999 resultados para Ayudas de Estado


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El presente trabajo estudia el régimen de ayudas de Estado desde la perspectiva del área fiscal y en concreto analizando la problématica derivada de dicho régimen y el Concierto Económico y los Derechos Históricos en la CAPV. El trabajo está redactado y será defendido en castellano.

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La investigación sobre libros de texto en Alemania ha sido importante desde finales de la década de 1940, fue codificada en 1975 y hasta hace poco fue apoyada por la UNESCO. En 2001, el Centro de Textos Educativos y Procesos de Aprendizaje se estableció en el Colegio Universitario de Vestfold en Noruega. En Inglaterra, un grupo de investigadores sobre libros de texto se reunió en torno a la Revista Paradigma-Revista del Coloquio. Este artículo trata sobre una revisión de la investigación internacional sobre ayudas educativas en nombre de la Dirección Noruega de Educación y Formación. El estado de la cuestión dio como resultado un resumen comparativo de países, ejemplos de los resultados más importantes y listas de referencias bibliográficas. Además, el informe identificó temas poco abordados y proporcionó información sobre estudios en curso y proyectados.

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El trabajo analiza los posibles procedimientos de revisión en materia tributaria para proceder a la devolución de ayudas de Estado que se concedieron través de medidas tributarias favorables y que se declaran ilegales por parte de la UE.

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Tratar en profundidad los derechos y deberes de los protagonistas de la educación, espigando para ello las normas constitucionales de los países de la Europa Occidental. Justificar la existencia de la enseñanza privada y las ayudas de los poderes públicos a ella. Ley Española General de Educación de 1970. Art. 27 de la Constitución de 1978 dedicado a la educación. Normas constitucionales de la Europa Occidental. El estudio se estructura en capítulos: introducción. 1. Derechos y deberes de las personas en materia educativa: ¿qué comprende la libertad de enseñanza? 2. Deberes y derechos del estado en la educación: sirve para justificar y delimitar la intervención estatal y sus funciones respecto a los centros privados y a la ayuda y fomento de las mismas. 3. Educación e igualdad: recoge los principios de libertad de enseñanza y de igualdad de oportunidades ante la educación. 4. Educación y gratuidad: se analiza la obligatoriedad de la asistencia a la escuela y la obligatoriedad de la gratuidad por parte de los centros que prestan la enseñanza. 5. Sobre las ayudas del estado a la enseñanza privada; examen sintético del derecho comparado europeo occidental. 6. Los conciertos educativos. 7. Examen evaluativo de las distintas formas jurídicas dependientes de la Iglesia o institutos religiosos acogidos al derecho canónico como los que utilizan formas de derecho mercantil. 8. Constitución y educación: regulación de los derechos y libertades educativas en la nueva Constitución Española. La gratuidad de la enseñanza no es un principio esencial de la educación. Este derecho corresponde al alumno y no a los centros educativos. La libertad de enseñanza mejora la calidad de ésta. La enseñanza no estatal, aun cuando se subvenciona, resulta más barata para el Estado ya que suele poseer mejor administración y mayor interés en el aquilatamiento de los costos y control de los gastos. El Estado tiene el derecho y el deber de crear directamente y sostener escuelas propias, mas no en régimen de monopolio ni cerrando indebidamente las privadas o suplantándolas de manera innecesaria. La homologación, como la apertura de nuevos centros, de ser reglada y concederse automáticamente, siempre que se cumplan las condiciones mínimas establecidas.

