1000 resultados para DERECHOS FUNDAMENTALES


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El conflicto armado colombiano es un fenómeno social, político, económico y simbólico que exige una lectura interdisciplinaria y desde la perspectiva de sus múltiples actores para lograr, en cierta medida, su comprensión. En este sentido, en la escena actual de la confrontación interna del país se cuenta con la posibilidad de obtener la mirada peculiar de aquellos que fueron protagonistas de la guerra, los excombatientes de los grupos armados ilegales y entre ellos un sector poblacional marginal, los menores de edad. Este último conglomerado social ha sido reconocido desde hace pocos años como un agente presente en el conflicto armado, pero no sólo como víctima sino también como actor directo de la violencia armada. Por lo tanto, la presencia de los menores en los grupos armados ilegales ha guiado recientes investigaciones que se centran en los factores que motivan su vinculación a las organizaciones irregulares, la violación a sus derechos fundamentales, las medidas de protección y reeducación que el Estado debe ofrecerles para su reintegro a la civilidad, las implicaciones psicosociales, físicas y legales de su experiencia en la guerra, y las políticas encaminadas hacia la prevención de esta problemática.

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Actualmente nuestro país padece una de las expresiones más dramáticas de violencia como es el Desplazamiento Forzado, resultado del conflicto armado interno, las nuevas dinámicas del enfrentamiento y la disputa por un control territorial. Este fenómeno ha ahondado en la exclusión social: aumentando los niveles de pobreza, la informalidad laboral, la continua violación de los derechos fundamentales, la falta de garantía en los derechos prestacionales, entre otras manifestaciones.

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A pesar de su reconocimiento en diferentes jurisdicciones, la apli­cación del principio iura novit curia al arbitraje comercial internacional ha sido objeto de debate. Desde el punto de vista más liberal, el principio es absolutamente aplicable al arbitraje comercial internacional, tal y como sería aplicado por un juez al dictar sentencia conforme a su derecho nacional, mientras que desde la postura más estricta, cualquier manifestación de este principio que permita a los árbitros tomar la iniciativa de traer nuevas cues­tiones de derecho al proceso debe ser rechazada por completo. Partiendo de la premisa de que, por lo general, los miembros de un tribunal arbitral inter­nacional no conocen el derecho aplicable a las controversias que se someten a su conocimiento, ni tienen experiencia o manejo práctico respecto a dicho derecho, la aplicación del principio iura novit curia de forma pura y simple no resultaría adecuada en el contexto del arbitraje comercial internacional en razón de su naturaleza contractual y los intereses involucrados. Por otra parte, rechazar de plano la aplicabilidad del principio en el arbitraje comercial internacional implicaría atar de manos a los árbitros y crearía el riesgo de que se emitan laudos que ignoren o contradigan normas y principios del derecho aplicable, lo que podría afectar su validez y dar pie a que su validez y ejecución posterior se vean cuestionadas. En razón de lo anterior, para que el principio iura novit curia pueda ser aplicado en el contexto del arbitraje comercial inter­nacional, dicho principio debe ser abordado desde una postura intermedia y sufrir una importante adaptación de forma que ciertas manifestaciones del mismo puedan ser aceptadas en casos excepcionales como una herramienta para que los árbitros puedan cumplir cabalmente con los deberes inheren­tes a su función decisoria, incluyendo el deber de no exceder la jurisdicción que les ha sido conferida, de dictar laudos válidos, ejecutables y apegados al derecho aplicable, de actuar en forma imparcial y de garantizar a las partes en todo momento derechos fundamentales derivados del debido proceso, como lo son el derecho a ejercer su defensa en forma adecuada y oportuna, así como el derecho a ser tratadas con igualdad.

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El presente artículo es una reseña explicativa de la creatividad del juez para combinar elementos de los procesos constitucionales con el fin de fortalecer los derechos fundamentales. Se presentará a continuación un análisis de las fuentes de derecho y su valor equivalente en los razonamientos constitucionales. Subrayando la equidad en la importancia de las fuentes, el presente artículo busca incentivar la labor conciliadora de los jueces y los procesos de creación del derecho bajo los límites de la coherencia jurídica. Se explicarán a continuación los eventos en los cuáles puede cambiarse la jurisprudencia y sus ventajas para garantizar la evolución del derecho constitucional. Uno de los cambios más importantes de la jurisprudencia, es la tendencia que muestra la articulación de los procedimientos constitucionales.

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This document is aimed first of all, make a small introductory reference on the three levels of protection of fundamental rights in Europe with the idea of helping to clarify and understand mainly to non-European systems that we are not talking. For that, based on this, going on to assess the impact generated in these systems suggest that the complaints alleged involvement of European countries in secret CIA flights to combat international terrorism, as well as investigate the responses that have given each protection of these areas to try to clarify them. 

