1000 resultados para Carruajes-València-S.XVIII-Legislación


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El artículo forma parte de un monográfico dedicado a la LOE (Ley Orgánica de Educación).- Resumen tomado parcialmente de la revista

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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado al esfuerzo en el aprendizaje, ayuda y exigencia

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Gráficos, mapas y una galería de imágenes en soporte digital (CD-ROM) y un test para evaluar el grado de conocimiento alcanzado.

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Contribuir al conocimiento científico, religioso y cultural pedagógico del Seminario Conciliar de San Fulgencio. La documentación teórica que existe sobre el tema. Modelo teórico de investigación realizado a partir de consultas de documentos y reconstrucción de las actividades docentes de los periodos en los que la documentación es escasa. Fuentes manuscritas e impresas, planes y reales cédulas sobre estudios, y bibliografía sobre el tema. Revisión histórica y análisis de los acontecimientos. Resalta la importancia del Seminario de San Fulgencio como base para la posterior Universidad de Murcia, y trayectoria de la historia pedagógica de las entidades murcianas a través del Seminario de San Fulgencio y centros que actuaron como colaboradores en algunos periodos históricos.

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Estudio en profundidad sobre la educación en el siglo XVIII murciano. Para ello se formularon una serie de cuestiones a investigar: A) ¿Murcia tuvo siglo XVIII educador?;B) ¿Qué tipo de instituciones fundó o promovió?; C) ¿A qué niveles extendió su área educativa?; D) ¿Hasta que punto las ideas de la Ilustración hicieron su impacto en el hombre murciano?; E) Principios didácticos en que basaban su enseñanza; F) Efectos de la política ilustrada centralizadora en una región periférica. La educación en Murcia en el siglo XVIII. Instituciones educativas. Recogida de material y datos referentes a la investigación. Clasificación y organización del material. Estudio analítico y comparativo del mismo. Fuentes bibliográficas primarias y secundarias, memorias escritas y gráficas. Dentro de las fuentes escritas: impresas e inéditas o manuscritas. Elementos valiosos para la investigación han sido: escrituras notariales, impresas y manuscritas; libros capitulares del Ayuntamiento de Murcia; libros de actas de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Murcia; legajos de diferentes archivos; etc. Se ha utilizado el método heurístico (toma de contacto con los datos, crítica e interpretación). El método hermenéutico (hipótesis, generalización y tipificación). El método comparativo. En ocasiones el estadístico y sociológico. Las ideas de la Ilustración llegan a un sector de élite de la población murciana (Seminario de San Fulgencio, obispos, alto clero, etc.). Se potenciaron instituciones educativas ya existentes (escuelas de Primeras Letras). Se crearon nuevas instituciones pedagógicas y socioeducativas (escuela de dibujo, escuela de hilazas, real casa de misericordia, etc.). Se aviva la centralización y dependencia de la corte. En el primer capítulo se estudia el pensamiento filosófico y acontecimientos político-sociales más destacados en Europa y España con referencias concretas a Murcia. En el capítulo II se investigan las escuelas de Primeras Letras y de labor en el municipio murciano. El III nos descubre la figura del Cardenal Belluga desde una vertiente pedagógica. En el IV se aportan investigaciones de instituciones de carácter pedagógico-social (Real Casa de misericordia). El V corresponde a la la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Murcia en sus aspectos educativos.

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Estudiar la educación laica de la mujer en el último tercio del siglo XVIII tanto en el ámbito privado como en el público. Educación de la mujer en el siglo XVIII (último tercio). Esta investigación comienza con la polémica de género entre personas cultas comunes que aproxima a la opinión del momento sobre las aptitudes de la mujer para tareas intelectuales para pasar a revisar las opiniones de ilustrados de la Real Sociedad Matritense que se enfrentaban a la opción de admitir socias femeninas. La educación privada de las niñas sólo era patrimonio de determinadas clases sociales y fue objeto de tratados de educación femenina escritos o divulgados en el siglo XVIII. De la educación privada y los manuales que especificaban sus cometidos se pasa al estudio de la educación pública y al grado de participación de la corona abordado a través de un corpus legislativo compuesto por Reales Cédulas, Reales Provisiones, Reales Ordenes y disposiciones menores relacionándolas con un proyecto docente de corte ilustrado que perseguía reforzar el poder al dirigir y sistematizar la enseñanza básica frente a la Iglesia o a organizaciones corporativistas gremiales. Documentación catalogada del Archivo Histórico Nacional, Archivo Municipal de Murcia y de Alicante y del Archivo de la Real Sociedad Económica de Murcia. Investigación histórica. El ideario educativo ilustrado fue un proyecto androcéntrico y excluyente ya que la mujer no era considerada como capacitada para la instrucción con lo que se concluye que la educación de la mujer fue asignatura pendiente del proyecto ilustrado.

