352 resultados para SENTENCIAS
Resumo:
[ES]Con el desarrollo de las nuevas tecnologías, se han facilitado las relaciones, acortado el tiempo de espera y agilizado los trámites con la Administración Pública. Estos adelantos, sin embargo, han propiciado que sea necesario proporcionar información de carácter personal de los ciudadanos, que en la mayoría de los casos es sensible. Es por esto que en los últimos años se han ido modificando e introduciendo nuevas leyes que permiten proteger estos datos de carácter personal. Cuando un contribuyente realiza sus obligaciones tributarias suministra datos de carácter personal a Hacienda, datos que están protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos. El Sistema Tributario deber ser eficaz y transparente. Sin embargo, cabe preguntarse dónde se sitúa el límite a esa transparencia. Con el fin de que la transparencia sea máxima y de que la ciudadanía se conciencie de la importancia de cumplir con sus obligaciones tributarias el legislador se ha planteado la posibilidad de publicar una lista de deudores y las sentencias firmes condenatorias de grandes defraudadores. Esta publicación de las listas aparentemente vulneraría los derechos de los ciudadanos en lo referente a la protección de datos con opiniones encontradas. Tras informes de diferentes organismos se ha llegado al Proyecto de Ley de Modificación parcial de la Ley 58/2003, General Tributaria (Boletín Oficial de las Cortes Generales del 30 de abril de 2015), que permitiría publicar las listas con ciertos límites: publicación únicamente del nombre de la persona física o jurídica y DNI o NIF. Además, para permitir la publicación de las sentencias firmes de los defraudadores, recientemente se ha aprobado el Proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
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Número monográfico dedicado a Petrarca y el humanismo en la Península Ibérica.
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El trabajo sobre dicho caso es solamente una escusa, para hablar sobre una serie de principios que están estipulados en las sentencias de los diferentes tribunales (AP STJ, STSJPV Y STS) que han tratado de dilucidar el verdadero sentir de la absolución o no del único acusado del asesinato ocurrido en el monte “Pagasarri “de Bilbao, hace una serie de años. Los tribunales en sus sentencias, no solo se apartan de lo que deberían de contestar sino que realizan valoraciones a mi entender mucho más arraigadas a otras cuestiones que verdaderamente no pertenece a su cometido. Por lo que, trato de aclarar una serie de intereses generales del proceso y no trato de aclarar los problemas particulares dado que estos últimos, los ha estudiado con detenimiento mi tutor del trabajo fin de grado “Juan Igartua”, en sus diferentes trabajos. El objetivo por lo cual es, presentar la verdadera corriente sobre “la sucinta explicación” que tiene la Sala 2ª del TS. Habiendo creado una postura para no seguir mas haya con el problema, siendo un parche simplemente para un descosido.
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En esta comunicación presentamos el sistema tutorial inteligente, al que hemos llamado AGENTGEOM, y analizamos cómo interactúa con un alumno en la resolución de un problema que compara áreas de superficies planas. En esta interacción, el alumno llega a apropiarse de habilidades estratégicas y argumentativas en la resolución de problemas. Observaremos que estas apropiaciones son consecuencia de las formas de comunicación alumno-AGENTGEOM, en las que se combinan construcciones gráficas y sentencias escritas que siguen las normas del lenguaje matemático, y la emisión de mensajes escritos en lenguaje natural.
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La literatura oral está despertando un interés cada vez mayor, lo que se refleja, por ejemplo, en el aumento de los coloquios sobre esta materia o en la creación de revistas dedicadas a estudiarla; actos muy loables, pues contribuyen a fomentar este tipo de investigación e ir cubriendo así las lagunas existentes en el estudio de las manifestaciones lingüísticas caracterizadas por su oralidad, como sucede con los refranes, los proverbios, las sentencias, las máximas.