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En este artículo, se plantea el problema de si puede considerarse a la educación como un derechofundamental. Se analizan las implicaciones que ha tenido su no inclusión como tal derechoen la Constitución en el capítulo de los derechos fundamentales. Se estudian dos grandes tradicionessobre los derechos fundamentales: el neoliberalismo afirma que los derechos fundamentalesson únicamente los derechos liberales civiles y políticos. Y el liberalismo social concibe quelos derechos fundamentales son, además de los derechos liberales civiles y políticos, los económicosy sociales. En la parte final, se hace una reconstrucción del desarrollo del derechoa la educación en la jurisprudencia de la Corte Constitucional; termina con unas críticas alproyecto de reforma de la educación superior y unas sugerencias con miras a proponer a laeducación como un derecho fundamental.

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Los intereses contrapuestos en relación con el manejo, uso, utilización y aprovechamiento de los recursos naturales de los territorios indígenas, generan conflictos ambientales en donde uno de los escenarios privilegiados de expresión de los mismos es el de la consulta previa: cuando se adelanta o por el contrario, cuando aunque sea obligatoria, no se impulsa o se hace de manera inadecuada, es decir, sin el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos.

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La presente monografía busca establecer una conexión argumentada entre la expedición de la ley 200 de 1936 y la creación de Autodefensas Campesinas en la primera mitad del siglo XX en Colombia. Se buscan las razones estructurales por las cuales la sociedad rural se vio abocada a impulsar agrupaciones armadas para defender sus derechos fundamentales, debido a que el Estado demostró ser incapaz de protegerlos mientras que el odio entre clases rurales aumentó conforme se implementaba el capitalismo agrario en el país. Desde la Teoría del Conflicto de Clases Rurales de Jeffery Paige, se explicará la forma en la que se articulan las variables que no permiten una revolución social, pero si propician la aparición de este tipo de grupos campesinos armados e ilegales; que luego se transformarían en “Guerrillas”.

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El propósito de este estudio de caso es analizar el proceso de reparación a las víctimas de la comunidad indígena Wayúu de Bahía Portete por los daños causados con la masacre del 18 de abril de 2004, a partir del pensamiento propio sobre la reparación. Para esto se presentan las distintas percepciones que existen en la comunidad sobre las afectaciones sufridas por el conflicto armado y las concepciones sobre el territorio y la justicia en la cultura Wayúu, y se analiza la importancia de reivindicar estos significados en el proceso de reparación colectiva que adelanta la Unidad de víctimas con estos indígenas, para la efectividad del mismo. Lo anterior se basa en el trabajo de campo realizado en La Guajira con la comunidad de Portete y funcionarios de la Unidad, otras fuentes primarias como informes institucionales, al igual que en la revisión de legislación y textos académicos sobre la materia.

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Como fin principal todo un planteamiento jurídico respecto a la solución del deterioro ambiental mediante la Acción de Tutela, la cual se ha convertido en un mecanismo jurídico de eficacia para la protección del derecho a un medio ambiente sano

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los principios y valores constitucionales y siguiendo el debido proceso. Calidad: se refiere al derecho que tiene el educando de recibir la enseñanza adecuada para lograr los fines y propósitos de la educación; para ello ya se ha avanzado en cuanto al diseño de estándares mínimos de calidad para cada una de las asignaturas en primaria y en bachillerato; y en educación superior, se va en camino de asegurar la calidad a través de la acreditación de cada uno de los programas profesionales que ofrecen las instituciones de educación superior, tanto a nivel de pregrado como de postgrado, lo mismo que con la acreditación institucional de cada Universidad. c) Obligación (también derecho) de definir los contenidos del currículos escolares: en este preciso caso es donde mejor se revela el Estado como docente. d) Obligación de vigilancia y control: con ello se busca asegurar que la prestación del servicio de educación, ya prestado por el mismo Estado o ya por los particulares, se haga en las condiciones y con los requisitos que exige la prestación de todo servicio público.

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En Colombia no se evidencia a nivel constitucional ni legal, planteamientos suficientes que se refieran a la forma de efectuar un estudio del cuerpo humano para fines probatorios, es por ello que cualquier intención de llevar a cabo tal análisis

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Se pretende realizar un estudio suficiente del tema del error, sus diferentes modalidades y repercusiones. Y de manera muy especial, lo que se refiere al error como causal excluyente de responsabilidad, así como de aquellos eventos en los que se convierte en fuente de una menor punibilidad.

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Se hace énfasis en la relación médico paciente como elemento primordial en la práctica médica. Para que dicha relación tenga éxito debe fundarse en un compromiso la cual supone la más estricta reserva profesional. El médico esta obligado a guardar el secreto profesional salvo en los casos contemplados en las disposiciones legales

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La lucha por el respeto de la dignidad de la persona huma-na, es lo que ha ocasionado con gran afán una revolución para que se de un verdadero reconocimiento a los derechos fundamentales y es así como en nuestro ordenamiento jurí-dico el Derecho