994 resultados para Exilio español


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Se analiza el Concordato que existía entre la Santa Sede y España, firmado en 1953, y que en este ensayo se estudian principalmente los artículos 26 al 31 y 33. Se describen los principios que inspiran el Concordato en materia educativa: 1.La inspiración católica de toda enseñanza y educación, en la que se establecen las relaciones entre instrucción y educación, se explica cuál es el criterio de la Iglesia sobre la instrucción y la educación y la orientación del concordato. 2. La obligatoriedad de la instrucción religiosa católica, en el que se expone el criterio de la Iglesia católica y la orientación del Concordato, las excepciones a la obligatoriedad de la instrucción religiosa, la formación que ha de tener el profesorado de religión, los medios pedagógicos a seguir y la instrucción religiosa a través de los medios formativos de la opinión pública; el reconocimiento del derecho docente y educativo de la Iglesia y la colaboración entre la Iglesia y el Estado en materia docente y educativa.

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Resumen de lo acontecido en el primer Congreso Español de Estudios Clásicos presidido por el presidente del CSIC, D. José Sánchez Lasso de la Vega, que abrió el Congreso pronunciando un discurso inaugural sobre Marcelino Menéndez Pelayo y la humanidad clásica, en el que examinaba las relaciones entre la humanidad y la religión y hacía un estudio de ideales de Menéndez Pelayo en relación con el mundo clásico y con la filología moderna. En días sucesivos, se intercalaron las ponencias de diversos autores dedicadas a temas docentes. Se estudió la Pedagogía de los estudios clásicos en la Universidad y la Pedagogía de las Lenguas Clásicas en los centros de enseñanza media. En la jornada de clausura, se pronunciaron diversas ponencias sobre la enseñanza del griego y el latín en España, la bifurcación del bachillerato en letras y ciencias, sobre los estudios clásicos en España como parte importante de la cultura hispánica, de la falta de bibliografía y obras escolares sobre estudios clásicos, de la necesidad de mantenimiento de un bachillerato clásico dedicado a un amplio número de alumnos y de la necesidad de una mayor orientación pedagógica en las universidades.

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Se trata de la segunda parte del artículo con mismo título 'La educación en el Concordato español de 1953', publicado en abril de 1956. Esta parte se divide en tres subapartados que se desarrollan en profundidad. El primero, se refiere al reconocimiento del derecho docente de la Iglesia católica. Se le otorga la posibilidad de fundar centros docentes, además, se les ofrecía centros en exclusiva para la formación de eclesiásticos y también se le concedía el reconocimiento por el Estado de grados y estudios eclesiásticos. El segundo punto se refiere a la colaboración de la Iglesia y el Estado en materia docente y educativa. Por último, se analiza el juicio sobre las disposiciones del concordato en materia de educación.

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Se resumen las ponencias que se pronunciaron en el segundo Congreso de Cooperación Intelectual sobre la sistematización de la didáctica del español. Según el autor, las consecuencias a las que se llegaron fueron: 1. La conveniencia de celebrar reuniones periódicas de lectores de español y profesores de las escuelas, Institutos y Universidades para el estudio de los problemas planteados en cada centro. 2. Crear una Asociación de profesores de español en el extranjero en contacto con autoridades académicas y universitarias. 3. Mantener el contacto e informar a los miembros de la Asociación y publicar una revista en la que los profesores sugiriesen reformas o expusieran sus dificultades. 4. Redactar una bibliografía de textos de enseñanza y una biblioteca especializada en dicho tema. 5. Utilizar los medios de enseñanza audiovisuales. 6. Aumentar el intercambio de profesores de cualquier país, dedicados a la enseñanza del español. 7. Organizar cursos para los profesores de español. 8. La Asociación se relacionaría con casas editoras para proporcionar traductores solventes y difundir a bajo precio los textos que así lo merecieran. 9. Fomentar el intercambio entre alumnos del curso preuniversitario con otros de edad parecida con objeto de formar hispanistas jóvenes y fomentar el interés de los españoles por otras lenguas.