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Recoger toda la legislación de contenido educativo existente en Navarra desde 1512 años que se comenzó la Novísima Recopilación de las leyes del Reino de Navarra hasta 1812. Estudio sobre la evolución de la Legislación Educativa en Navarra. El trabajo está dividido en seis capítulos, En un principio intenta hacer un pequeño desarrollo de la enseñanza sin meterse en grandes matizaciones, es un esquema de cómo ha transcurrido la enseñanza en Navarra, quién regentaba las escuelas, etc. A continuación habla de las primeras letras, que será el fundamento principal de la tesina. Todas las leyes están relacionadas con la enseñanza de estas primeras letras. Los puntos que luego se desarrollan están ligados totalmente con éste de las primeras letras. En el capítulo siguiente intenta dar una visión sobre las instituciones que estaban al servicio de la educación, instituciones encargadas principalmente para llevar el buen orden de las escuelas, eran representaciones del reino, una especie de inspectores que llamamos hoy. Después pasa a los tipos de escuela, donde vemos una de las primeras leyes de la escuela pública que quizás no se diera con este fin pero fue un comienzo hacia esa escuela. Vemos también otra ley que también será de las primeras que se dan sobre la escuela o la educación privada. Más tarde vemos quién es el maestro, como llegaba a ser maestro, requisitos, etc. En el siguiente punto vemos que ya no son entre comisionados navarros y del gobierno. Vemos la forma en que la ley paccionada y siguientes influyen en la educación y enseñanza en Navarra. Al final de este punto vemos una ley que hace mención a la enseñanza en el mejoramiento del fuero de Navarra. 1) El Organismo Oficial que dicta las leyes son las Cortes del Reino de Navarra. 2) Existen más leyes referentes a la Organización de escuelas, lugar donde debe haberlas y a maestros que a lo que es en sí la educación. 3) Las escuelas eran Municipales principalmente, regidas por el Ayuntamiento. 4) Existían superintendentes dependientes del Ayuntamiento que supervisaban dichas escuelas. 5) La enseñanza no era mixta, había separación de chicos y chicas. 6) La enseñanza de niñas estaba en función de la utilidad que pudieran tener como amas de casa. 7) Los maestros eran nombrados para ejercer su facultad en cada pueblo, por el Ayuntamiento. 8) Hasta 1794 solo podían ejercer los maestros que tuvieran título y eran pagados por el Ayuntamiento. 9) Para la obtención del título se fijaban mucho en sus cualidades morales y cristianas.

