971 resultados para Reforma Legal


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El desarrollo social de un departamento está determinado por factores tanto internos como externos. Sin embargo, la existencia de recursos no renovables con gran valor, en algunos casos representan el núcleo de grandes problemas sociales en estos departamentos.

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El 11 de julio de 2005 el grupo denominado G4 -Alemania, Japón, India y Brasil- presenta a la Asamblea General una propuesta de ampliación del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. A partir de lo anterior se analiza el panorama de Brasil en el G4 y su pretensión de asumir un puesto preponderante en el principal órgano de Naciones Unidas, como representante de América Latina.

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Revisar la progresiva consolidación de la reforma educativa liberal-burguesa en el estado español. Desentrañar el papel que jugaron los planteamientos, ideas y propuestas liberales en la construcción del sistema escolar. Se sabe que para muchos la educación debía ser un elemento de control social, instrumento político; hecho que generaba conflicto desde el poder y desde la oposición. De todas formas, los planteamientos educativos ideados para incidir en la sociedad y amoldarla según el nuevo modelo de convivencia, no siempre llegaron a la realidad educativa y si lo hicieron fue de manera muy localizada. Planteamientos educativos liberales, especialmente los dedicados a la primera enseñanza y a la formación de maestros. La enseñanza secundaria o intermedia y la universitaria no se tratan en profundidad, tan sólo como elementos implicados en la construcción del conjunto del sistema educativo y como elementos imprescindibles para completar el análisis globalizador de la época estudiada. Tras analizar el contexto socio-político y cultural englobado entre los años 1833 y 1857, se plantea la concepción educativa de los liberales (moderados y progresistas), diferenciando dos etapas: del 33 al 45 y del 45 al 57. En ambas se tratan tres niveles: el social (control ideológico de la educación, etc.), el de la teoría de la educación (pedagogos, teóricos de la educación, políticos, etc. más significativos) y el escolar (instituciones educativas, castellanización, etc.). Por último se revisa el significado de la Reforma Moyano en la construcción del sistema escolar como culminación de la primera gran etapa del reformismo liberal. Revisión documental. Metodología histórica, 'síntesis' basada en aportaciones interdisciplinares. Para ordenar la complejidad de ideas, planteamientos y hechos analizados se han tenido presentes una serie de niveles: 1. Nivel político-ideológico. 2. Nivel político-jurídico y normativo. 3. Nivel de planteamientos educativos no estrictamente oficiales, desde el punto de vista social. 4. Nivel de planteamientos teóricos presentados por diversos autores significativos en la época estudiada, sin limitarse a los eminentemente liberales, incidieran o no directamente en la institucionalización del sistema escolar. 5. Nivel de institucionalización y praxis del sistema escolar. 6. Nivel perspectivo en que se realizaban los planteamientos educativos para conseguir una operatividad a largo plazo, tanto oficial como no oficial. Los liberales consideraron la educación como un elemento de control, estabilidad social y progreso. Se pretendía conseguir un estado fuerte y un mercado interior unificado. Siguieron el modelo francés de planificación educativa. Aunque valoraran más la secundaria y la universidad, su pretensión era generalizar la primaria; no se consiguió por falta de condiciones materiales y humanas. Los liberales más consecuentes pensaban que la centralización debía ser momentánea. Los moderados en el poder consolidaron la política educativa anterior, con mentalidad centralista, uniformadora y jerarquizante. Se cedió ante las presiones inspectoras de la iglesia por lo que la secularización, pretendida por los progresistas, resultó muy parcial. Los principales ideólogos del estado español, liberales o socialistas utópicos, se consideraban cristianos avanzados a pesar de criticar a la iglesia como institución. Montesino introdujo la educación integral aunque sólo fuera en el ámbito teórico. Monlau introdujo el concepto de educación popular. Lista distinguía entre privada, para ricos y dirigentes, y pública, para pobres. Esta dicotomía entre escuela estatal y escuela privada quedó consolidada por el principio de libertad de enseñanza y de creación de centros. Otros autores importantes fueron: Monturiol, de la Sagra, Figuerola, Avendaño, Carderera, Gil de Zárate,... En 1849 se creó la inspección de instrucción primaria, herramienta de control y vigilancia por parte del estado. Muchos maestros ejercían sin título, las escuelas normales eran insuficientes. Las publicaciones periódicas dedicadas a los niños (Minerva de la juventud, Museo de las familias, etc.) proliferaban; permitían incidir en la moral de los futuros ciudadanos, informar a los profesionales de los planteamientos oficiales y de las líneas pedagógicas que se iban introduciendo. Algunos literatos significativos como Aribau, Larra, etc. transmitieron un mensaje pedagógico claro. Para ellos, la ignorancia generaba desigualdad, dificultaba la democracia y soberanía popular. La castellanización o aculturación se utilizó para la transmisión ideológica; el castellano se consideraba signo de poder, cultura y ciencia. Los cambios, lentos y no generalizados, se hicieron desde planteamientos moderados. Los libros de texto solían reeditarse sin aportaciones novedosas, reproduciendo la moral anterior más que la nueva mentalidad burguesa. La ley Moyano implantó los niveles educativos desde primaria hasta la universidad; no obstante, la burguesía no supo aprovechar esta herramienta de poder, de control social. La escuela obligatoria no se llegó a impulsar convenientemente, es más, se convirtió en una fuente de lucha y control político (reflejo de la dinámica socio-política del momento). Además, el control eclesiástico sobre el sistema educativo impidió su secularización. La no-generalización de la primaria así como la libertad de educación facilitaron este proceso. El estado consiguió una escuela burocratizada, funcionarial. La reforma moderada estructuró la desigualdad educativa, la jerarquización, el populismo paternalista; en definitiva, unos intereses poco populares al servicio de la diferenciación de clases, en un ambiente facilitador del individualismo pedagógico y social. Las instituciones no acabaron de responder a la necesidad de democratización del sistema educativo y al utilitarismo necesario que demandaba la sociedad. El marco legal del sistema educativo escolar, cualquier intento de reforma, choca siempre con las fuerzas conservadoras y reaccionarias.