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Se declaró infundado el recurso de anulación interpuesto contra el laudo arbitral proferido el 26 de agosto de 2010 por el Tribunal de Arbitramento constituido para dirimir las controversias surgidas en relación con el contrato de consultoría No. 104 de 2007, celebrado entre el señor Juan Bernardo Botero y la Empresa de Obras Sanitarias de Caldas S.A., E.S.P. - EMPOCALDAS S.A., E.S.P.
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Pretende formar en la lógica al tiempo que se aprende la sintaxis del Prolog, de ahí que se consideren las estructuras sintácticas desde el punto de vista de la semántica como medios de representación-deducción de conocimientos. La razón es que se trata de un sistema de autoaprendizaje sin un maestro sino por ejemplos de descripciones características y descripciones discriminantes. Objetivos: iniciar una investigación, con métodos propios, de un área de aprendizaje 'La Alfabetización Informática' intentando que el sistema fuera motivador, de autoaprendizaje y además ayude a consolidar las operaciones lógico-formales y la capacidad de abstracción. El objetivo de cuestionario es ayudar a interpretar y predecir el comportamiento del sujeto en el programa y detectar elementos de dificultad del mismo. Elaboración de un programa de autoaprendizaje del Prolog orientado a niños entre 12 y 14 años. El método general es el inductivo: son los ejemplos los que proporcionan la escalera de ascenso a las clases de conceptos. Comenta las diferentes aproximaciones hechas sobre enseñanza de programación lógica en la escuela como son las de Gran Bretaña en el Imperial College, en Italia y en Portugal. Estudia los condicionantes para que fuera motivador y de autoaprendizaje. Las fases del trabajo son: traducción del lenguaje natural a Prolog, construcción de hechos sencillos como sentencias descriptivas, consulta de esa base de hechos e introducción de reglas. El programa está estructurado por niveles, es preciso superar uno para pasar al siguiente. Cada nivel contiene una evaluación final. Cuestionario 'ad hoc' dividido en cuatro bloques que recogen información acerca de las características generales del sujeto, la experiencia de interacción con la máquina, historia de su presentación y el tipo de preguntas que se realizan y los conceptos elementales del lenguaje de programación. Se utiliza un sistema de aprendizaje de adquisición de conocimientos por medio de ejemplos. Priman los aspectos sintácticos sobre los semánticos pero los primeros están orientados a los segundos. La historia motiva y gusta al niño, lo cual ya es un logro importante ya que de lo que se trata es de iniciar a los niños en la informática de un modo distinto. Uno de los conceptos mejor asimilados es el de la sintaxis en la construcción de hechos, así como en la importancia del orden de los argumentos. Las perspectivas de desarrollo de este trabajo, según el autor, son muchas, entre ellas destaca: crear un metasistema de control del alumno para que exista una especie de árbol de los conceptos a desarrollar y de las preguntas que abordan esos conceptos y seguir perfeccionando la programación lógica, Prolog, para lograr un verdadero sistema experto de aprendizaje para niños.
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Esta cuarta edición de Hermenéutica jurídica tiene como base las enseñanzas contenidas en las ediciones anteriores, en las cuales se resaltó la hermenéutica como ciencia del proceso interpretativo, el diálogo hermenéutico, la distinción entre hermenéutica de primer nivel (interpretación de la norma jurídica) y la hermenéutica de segundo nivel (interpretación de la jurisprudencia). La nueva edición tiene adiciones, como por ejemplo: el acceso a la justicia, la influencia de la ideología en la interpretación jurídica, la caracterización de los observadores de jurisprudencia y el valor vinculante de la razón de la decisión en las sentencias. Está dirigida a lectores nacionales y de fuera del país, interesados en el manejo de la lógica, de los principios, criterios, reglas y métodos interpretativos.