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Señalar las distintas facetas del mundo del niño intentando ser un eslabón entre el niño y el medio, para que tal sujeto deje ya de ser un objeto de explotación del que cada vez se saca más partido. Trabajo . Divide el trabajo en siete partes: seis teóricas y una práctica que tiene como finalidad aportar datos estadísticos concretos sobre las actuales preferencias en materia de juguetes. La primera parte intenta ser una síntesis de la historia del juguete; su enfoque no va dirigido tanto a ver datos exactos y cronológicamente sucesivos como a hacer una visión general del camino recorrido hasta nuestros días. Es este quizás el punto de partida esencial del trabajo antes de teorizar y mantener una opinión negativa de nuestros juguetes. La tercera y cuarta parte pretenden ser una innovación en la materia y darán la razón de la actividad lúdica, en terrenos tan importantes como la legislación y la medicina; sectores estos que se han mantenido muy al margen del problema cuando son en realidad dos grandes pilares a tener en cuenta por la industria juguetera. El contenido fundamental del trabajo, y que podríamos decir da nombre al mismo, se engloba en las restantes partes, que bajo distintas perspectivas, abordan la psicología infantil con relación al juguete y la problemática actual del juguete mecánico contra el cual se declara el autor; su justificación ante esta postura apoyada por diversos entendidos en la materia llenará los capítulos de estas partes. 1) El fuerte consumismo y el dar todo hecho, entiendo que más que un placer para el niño, supone a la larga un entorpecimiento de sus cualidades, adormeciendo lo que dentro pueda llevar de sus dotes creativas e imaginativas. 2) Ante los juguetes mecánicos el niño solamente cumple una función: ver, observar sus movimientos, esto se repetirá una y otra vez y es entonces cuando el niño se cansa y siente necesidad de nuevos artilugios. 3) Con medios sencillos el niño piensa, discurre, actúa por sí mismo porque hemos puesto en sus manos pocos medios, a los que añade su imaginación y crea las situaciones que más le agradan. 4) Desde edad temprana no solo deben clasificarse los juguetes y medios de ocio infantiles, sino que deben restringirse en calidad y cantidad. 5) Todo juguete ha de ser a la vez objeto de ocio y medio de aprendizaje, de desarrollo. 6) El juguete como medio de educación ha existido desde tiempos inmemoriales, aunque la historia lo señale en el s. XVIII; y como el mayor o menor cumplimiento de sus fines educativos ha dependido siempre de la utilización que el niño ha sabido darle y, de lo que es más importante, de las posibilidades que dicho objeto le ha ofrecido. 7) A través de la ludoterapia podemos llegar a descubrir los motivos más íntimos que guíen las conductas infantiles difíciles de comprender, ya que el juego, concretamente en el niño muy pequeño que todavía no es dueño de su lenguaje, puede convertirse en un medio de comunicación entre él y el adulto. 8) Para un niño, vivir es jugar, y los juguetes, los personajes de su vida y de su mundo. Si un niño no sabe jugar, está enfermo y si no tiene juguetes, o no los inventa o los crea, le pasará lo que al anterior.

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Análisis sobre la delincuencia infantil y juvenil en España teniendo en cuenta la legislación vigente. Estudio breve del trato que la legislación Española da a la delincuencia infantil y juvenil, la cual en los últimos años ha aumentado, si no de una manera alarmante, si lo suficiente para ser motivo de preocupación. El trabajo esta divido en dos grandes apartados. En el primero de ellos el autor se centra en las líneas generales de la delincuencia infantil y juvenil. Para ello comienza con una definición de delincuencia de menores para dar paso a posibles causas que influyen en el joven delincuente. Para finalizar ente apartado expone una tipología de jóvenes delincuentes, centrándose en la tipología de Gibbons. La segunda parte del trabajo está dedicada a la delincuencia infantil y juvenil en el sistema penal español. Para abordar esta parte comienza con una pequeña introducción sobre la situación histórica y el concepto de delito en el menor. Seguidamente analiza la situación legislativa en España y la situación real de la delincuencia juvenil, con cifras para valorarla. Estudio teórico. 1) Entre las causas a las que podríamos achacar el aumento y la precocidad de la delincuencia la hallamos fácilmente en la vertiginosa evolución de nuestra sociedad. 2) Las emigraciones masivas del campo a la ciudad, fomentadas por la creencia de unas mejores condiciones de vida, y el consiguiente desengaño al no encontrarlas, y en cambio sí hallar una población deshumanizada y con valores distintos a los rurales; hacen que el desarraigo incremente la posibilidad de incidir en hábitos delictivos. 3) La crisis de valores por las que atraviesa la sociedad actual, el paro, los modelos e ideales presentados a jóvenes y niños son circunstancias que inciden en el aumento de conductas asociales de éstos, llegando a casos extremos de delincuencia. 4) Existe aun desconocimiento de las causas debido a sobre todo a las dificultad para determinarlas dada su multiplicidad. 5) Entre las soluciones que habría que dar a la delincuencia están las que hacen referencia a las reformas legislativas y de los actuales centros especializados en la educación de estos niños y jóvenes, en los que el número de individuos es tan elevado que es imposible la atención estrecha y personal con el delincuente, lo que dificulta la reinserción. 6) La sociedad misma debe plantearse el estudio para dar la mejor solución, para que en un futuro, aunque la delincuencia no desaparezca, si disminuya. 7) La influencia de la familia tiene una gran importancia. Debido a la educación y el ejemplo que reciba en ella, el niño tendrá en el futuro una conducta que pueda encaminarse al recto proceder o apartarse de él. 8) La mayor parte de los chicos reclusos en nuestro país pertenecen a familias humildes o de baja condición, y la condición social e instrucción van unidas al delito.