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Notes, slides, links. See also notes on ECS module page: https://secure.ecs.soton.ac.uk/module/1617/COMP1205/33423/

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Esta investigación se desarrolla, bajo una hipótesis, la cual se busca comprobar, analizando la evidencia encontrada en documentos Teóricos investigativos de autores expertos y especialistas en el tema y en publicaciones de la prensa nacional además de las leyes que corresponden a las dos reformas de la salud la 1122 de 2007 y la 1438 de 2011. La hipótesis planteada para esta investigación es que “mientras los nuevos planteamientos para la reforma de la salud no incluyan dentro de su propuesta una solución evidente a los principales problemas encontrados en el sistema de salud actual y no establezca un control fiscal y una regulación verdadera sobre el manejo de los fondos del sistema de salud; Los principios de universalidad, eficiencia, integralidad, libre escogencia, competencia sana y calidad no serán cumplidos y por lo tanto el pueblo Colombiano no podrá ejercer su derecho a la salud como lo plantea la Constitución Política de Colombia de 1991 y la ley 100 de 1993. Para comprobar la hipótesis se han seleccionado como documentos a analizar, tres publicaciones de la prensa nacional, cuatro de autores expertos y especializados en el tema y tres documentos adicionales que corresponden a las dos reformas realizadas al sistema de salud en los años 2007 y 2011 y a la nueva propuesta radicada por el gobierno nacional a inicios de este año. Es de suma importancia conocer las apreciaciones de los autores sobre el grupo de variables que se utilizarán para desarrollar este estudio. Estas variables pertenecen a aquellas que influencian el equilibrio financiero y que adicionalmente afectan directamente a la población impactando su bienestar y su calidad de vida. Entre esas variables se destacan (i) aspectos demográficos y de la fuerza laboral, (ii) aspectos económicos como los niveles de ingreso, salarios y empleo, (iii) cobertura del sistema de salud, (iv) calidad y acceso a los servicios del sistema, (v) duplicidad del gasto (vi) flujo de los recursos del sistema de salud (problemas institucionales), (vii) Gasto en salud y estabilidad financiera y (viii) regulación financiera. El Formato utilizado para la comparación análisis y síntesis de los documentos teóricos investigativos y de las publicaciones de la prensa nacional, consta de tres cuerpos. El primero, contiene las características relacionadas con tiempo y espacio de la publicación. El segundo, hace énfasis en el contenido y en los temas y variables de interés para el desarrollo de la investigación. Y el tercero hace énfasis en el contenido y en los temas y variables de interés para el desarrollo de la investigación. Al hacer el análisis, síntesis y comparación de estos artículos se resolverán algunos interrogantes que pueden llevarnos a comprobar la hipótesis como los son:¿Cuáles han sido los principales logros en salud con el sistema actual?, ¿Cuáles han sido las principales fallas o problemas en el sistema actual de salud?, ¿Hay un buen manejo de los fondos destinados al sistema de Salud actual?, ¿La gestión financiera del Sistema de Salud Colombiano, permite que este sea un sistema de salud sostenible y perdurable para todos los colombianos?. Adicionalmente, existen otros interrogantes a destacar como lo son ¿En qué consiste la nueva reforma de Salud propuesta para el 2013?, ¿Los cambios planteados en la última propuesta para hacer una reforma al sistema de salud, realmente conducen a un avance o dejan de lado los principales problemas de la seguridad social en Colombia?, ¿La nueva propuesta para la reforma de la salud busca lograr una mejora radical en la gestión financiera del Sistema de Salud Colombiano?, ¿Cuál es la percepción de los principales autores, especialistas en el tema en cuanto a la erradicación total de los problemas más álgidos en el actual Sistema de Salud Colombiano, con la nueva propuesta para la reforma de la salud para el 2013? Este trabajo de investigación surgió debido a la radicación de una nueva propuesta para la reforma a la salud y la polémica que se ha generado alrededor de esta. Veinte años después de la aprobación de la ley 100, se han identificado logros importantes principalmente en cuanto a cobertura; lastimosamente, actualmente se han manifestado problemas financieros y de liquidez, a pesar de lo cual, vale la pena destacar que el sistema fue rentable e incluso generó excedentes financieros en su operación, durante sus primeros 10 años de funcionamiento. Ahora, según la evidencia teórica investigativa y de la prensa nacional, se determinará si la nueva propuesta para la reforma de la salud es una buena opción para el país.

