La formación permanente del profesorado en la Legislación Educativa desde 1970.


Autoria(s): Moro Baizán, Aurora
Contribuinte(s)

Holgado Sánchez, María Adoración

Universidad Pontificia de Salamanca. Facultad de Ciencias de la Educación; Calle Compañía, 5; 37002 Salamanca; +34923277118; +34923277108; bibliot.ref@upsa.es

Data(s)

22/05/2013

22/05/2013

1998

14/07/2009

Resumo

Comprobar a qué modelo de profesor responde la legislación educativa sobre formación permanente del profesorado desde 1970. Este trabajo comienza con un repaso a la formación del profesorado durante el antes de la Ley General de Educación de 1970 por que conocer el estado de la cuestión ayuda a comprender lo que supuso esta Ley y las posteriores reformas en el ámbito de la formación permanente del profesorado. El siguiente apartado está dedicado a la formación permanente y los modelos de formación del profesorado, necesario para tener un esquema conceptual válido para canalizar la información que se obtiene del BOE. A lo largo de el capítulo se intenta precisar el concepto de formación permanente y de aislar los aspectos o dimensiones esenciales implicados en cada modelo de formación; aspectos que, aisladamente o en grupo, los identifican y permiten distinguir uno de otro. Así, pasamos al siguiente capítulo dedicado a la formación permanente del profesorado después de la Ley General del 70. Como esta época está marcada por dos grandes reformas del Sistema Educativo, se podría pensar que el punto de inflexión más adecuado para separar el capítulo y facilitar su estudio coincidiría precisamente con esas dos fechas, 1970 y 1990. sin embargo, en ambos casos, hay dos hechos muy significativos que las preceden: la creación de los ICEs en 1969 y la creación de los CEPs en 1984; y esos serán los momentos que marquen el inicio de cada parte de este capítulo. Para finalizar el trabajo, la autora aporta una serie de conclusiones obtenidas de la documentación estudiada y que pretenden dar respuesta a las cuestiones planteadas en anteriores capítulos. 1) El llamado modelo ICE coincide con el modelo tecnológico, mientras que el modelo CEP coincide con el humanista. 2) En el modelo ICE, la oferta de formación permanente atiende mucho más a los aspectos académicos y comportamentales y abandona la dimensión personal. 3) Los CEPs surgen como centros de agrupamiento de profesores comprometidos con la formación permanente. 4) Uno de los errores el que participan ambos modelos es creer que la formación del futuro profesor se inicia con la formación profesional. En ese momento ya llevan años como alumno y lo que hasta entonces hayan logrado tendrá importantes repercusiones en su trabajo docente. 5) No se puede olvidar que la forma en que se enseñe cualquier materia no es indiferente de cara a los logros de formación que se obtengan. Durante los años como alumno habrá interiorizado una pedagogía, una forma de hacer, que reproducirá cuando ejerza como profesor. 6) La reforma del sistema escolar es más rentable que intentar cambiar a las personas durante la formación profesional corrigiendo fallos que el sistema produjo con anterioridad. 7) En épocas de reformas en el sistema educativo, todo lo referente a formación de profesorado emerge con fuerza para adecuar al profesorado a las nuevas exigencias del sistema.

Identificador

p. 77-89

http://hdl.handle.net/11162/89344

CL. P 1415

Idioma(s)

spa

Direitos

Cuando no se especifique otra condición, los documentos incorporados a Redined a texto completo, se hallan bajo las condiciones de uso de sólo lectura y únicamente podrán ser citados con reconocimiento del autor(es). Para cualquier otro uso, deberá solicitarse el permiso del autor (es)

Palavras-Chave #formación de profesores #escuela de formación de profesores #perfeccionamiento de profesores #legislación educativa #formación continua #formación de formadores #necesidad de formación
Tipo

Tesina