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Ofrecer elementos que permitan comprender mejor la Espa??a del siglo XVIII a los historiadores de la posguerra espa??ola. Responder al inter??s que el siglo XVIII despertaba entre los historiadores de la posguerra, como punto de transici??n de la Espa??a tradicional a la moderna. Ofrecer una aproximaci??n a los aspectos problem??ticos del siglo XVIII en el campo educativo; concretamente, la labor ilustrada en la Instituci??n Universitaria y la reforma de los planes de estudio. Estudio comparativo del plan de estudios anterior a 1771 y el plan de 1771, atendiendo en especial, a la reforma de la Universidad de Valladolid. Investigaci??n en documentos de la ??poca y bibliograf??a publicada. El siglo XVIII trae consigo una ense??anza m??s ??til para el pueblo espa??ol, un progreso econ??mico y cient??fico en el aspecto material de la naci??n, un nivel de vida m??s elevado, etc. Pero en lo espiritual se ha abierto una fisura que ir?? ocupando la Filosof??a materialista, el Liberalismo y el Laicismo. Es una ??poca de transici??n donde la metamorfosis no se genera en la universidades. Ser??n las revoluciones pol??ticas y las ideas venidas de Francia los aut??nticos motores. Los frutos de estas renovaciones no se recoger??n hasta el siglo XIX, consider??ndose la cultura -reservada en un principio a los privilegiados- como un medio de regeneraci??n del pa??s.

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El eje de la investigación se sitúa en el Archivo de la Catedral de Toledo y en la figura de Jaime Casellas como el compositor protagonista. Se conservan gran cantidad de sus obras en la Capilla de Música de la Catedral de la primera mitad del siglo XVIII, se considera el periodo más representativo del estilo de música religiosa en España. La elaboración del Catálogo de la obra musical de Casellas y por extensión a la música española del siglo XVIII persigue el objetivo de claridad de sus datos, su unidad y un fácil manejo para un futuro uso. Se ha desarrollado una parte biográfica sobre Jaime Casellas en dos secciones, impuestas por la ubicación geográfica del personaje: la etapa catalana (1690-1733), y la etapa toledana (1734-1764). El estudio de la Capilla de Música de la Catedral de Toledo durante la segunda mitad del siglo XVIII constituye una amplia colección de textos musicales que figuran en las Actas capitulares desde 1700 hasta 1764 y a una sección de protocolos notariales pertenecientes a miembros de la Capilla durante este período, procedentes del Archivo Histórico Provincial de Toledo. A ello hay que añadir un conjunto de cuadros esquemáticos con los datos referidos a la Capilla durante este tiempo. La Catedral de Toledo siempre observadora de todo lo nuevo que acontecía a su alrededor, dejaba que otros centros se ocuparan de experimentar los riesgos que entrañaba la práctica de lo desconocido y una vez comporobado su contribución positiva, la sede primada las incorporaba a su sistema de funcionamiento de la mejor manera posible. El repertorio imperante en España durante la primera mitad del siglo XVIII era policoral. La base vocal e instrumental con la que trabajaba Casellas y estaba integrada por dos coros a 8 voces, 2 partes para violines, otras 2 para oboes, así como la dualidad alternativa de trompas y clarines, todo ello apoyado por un acompañamiento continuo muy reforzado.