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El ordenamiento jurídico portugués consagra un régimen fiscal especial para el sector cooperativo, basado, al igual que otros ordenamientos como el español o el italiano, en la protección de la mutualidad como forma de organización empresarial especialmente benéfica en el plano social. Para alcanzar ese objetivo, el régimen fiscal cooperativo debe ser selectivo, lo que significa que al legislador se le plantea el reto de establecer criterios para separar, dentro del marco cooperativo, lo que debe ser protegido de lo que no merece protección fiscal. El legislador portugués optó por un modelo basado en dos grupos de ramos cooperativos claramente diferenciados según los beneficios fiscales aplicables, ambos con amplias exenciones fiscales. El presente trabajo no se centra en el contenido de los beneficios aplicables sino en las condiciones que las cooperativas deben reunir para acogerse a esos regímenes fiscales favorables. Estos criterios son: i) una división entre operaciones con socios y operaciones con terceros; ii) una delimitación de las operaciones o actividades cooperativas según estén o no vinculadas con el “fin propio de la cooperativa”; y iii) una estructura prevalentemente mutualista del factor trabajo. Esta fórmula legal tiene su raíz en una legislación de 1929 y se ha mantenido hasta el día de hoy debido en parte a un fenómeno de inercia legislativa. El presente trabajo, basándose en la metodología de la sociología jurídica, asienta en una encuesta dirigida a 64 cooperativas, por la que se buscaba indagar hasta qué punto estos criterios (de acuerdo con los que se seleccionan las cooperativas que pueden acogerse a los regímenes fiscales favorables) cuadran con la realidad cooperativa actual. Como era de esperar, la vetustez del régimen hizo que se encontraran desajustes muy significativos, que reclaman una reforma urgente.

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Realizar un análisis territorial de la escolarización en Palma para los niveles de Pre-escolar y Educación General Básica, tomando como base el curso 1984-85. Analizar la oferta y su relación con la demanda de plazas escolares. Averiguar y describir los proyectos de la administración respecto a la creación, reforma y sustitución de lugares escolares. Analizar la situación y las perspectivas de futuro de la escolarización en Palma. Mapa escolar de Palma de Mallorca. Entre los distintos niveles territoriales se considera el barrio como la unidad más aduada para este análisis y se divide la ciudad en 37 barrios. Los niveles de escolarización considerados son los de pre-escolar, EGB y educación especial, tanto de carácter público como en las distintas modalidades de oferta privada. Los barrios se han clasificado en tres grandes tipos en función del nivel socio-económico de su población: alto, medio y bajo. El marco teórico revisa diferentes aspectos de la planificación educativa: origen y evolución, concepto, métodos y técnicas, y últimas investigaciones. El análisis de la escolarización en Palma centra la atención en la oferta existente en preescolar y EGB, para luego contrastarla con la demanda. Finalmente se centran los datos obtenidos de la administración respecto a las construcciones escolares realizadas y en construcción desde el curso 1984-85, así como las previsiones del MEC y del Ayuntamiento. Se utiliza el método de planificación educativa que aporta una dimensión espacial, es decir, un mapa escolar. En análisis de la oferta escolar en cada centro utiliza los siguientes criterios: titularidad, unidades en funcionamiento, alumnos escolarizados, transporte y-o residencia, sector de la población que escolariza, entrada en servicio del edificio, número de aulas en centros públicos, aulas habilitadas o de doble turno, superficie, etc. La oferta se corrige en función de las siguientes variables: un metro y medio por alumno, ratio de 35 alumnos en EGB y 30 en pre-escolar, en colegios de 20 aulas se consideran 16 para EGB y 4 para pre-escolar, las aulas habilitadas no se consideran, se desechan los centros privados con clasificación condicional o sin ella. No se corrige la oferta de la educación especial por su gran diversidad, su falta de regulación y por los datos poco fiables. Las aulas con superficies inferiores se asignan a Pre-escolar, al ser un nivel no obligatorio. Para la relación entre oferta y demanda, se ha determinado la demanda potencial y la demanda efectiva. Ambas demandas coinciden en EGB, al ser un nivel obligatorio, pero en Pre-escolar la efectiva es el 88 por ciento de la potencial. Seguidamente se han cuantificado las diferencias entre la oferta bruta y las demandas, estableciendo una serie de hipótesis sobre las migraciones escolares. El análisis se ha realizado globalmente y para cada uno de los barrios. Se pueden observar gráficos circulares, de barras, cuadros-resumen, etc. Predomina el sector privado aunque se pueden distinguir tres modelos básicos relacionados con diferentes tipos de barrios: 1. Barrios periféricos y/o de nivel socio-económico bajo, en los que predomina el sector público en pre-escolar y en EGB. 2. Barrios del extrarradio y del ensanche con niveles socio-económicos medios-bajos en los que predominan las escuelas subvencionadas con modalidad A, así como barrios residenciales y el de 'ciutat antiga' con niveles socio-económicos altos, también con oferta privada pero de otras modalidades. 3. En los barrios rurales y semirurales predominan situaciones mixtas, es decir, privada en pre-escolar y pública en EGB. Globalmente la oferta está saturada, pero especialmente en el sector privado y en el de pre-escolar. Las situaciones deficientes van ligadas a barrios del ensanche, del extrarradio y de 'ciutat antiga'. Las pocas situaciones de infraocupación de la oferta están ligadas fundamentalmente a barrios mixtos y a niveles socio-económicos bajos. En conjunto, el número de escolarizados es superior al de censados pero la situación varía en función del barrio. Es inferior en los del encanche y superior en 'ciutat antiga', extrarradio y semirrurales, a la vez que en niveles socio-económicos bajos. La oferta pública corregida global supone una tasa de escolarización pública inferior al 50 por ciento pero con desigual distribución territorial. Las situaciones más desfavorecidas van ligadas, fundamentalmente, al ensanche y a niveles socio-económicos medio-altos; las más privilegiadas a barrios mixtos y a niveles bajos. Los 6 centros de EGB edificados desde el año 1984 han sido creados con la finalidad de sustituir las plazas escolares ubicadas en edificios inadecuados, no ha sido así en los cuatro de pre-escolar. En estos años ha variado el sistema de ayudas del estado a la privada. Se ha concertado la EGB con todos los centros de Palma menos algunas excepciones. Nos hallamos al final de una época de expansión cuantitativa derivada de un aumento demográfico y de la obligatoriedad de la enseñanza de los 6 a los 14 años. A partir de ahora los esfuerzos deben tender hacia un mayor número de recursos, una mayor calidad y hacia más años de escolarización obligatoria. Se observa una disfunción entre los objetivos de la política educativa y la realidad del sistema. Todavía existen aulas habilitadas y ratios de más de 40 alumnos. La necesaria expansión cuantitativa de las enseñanzas medias se ve superpuesta a una inacabada cobertura de la EGB. Los objetivos cualitativos se han superpuesto a los cuantitativos. La administración debe superar un liberalismo que conduce fundamentalmente a la consolidación de situaciones injustas en contra de las propias leyes del país, acerca de la política educativa y actuar según esta planificación. Las previsiones a corto y medio plazo anuncian nuevas construcciones. Los solares ya están a disposición del MEC. Esta situación unida a la política de concertaciones con la privada, al descenso de natalidad y a la prevista ampliación del periodo de escolarización obligatoria, permite afirmar que tal inversión acabará con los dobles turnos y con los centros habilitados. Aunque se construya alguna escuela de pre-escolar, la inversión será mayor en las enseñanzas medias. La ratio, estructura interna y requisitos de la privada dependerán más de la dinámica de la demanda que de la intervención de la administración.

