659 resultados para Seguros – Legislación


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Tesis (Doctor en Derecho) UANL, 2013.

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En los últimos años, es cada vez más frecuente que las necesidades puntuales de personal que tienen las empresas se cubran mediante trabajadores adscritos a una ETT. El elevado grado de aceptación de la contratación a través de esta vía no sólo deriva del hecho de ser un medio más flexible de contratación, sino tambien de los menores costes salariales que implican la contratación de trabajadores de empresas de trabajo temporal; siendo este el principio incentivo para su utilización. Así pues, el recurso de la contratación de los trabajadores de las empresas de trabajo temporal no sólo constituye un medio para atender a necesidades temporales de la empresa usuaria, sino que además se ha constituido en un medio de reducir los costes salariales. El aspecto más destacable de la relación que se crea , desde el punto de vista del trabajador, es que el empleador es la ETT, pese a que la prestación se realiza, fisicamente en la empresa usuaria. La contratación de trabajadores con la finalidad de cederlos con carácter temporal a otras empresas para hacer frente a necesidades conyunturales ha sido tradicionalmente prohibida por los ordenamientos laborales y considerada como tráfico ilegal de mano de obra, asimilándola a la actividad de intermediación en el mercado de trabajo con fines lucrativos, por estimar que ambas figuras podían atentar contra derechos fundamentales de los trabajadores. Sin embargo desde finales de la decada de los sesenta, los países centrales de la Unión Europea, teniendo ratificado, al igual que España, el convenio 96 de la OIT, han venido regulando la actividad de las empresas de trabajo temporal por entender que su actuación, cuando se desarrolla de forma debidamente controlada, lejos de perjudicar a los trabajadores por ellas contratados pueden canalizar un volumen muy importante de empleo cuya especialización e inmediatez en la respuesta, sobre todo en el sector de servicios, no puede ofrecerse a través de mecanismos tradicionales. Por otra parte, para los trabajadores constituye un mecanismo importante para acceder a la actividad laboral y familiarizarse con la vida de la empresa, posibilitando además una cierta diversificación profesional y formación polivalente, a la vez, que en determinados casos, facilita a ciertos colectivos un sistema de trabajo que les permiter compaginar la actividad laboral con otras ocupaciones no productivas o responsabilidades familiares. La puesta en marcha de la legislación reguladora del trabajo temporal ha cubierto un importante vacio que existia en la gestión de las empresas en el área de recursos humanos, fomentando el contrato de carácter fijo y regularizando situaciones de temporalidad.

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Poner de manifiesto la Educación Religiosa impartida en el periodo de 1936 al 1953, en base a la nueva ideología del Alzamiento Nacional. Ello justificaría y daría explicación a las diferencias idelógicas de nuestra sociedad con sus correspondientes consecuencias educativas. Se empezó estudiando las relaciones de enfrentamiento entre la Iglesia y el sistema político republicano que condicionó la unión de la Iglesia con el Alzamiento Nacional, y poniendo en práctica en el periodo bélico en la zona nacional la Educación Religiosa con una fuerte depuración de maestros, libros, etc. La victoria es compartida por la Iglesia y el Estado contra el comunismo ateo, lo que provoca que la Iglesia se imponga en la educación respaldada totalmente por el Estado y por último se refleja la oficialidad Religión-Educación a través de los libros de texto y catecismos. Boletines oficiales del estado, catecismos, libros escolares de lectura, bibliografía, Boletín Oficial del Arzobispado de Granada. Selección y clasificación temática y cronológica. Las ideologías opuestas entre el sistema político republicano y eclesiástico hicieron imposible un acuerdo. El modelo educativo republicano se impuso haciendo uso de la facultad legislativa quedando el pluralismo fuertemente limitado y sintiéndose el sistema eclesiástico gravemente discriminado y perseguido, esto dio lugar a que la Iglesia se uniera rápidamente al cambio del Alzamiento Nacional lo que también trajo una educación unilateral tan falta de pluralismo como la anterior y basada en una conexión Religión-Patria olvidándose del respeto evangélico y del pluralismo expresado en el magisterio de la Iglesia y ofreciendo a los alumnos un modelo de hombre basado en la obediencia, sacrificio, intolerancia y transcendencia que con el momento de su aprendizaje a través de los catecismos como de los textos escolares de lectura con los que se reforzaban los anteriores. La evolución ideológica que ha sufrido España en los últimos años hace que el modelo de educación de hace 30 años y el actual sean totalmente antagónicos y por lo tanto éste debe influir aun sin darle mucho valor en el actual enfrentamiento generacional dada la cercanía cronológica y el distanciamiento educativo e ideológico de ambos sistemas.

