988 resultados para 346.02
Resumo:
Los contratos nacen para cumplirse, y por esto lo normal es que su muerte se efectúe honrando la palabra empeñada. La terminación del contrato ocurre entonces sin mayores sobresaltos, mediante la aplicación de las probadas reglas del “pago”. Algo similar ocurre cuando las partes deciden pacíficamente y de mutuo acuerdo poner término al contrato sin cumplirlo, pues, como es sabido, en el derecho las cosas se deshacen (sin problemas) como se hacen. Pero existen otras formas de terminación del contrato más conflictivas, que dan origen a diferencias entre las partes y, porque generan un abundante contencioso, exigen una mayor atención de los juristas. Es lo que ocurre cuando las partes difieren acerca de la validez originaria de su acuerdo o sobre la subsistencia en el período de ejecución de obligaciones que nacieron válidamente. Entonces, la paz entre los contratantes se acaba y la tarea de jueces y juristas es discernir las patologías que puedan afectar al contrato: si tiene algún vicio de inexistencia, validez o ineficacia, o si opera la resolución, la imprevisión u otra forma de terminación durante su cumplimiento. En este libro el lector – abogado, académico y estudiante – encontrará lúcidos y útiles estudios sobre estas materias, que dan cuenta de forma documentada de los antiguos antecedentes de estas discusiones, de su interés renovado por la evolución reciente del derecho comparado y de las soluciones prácticas que los diferentes sistemas jurídicos les otorgan.
Resumo:
Las redes cerradas permiten que las personas se conozcan y hacen mas seguro el proceso contractual sin embargo gran parte del desarrollo de la contratación electrónica ha tenido lugar en Internet no podemos saber si efectivamente estamos contratando con una persona o con un agente
Resumo:
La comunicación debe concebirse como aquello sin lo cual la sociabilidad del hombre no sería posible y tampoco existiría la cultura como algo real, puesto que es el hombre, quien la va creando como un hecho social. Lo cierto es que sin sociedad
Resumo:
Esta tesis se ocupa de analizar la eficacia de la cláusula de solución de controversias contractuales dispuesta en la contratación estatal que es financiada con recursos del Banco Mundial –regla de excepción a la aplicación del Estatuto General de Contratación Pública– pues en las normas de contratación de dicho organismo, se ha previsto que ante un conflicto contractual corresponde a un conciliador (versión 2008 de las normas Banco Mundial) o a un mediador (versión 2013) “tomar una decisión” para resolver la controversia con fuerza vinculante para las partes. La reflexión aborda el papel del “conciliador” o “mediador” según las facultades que le atribuyen las normas del Banco Mundial y su distinción respecto al concepto legal que prevé el ordenamiento nacional, donde el conciliador o mediador no toman decisiones y en consecuencia no es clara la forma de acudir a estas figuras. El reto nos lleva a considerar dos alternativas de aplicación de la cláusula para hacerla eficaz: el primero, considerar a la mediación como una figura autónoma regulada en el contrato por autorización de nuestro Estatuto de Contratación Estatal y de los Convenios suscritos con organismos internacionales, a partir de la cual se reconozca la producción de los efectos indicados por el Banco Mundial en cabeza del mediador; en segundo lugar y para desatar el efecto útil de la cláusula, considerar a la mediación como figura análoga a la amigable composición, y tramitar la solución de controversias bajo esta figura.
Resumo:
El derecho internacional, como el derecho administrativo de cada Estado, se encuentra vinculado a la finalidad universal del derecho. No obstante, la influencia de la comunidad internacional en los asuntos jurídicos de los Estados está generando, con el auge de la globalización, mecanismos o instrumentos que de forma no impositiva pero sí persuasiva, vienen delimitando las competencias estatales. Estos instrumentos ejercen la función de ordenar los ámbitos de validez de dichas competencias jurídicas y administrativas internas, a través de formas declaratorias de carácter internacional, mediante normas jurídicas blandas denominadas soft law. El amplio y variado uso del soft law en temas como los derechos humanos y el medio ambiente plantea una dificultad para la teoría tradicional de fuentes, inspirada en la voluntad de los Estados, los cuales se constituyen a partir de su soberanía estatal (hard law). Esto sugiere una dicotomía jurídica, en donde el soft law se contrasta con las reglas legales que definen obligaciones específicas de hard law, es decir, “son normas o principios más abiertos o generales en su contenido y significado, comprendiéndose como suaves. En tal caso, el Soft Law plantea una apertura a la internacionalización y democratización del derecho administrativo. La creciente adopción de instrumentos de soft law de influencia internacional o global permite la participación de actores no estatales, tales como las organizaciones no gubernamentales (ONG), y de carácter civil en la construcción de políticas e instrumentos que en ocasiones adquieren más legitimidad que las leyes creadas para atender tales asuntos.
