integración que trascienda el libre flujo de bienes entre dos o más países, es oportuno adoptar un auténtico mecanismo de tipo jurisdiccional de solución de controversias. Si el acuerdo comercial no persigue ese tipo de integración, se deberían prever mecanismos de solución de controversias que busquen alcanzar cierta equidad entre lo preceptuado en la norma y las necesidades comerciales del momento y caso concretos.
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Tesis (Maestría en Economía con Especialidad en Economía Industrial) U.A.N.L.
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El propósito del presente texto es problematizar la noción de mujer-objeto bajo la perspectiva de las teorías feministas y los trabajos de Jean Baudrillard. Esto con el fin de mostrar que en los tres modos de producción como son el intercambio primitivo, el capitalismo y el post-fordismo, se identifican diferentes procesos de simbolización –prácticas y relaciones sociales– que son agenciados por la mujer durante los intercambios. Agenciamientos que demuestran como la definición economicista de mujer-mercancía es excedida por los matices de mujer-símbolo y mujer-signo. En ese sentido, se afirma que la desacreditada noción de mujer - objeto no se reduce a la noción de mujer-mercancía o mujer-objeto-sexual, ni a la historia de dominación y opresión en la que usualmente se le encasilla.
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Colombia es un país que aún no llega al pleno desarrollo de sus relaciones comerciales más cuando de intercambios comerciales con Europa se trata. Este desarrollo se entiende como el hecho de haber trazado un largo trayecto del comercio internacional
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Transcripción del Decreto por el que se conceden subvenciones con cargo a las arcas del Ministerio de Asuntos Exteriores al Dto. de Relaciones Culturales, para la creación de centros educativos, institutos españoles y bibliotecas en el extranjero, para favorecer el intercambio cultural y económico, viajes de estudio y concesión de becas.
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Resumen basado en el de la publicaci??n
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Este documento contiene un análisis de los antecedentes y el alcance de la propuesta del Anexo de Turismo hecha en el marco del Acuerdo General de Comercio de Servicios AGCS de la Organización Mundial de Comercio. Ecuador ha sido promotor de esta iniciativa, junto a varios países de América Latina, como: República Dominicana, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panamá, Bolivia, Perú y Venezuela, para que el anexo sea incluido en el marco de las negociaciones del Acuerdo. El comercio de servicios de turismo es uno de los más liberalizados a nivel regional. Ecuador muestra importantes avances en este contexto, razón por la que el país participa activamente en los trabajos que realiza la Organización Mundial del Turismo para que el sector tenga un tratamiento específico y diferenciado en el contexto de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio.
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La Constitución del año 2008 establece que uno de los deberes primordiales del Estado es la planificación del desarrollo nacional, que tiene como propósito a corto, mediano y largo plazo, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para de esta forma acceder a lo que se ha denominado como el buen vivir. Para su realización y consecución el denominado Régimen de Desarrollo, contiene normas que guardan concordancia con algunos aspectos fundamentales como son el sistema económico y las políticas económica,fiscal y comercial; y los intercambios económicos y comercio justo que integran las compras públicas y la regulación y control del mercado, en el cual interactúan los proveedores deobras, bienes y servicios, tanto para el sector público como privado. En la misma línea de pensamiento, debo mencionar que el ordenamiento jurídico ha evolucionado en relación con los preceptos constitucionales, para lo cual contamos a la fecha con relativamente reciente legislación en materia de contratación pública y derecho de la competencia. No obstante, la presente investigación pretende determinar si se aplica o no el principio de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya naturaleza de contratación en la mayoría de los casos es directa. Para el cumplimiento de lo anterior, primeramente se hará un repaso de la libre competencia y la evolución del derecho de la competencia en derecho comparado y lo que ha sucedido en el Ecuador, para posteriormente introducirnos en el análisis de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. Posteriormente continuaré con el estudio de la libre competencia y la contratación pública desde la perspectiva constitucional, la confluencia de ambas ramas del derecho, y una introducción a los procedimientos de Régimen Especial. Finalmente, se profundizará en el estudio sobre aplicabilidad y eficacia del principio constitucional de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
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Incluye Bibliografía
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