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Se transcribe el Reglamento español de Escuelas Técnicas Superiores aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, a través de su Dirección General de Enseñanzas Técnicas. Por este Reglamento se regirían las distintas Escuelas Técnicas Superiores. Tenía validez provisional por Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1951. En el texto se incluyen los siguientes aspectos: 1. Objetos de las escuelas. 2. Enseñanzas: Cursos de selección para ingreso: curso selectivo, curso de iniciación; Estudios de la carrera; Doctorado. 3. Junta de profesores. 4. Personal directivo: el Director de la escuela, el subdirector, el secretario. 5. Personal docente: Catedráticos numerarios; Catedráticos extraordinarios; Profesores adjuntos; Encargados de Cátedra o curso; Otro profesorado. 6. Personal auxiliar y subalterno de carácter técnico. Se transcribe también lo relativo a la Organización de las enseñanzas: 1. Normas generales. 2. Régimen de la Enseñanza Oficial: período lectivo, exámenes. 3. Alumnos oficiales. 4. Alumnos libres. 5. Enseñanza sin efectos académicos. 6. Servicios varios.

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La 'Revista de Educación' remitió un cuestionario al Director del Instituto Español de Emigración con el fin de publicarlo en forma de entrevista. De estas páginas se desprende, según el propio Director, la situación de la política de emigración que existía en España. Durante los años sesenta hubo un gran movimiento migratorio por parte de los españoles hacia otros países europeos. En concreto, se contabilizaron más de un millón de emigrantes que tuvieron que marcharse a países de Europa como Suiza, Francia, Gran Bretaña u Holanda, en busca de una oportunidad laboral. Esto repercutía a España en cuanto a entrada de divisa extranjera. Y también a los países receptores en cuanto a aumento de su productividad y riqueza pero también, se imponía la necesidad de crear un control de recepción de emigrantes para evitar el desbordamiento de los mismos y no obtener el efecto contrario al deseado. La mano de obra extranjera permitió el desarrollo de los países receptores industrializados y no fue hasta la recesión económica del invierno de 1974-75, que muchos de los emigrantes tuvieron que regresar a sus países de origen al quedarse sin empleo. En aquellos tiempos y a pesar de los dignatarios, existía una desigualdad jurídica evidente respecto al trabajador emigrante en comparación con el del propio país que se precisaba resolver, aunque el Instituto Español de Emigración y las Agregadurías Laborales, estaban para defender las cuestiones laborales de los trabajadores españoles en el extranjero. Del cuestionario también se sacan conclusiones sobre la situación educativa y cultural en la que se encontraban los hijos de los emigrantes en los países de acogida, además de la barrera idiomática evidente que tenían que superar. Asimismo, el Director del Instituto Español de Emigración, informa sobre el sistema de acción educativa con profesores, centros, cursos y becas para los hijos de los emigrantes y sobre todo, para aquellos que llegan al país de acogida siendo adolescentes. Estos datos se aprecian en las tablas estadísticas que se ajuntan y en las dotaciones económicas destinadas a becas para realización de estudios diversos. Por último, el Director ofrece una visión de la reincorporación de los emigrantes a España y de las ayudas que existían a su disposición para facilitársela.

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En esta artículo se analiza la posición y figura del administrador educativo y de la necesidad que se plantea en torno a su cambio para que influya en la gestión del nuevo sistema educativo español. Hasta mediados de los años setenta se observa que el cambio en el sistema educativo existe cuantitativamente. A partir de aquel momento se exige que el cambio sea cualitativo, empezando por la administración del propio sistema, estableciendo nuevos objetivos, nuevos métodos para la articulación de tales objetivos, la adopción de las correspondientes decisiones y la introducción de cambios en la gestión de la administración educativa. La educación de calidad exige una planificación cualitativa que vendrá definida por la concurrencia de: la calidad y claridad de los objetivos; la cualidad profesional de los planificadores; la cualidad de las técnicas de planificación y el grado de participación con la planificación que se realice. Los planificadores precisarán: un conocimiento integrado de lo que es el sistema educativo en su conjunto; comprender mejor el sistema educativo y administrarlo eficazmente; debe ser experto en técnicas de gestión; debe actuar inspirado en los principios de legalidad, eficacia utilizando recursos, rapidez en la gestión, con espíritu de iniciativa para la búsqueda de soluciones a problemas complejos de la gestión y aceptar al administrado como partícipe en la elaboración de las decisiones y como factor estable e importante en el proceso de decisión.

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Incluye presentación en Power Point y vídeo

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Memoria de maestría (Universidad de Jaén-FUNIBER, 2010). Incluye apéndices. Resumen basado en el de la publicación

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Memoria de máster (Universidad de Salamanca, 2011). Resumen basado en el de la publicación

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Memoria de máster (Universidad de Jaén-FUNIBER, 2010). Resumen basado en el de la publicación