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Estudiar el trabajo de los minusválidos en la legislación española. Analiza la condición del minusválido, explica la formación profesional y el empleo de trabajadores minusválidos, examina las ayudas y puestos de trabajo de los mismos, expone la opinión internacional acerca del empleo protegido para minusválidos, la importancia que tienen los centros de empleo protegido, cómo se realiza la inscripción en el registro de centros de empleo protegido y qué tipos de ayudas se conceden a dichos centros, todo ello siguiendo las normas que dicta la legislación española. 1) No existe un concepto único de minusválido, puesto que la terminología utilizada para definir la realidad de la existencia de una serie de personas afectadas de disminución física o psíquica es múltiple y diversa. 2) La formación profesional debería concebirse bajo una doble finalidad, como terapia ocupacional y como preparación a la ulterior reintegración socio-laboral. 3) El empleo del minusválido ha de ser el resultado y culminación del proceso de integración que se le ofrece. Debería ser la etapa final del plan de recuperación, constituida por la información, orientación, rehabilitación médica y formación profesional, impartida esta última con unas previsiones de empleo suficientes para que el minusválido no vea frustrados sus esfuerzos con la falta de un empleo inmediato. 4) El trabajo protegido debe ser tan productivo y remunerado análogamente al realizado por los sujetos normales y adaptado a las necesidades de empleo de los minusválidos. 5) La organización de un taller protegido debe intentar conseguir una atmósfera más bien industrial que institucional. Que los maestros del taller, además de ser técnicos, deben poseer unas cualidades humanas superiores a las de aquellos que están en contacto con trabajadores normales. 6) La consideración de minusválido tomando como punto de referencia una disminución del 33 por ciento, no resulta convincente, sobre todo para los minusválidos psíquicos. 7) La ayuda económica a trabajadores pertenecientes a la seguridad social con hijos u otros familiares minusválidos es totalmente insuficiente. 8) Es positiva la reserva del 2 por cien de la plantilla para trabajadores minusválidos fijos. 9) Respecto a las ayudas del Estado para la creación y mantenimiento de centros de empleo protegido, existe una notable evolución desde 1968 a 1973. 10) En 1970 las bonificaciones que el Estado hacía a las empresas por sus trabajadores minusválidos oscilaban entre el 30 y 60 por ciento, mientras que en 1976 dichas bonificaciones ascendieron, llegando a estar entre el 75 y 100 por cien. Por todo lo expuesto se puede observar que el Estado en estos últimos años ha dado un gran paso en la compleja problemática que el minusválido supone, pero todavía es mucho lo que queda hasta conseguir que aquel se integre en la sociedad en todos los aspectos posibles.

