971 resultados para ACTIVIDAD JUDICIAL
Resumo:
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Contenido: Presentación – Homenaje – Coloquio de graduados en derecho canónico 29 julio – 2 agosto 2002: Actualización del Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos a la luz del Sínodo de los Obispos del 2001 : el Obispo al servicio de la comunión / A. W. Bunge – La dimisión del estado clerical-ex officio- de los clérigos no idóneos que han cometido delito grave y rechazar pedirla pro gratia en relación con el período de su formación sacerdotal / A. D. Busso – Admisión al Seminario : discernimiento eclesial y protección de la intimidad en el C.I.C./ M. Colombo – Normas acerca de los delitos más graves reservadas a la Congregación para la Doctrina de la Fe / N. Dellaferrera – Artículos: La Comunión con el cáliz en el rito latino / L. A. Alessio – La sexualidad y la validez del matrimonio / J. Bonet Alcón – El derecho romano cristiano / A. Di Pietro – El servicio de amor en la actividad judicial de la Iglesia / Z. Grocholewski – “Sectas” o nuevos movimientos religiosos ante el derecho argentino / J. G. Navarro Floria – Aspectos del derecho eclesiástico del Estado argentino en torno al patrimonio de las personas jurídicas canónicas / H. A. von Ustinov – Notas – Legislación particular – Crónica de la Facultad -- Recensiones
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Se declaró infundado el recurso de anulación interpuesto contra el laudo arbitral proferido el 26 de agosto de 2010 por el Tribunal de Arbitramento constituido para dirimir las controversias surgidas en relación con el contrato de consultoría No. 104 de 2007, celebrado entre el señor Juan Bernardo Botero y la Empresa de Obras Sanitarias de Caldas S.A., E.S.P. - EMPOCALDAS S.A., E.S.P.
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Esta tesis doctoral examina las repercusiones de la llamada "Gran Depresión" de finales del siglo XIX sobre la sociedad rural catalana a partir del análisis del que puede ser visto como uno de los síntomas más característicos de cualquier crisis agraria: la pérdida de derechos de propiedad sobre la tierra o sobre otros inmuebles de carácter rural como consecuencia de reclamaciones de deudas, promovidas por particulares o por el Estado, que culminaron en subasta pública. El trabajo ha sido dividido en dos secciones. En la primera se analiza la desposesión causada por procedimientos ejecutivos impulsados por la Administración de Hacienda por impuestos impagados. En la segunda se ha estudiado la actividad judicial que concluyó en subasta pública de bienes inmuebles, y se han mostrado sus relaciones con la situación agraria, especialmente en los sectores del trigo y de la vid.
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El profundizar desde el Ecuador en el poco explorado campo de la justicia transicional y el derecho penal internacional es una labor necesaria, actual y relevante, partiendo de la problemática a la cual se enfrentan una gran cantidad de países del globo al intentar brindar verdad, justicia y reparación a las numerosas víctimas de violaciones de derechos humanos sufridas durante dictaduras y regímenes autoritarios. En este contexto, la expedición en Ecuador de una Constitución garantista en 2008, la labor de la Comisión de la Verdad Ecuador con su Informe Final presentado en 2010, y la reciente actividad judicial emprendida por la Fiscalía General del Estado marcan un hito en el ámbito nacional en cuanto al respeto y garantía de los derechos humanos. Pese a lo anterior, estos avances son apenas los primeros pasos de un largo y arduo camino. Este libro pretende contribuir de forma crítica, con elementos teóricos y prácticos, al debate doctrinario sobre las comisiones de la verdad, la judicialización de las graves violaciones de derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad, con especial referencia a la experiencia ecuatoriana, sin dejar de lado los valiosos aportes de otros países.
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La Constitución Política de Colombia de 1991 consagró por vez primera las acciones populares de tutela y cumplimiento como mecanismos de control judicial de la actividad administrativa del Estado.
