12 resultados para Gafi


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El objetivo general de la tesis es la de identificar los efectos generados en el Ecuador, a raíz de su inclusión en la lista negra del Gafi. En específico interesa estudiar cuáles han sido las fallas de su informe y cuáles son los pasos a seguir para salir de la lista. En definitiva resultó ser un proyecto de descripción y recomendación a futuro. En la primera sección del primer capítulo, buscaremos explicar la conformación de los regímenes internacionales, de acuerdo a cada escuela de pensamiento de las relaciones internacionales. Con mayor profundidad, analizaremos el alcance de las normas en el sistema mundial y qué rol cumplen en el manejo de la política internacional. A continuación, buscaremos explicar la conformación del Gafi, su estructura, normativa, legitimidad y el alcance de sus medidas en el sistema internacional. En este apartado estudiaremos el paquete de normas conocido como las 40 Recomendaciones y el anexo de 9 Recomendaciones Especiales para el control al financiamiento al terrorismo. De la misma manera, estudiaremos la vertiente regional del Gafi en Sudamérica, conocida como GAFISUD. Es importante notar que el Ecuador es parte de este organismo, más no de Gafi. Para concluir el capítulo, se incluyeron varios estudios de caso, de tal forma que se pueda observar la aplicación de la normativa del Gafi. Un punto focal de esta sección fue el estudio de Irán y de sus relaciones internacionales. Continuando con lo establecido, el primer segmento del segundo capítulo se enfocó en revisar el informe ecuatoriano y cuáles eran las fallas que determinaba GAFISUD para que el Gafi decretara que el Ecuador debía entrar en la lista negra. Posteriormente se estudiaron los efectos de la inclusión en la economía, política y sociedad ecuatoriana. Finalmente, a modo de conclusión, se trazaron recomendaciones, alternativas y se formularon ciertas consideraciones a ser tomadas a futuro.

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En diciembre de 2009, Ecuador fue incluido en la lista de alto riesgo del organismo intergubernamental GAFI1 (por sus siglas en francés), por insuficiencia de esfuerzos en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo. Las fallas técnicas, al parecer, se muestran en la reunión plenaria del GAFISUD,2 organismo que responde y se encuentra bajo la jurisdicción del GAFI. En esta reunión, los estudios que comenzaron a partir de finales de 2006, demostraron que el Ecuador cumplía con tan solo una de las 40 Recomendaciones que el GAFI establece y con ninguna de las recomendaciones especiales, que tratan específicamente sobre el financiamiento al terrorismo.3 La situación se torno más grave aún, cuando Ecuador, que debía presentar un «Informe de Avance» demostrando los esfuerzos por cumplir con las normativas, únicamente presentó datos independientes que no solo generaron inconvenientes dentro del GAFISUD, sino que a raíz de los pocos datos con los que se contaba, el organismo tan solo pudo presentar un reporte parcial.

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El presente trabajo se presenta en tres capítulos. El primero versa sobre el marco internacional del Comité de Basilea y de cómo se llega a las Cuarenta Recomendaciones del GAFI, y en particular a la creación y asignación de funciones a la UIAF, con breve reseña del fenómeno y los efectos de la globalización, la soberanía en la producción jurídica y la globalización normativa. El segundo se refiere a la delimitación de la función notarial, como una necesaria precisión para establecer el impacto de las recomendaciones del GAFI y en particular en la autorización de la Escritura Pública; define la naturaleza y características de la función notarial, y algunos aspectos relevantes de la función pública notarial en un Estado Social de Derecho. El tercer capítulo, analiza las Recomendaciones del GAFI que imponen nuevas actividades a los notario en ejercicio de la función notarial, para revelar la impertinencia de aquellas frente al contenido de la dación de fe que desnaturaliza la función pública notarial cuando al notario se le impone el reporte de operaciones sospechosas después de autorizada la Escritura Pública, imposición que, además, choca con fundamentos del Estado Social de Derecho. El método de esta investigación será el estudio analítico – descriptivo, con empleo de la inducción que permita la comprensión del complejo entramado normativo nacional e internacional sobre el tema de la compraventa inmobiliaria, la recepción de las Recomendaciones GAFI y la función notarial. La metodología a seguir para el desarrollo de la investigación, tiene dos etapas. La primera de tipo exploratorio mediante la cual se hizo recolección de la información de tipo legal, doctrinal, jurisprudencial e instrumentos internacionales relativos al tema de investigación. En la segunda fase, se procedió a realizar un trabajo de clasificación de la información con el fin de extraer la más relevante para el desarrollo de los diferentes temas del trabajo, con lo cual se soportan las conclusiones encontradas.

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Dissertação de Mestrado apresentada ao Instituto de Contabilidade e Administração do Porto para a obtenção do grau de Mestre em Contabilidade e Finanças, sob orientação do Doutor José Campos Amorim

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Dissertação de Mestrado apresentada ao Instituto de Contabilidade e Administração do Porto para a obtenção do grau de Mestre em Auditoria, sob orientação de Mestre Gabriela Maria Azevedo Pinheiro

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Dissertação de Mestrado apresentada ao Instituto de Contabilidade e Administração do Porto para a obtenção do grau de Mestre em Contabilidade e Finanças, sob orientação do Doutor José Amorim