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Este libro trabaja el tema de la acción de tutela en contra de providencias judiciales, que es el asunto más polémico del sistema colombiano. El lector encontrará aquí el desarrollo de tres dimensiones dogmáticas de la figura: la dimensión analítica, presente en la determinación de los conceptos fundamentales de la vía de hecho, sus características, su clasificación y la determinación del lugar que ocupa en la estructura del sistema constitucional colombiano; la dimensión empírica, que dispone el comportamiento real de la tutela contra sentencias, desde las violaciones concretas de los derechos fundamentales, efectuadas por los fiscales, jueces y magistrados en Colombia, y la dimensión normativa, que permite el balance de la práctica jurisprudencial, desde la consideración de las soluciones argumentalmente consistentes ofrecidas por la justicia constitucional. En lo descriptivo, la obra reconstruye quince años de evolución jurisprudencial de la figura, desarrolla cada una de las causales genéricas de procedibilidad de la tutela contra sentencias y hace el balance analítico de lo que impropiamente ha sido denominado como el choque de trenes.
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La tesis tiene como objetivo central, desde un punto de vista crítico en el que se resalta la influencia de la política y del sistema económico en las decisiones judiciales, exponer la forma en que las autoridades judiciales y administrativas han interpretado las normas que regulan la competencia en Colombia, específicamente el caso del artículo 7 de la Ley 256 de 1996. Y preguntarse si dependiendo del método de interpretación que se acoge al momento de fallar se busca reforzar o no el modelo económico liberal, en especial la adopción de los argumentos que sustentan la decisión.
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Esta monografía pretende establecer en que medida la relación entre ONG locales e internacionales ha logrado afianzar procesos de luchas políticas de la población LGBT a partir del estudio de la relación entre Colombia Diversa y Human Rights Watch. Los propósitos particulares que persigue la investigación giran en torno a tres puntos: primero, analizar el surgimiento y la consolidación de Colombia Diversa y el papel de las ONG en el sistema internacional; segundo, analizar la relación entre ONG locales y ONG internacionales, y tercero, analizar el efecto bumerang producto de la relación entre ONG nacionales e internacionales. La investigación recoge y aplica el modelo analítico de Margaret Keck y Kathryn Sikkink sobre redes trasnacionales de defensa y lo aplica al caso de estudio de Colombia Diversa y Human Rigths Watch. El estudio detallado del modelo planteado por Keck y Sikkink nos permite reconocer diferentes etapas de lucha, deslocalización e influencia o incorporación que permite mirar un número importante de variables para lograr comprender el trabajo de las ONG. Se espera que el presente texto sirva para que el lector entienda el funcionamiento de las redes trasnacionales de defensa aplicado a un caso poco estudiado, que incluye análisis de dinámicas internas e internacionales. Diferente a lo planteado hasta el momento en los textos que abordan el tema LGBT en Colombia, esta monografía no hace un análisis jurisprudencial fuerte de las sentencias que han reconocido los derechos de las parejas del mismo sexo, por el contrario pretende hacer un análisis amplio de la actuación de las ONG en general, sus acciones e incorporaciones a partir de los postulados del transnacionalismo.
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En esta tesis se investigó lo relativo al cumplimiento de los fallos dictados en primera instancia por los tribunales administrativos y en segunda instancia por el Consejo de Estado de las acciones populares en materia de aguas, desde el año 1998 hasta el año 2007 aproximadamente de acuerdo con la disponibilidad de los expedientes que reposan en la entidad encargada legalmente de llevar el registro de dichas acciones. Dentro de la investigación se encontró que del porcentaje total de las acciones presentadas, únicamente el 22% es favorable en las dos instancias para los actores y de ese porcentaje se desprendieron los demás ítems analizados, tales como: seguimiento, forma de cumplimiento, tiempo de cumplimiento entre otros. Así mismo se estudiaron los aspectos relevantes del derecho humano al agua y su incidencia en las políticas públicas actuales. Finalmente se presentan unas conclusiones enfocadas al cumplimiento de las acciones populares en materia de aguas y al seguimiento que deben hacer los actores de las mismas, con el fin de que se retome el carácter esencial de éstas y no sean acciones netamente pecuniarias.