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Comprobar a qué modelo de profesor responde la legislación educativa sobre formación permanente del profesorado desde 1970. Este trabajo comienza con un repaso a la formación del profesorado durante el antes de la Ley General de Educación de 1970 por que conocer el estado de la cuestión ayuda a comprender lo que supuso esta Ley y las posteriores reformas en el ámbito de la formación permanente del profesorado. El siguiente apartado está dedicado a la formación permanente y los modelos de formación del profesorado, necesario para tener un esquema conceptual válido para canalizar la información que se obtiene del BOE. A lo largo de el capítulo se intenta precisar el concepto de formación permanente y de aislar los aspectos o dimensiones esenciales implicados en cada modelo de formación; aspectos que, aisladamente o en grupo, los identifican y permiten distinguir uno de otro. Así, pasamos al siguiente capítulo dedicado a la formación permanente del profesorado después de la Ley General del 70. Como esta época está marcada por dos grandes reformas del Sistema Educativo, se podría pensar que el punto de inflexión más adecuado para separar el capítulo y facilitar su estudio coincidiría precisamente con esas dos fechas, 1970 y 1990. sin embargo, en ambos casos, hay dos hechos muy significativos que las preceden: la creación de los ICEs en 1969 y la creación de los CEPs en 1984; y esos serán los momentos que marquen el inicio de cada parte de este capítulo. Para finalizar el trabajo, la autora aporta una serie de conclusiones obtenidas de la documentación estudiada y que pretenden dar respuesta a las cuestiones planteadas en anteriores capítulos. 1) El llamado modelo ICE coincide con el modelo tecnológico, mientras que el modelo CEP coincide con el humanista. 2) En el modelo ICE, la oferta de formación permanente atiende mucho más a los aspectos académicos y comportamentales y abandona la dimensión personal. 3) Los CEPs surgen como centros de agrupamiento de profesores comprometidos con la formación permanente. 4) Uno de los errores el que participan ambos modelos es creer que la formación del futuro profesor se inicia con la formación profesional. En ese momento ya llevan años como alumno y lo que hasta entonces hayan logrado tendrá importantes repercusiones en su trabajo docente. 5) No se puede olvidar que la forma en que se enseñe cualquier materia no es indiferente de cara a los logros de formación que se obtengan. Durante los años como alumno habrá interiorizado una pedagogía, una forma de hacer, que reproducirá cuando ejerza como profesor. 6) La reforma del sistema escolar es más rentable que intentar cambiar a las personas durante la formación profesional corrigiendo fallos que el sistema produjo con anterioridad. 7) En épocas de reformas en el sistema educativo, todo lo referente a formación de profesorado emerge con fuerza para adecuar al profesorado a las nuevas exigencias del sistema.

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Se realiza un estudio reflexivo de la Legislación Educativa peruana sobre la Ley General de Educación número 23384 del 18 de mayo de 1982 en Educación Primaria y Secundaria. El objetivo es mejorar la calidad de la educación y con ello mejorar la calidad de vida del ciudadano peruano. El docente es el agente clave para mejorar la calidad de la educación pero la responsabilidad recae en quien aplica la política educativa. El trabajo está dividido en cinco partes. Se basa en el estudio comparitivo de la documentación existente y los artículos referentes al nivel educativo primario y secundario. El apartado tres está dedicado a las propuestas de proyectos educativos hasta 1990, mientras que el apartado cuatro estudia la Ley General de Educación número 23384 del 18 de mayo de 1982. Ley en vigencia y con miras a la implantación de una nueva Ley General de Educación, que puede servir de base para su mejora, consituyendo un instrumento que haga viable el logro de las aspiraciones y propósitos en el campo de la educación peruana. Si el Gobierno quiere potenciar la educación no es necesario cambiar la Constitución, ni la Ley General de Educación, sino procurar la estabilidad de las mismas para el éxito de cualquier política educativa seria. La calidad educativa se puede mejorar al convertir los centros docentes en espacios de investigación, de diálogo interactivo y de cultura compartida. Es preciso mejorar la imagen social del profesorado y aunar esfuerzos entre las instituciones para que los docentes no se sientan solos. Lograr una educación de calidad para que los alumnos estén en condiciones de enfrentarse a la vida y sepan desenvolverse en una actividad, una educación que haga personas críticas y creativas.