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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.

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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.

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Se transcribe un Informe elaborado por la UNESCO y el Instituto Internacional para la Planificación Educativa, cuyo tema principal gira en torno a la financiación de los alumnos de la Enseñanza Superior. En primer lugar, se establece una justificación de la ayuda pública a la Enseñanza Superior, en la que, apoyando al texto, encontramos un cuadro explicativo con los métodos de ayuda y de financiación a la Enseñanza Superior en forma de becas o reducción de los gastos educativos. Se analizan los métodos de ayuda al alumno y el porcentaje de estos que reciben ayudas del Estado de diferentes países, representándose en un cuadro ilustrativo. Se presentan los objetivos de los programas de ayuda al alumno, la diferenciación entre becas y préstamos y la evaluación de estos sistemas de ayuda al alumno. Por último, se cierra el informe con una serie de referencias bibliográficas recomendadas que complementan y ayudan a entender el estudio que se presenta.

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Esta comunicación parte de un análisis legislativo pormenorizado de las convocatorias de ayudas a la innovación educativa que realizan las Comunidades Autónomas (CCAA) a través de sus departamentos educativos. Se pretende ofrecer una propuesta sobre la tipología documental en innovación que mejore las posibilidades de las categorías establecidas en Redined que ya han quedado obsoletas.

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El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. A partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política de prevención del daño antijurídico en relación con el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico gozan de una especial protección constitucional. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.

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Describe las actitudes de los docentes de EGB 1 y 2 que trabajan en escuelas de sectores populares del conurbano bonaerense en orden a brindar ricas oportunidades educativas a los alumnos en el aula. 8 distritos del conurbano, de escuelas populares de gestión estatal. Descripción que nos lleva a conocer mejor el estado de la situación en todo el conurbano, para tomar decisiones clave y que tienden a mejorar la Formación inicial y la Capacitación en servicio de los maestros vinculados al Instituto de la formación docente. También se hacen intensivos sus resultados a otros institutos, a autoridades educativas y a la población en general, y sobre todo motivar a directivos y docentes, para contribuir a mejorar la calidad de la educación que reciben en la escuela los niños de sectores populares. Cuestionarios, guía de observación, evaluación y entrevistas. El cuestionario expone: el aprovechamiento del tiempo en el aula, sus expectativas, la calidad del trabajo pedagógico, el clima de afecto y el seguimiento personalizado que genera en el aula para favorecer el aprendizaje. Se complementa con una pequeña evaluación en torno a cuál es el rendimiento en lengua y matemática de los alumnos de primero, cuarto y sexto de las escuelas populares para confrontarlo con el rendimiento en las mismas áreas y los mismos años de EGB en tres escuelas de clase media de las mismas zonas para ver si existen diferencias significativas. Finalmente se entrevista por un lado a docentes, directivos, y padres, miembros de las comunidades educativas, y por otro a funcionarios y profesionales comprometidos en el trabajo educativo con niños de sectores populares. 1) Diferencia entre escuelas de gestión oficial y privada(a favor de éstas). 2) Resultados más bajos en distritos más pobres. 3) Notables diferencias en las expectativas con respecto a los 'mejores' y 'peores' alumnos. 4) Clima de efecto positivo pero escasa valoración de las familias y contexto.5) Calidad pobre de trabajo pedagógico. 6) Diferencias con las escuelas de gestión privada.7) La valoración del niño y su contexto y el seguimiento personalizado son mayores en primero. 8) Conciencia de que la educación escolar está en crisis. 9) Consenso sobre desigualdad de oportunidades. 10) Para mejorar la calidad deben ir juntos la contención y la enseñanza de contenidos. En definitiva, se han confirmado las sospechas de que la crisis que esta viviendo a nivel educativo es bastante profunda y necesita rápidas respuestas y acciones para que no se crezca la desigualdad y no se deteriore aún más la frágil confianza que aún despierta la escuela y los docentes en nuestra sociedad. Se han hecha constataciones y descubrimientos interesantes que han abierto numerosos campos de capacitación docente, así como para inaugurar un intercambio con otros investigadores que en nuestro país están comprometidos con temáticas afines y similares.