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Antiguamente se consideraba que la facultad discrecional de la administración estaba exenta de control, lo que constituía, sin lugar a dudas, un privilegio a favor de los gobernantes, quienes podían actuar de manera arbitraria y contra ley, sin resquemor alguno. Frente a esta situación de inseguridad jurídica y abuso del poder, la humanidad siempre luchó por evitar y disminuir el abuso del poder, y es así como llegamos al denominado Estado de Derecho, que propugna la sumisión de todas las actuaciones del Estado a la Constitución y la ley, es decir, nada puede quedar fuera o exento de control. Allí se concibió como necesaria la facultad discrecional de la administración para tomar decisiones oportunas, pero no como una antítesis de la facultad reglada, sino también como una prerrogativa legal. Este cambio de concepción de la facultad discrecional de la administración, lleva implícita otra consecuencia y dice relación a la pregunta de ¿cómo pueden los jueces hacer un control judicial pleno de las actividades derivadas de la potestad discrecional de la administración? El tema que se pone en la palestra para su discusión ha sido objeto de múltiples escritos, foros académicos, debates interminables y mucha tinta derramada, pero aún no existe una posición consolidada y unificada respecto de cómo hacer ese control, en lo único en que todos coinciden es en la circunstancia de que los actos administrativos dictados en ejercicio de una facultad discrecional de la administración, son perfectamente impugnables. Para lograr un control pleno de las actividades administrativas, se hace indispensable el reconocimiento de una jurisdicción contencioso administrativa plenaria y universal, integrada por jueces independientes, imparciales y competentes, que conciban su labor de control efectivo, sin escudarse en subterfugios, ya sea para dejar de resolver o negar demandas de manera sistemática en casos discrecionalidad. Tal situación resulta inconcebible con el actual marco constitucional en vigencia, que determina la obligación de fallar no solo sobre normas sino también sobre principios, lo que permite a los jueces ampliar sus fronteras, superar el criterio de que la jurisdicción contencioso administrativa es exclusivamente revisora e impide que se deje sin tutela judicial efectiva a ningún ciudadano.
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Durante el periodo 2002 - 2008, el Gobierno y el Congreso crearon una serie de leyes que, en vez de solucionar los problemas que aqueja la administración de justicia, agravó la situación con el establecimiento de ordenamientos jurídicos paralelos y competencias institucionales con diferentes impactos, descuidando los criterios de autonomía, calidad y oralidad que debe perseguir el sistema judicial colombiano.
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ante la existencia de un marco legal y reglamentario precario, se han identificado algunos problemas en el desarrollo de la función de supervisión e interventoría desde la óptica meramente contractual aplicada en los organismos que hacen parte de las ramas legislativa y judicial. en tal sentido resulta pertinente realizar un análisis comparativo de los instrumentos adoptados al interior de cada entidad, en consecuencia el problema de la presente investigación se plantea a partir del siguiente cuestionamiento: ¿las formas de autorregulación implementadas por los órganos de las ramas legislativa y judicial para el control de la actividad de contratación en defecto de una regulación legal y reglamentaria al respecto les permiten disponer de un marco jurídico apropiado para el ejercicio adecuado de la supervisión?.
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Presentar un modelo de intervención en libertad cuya finalidad es la reeducación de los menores y jóvenes entre 14 y 18 años que desarrollan conductas delictivas reincidentes y que están sujetos a una medida judicial de medio abierto dictada por un juzgado de menores. 5 jóvenes reincidentes o multirreincidentes del barrio de Camp Clar de Tarragona sujetos al medio abierto. Plantea un marco conceptual sobre la intervención en libertad respecto la actuación educativa en las medidas judiciales y sobre dos modelos de referencia de Inglaterra y Gales. Realiza un estudio descriptivo de la población destinataria del modelo de intervención y presenta el modelo de intervención en libertad ad hoc, basado en las concepciones teóricas de Demman, la Psicología social, la Psicología cognitiva, la Pedagogía y algunas teorías criminológicas. Realiza un ensayo del modelo en un grupo de jóvenes y una evaluación del modelo a partir de las valoraciones y reflexiones de los sujetos objeto de estudio. En función de los datos obtenidos diseña un doble currículum: correccional y compensatorio. Entrevistas e instrumento de valoración individual del modelo ad hoc. La aplicación del modelo de intervención en libertad ha producido en los sujetos una clara tendencia general al abandono de la actividad delictiva, no obstante destaca la necesidad de continuar con el seguimiento post-intervención de los jóvenes y de realizar numerosos ensayos.
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Se presenta una experiencia realizada con alumnos de E.S.O. para acercar el sistema judicial al educativo. Se realiza en colaboración con un juez de la localidad quien acude al centro para dar una charla informativa sobre su actividad. Los alumnos visitan el juzgado y posteriormente, reflexionan en clase sobre el conflicto presenciado, relacionado con la posesión de tierras, y sus posibles soluciones. En último lugar, se simula un juicio en el aula. Se pretende con esta experiencia desarrollar una conciencia crítica en el alumnado ante los conflictos y, en concreto, los conflictos territoriales por ser comunes en su entorno. Por otro lado, se intenta también que la escuela interactúe con la sociedad y sus instituciones.