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Esta tesis producto del trabajo de investigación se planteo sobre las bases de un derecho administrativo interno creado para resolver los problemas suscitados al interior del Estado en consonancia con los postulados constitucionales, teniendo en cuenta el artículo 4° en que se establece la supremacía de la Constitución y los artículo 9°, 93, 94 y 224 al 227 que ordenan el desarrollo del derecho de integración en el marco de los países Latinoamericanos y del Caribe, por lo que surge la imperiosa necesidad de armonizar el derecho de la integración con el ordenamiento jurídico nacional y en especial con el derecho administrativo quien deberá recepcionar el mencionado ordenamiento supraestatal, alterando las tradicionales concepciones de las fuentes de este derecho interno. Por lo tanto, desde la perspectiva del derecho administrativo comprendido como un derecho legislado que regula las relaciones entre el Estado y los particulares en el que prevalece el “principio de legalidad” de los actos administrativos, se puede intuir que constituye un problema jurídico los impactos derivados de los tratados de integración, donde nos preguntamos sí las categorías de fuentes actuales del derecho administrativo son las adecuadas para abordar la recepción de estas disposiciones Por lo que al explorara las incidencias en el derecho administrativo con ocasión de la recepción del derecho de integración con particular énfasis en la Comunidad Andina, identificamos que uno de los rasgos más distintivos del ordenamiento jurídico andino, como el de otros esquemas de integración, proviene del discutido concepto de supranacionalidad. Dentro de la teoría jurídica contemporánea la comprensión de este término trae una novísima concepción que al mismo tiempo es respetuosa de la soberanía interna de los Estados miembros, la cual permite el surgimiento del nuevo ente común donde es posible la distribución de competencias en la reglamentación de ciertos ámbitos entre autoridades multilaterales y nacionales, conservando su propia autonomía. Este concepto ha permitido que en el ordenamiento comunitario andino, a semejanza de lo que acontece en el derecho interno de los Estados, exista un sistema de control de las normas jurídicas garantizado por una jurisdicción contenciosa-administrativa ejercida a través del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Lo que en definitiva incide en el derecho administrativo interno al encontramos frente a ordenamientos independientes, como lo son los del derecho de integración, en los que se producen, aplican y ejecutan normas según las reglas de juego adoptadas para ese efecto por los Estados miembros, que dependerán del marco del proceso de integración y su armonización con las normas internas. Es por ello, que en el resultado final de esta tesis se constata la aparición de nuevas fuentes de legalidad, donde ya no sólo se contemplará la ley y la jurisprudencia, ésta última posicionada con el devenir del tiempo debido a su pertinencia, como lo podemos contrastar con la expedición del Nuevo Código de Procedimiento Contencioso Administrativo (L. 1437/11) que aún no ha entrado en vigencia, en donde se resalta la importancia del Precedente Judicial a partir de las sentencias de unificación del Consejo de Estado. Pero más allá, de este nuevo reconocimiento legislativo, el sistema de fuentes establecido se verá alterado en su jerarquía con el derecho que nace con ocasión de los tratados de integración, lo que aún no se refleja en este nuevo Código, el cual no prevé la aplicación de las nuevas fuentes de legalidad.
