849 resultados para JUSTICIA RESTAURATIVA
Resumo:
La toma del Palacio de Justicia, ocurrida el día 6 de noviembre del año 1985, fue una acción armada del M-19, denominada Operación Antonio Nariño por los Derechos del Hombre , con la que se pretendió enjuiciar al entonces Presidente de la República Belisario Betancur Cuartas, por su incumplimiento de las promesas de paz y traición a los acuerdos suscritos un año atrás con dicho grupo guerrillero. Dicha acción armada fue seguida por una denominada retoma del Palacio de Justicia, a manos de la Policía y el Ejército nacional. Esta investigación pretende analizar a partir de la Ciencia Política, y de una perspectiva académica, los diferentes factores y actores del poder que influyeron en la toma del Palacio de Justicia, y en las consecuencias de la misma; con tal fin, se ha realizado un análisis del fenómeno del poder ostentado por cada una de las partes intervinientes.
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Durante el periodo 2002 - 2008, el Gobierno y el Congreso crearon una serie de leyes que, en vez de solucionar los problemas que aqueja la administración de justicia, agravó la situación con el establecimiento de ordenamientos jurídicos paralelos y competencias institucionales con diferentes impactos, descuidando los criterios de autonomía, calidad y oralidad que debe perseguir el sistema judicial colombiano.
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Reportaje periodístico sobre las consecuencias jurídicas de la toma del Palacio de Justicia ocurrida los días seis y siete de noviembre de 1985 en Bogotá. Análisis de la búsqueda de los familiares de los 11 desaparecidos, las trabas judiciales que soportaron por más de 20 años y la reapertura del proceso en contra de cuatro militares por el delito de desaparición forzada.
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Lo que me propongo desarrollar a continuación es la idea según la cual, los procesos de justicia transicional deberían incluir entre sus mínimos normativos una noción de ciudadanía y de agencia política mucho más exigente que aquella que tradicionalmente está asociada al marco conceptual de la democracia liberal. En esta dirección, considero que la aproximación realizada por Hannah Arendt sobre la revolución como constitutio libertatis arroja elementos claves que pueden ser de utilidad en la búsqueda de consolidar la ciudadanía en los procesos de justicia transicional cuyo principal objetivo es la transición hacia regímenes democráticos.
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El documento busca identificar hacia que tipo de solución al problema de la opresión de la población homosexual tienden los fundamentos teóricos de la jurisprudencia de constitucionalidad de la Corte Constitucional (1998 - 2009) que protege los Derechos Humanos de las personas y parejas homosexuales en Colombia, en términos de la teoría de la justicia desde la perspectiva del reconocimiento. Los pasos seguidos en esta investigación son: (i) identificación de las fuentes y formas de la opresión de la cual es víctima la población homosexual en occidente, (ii) identificación de la forma como ha operado dicha opresión —heteronormatividad— en Colombia, a través de un breve análisis del discurso jurídico, (iii) descripción de las soluciones que la teoría de la justicia como reconocimiento plantea al problema de la opresión de la población homosexual y, por último, (iv) análisis de los fundamentos teóricos de la jurisprudencia seleccionada a la luz de los criterios de la teoría de la justicia señalados. Como hipótesis se plantea que de las tres soluciones —afirmativa (política de la diferencia), transformativa (política queer) e intermedia (reforma no reformista) —, es la primera la que marca la tendencia.
