931 resultados para Beneficios eclesiásticos
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Resumen tomado del autor. Incluido en el monogr??fico ??La formaci??n del profesorado universitario??
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La organización de los estudios eclesiásticos sigue siendo prácticamente la misma que se impuso en el Concilio de Trento a mediados del siglo XVI, donde se estableció la organización de estudios y la formación de eclesiásticos en colegios especiales, con el nombre de Seminarios. Se repasa la evolución de los estudios eclesiásticos, la creación de Seminarios en cada diócesis para la formación espiritual y litúrgica de los clérigos, los estatutos impuestos por los sucesivos Papas para la continuidad y mejora de la labor de los Seminarios. Durante los siglos XIX y XX se presta una mayor atención a la dotación de los seminarios, reorganización y mejora de sus estudios, modernizando las disciplinas eclesiásticas y humanas. Se organizan Institutos Superiores de Estudios Eclesiásticos similares a las universidades, llamados Seminarios Pontificios, que posteriormente se dividirán en menores y mayores, en diocesanos, interdiocesanos y regionales. España está retrasada en este aspecto, conservando la antigua organización, por lo que, para modernizar los estudios eclesiásticos como el resto de Europa, pide de la generosidad del pueblo y una mayor dotación económica del presupuesto estatal.
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Se dan a conocer los beneficios que los particulares y empresas pueden obtener por su participación en la realización o fomento de actividades docentes o de investigación, según señala la ley de 1963 que aprueba el Plan de Desarrollo Económico y Social y que persigue la cooperación de la sociedad en el progreso de la educación. Estas ayudas pueden ser económicas y jurídicas y, según la ley de Reforma del sistema tributario de 1964 y la de los Presupuestos Generales del Estado, se establecen importantes bonificaciones en la contribución rústica, en la contribución urbana y en el impuesto sobre las rentas del capital; además de exenciones tributarias en los impuestos de sucesiones y en el de transmisiones patrimoniales 'inter vivos'. También, el Estado incentiva estas actuaciones con otras medidas fiscales complementarias, con la declaraciones de 'interés social y de 'utilidad pública' y con la concesión de subvenciones.
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Se examina la legislación dictada sobre la convalidación de estudios eclesiásticos en España, tras la aplicación de lo dispuesto en el Concordato con la Santa Sede respecto al reconocimiento de grados eclesiásticos. Las tres normas a tener en cuenta son: decreto de 6 de octubre de 1954; Orden ministerial de 9 de marzo de 1955 y Orden ministerial de 3 de junio de 1955.
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Beneficios del contexto asociativo en las actividades de tiempo libre de los adolescentes españoles.
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