885 resultados para Atos administrativos


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Por considerarlo de fundamental importancia dentro del desarrollo de la actividad de la administración pública, hemos elegido como tema del presente trabajo la figura jurídica conocida en el derecho administrativo como la revocación directa de los actos administrativos.

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Las reformas de la Cartas Políticas, tienden a consolidar la institución del sistema electoral hasta convertirlo en un instrumento del Estado necesario para asumir tareas de coordinación y planeación.

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A pesar que el tema de la participación de la sociedad civil organizada en la gestión pública, es de gran trascendencia para el Estado y la sociedad, no ha sido objeto de gran desarrollo doctrinario; pues, en primer lugar, los factores que estructuran este tipo de participación, es decir, el sistema de democracia participativa, la noción de gestión pública, la creciente proliferación de las organizaciones sin ánimo de lucro y su papel cada vez más relevante en el escenario de la vida pública, han comenzado a tener incidencia hasta hace relativamente poco, y en segundo lugar, en que su estudio tiene cierta complejidad y amplitud.

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El medio ambiente es hoy por hoy un sujeto más de derecho en nuestra comunidad, haciéndose acreedor de derechos, que, le son garantizados a través de normas cuyo fundamento es el bienestar de la comunidad y la garantía de la existencia de un medio

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estudio de la actividad comercial que se realiza en las esquinas de la ciudad de Santafé de Bogotá“La economía de semáforo” hace parte de la actividad informal de la cual vive más de un cincuenta porciento de la población como se muestra en el trabajo

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Esta monografía pretende analizar los principales efectos administrativos y económicos que derivan del concepto de Autonomía territorial, contenido en el artículo 287 de la Constitución Política de 1991, sobre el Departamento de La Guajira. Desde la óptica del neoinstitucionalismo de la Ciencia Política y la Economía, dicho concepto es una institución político-normativa que ha incidido en la forma en la que el Departamento de La Guajira, ejerce las competencias designadas por la Constitución y las Leyes, administra los recursos que le corresponden y genera desarrollo económico y social. Se evidenciará que el Departamento no ha podido consolidar una base presupuestal suficiente para ejercer sus competencias en materia de desarrollo económico y prestación de servicios públicos. Lo anterior ha creado una debilidad institucional que ha impedido al Departamento de La Guajira, generar desarrollo social y económico.

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Objetivo: Establecer la relación de las condiciones de trabajo y salud con los desórdenes músculo-esqueléticos (DME) en los trabajadores asistenciales y administrativos de un hospital en Sogamoso, Boyacá, en el 2013. Metodología: Se llevó a cabo un estudio descriptivo con una muestra de 90 trabajadores, correspondiente al 22%, de 405 incluyendo médicos, jefes de enfermería, auxiliar de enfermería, auxiliares administrativos y profesionales administrativos. Se aplicó una encuesta para determinar las condiciones de trabajo y salud y para el análisis de los síntomas de desorden músculo esquelético, junto con la toma de estatura y peso para calcular el índice de masa corporal. En el análisis de las variables cuantitativas se utilizó medidas de tendencia central y dispersión; para las variables cualitativas se calculó frecuencias absolutas y porcentajes. Se realizó pruebas de asociación Chi cuadrado y se estimó las medidas OR crudas y ajustadas por medio de un modelo de regresión binaria logística, con sus respectivos intervalos de confianza. Resultados: La población estuvo conformada por 78 mujeres (86.7%) y 12 hombres (13.3%), con edades entre 24 y 56 años. Los cargos más representativos fueron el Auxiliar Administrativo y el Auxiliar de Enfermería con el 35.6% (32) y 38.9% (35) respectivamente. Los síntomas de DME más frecuentes se ubicaron en la espalda y en mano afectando al 58.9% (53) y 45.6% (41) respectivamente. Según el 93.3% de los participantes, el factor de riesgo biomecánico que tiene alta influencia en los DME es la realización de movimientos repetidos. Se encontró para los Médicos un Odds Ratio (OR) 4.2; de DME, mientras que para los Auxiliares Administrativos tienen un OR 2.9 y presentan mayor posibilidad de padecer DME que un Auxiliar de Enfermería.

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Se realizó un estudio descriptivo de corte transversal a partir de la base de datos de ausentismo por incapacidad médica del área administrativa de una empresa de salud con sede en Bogotá durante el primer semestre de 2014 Objetivo: Caracterizar las principales causas de ausentismo laboral en los funcionarios administrativos de una empresa de salud desde la revisión de una base de datos para plantear recomendaciones de prevención. Métodos: Mediante un estudio descriptivo de corte transversal se analizó a un grupo de 284 trabajadores administrativos de una empresa de salud que reportaron ausentismo por incapacidad médica en el primer semestre de 2014. Resultados: Las principales causas de ausentismo laboral en el personal administrativo para el primer periodo de 2014 fueron por enfermedad general la diarrea y gastroenteritis (22,2%) y la rinofaringitis aguda (4,4%), y por enfermedad laboral los trastornos osteomusculares (1,04%). El 72% (207) de las incapacidades se generaron en trabajadores administrativos del género femenino y el 46.3% (133) en el grupo etáreo comprendido entre los 31-40 años; según la antigüedad laboral las personas que tienen entre 1 y 10 años generaron el 59.2% de los eventos. Conclusión: Las incapacidades en la población de estudio están dadas en mayor porcentaje por incapacidad general, por enfermedades infectocontagiosas y osteomusculares. Teniendo en cuenta que el presente estudio es netamente descriptivo, puede servir como punto de partida para futuros estudios en los que pueda medirse relación causal entre tipo de incapacidad, duración, género, cargo y grupo etáreo.