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La creciente presencia de lesiones osteomusculares que afectan, alteran o transforman los patrones de movimiento de los trabajadores que realizan actividades industriales, plantean serios interrogantes para las disciplinas científicas que tratan de estudiar la naturaleza del movimiento humano. Conocedor de esta problemática, el Grupo de Investigación Salud, Cognición y Trabajo (GiSCYT) de la Facultad de Rehabilitación y Desarrollo Humano de la Universidad del Rosario, ha venido desarrollando herramientas para el estudio del movimiento en el trabajo, con el fin de identificar estrategias para la prevención de lesiones a través del análisis del gesto precursor de las mismas y poder así replantearlo en términos de funcionalidad y eficiencia. Las necesidades de coordinación, velocidad y fuerza requeridas en el desarrollo de las actividades productivas están relacionadas con los patrones de movimiento de los trabajadores; por lo tanto, cualquier alteración en dichos patrones puede traer consecuencias para el sistema de producción y para la salud. Para poder enfrentar estos problemas, los investigadores del GiSCYT, Juan Castillo y Alejandro Orozco, han logrado identificar las formas mediante las cuales los trabajadores logran la integración y desarrollo de habilidades para ejecutar movimientos bien orientados, con alto grado de precisión; movimientos que son de uso común en el mundo del trabajo y cuya importancia es frecuentemente subestimada. Cuando ocurren lesiones o daños en el aparato locomotor se presentan alteraciones en los patrones de movimiento humano, ésto trae como consecuencia problemas asociados a la autonomía y el control para desplazarse o ejercer fuerza y realizar movimientos. En algunas ocasiones incluso llega a limitar la capacidad individual para ejecutar las tareas domésticas y cotidianas más simples. Es así como se evidencia un vínculo entre estudio del movimiento y lesiones osteomusculares al tratar de comprender los mecanismos que operan en el control del movimiento y de la postura. A la par, también se hace evidente la importancia de las estrategias de control y de anticipación desarrolladas por los individuos, y que en muchos casos hacen la diferencia frente al riesgo de lesión o trauma.
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La congestión de los juzgados y tribunales administrativos es uno de los problemas del sistema judicial colombiano. La investigación llevada a cabo en los despachos judiciales de Bogotá, Medellín, Cali, Cartagena, Tunja y Bucaramanga busca encontrar las causas del represamiento. Entre éstas se encuentran la falta de recursos, la ineficacia de la conciliación y el trámite excesivo de demandas, muchas de ellas innecesarias. Finalmente, sugiere que la descongestión de la justicia administrativa se puede lograr a través de una estrategia que agilice los procesos de toma de decisión y una serie de medidas que eviten el trámite innecesario de demandas.
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En este documento se pretende mostrar de manera sucinta el estado en que se encuentra la justicia de transición en Colombia, precisar el contenido y los alcances del núcleo normativo de dicha justicia, y la manera como se ha construido y desarrollado en Colombia un marco jurídico que permita eventualmente la restitución de la convivencia pacífica en el país, así como la satisfacción, en la mayor medida posible, de los derechos de las victimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. El texto es preferentemente reconstructivo, analítico y prospectivo. En este sentido, se evalúan los momentos del proceso de transición durante las tres últimas administraciones presidenciales, examinando de modo especifico los elementos normativos y de aplicación en cada uno de estos momentos. Finalmente, se hace un balance desde las cifras consolidadas para el año 2010 y se identifican los aspectos principales del que puede ser el desarrollo posterior.
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El pasado 16 de marzo de 2011, la Corte Suprema de Justicia se ocupó de un caso donde se califica a un Juez con el delito de falsedad ideológica en documento público. En este fallo se trazaron los lineamientos fundamentales de este delito, mismos que son analizados en el presente escrito para concluir que si bien el resultado del proceso en la Corte −la condena del procesado− es correcto, es necesario superar el entendimiento causal de este delito para interpretarlo de acuerdo con la moderna teoría de la imputación objetiva.
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Estas Jornadas tuvieron lugar en Punta Prima, Menorca, en mayo de 1986 y fueron editadas por el ICE de la UIB. Resumen tomado de la propia publicación. Contiene un resumen en inglés, en la página 85
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Estado del arte que recopila pronunciamientos de diversos autores sobre el papel de la Organización de Naciones Unidas, específicamente la Misión MINUGUA, en el proceso de reconstrucción posconflicto en Guatemala comprendido entre el año 1994 y 2004. Se basa en algunas dimensiones de la democratización como son el Estado de Derecho, la democracia representativa, la preeminencia del poder civil, y el fortalecimiento de la cultura democrática. Así mismo, tiene en cuenta los elementos de la justicia transicional, a saber: verdad, justicia y reparación.