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Debido a las transformaciones sociales y económicas del mundo por causa de la tecnología, el desarrollo acelerado de los países capitalistas, la guerra constante, el aumento de la pobreza, el deterioro ambiental, entre otros factores que han ocasionado un impacto negativo en la mayoría de los países del mundo, la noción de derecho colectivo ha cobrado gran importancia por su trascendencia en la vida social. Como respuesta a esta nueva problemática que viene surgiendo en torno a lo vulneración y afectación de los derechos colectivos, se consagra en la Constitución Política de 1991 la Acción Popular, como el mecanismo idóneo para la protección y amparo de estos derechos. En ese orden de ideas surgen las Clínicas de Interés Público, con el fi n de promover el uso de estas acciones, fortalecer la investigación en el manejo de estos casos y ayudar a la población menos favorecida y más afectada en la vulneración de sus derechos colectivos, tal es el caso del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (GAP). El presente borrador de investigación pretende exponer de manera sencilla la estructura, integración, reglamento, funcionamiento del Grupo de Acciones Públicas, así como los criterios utilizados para determinar la viabilidad o inviabilidad de un caso al interior del grupo –estas son las etapas que los estudiantes deben agotar previa la adopción de una estrategia jurídica para la defensa del derecho colectivo–. De la misma manera, se exponen las estadísticas del número de acciones constitucionales interpuestas (acción de Tutela, de Grupo, de Inconstitucionalidad, Popular y de Cumplimiento) con el correspondiente resultado, y un análisis de las sentencias favorables obtenidas por el GAP en la interposición de acciones populares, teniendo como instrumento de análisis el método francés y, por último, un breve glosario que contiene las palabras más empleadas al interior del grupo en desarrollo de sus funciones. El Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, como Clínica de Interés Público, gracias a la trayectoria y esfuerzo constante de su coordinador, supervisores y estudiantes, se ha venido fortaleciendo con óptimos y valiosos resultados no sólo en la interposición de acciones, que como se verá a continuación han sido positivas y hasta la fecha se ha logrado la protección efi ciente y efi caz de muchos derechos colectivos vulnerados a varias comunidades, sino también, en relación con su estructura y funcionamiento, que gracias a la investigación, el contacto e interrelación con clínicas de interés público de otros países de mayor trayectoria como Argentina1, Chile2 y Estados Unidos, se ha venido enriqueciendo al punto que –como se ve a lo largo de este escrito– existe ya toda una metodología investigativa para la recepción, análisis y determinación de viabilidad de los casos que serán adelantados por el GAP, con el fi n de obtener así los resultados anhelados. Los casos son elegidos teniendo en cuenta el impacto social, el interés que se busca proteger, y sólo en la medida en que de la defensa del mismo, (haciendo uso del aparato jurisdiccional y de las herramientas que la Constitución Política y el ordenamiento jurídico tienen a nuestra disposición) pueda derivar consecuencias con incidencia en la modifi cación de las circunstancias que alteraron, vulneraron o amenazan con vulnerar el derecho colectivo, y con ello la estabilidad de la comunidad, el caso es asumido por el grupo. Por ello, los casos son asumidos con una perspectiva estratégica que permite enfocar el estudio y la investigación de los casos en torno a dos puntos importantes: la del cliente y la del interés público. El trabajo de la Clínica en la defensa del interés público y de los derechos colectivos, se ha estructurado bajo cinco líneas de trabajo: i) defensa de casos de interés público, ii) desarrollo de investigaciones y trabajos de campo, iii) control y supervisión permanente del caso por parte de los estudiantes integrantes del grupo, iv) participación en encuentros nacionales e internacionales, v) difusión de las actividades de la Clínica. Los casos asumidos por el GAP son utilizados para el trabajo académico con los alumnos de 9° y 10° semestre de Derecho en la Clínica Jurídica; así, además del carácter altruista y el sentido social que se imparte al interior del grupo, se logra que a partir de la defensa de casos concretos y la perspectiva del interés público, los estudiantes apliquen los conocimientos aprendidos durante la carrera mediante la formulación de estrategias jurídicas, investigación, el desarrollo de una argumentación jurídica orientada a emplear y reformular las nociones y categorías de derecho (en muchos casos inservibles por sí solas), y desarrollar una nueva manera de articular el derecho y el uso de la jurisprudencia –como interpretación de las normas que constituyen nuestro ordenamiento jurídico–, para logar así la realización de los principios constitucionales que caracterizan a nuestro Estado como Estado Social de Derecho.
Resumo:
Artículo incluido en el número de la revista dedicado íntegramente a la violencia de género