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El Estatuto General de Contratación colombiano (Ley 80 de 1993 y normas que lo aclaran, complementan y desarrollan), como desarrollo de los artículos 4 y 209 de la Constitución Política y como ejemplo de la implantación de nuevas maneras de entender el derecho administrativo, habilita a las entidades estatales sujetas al estatuto general de contratación, en aras de alcanzar sus fines constitucionales y legales, para acudir a contratos del derecho privado, plasmados en normas especiales y aquellos derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, sin que ello se oponga al principio de legalidad, piedra angular del derecho público. No obstante esta autorización legal expresa, el uso de contratos atípicos es muy limitado.

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El Ordenamiento jurídico colombiano desde sus inicios se ha enmarcado en la familia jurídica Romano Germánica, donde la Jurisprudencia ocupa un papel secundario en el momento de tomar decisiones por parte de los jueces, fungiendo como un instrumento meramente auxiliar, totalmente opacado por la ley. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, con la creación de la Corte Constitucional junto al valor vinculante que se ha dado a sus decisiones, el tradicional sistema de fuentes ha presentado una evolución que lo aproxima al uso de instituciones, como el precedente judicial, que parecían exclusivas del Common Law. De esta manera, lo novedoso del problema de investigación es que la discusión sobre la alteración de la jerarquía de las fuentes del derecho, se aborda desde una perspectiva teórica, pero desarrolla puntualmente, mecanismos como las sentencias de unificación y la extensión de jurisprudencia, que posiblemente dan alcance al concepto de precedente judicial en el Contencioso Administrativo en la práctica.

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El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.

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Objetivo. Establecer la prevalencia de Desordenes Musculo Esqueléticos(DME) y su asociación con factores ergonómicos (postura, manipulación de carga y trabajo repetitivo) en trabajadores administrativos de una Institución Educativa de Nivel Superior (IENS). Métodos. Se realizó un estudio descriptivo de corte transversal a 146 trabajadores de una IENS de la ciudad de Neiva (Huila), entre Abril y Mayo de 2015. Para la recolección de la información se utilizaron dos instrumentos: un instrumento para la caracterización sociodemográfica y ocupacional y el cuestionario estandarizado para identificar daños y exposición a riesgos ergonómicos en el trabajo (ERGOPAR). Resultados. El 90,4 % de los trabajadores presentaron molestia o dolor en alguna de las áreas del cuerpo, dentro de las cuales las más afectadas fueron las zonas del Cuello, hombros y/o espalda dorsal con el 79,9%, la espalda lumbar con el 65,8% y las manos y/o muñecas con el 49,3%. Conclusiones. Se encontró una asociación entre la exposición a factores ergonómicos y la presencia de DME, indicando que las posturas de trabajo forzadas o prolongadas y la manipulación de cargas representan un alto riesgo biomecánica para los trabajadores, lo cual se puede ver reflejado a mediano o largo plazo con el desarrollo de trastornos o enfermedades que pueden llegar a ser incapacitantes para los trabajadores, afectando su calidad de vida y su productividad laboral.

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La problemática que aborda este trabajo comprende el análisis de las implicaciones y del significado de la reafirmación del trámite de los recursos administrativos como un requisito de procedibilidad que el particular debe agotar para poder acudir a la jurisdicción administrativa cuando pretende dirimir una controversia originada en una decisión adoptada por una autoridad pública. Nos preguntamos, si con ello, se cumplió todo aquello que inspiró a los precursores de la expedición del nuevo código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. La investigación se desarrolló a partir de un plan de trabajo divido en dos partes. En la primera, se analizó la doble connotación que caracteriza a los recursos administrativos, así como la evolución, la efectividad y la importancia de aquellos de cara a los privilegios de la administración pública. También se abordaron las modificaciones que el legislador ha efectuado a esta herramienta de autocontrol de las decisiones administrativas y la jurisprudencia expedida por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional en esta materia. En la segunda parte, con el fin de establecer si la reafirmación del agotamiento del recurso de apelación como requisito de procedibilidad para acudir a la jurisdicción administrativa, traduce los propósitos del legislador al expedir el nuevo código administrativo y de lo contencioso administrativo, se plasmaron aspectos que debieron considerarse en esta reforma, en el marco de las tendencias de un Estado Social de Derecho y de la problemática de la congestión judicial que intenta afrontar el legislador. En ese marco, se explicaron los aspectos que permitieron constatar que los propósitos del legislador se desdibujaron al mantener la obligatoriedad de agotar los recursos administrativos para que el particular pueda someter una controversia a la jurisdicción administrativa.

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Se pretende relacionar el derecho al estudio con su rentabilidad económica y social, refiriéndonos a la cuestión de su financiación: de un lado para aquello que constituye su esencia genérica, la educación, y de otro, en su apreciación más singular, la de la ayuda al estudio. Se pone de manifiesto la necesidad de esbozar un radiograma de inversiones en el ámbito nacional e individual, dedicado a la educación. Se hace referencia al capital suscrito y al capital desembolsado, a la base contable normal, y a la base contable específica.

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Se analiza el papel de la 'Escuela de estudios administrativos' de Sofía, en Bulgaria, en la que se formaban, después de cuatro años de estudios específicos, los que llegarían a ser los dirigentes de la vida económica, financiera, administrativa y política del país. Se inauguró en 1940 y estaba dividido en dos secciones: Sección financiera y Sección administrativa. La duración de los estudios era de cuatro años para cada Sección. El año escolar se dividía en dos semestres, el de invierno y el de verano. Se exigía asistencia y ejercicios prácticos obligatorios. Tenían que ir superando los exámenes anualmente para poder pasar de curso. Finalmente, se ofrece un listado pormenorizado y dividido por cursos de las diversas asignaturas que se estudiaban.