946 resultados para LEYES DE HOBBES
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Mémoire numérisé par la Division de la gestion de documents et des archives de l'Université de Montréal
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La guerre et ses conséquences sont trop importantes pour que la réflexion philosophique ne s’y attarde pas. Pour comprendre ses fondements et ses mécanismes internes, il faut une pensée qui creuse au coeur même des comportements guerriers. C’est ce que Thomas Hobbes et Carl von Clausewitz ont chacun tenté de faire en réfléchissant sur la nature de la guerre. Ce mémoire vise entre autres à rendre compte de leur théorie respective sur la nature de la guerre et de voir les rapprochements possibles. L’analyse du concept d’état de guerre et de ses causes chez Hobbes, de même que la pensée de Clausewitz centrée sur la nature de la guerre, rendent compte d’une même dynamique où la relation de réciprocité qu’entretiennent les belligérants conduit à une montée de la violence. La notion de volonté est centrale chez nos auteurs, car elle explique autant cette montée continue de la violence que sa possible résolution vers la paix. Écartant la sphère de la morale et du droit pour penser le phénomène guerrier, leurs réflexions se veulent froides et sans illusion. En saisissant la dynamique relationnelle (et mimétique) qui conduit à un désir illimité de puissance, nos deux auteurs décortiquent l’essence de la guerre par une pensée fondamentalement orientée vers la paix. Ainsi nous donnent-ils des outils pour éviter le pire.
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Pour comprendre l’origine des différentes interprétations féministes portant sur la famille et le patriarcat chez Hobbes, il faut avoir pour clé de lecture la double compréhension possible de l’état de nature. Une première lecture fait de l’état de nature un outil démonstratif dans un système logique, alors qu’une seconde lecture en fait une hypothèse historique sur la genèse de nos institutions. Comprendre la distinction entre une lecture purement logique et une lecture plus historisante de l’état de nature peut permettre une meilleure compréhension des différentes interprétations féministes. En effet, nous tenterons de démontrer que derrière ces positions polarisées se cache une lecture différente de l’état de nature chez Hobbes.
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Esta guía ofrece las claves para introducirse en el lenguaje de la pintura, a partir de un recorrido por los fondos del Museo Casa Natal de Jovellanos que ofrece una colección de arte asturiano correspondiente a la pintura de los siglos XIX y XX; la colección se completa con autores españoles y pinturas de distintas escuelas europeas a partir del s. XVI. Se estructura en un cuaderno de introducción general a los códigos visuales de la pintura (el color, la textura, el punto, la línea y el movimiento, el espacio en la pintura, el centro y el equilibrio, la composición, el arte abstracto) y unas fichas sueltas donde se proponen una serie de recorridos visuales para realizar por el museo (en cada una de ellas se reproduce un cuadro, se realizan unas propuestas de observación y se mencionan otras obras así como su localización en el museo); finalmente como resumen de los recorridos se ofrece un ejercicio sobre composición.
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Resumen tomado de la publicaci??n
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Investigación histórica donde se analiza el papel jugado en el desarrollo de los estudios de derecho por parte de las Academias jurídicas existentes en la Universidad de Oviedo durante el reinado de Carlos III. La ejecución del Plan de Estudios de 1774 supuso la incorporación a la Universidad de las tres Academias privadas que entonces existían en Oviedo. En esta investigación, a partir de la documentación manuscrita conservada se abordan tres aspectos. En primer lugar, la denominación de la Academia, pues en el Plan de Estudios de 1774 se identifica como 'Academia de Leyes y Cánones', en las actas universitarias elevadas a la Diputación del Principado, figura como 'Academia de Ambos Derechos' y en el dilatado proceso de reglamentación de la misma en el recurso elevado al Consejo de Castilla se describe como: 'Las dos academias de Cánones y Leyes de la Universidad de Oviedo'. En segundo lugar se repasa, el régimen legal que, conforme a dicho Plan de Estudios de 1774, establece minuciosamente la organización interna de esas Academias y sus actividades, así como la creación de otras dos Academias de carácter voluntario, una de las cuáles se vincula directamente con la formación en la práctica procesal y en los conocimientos del Derecho público. Por último, se analiza el conflicto surgido a raíz de una modificación en 1782 del reglamento vigente a partir del proceso de selección de su presidente o gimnasiarca, que originó un recurso al Consejo de Castilla, implicando más tarde a la Diputación del Principado, conflicto que no produjo resultados traumáticos.