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La constitución territorial del Estado colombiano, la regionalización, la descentralización y la autonomía territorial fueron objeto de estudio y de reflexión académica y jurídica por parte de los Magistrados de la Corte Constitucional y de sus invitados nacionales e internacionales en el marco del VIII Conversatorio de la Jurisdicción Constitucional Una mirada a las regiones, que se llevó a cabo en la ciudad de Barranquilla entre el 29 y el 31 de agosto de 2012. Con esta obra los compiladores y editores presentan a la comunidad jurídica y académica las contribuciones tanto de los Magistrados del alto tribunal como de los invitados nacionales e internacionales que integraron la nómina del evento. La estructura del libro se divide en cuatro partes. La primera, dedicada a la mirada comparada de la organización territorial, presenta la descripción, explicación y lectura crítica de dos modelos federales y de dos modelos regionales o autonómicos. En la segunda parte se reagrupan en su totalidad los aportes realizados por los Magistrados de la Corte Constitucional. Por ello, las palabras clave para identificar esta sección están relacionadas con los términos de territorio y de justicia constitucional. En la tercera parte, se analiza la organización territorial del Estado colombiano mediante un recorrido de sus antecedentes históricos y su configuración constitucional y normativa. Finalmente, y como parte del reconocimiento del pluralismo y la diversidad declarados en la Constitución, la cuarta parte del libro recoge los aportes de algunos de los líderes indígenas y afrocolombianos más representativos del país. Así mismo, desde una perspectiva comparada se estudia el desarrollo que le ha otorgado Estados Unidos a los conceptos de diversidad, derechos, territorio y jurisdicción indígena.
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El texto aborda la problemática del maltrato como una cuestión de justicia, usando las categorias de la filosofía política de Martha Nussbaum y la filósofa feminista Lori Gruen.
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La tesis de Maestría propone que los árbitros puedan operar como verdaderos jueces en la jurisdicción contencioso administrativa, sin que su actuación se vea limitada a ningún tipo de materia, ya que ellos podrían llevar la adjudicación en esta jurisdicción con igualdad y neutralidad.
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1. Hace 25 años, en 1985, un hombre exigió que cesara el fuego. El llamado fue desoído. Esa vida fue acallada en medio de una pira fatal a la vista de todos los colombianos, atónitos y silenciosos. El gesto de Alfonso Reyes Echandía mal podría ser visto como el acto por demás comprensible y humano de una víctima sacudida por el miedo; es, en realidad, una demanda ética cuya grandeza aún debe ser valorada y ponderada por nuestro país. 2. “Que cese el fuego” no es simplemente el pedido de detener una desproporcionada operación militar desatada en respuesta al demencial ataque de un movimiento guerrillero que provocó el Holocausto del Palacio de Justicia, sino la exigencia de pensar una forma distinta de resolver los desacuerdos entre colombianos; un llamado al rechazo a la violencia; una exhortación al diálogo y al respeto irrestricto de la vida humana por sobre consideraciones estratégicas. Sabemos que el llamado de Reyes Echandía no recibió ni siquiera el mínimo reconocimiento de una respuesta. 3. El 6 y el 7 de noviembre de 1985, Colombia renunció a la palabra y dejó que las armas, en su feroz e irracional intercambio, reemplazaran el Estado de derecho y los valores ciudadanos esenciales. 4. Como ayer, Colombia sigue hoy debatiéndose entre el pedido moral de cesar el fuego y la lógica implacable de las armas, en una dicotomía que los clásicos padres del derecho ya habían identificado con sobriedad. ¿Es cierto que cuando habla la espada, la ley calla? ¿Estamos forzados a ignorar la voz de nuestros hermanos que exigen diálogo, inteligencia y compasión? ¿La ley y nuestro derecho a vivir en paz no son más que rehenes de la violencia? 5. Las secuelas de la violencia en el Palacio de Justicia persisten un cuarto de siglo después de su ocurrencia, y muchos de los interrogantes surgidos durante esas 28 trágicas horas aún subsisten. Colombia se debate entre quienes consideran que éste es un capítulo cerrado de la historia del país, quienes no aceptan una reflexión acerca de las dimensiones y responsabilidades de lo ocurrido entonces, quienes desconocen lo sucedido y quienes aún esperan una respuesta de la justicia frente a lo acaecido. 6. Simultánea y paradójicamente, ningún hecho como la toma armada y sangrienta del Palacio de Justicia por parte del Movimiento 19 de Abril (M-19) y la exorbitante operación de respuesta de las Fuerzas Armadas del Estado colombiano ha generado y sigue generando tan profundas divisiones en el país, actitudes beligerantes de negación de lo sucedido, evasivas, unilaterales; verdades a medias que no admiten espacio para la discusión civilizada. Hoy al igual que en 1985, cuando el llamado a que cesara el fuego hecho por el entonces Presidente de la Corte Suprema de Justicia fue sistemáticamente desatendido, se hacen imperiosos el diálogo, la reconciliación y el perdón.