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Aproximarse a la solución de cuestiones claves a cerca de los pedagogos y de la pedagogía como profesión, mediante el examen de la problemática académica, los estudios de pedagogía y los sectores profesionales relacionados con dichos estudios. Se hace una reflexión desde el campo de la sociología de las profesiones sobre las características integrantes de las mismas, haciendo especial referencia a la pedagogía y a la medicina por considerarse el paradigma profesional, estudia la profesionalización de los pedagogos y la situación actual de la pedagogía, más concretamente la situación de los licenciados de pedagogía en España y se tienen en cuenta las causas que han conducido a esta carrera a la situación desfavorable en que se encuentra y las posibles soluciones que se pueden aportar. 1) La sociología de las profesiones nos demuestra que la creación de nuevos campos ocupacionales, la ampliación y renovación de los ya existentes y la consolidación de las expectativas de nuevos campos ocupacionales y profesionales, es un proceso lento y complejo relacionado con los denominados cambios socioeconómicos, científicos y académicos. 2) La pedagogía carece de reconocimiento público, lo que trae consigo una falta de confianza pública, de status social, por lo tanto menores recompensas económicas. 3) En cuanto a la situación actual en que se encuentra el licenciado en pedagogía se puede apreciar el estancamiento o pérdida de influencia en tres sectores profesionales como son los servicios de orientación, el perfeccionamiento del profesorado e investigación básica y aplicada a cargo de los Ices y el sector de las nuevas ocupaciones. 4) Una de las más urgentes necesidades es trazar las fronteras de esta profesión y esto hacerlo de una forma jurídico-oficial, con lo cual se impedirá el ejercicio de ésta a los intrusos para evitar traer el descrédito para el pedagogo con las consiguientes repercusiones sociales y económicas. 5) La profesionalización del pedagogo va a depender de que las necesidades humanas y sociales, orientadoras de su función, sean científicamente contempladas en su currículum universitario y profesional. 6) Respecto a la situación caótica en la que se encuentra la pedagogía, mejoraría llevando a buen término puntos decisivos como una preparación científica y profesional del pedagogo, lo que supondría una remodelación de los actuales planes de estudio y currículums, una lucha contra el intrusismo que se vería facilitada con la consecución de un Estatuto y Colegio Profesional de los pedagogos, una expansión de las bases científicas de las aplicaciones mediante ayudas adecuadas a la investigación, una definición epistemológica de la pedagogía, para darle sentido y una nueva actitud del universitario hacia la carrera de pedagogía y hacia la Universidad en general.

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Demostrar la participación del Gobierno de Puerto Rico en el nacimiento y desarrollo, por medio de legislación al efecto y ayudas fiscales, del movimiento cooperativista, desde el siglo XIX hasta ahora.. Estudia la doctrina del cooperativismo, analiza los primeros pasos del movimiento cooperativista de Puerto Rico hasta 1945 y su maduración a partir de entonces, y se centra en el Estado y la educación en el movimiento cooperativista. Enfatiza el aspecto educativo de dicho movimiento cooperativista, como medio para desarrollarse y consolidarse como organismo rector de la sociedad y de la economía.. La educación cooperativista falla tanto por la gestión del Estado como por la acción o inacción del propio movimiento cooperativista..