Resumo:
Berichtigung des mißverstandenen vorhergehenden Briefs, Krebbelzeitungen, Frankfurter Latern
Resumo:
Universidade Estadual de Campinas. Faculdade de Educação Física
Resumo:
A new and promising nitrosyl ruthenium complex, [Ru(NO)(bdqi-COOH)(terpy)](PF(6))(3), bdqi-COOH is 3,4-diiminebenzoic acid and terpy is 2,2`-terpyridine, has been synthesized as a NO donor agent. The procedure used for [Ru(NO)(bdqi-COOH)(terpy)](PF(6))(3) synthesis has, apparently, yielded the formation of two isomers in which the ligand bdqi-COOH appears to be coordinated in its reduced form (bdcat-COOH), which could have differences in their pharmacological properties. Therefore, it was intended to separate the two possible isomers by high-performance liquid chromatography (HPLC) and to characterize them by high resolution mass spectrometry (QTOF MS) and by magnetic nuclear resonance spectroscopy (NMR). The results obtained by MS showed that the ESI-MS mass spectra of both HPLC column fractions, e.g. peak 1 and peak 2, are essentially equal, showing that both isomers display nearly identical gas-phase behavior with clusters of isotopologue ions centered at m/z 573, m/z 543 and m/z 513. Regarding the NMR analysis, the results showed that the positional isomerism is located in the bdqi-COOH ligand. From the observed results it can be concluded that the synthesis procedure that has been used results in the formation of two [Ru(terpy)(bdqi-COOH)NO](PF(6))(3) isomers. (c) 2009 Elsevier B.V. All rights reserved.
Resumo:
We show the results in Chalishajar [Controllability of mixed Volterra-Fredholm-type integro-differential systems in Banach space, J. Franklin Inst. 344(1) (2007) 12-21] and Chang and Chalishajar [Controllability of mixed Volterra-Fredholm type integro-differential systems in Banach space, J. Franklin Inst., doi:10.1016/j. jfranklin.2008.02.002] are only valid for ordinary differential control systems. As a result the examples provided cannot be recovered as applications of the abstract results. (C) 2008 The Franklin Institute. Published by Elsevier Ltd. All rights reserved.
Resumo:
A cess??o de uso de im??veis residenciais funcionais de propriedade da ENAP ?? regulamentada por meio da Resolu????o n?? 2, de 24 de fevereiro de 2011.
Resumo:
Journal of Cultural Heritage 9 (2008) 338-346
Resumo:
Descreve-se a epidemiologia da raiva animal na região de Araçatuba, noroeste do estado de São Paulo, durante o período de 1993 a 2007, com base nos resultados dos diagnósticos realizados em laboratórios da região, utilizando as técnicas de imunofluorescência direta e inoculação intracerebral em camundongos. De 10.579 amostras analisadas, 4,9% foram positivas (518/10.579). Os casos em cães corresponderam a 67% (346/518) do total e ocorreram entre 1993 a 1997. Dentre as demais amostras positivas, 16% do total (84/518) foi detectado em bovinos e 9,7% (50/518) em morcegos. Dos 42 municípios da região, 23 (55%) apresentaram pelo menos um caso positivo da doença, sendo que 13 deles registraram casos em morcegos. Foram identificados três ciclos distintos da raiva na região Noroeste do Estado de São Paulo, o ciclo urbano caracterizado predominantemente pela raiva canina (1993 a 1997) e os ciclos aéreo e rural, a partir de 1998 com predominância de casos em quirópteros nas áreas urbanas e em herbívoros.