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Se muestra la realidad educativa de Cádiz durante el siglo XVIII. Abarca la totalidad de las instituciones educativas, normativas, niveles y demás aspectos personales y materiales de la enseñanza en el periodo ilustrado gaditano. Se pretende dar respuesta a si el conjunto de factores que se dan en Cádiz durante este tiempo dan origen a una realidad educativa diferente, avanzada, dotada de rasgos propios y de un interés particular. Se trata de un método de investigación histórico, que estudia la dinámica de Cádiz como ciudad en el contexto español del siglo XVIII. Se realiza una exposición global del panorama en la enseñanza en España durante este mismo periodo, para profundizar en la enseñanza elemental, secundaria y técnico-profesional. En la enseñanza elemental se avanza en la consecución de una buena organización escolar, con un alto índice de escolariazión masculina. Se renueva al profesorado, relegando al sector reacio a las reformas y a las innovaciones. Se amplia el número de escuelas y se produce una mejora real de las condiciones materiales y pedagógicas de la enseñanza. En la Enseñanza Secundaria lo más novedoso, es el nacimiento de un nuevo tipo, que se crea a partir de la existencia de algunas academias de idiomas, ciencias y otras enseñanzas (técnico-profesionales), que constituyen toda una aportación creativa e innovadora en la Enseñanza Secundaria. La proliferación de estas enseñanzas (matemáticas, comercio, escultura, pintura, arquitectura, dibujo, naútica, pilotaje, cirugía, taquigrafía) es una de las características esenciales de este periodo, aumentando de esta manera las oportunidades educativas en Cádiz. Por todo ello, el último tercio tiene unas características avanzadas y diferenciadoras en relación con las poblaciones andaluzas del entorno y la mayor parte de las ciudades españolas, con todos los rasgos que definen a la política ilustrada en materia educativa .

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Comparar la gestión y participación en los centros educativos en la LOECE y en la LODE . Análisis comparativo y valorativo de la gestión y participación en los centros educativos según la Ley Orgánica que regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE), y la Ley Orgánica del derecho a la Educación (LODE), que han desarrollado, desde posiciones distintas, el artículo 27 de la Constitución Española de 1978. La primera parte del trabajo pretende ser una fundamentación de los conceptos claves que luego serán aplicados en el estudio de las distintas leyes -la participación, la comunidad educativa, los distintos modelos de participación; a continuación dedica un espacio a constatar cómo se hallan expresados estos conceptos actualmente en las leyes de los países de nuestra área cultural europea, terminando con una exposición de la doctrina de la Iglesia a este respecto. Los dos capítulos centrales están dedicados al estudio de la LOECE y de la LODE respectivamente, siguiendo el mismo esquema para ambas leyes. El esquema seguido es el siguiente: una presentación de la ley, análisis de los derechos fundamentales a la libertad de enseñanza y el de todas las personas a la educación, desarrollo detallado del concepto de participación y los órganos tanto colegiados como unipersonales de participación que cada una de las leyes preveen en los centros públicos o privados. En la última parte se pone en evidencia las diferencias entre ambas leyes en los puntos consignados del trabajo, objeto último del mismo. 1) Ambas leyes son totalmente distintas en cuanto a la concepción de la estructura organizativa del centro, a sus respectivas filosofías de fondo y en cuento al modo y grado de concebir y concretizar la participación en los centros educativos.2) La reiterada ambigüedad del artículo 27 de la constitución, que regula el tema de la educación, es un artículo de consenso, signo de la pluralidad de las fuerzas políticas que representaban al pueblo español y, por tanto, un artículo ambiguo que posteriormente daría lugar a enfrentamientos.3) La reiterada ambigüedad del artículo 27 de la Constitución es fácilmente comprobable en el nivel tercero de las diferencias, es decir, en el modelo participativo concreto de cada ley: la congestión educativa -dela que ambas leyes participan- es lo nítidamente constitucional, mientras que su ambigüedad es lo que permite a la LOECE enfatizar toda su estructura en lo `gestionario´ y a la LODE en lo `autorgestionario´.4) La LOECE pone énfasis en defender en derecho de los padres a elegir el tipo de educación que quieran para sus hijos y, como garantía de éste, defenderá con fuerza el derecho a crear distintas escuelas con Ideario propio que garanticen su opción primera ( pluralidad de centros); así la libertad de cátedra tendrá su límite en el respeto a estos derechos.5) La LODE opta claramente por una auténtica participación de la comunidad educativa, enfatiza el sentido colectivo o de transitividad de la educación; de ahí su defensa, casi sin límites, de la libertad de cátedra.6) La tan citada ambigüedad nos permite contemplar dos leyes diferentes; el organigrama `vertical´ de la Ley centrista y el `concentrico´ de la Ley socialista no hacen más que ponerlo de manifiesto. 7) Por ser la educación un tema tan importante y trascendental en la vida del hombre, sería necesario encontrar cierta estabilidad en el sistema educativo y que éste no estuviera a merced de los cambios políticos de partido; sería más conveniente por ello, que éstos cedieran a posturas extremas y se llegara a una ley de consenso o de pacto que sirviera para todos y diera estabilidad al sistema educativo español.