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La presente tesis de maestría, elaborada con base en el estudio crítico del ordenamiento jurídico comunitario andino, las orientaciones doctrinarias y la jurisprudencia de mayor relevancia para el tratamiento de cada uno de los temas, plantea los elementos de análisis necesarios para comprender, a profundidad, la forma en que el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ejerce sus competencias y, por consiguiente, los límites que la norma supranacional ha impuesto a su actividad jurisdiccional. En ese contexto, el trabajo inicia con una breve revisión de los antecedentes y el proceso que permitió la creación del órgano judicial comunitario, a objeto de mostrar la estructura y la forma en que funciona, así como los principios básicos desarrollados en su vasta jurisprudencia y que dan sustento a su actuación, de modo que, más adelante y en la línea de estas reflexiones previas, da a conocer el alcance jurídico de cada una de sus competencias frente a aquellas que, por su propia esencia, corresponden a los jueces nacionales. Así, luego de la identificación y valoración de los límites dentro de los cuales se inscribe la actividad del Tribunal, efectuada en función de sus pronunciamientos y criterios más importantes, la investigación continúa con el reconocimiento de los efectos jurídicos que producen sus autos, providencias y sentencias, de tal manera que los límites de su actividad jurisdiccional también son vistos desde un enfoque práctico, y, finalmente, concluye con la exposición de algunas conclusiones que sintetizan las líneas de reflexión seguidas a lo largo de la tesis.
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En la Constitución de 1998 se produjo el reconocimiento constitucional de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y del pluralismo jurídico existente en el país, ello permitió la legitimación de las resoluciones tomadas por sus autoridades competentes de sus conflictos internos en base a sus propios procedimientos, usos y costumbres ancestrales, garantizando el derecho a su identidad, autodeterminación y autonomía de los pueblos, comunidades y nacionalidades indígenas a fin de restablecer el equilibrio y armonía dentro de la misma. Estas resoluciones por norma constitucional tienen el mismo carácter jurídico y fuerza vinculante que las sentencias expedidas por autoridades jurisdiccionales estatales. Por tanto, sin que se necesite ratificación del sistema judicial estatal, las decisiones jurisdiccionales indígenas surten el efecto de cosa juzgada, debiendo ser obedecidas por las partes involucradas, consideradas por la comunidad y respetadas por las autoridades y las instituciones del Estado respetando y garantizando la aplicación del principio non bis in ídem constitucionalmente reconocido. Sin embargo, se hace necesaria su limitación explícita a fin de evitar que sus procedimientos y sanciones vulneren derechos humanos, razón por la cual la Corte Constitucional debe ser la encargada de controlar la conformidad de estas resoluciones con los preceptos constitucionales, respetando el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales que les son reconocidas, esto es, sobre la base de sus tradiciones ancestrales y derecho propio, conforme lo reconoce la vigente Constitución.
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El concepto de actividad física es concebido de diferentes formas. Mostrando que existen varios factores que afectan de manera directa e indirecta la percepción que los sujetos construyen entorno a él, generando así una aproximación a diferentes definiciones de la actividad física desde varias perspectivas y dimensiones, donde predomina una noción netamente biológica. Este estudio pretende analizar, como desde las clases sociales se concibe la actividad física en sus conceptos y prácticas considerando los modelos de determinantes y determinación social para la salud. Con fin de comprender como los autores de la literatura científica conciben la actividad física y la relación con las clases sociales, desde una perspectiva teórica de los determinantes sociales de la salud y la teoría de la determinación social, se realizó una revisión documental y análisis de contenido de los conceptos y prácticas de la actividad física que se han considerado en los últimos 10 años. Para ello se seleccionaron las bases de datos PubMed y BVS (Biblioteca Virtual de Salud) por sus énfasis en publicaciones de salud mundialmente. Mostrando que la actividad física es concebida dominantemente desde una perspectiva biológica que ejerce una mirada reduccionista. Las relaciones entre actividad física y las clases sociales están claramente establecidas, sin embargo, estas relaciones pueden discrepar teniendo en cuenta el concepto de clase social, el contexto y la orientación de los autores y las poblaciones objetos de estudio. Obteniendo como resultado que los estudios documentados, revisados y analizados muestran una clara tendencia al modelo de determinantes; no obstante, algunos estudios en sus análisis se orientan hacia el modelo de determinación social. En cuanto al concepto de clases sociales los autores consideran una combinación de factores culturales y económicos sin atreverse a adoptar un concepto específico.