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En este texto se presenta un espacio de intercambio de conocimientos desde una perspectiva científica, técnica y jurídica, para contribuir a la protección de los recursos naturales. Debido a la importancia de establecer mecanismos para proteger la biodiversidad y posibilitar la preservación de los conocimientos asociados especialmente al uso de la flora medicinal, la Línea de Investigación en Política y Legislación, del Grupo de Estudios en Sistemas Tradicionales de Salud de la Facultad de Medicina, y la Línea de Derecho Ambiental y Grupos Étnicos, del Grupo de Derechos Humanos de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, desarrollaron este libro a través del cual la Universidad se propone profundizar en el panorama actual de la reglamentación y política Internacional, nacional y local—respecto a la flora medicinal y al patrimonio cultural inmaterial asociado a esta.

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La prevención de riesgos en el sector seguros es de gran importancia para una empresa dedicada a este negocio, especialmente en el ramo laboral donde sucede la mayor cantidad de accidentes de trabajo y lesiones a largo plazo; sin embargo para que esto se cumpla a cabalidad, se necesita un trabajo en conjunto con los empleados de la organización y con outsourcings especializados para brindar el mejor servicio y lograr la diferenciación frente a las demás compañía competidoras, de esta forma no solo se logrará brindar un mejor servicio y salir del hacinamiento en el que se encuentran estas empresas prestadoras de servicio, sino que también se podrán reducir los costos y cumplir una función social. Se busca entonces un nuevo modelo que cumpla con todas las características de la prevención de riesgos en el que todos los miembros involucrados en el proceso participen y así con un trabajo en equipo se puedan reducir los siniestros como los accidentes de trabajo que son los mayores costos de las organizaciones.

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A raíz de la promulgación de la Ley 1328 de 2009 y de la celebración del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos, el sistema normativo colombiano será testigo de un negocio jurídico que, hasta antes de esos eventos, no había visto factible su celebración: el contrato de seguro internacional. Al vernos frente a esta realidad, no queda más remedio que empezar a dar respuesta a las preguntas que surgen con ocasión de que un residente en nuestro país contrate con una compañía de seguros ubicada en el exterior; y, tal vez, la primera de ellas es ¿cuál es la ley aplicable al contrato de seguro internacional? El presente trabajo pretende contribuir a la búsqueda de una respuesta a este cuestionamiento de no poca trascendencia; con el estudio de legislación, doctrina y jurisprudencia extranjeras, junto con el análisis de la particular regulación del contrato de seguro en Colombia, además de consideraciones en torno a la jurisdicción local y foránea, "La ley aplicable al contrato de seguro internacional" se convierte en, si bien una sugerencia de respuesta al ya enunciado interrogante, igualmente en un llamado para que sean las autoridades, Magistrados y expertos en el tema, quienes reparen en ese punto desde este momento y, así, no vernos sorprendidos en 2013, cuando vea la luz el primer contrato de seguro internacional en Colombia.

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En el año 2010, la Facultad de Administración de la Universidad del Rosario puso en marcha un proyecto de investigación donde se exploraba el fenómeno de la turbulencia empresarial. En este momento han sido publicados más de 15 documentos donde se realiza la descripción de lo ocurrido en igual número de sectores. En este número se realiza un análisis del sector asegurador, actividad empresarial que contribuye de manera significativa a la economía del país. El trabajo ha sido realizado de manera conjunta por los profesores Natalia Malaver y Hugo Rivera de la asignatura Estrategia de empresa I, con estudiantes del pregrado de la Facultad, quienes se motivaron por encontrar respuestas a la forma como algunas empresas del sector enfrentan la turbulencia sectorial. La estructura del documento incluye una breve descripción del sector; luego un análisis de la turbulencia, y un estudio sectorial realizado aplicando la metodología del Análisis Estructural de Sectores Estratégicos (AESE) desarrollada por el grupo de investigación en perdurabilidad empresarial de la Facultad de Aministración de la Universidad del Rosario.

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El objetivo de este trabajo de grado es describir una disputa política por el significado del concepto de explotación en el marco de la redacción del “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños”, en el cual se define aquello que se entiende por trata de personas. La construcción de este concepto excluye e invisibiliza otros tipos de explotación comunes en el sistema de producción capitalista contemporánea que pertenecen al universo de violencia objetiva sistémica a través del énfasis en la explotación sexual que hace parte de la violencia subjetiva.