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Parmi les indicateurs de la mondialisation, le secret bancaire est au centre d'un débat animé en ce moment historique, caractérisé par la globalisation de l'économie, les exigences de sécurité croissantes, l'urgence de la lutte contre le blanchiment des capitaux provenant d’activités criminelles et l’internationalisation expansive des réseaux bancaires. La tendance vers le renforcement de la coopération internationale, met en discussion la forte sauvegarde du secret bancaire de plusieurs pays. La question dirimante est plutôt claire. Il s'agit, effectivement, de savoir jusqu'à quel point le secret, dans sa conception la plus inextensible et inflexible, devient par contre un instrument décisif pour contourner les règles communes,faire une concurrence déloyale sur les marchés et assurer des véritables crimes, par exemple de type terroriste. Pour faire évoluer les situations jugées problématiques, la démarche parallèle des trois organismes BÂLE, l’OCDE puis le GAFI est d’autant plus significative, qu’elle a été inspirée par les préoccupations exprimées au sein du G7 sur les dangers que présenteraient pour l’économie internationale certaines activités financières accomplies sur et à partir de ces territoires. L’ordre public justifie aussi la mise en place de mesures particulières en vue d’enrayer le blanchiment des capitaux provenant du trafic des stupéfiants. Selon les pays, des systèmes plus ou moins ingénieux tentent de concilier la nécessaire information des autorités publiques et le droit au secret bancaire, élément avancé de la protection de la vie privée dont le corollaire est, entre autres, l’article 7 et 8 de la Charte canadienne des droits et libertés et l’article 8 de la Convention européenne de sauvegarde des droits de l’homme et des libertés fondamentales du citoyen, et donc de l’atteinte à ces libertés. Nous le verrons, les prérogatives exorbitantes dont bénéficient l’État, l’administration ou certains tiers, par l’exercice d’un droit de communication et d’échange d’information, constituent une véritable atteinte au principe sacré de la vie privée et du droit à la confidentialité. Cette pénétration de l’État ou de l’administration au coeur des relations privilégiées entre la banque et son client trouve certainement une justification irréfutable lorsque la protection est celle de l’intérêt public, de la recherche d’une solution juridique et judiciaire. Mais cela crée inévitablement des pressions internes et des polémiques constantes,indépendamment de l’abus de droit que l’on peut malheureusement constater dans l’usage et l’exercice de certaines prérogatives.

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Esta tesis realiza un acercamiento a la situación de la cooperación internacional en materia de lavado de activos, en particular en lo que respecta a la relación entre el Ecuador y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en el periodo 2010-2014. Este periodo es importante por su inclusión en los listados públicos de países no cooperantes en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. En el siglo XXI, se ha vuelto recurrente el pretender entender al sistema de relaciones internacionales a través de la teoría constructivista. Sin embargo, el análisis basado en la teoría realista y en las aristas de poder sigue dominando la relación entre los Estados y su funcionamiento en los organismos internacionales. El análisis plasmado en el presente trabajo se ha elaborado desde la visión realista de Keohane, Nye y otros. Se analizan también las contraposiciones entre las visiones de Escudé y Slaughter sobre las teorías de la cooperación Sur-Sur y la comprensión de los principios de gobernanza global y soberanía, respectivamente. La investigación se centra en el estudio de la documentación oficial, no reservada, de las evaluaciones mutuas en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, realizadas por los organismos competentes, de las notas de prensa nacional e internacional; con plena conciencia de que por ser un tema altamente político y delicado, muchas cosas no se dicen o se publican con ligereza. El mal manejo y el desconocimiento del entorno GAFI por parte de las autoridades ecuatorianas designadas para llevar las relaciones del país con los organismos internacionales en materia de lavado de activos, dio como resultado que el Ecuador haya ingresado, retornado y permanecido por tres años en la lista de países con deficiencias serias. El Ecuador ha entrado en un nuevo proceso de revisión, pero deberá cumplir con una serie de requisitos, inclusive más rigurosos que los anteriores, si quiere a futuro redimir su situación en el espacio regional y mundial, en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

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Bundesrat und Parlament trieben die Wiedergutmachung für Opfer fürsorgerischer Zwangsmassnahmen und administrativ versorgter Menschen voran. - Das Bundesgericht beurteilte den Hitlergruss nicht als Verletzung der Anti-Rassismus-Strafnorm und sorgte damit weltweit für Schlagzeilen. - Der Bundesrat gewährleistete die Verfassung des Kantons Tessin und bestätigte damit das Burkaverbot als bundesrechtskonform. - Das Parlament verabschiedete ein dringliches Bundesgesetz über das Verbot der Gruppierungen Al-Qaïda, Islamischer Staat (IS) sowie verwandte Organisationen. - Die Räte konnten sich knapp zur Totalrevision des Bürgerrechtsgesetzes einigen. - Im Hinblick auf das bevorstehende GAFI-Examen 2015 wurde der Vorschlag der Einigungskonferenz zur hart umkämpften Revision des Geldwäschereigesetzes von beiden Räten angenommen. - Die Volksinitiative "Pädophile sollen nicht mehr mit Kindern arbeiten dürfen" wurde vom Volk deutlich angenommen. - Der Nationalrat empfahl die Durchsetzungsinitiative zur Ablehnung und plädierte, sie für teilweise ungültig zu erklären. - Während der Nationalrat bei der Umsetzung der Ausschaffungsinitiative zu starken Konzessionen an die Urheber der Durchsetzungsinitiative bereit war, sprach sich der Ständerat für die Einführung einer Härtefallklausel aus.

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El terrorismo es considerado en la Estrategia Global para la Política Exterior y de Seguridad de la UE como una de las principales amenazas a la seguridad de la Unión Europea. La lucha contra el terrorismo ha dado sus frutos en los últimos quince años, pero este artículo analiza la nueva Estrategia y se pregunta si será suficiente para responder con eficacia a esta amenaza y si se están empleando todos los medios necesarios para atajarla.