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Describe la incertidumbre en que el trabajo de los docentes se ve inmerso, debido a los continuos cambios de gobierno, los cuales afectan al quehacer educativo a través de la creación de leyes. En medio del debate permanente los docentes se sienten huérfanos, solos, ante unas necesidades en las aulas que son difíciles de dar respuesta debido a la falta de formación, de habilidades y sobretodo de apoyo externo, de la sociedad y de la família.
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Este trabajo tiene como objetivo el interés que me asiste de tratar de una manera amplia, no sólo limitada a la mera descripción de normas y a la citación de doctrina y jurisprudencia, las acciones revocatorias de la Ley 222 de 1995 y 550 de 1999. Si bien estas figuras jurídicas se nutren del régimen general del Derecho Civil, presentan unas peculiaridades que merecen ser estudiadas detenidamente ya que operan en marcos distintos. Partiendo de la base de que el tema de la manifestación de la voluntad se encuentra íntimamente ligado al de la confianza que debe regir el tráfico jurídico, cuando una persona natural o jurídica incursiona en el mundo del comercio adquiriendo la calidad de comerciante con los derechos y obligaciones que esto implica, sus actos no sólo afectan a las personas que directamente negocian con él, sino a la sociedad misma; así por ejemplo, las altas tasas de interés responden a elevados niveles de riesgo generados en parte por la desconfianza que tienen los prestamistas de recuperar su dinero. Las leyes 222 de 1995 y 550 de 1999 que forman parte del ordenamiento jurídico comercial colombiano, regulan lo tocante a la crisis económica de la empresa, vista ésta como una unidad de explotación económica que no sólo responde a sus propietarios sino a la sociedad donde se desenvuelve; de ahí la autonomía del Derecho Comercial en general y del concursal en particular. El empresario en concurso, quiebra o reestructuración económica sufre una limitación en su capacidad dispositiva ya que sus bienes están sometidos a distintos regímenes jurídicos hasta que terminen los procesos y se haya cumplido total o parcialmente con las obligaciones que tenía vigentes.
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En el mundo en que vivimos han sido indiscutibles los alcances que ha tenido lahumanidad en cuanto a la investigación de nuevos métodos que hagan viable unaguerra con todas las posibilidades de ganar sin la necesidad de presenciahumana, por lo menos como en épocas pasadas.
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Conocer los condicionamientos incluidos a los compromisos adquiridos para la negociación del ALCA o del TLC y todo lo relacionado con las regulaciones OMC plus que implícitamente deben aprobar y cumplir los Estados perdiendo en casos potestad
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Este trabajo de grado estudia el modo como dos diarios colombianos, El Tiempo y El Espectador, presentaron la información sobre el debate de “Leyes de medios” en Ecuador y Argentina, desarrollado en los años recientes. El estudio analizó las noticias, columnas, editoriales, reportajes y entrevistas publicados desde el año 2009 (cuando se generalizó el debate) hasta 2013. La metodología facilitó el análisis comparativo de los dos periódicos y de sus posturas frente al debate de las leyes de medios. Se argumenta que los medios, como actores principales del debate, han tomado partido, en sus páginas editoriales e informativas, en contra de las políticas que buscan regular su actividad. Así, existe una persistencia en la prensa para imponer discursos con una ideología específica a través de los actores que son presentados en la construcción de los relatos, en este caso, dispuestos a contrariar la aprobación de las leyes de medios propuestas por el gobierno argentino y ecuatoriano. Se evidencia en el marco interpretativo de los textos periodísticos analizados, la guerra de poderes en países de la región latinoamericana que persiste entre los medios y los gobiernos.
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Resumen basado del autor en catalán
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El rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, doctor Francisco Ramírez Floreano de Hoyos le solicita al patrono del Colegio, Francisco del Rincón arzobispo y presidente del Nuevo Reino de Granada, restablecer las cátedras de leyes, lo cual fue aceptado. Fueron nombrados tres oidores de la Real Audiencia, para la cátedra de prima el licenciado don Vicente Aramburu, de Vísperas el licenciado don Mateo de Yepes y Mijares de la Cuadra. Además se ratificó en la cátedra de vísperas de Sagrados Cánones al doctor Manuel Antonio Zapata y Flórez.