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Con la Constitución Política de 1991, se inicia una nueva estructura funcional en el país a partir de los preceptos consagrados en la carta magna como un estado social de derecho, situación que no fue ajena al sector salud en el cual se estableció la seguridad social como un servicio público basado en los principios fundamentales de universalidad, solidaridad y eficiencia, enunciados que fueron plasmados entre otros en la Ley 100 de 1993, la cual incorporó estos elementos que resultaban innovadores en el contexto. Hoy después de 18 años de promulgada la Ley, se ha generado un modelo estructural que ha permitido mejorar los resultados en esta área, que si bien posee falencias en algunos de sus componentes (Acceso, Flujo de Recursos, Salud Pública), las mismas pueden ser superadas, con una reforma estructural al sistema que elimine los intereses particulares de los diferentes actores al momento de su elaboración y promulgación. Uno de los avances significativos en la reforma al sistema es la promulgación de la salud como derecho fundamental, inherente al ser humano, otorgando el carácter de inalienable, imprescriptible y sagrado, dejando en segundo plano su condición prestacional establecida. El derecho a la salud tendrá como eje principal la salud pública armonizada con la promoción y prevención, diagnóstico y tratamiento integral de la enfermedad, las cuales deben ser articuladas con las políticas sociales, ambientales, culturales y económicas que permitan incidir en los determinantes sociales de la salud para mejorar la calidad de vida de la población. La reforma a la salud en el eje de la financiación como se encuentra propuesta, no generará cambios sustanciales toda vez que se avanza hacia un sistema en que el estado será el principal actor con las funciones afiliación, recaudo, pago, giro o transferencia de los recursos, responsable de la información. Sin embargo la administración del riesgo en salud seguirá delegada, función que es determinante para la administración de los recursos del sistema, en resumen se demuestra el interés del estado en retomar la gobernanza y su empoderamiento como administrador de lo público, sin que esto responda a las necesidades de cambio en el sistema de salud.

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En nuestro país existen múltiples entidades y materias que no aplican la Ley 80 de 1993. Así, el desarrollo de su actividad contractual escapa al ámbito normativo que establece el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, configurándose de esta manera los denominados regímenes excepcionales. Sin embargo, teniendo en cuenta que son entidades que administran recursos públicos y en virtud del deber de observancia de los principios que orientan la función administrativa establecido por el ordenamiento jurídico, el Derecho Público que pareciere inicialmente no exigible a estos regímenes termina siendo aplicado, llegando a convivir e interactuar entonces con el Derecho Privado preponderantemente aplicable en este tipo de entidades. Dentro de estas, precisamente, se encuentran las denominadas Empresas Sociales del Estado - ESES -, las cuales por disposición expresa del legislador en materia contractual se rigen por el Derecho Privado, pero otorgándoles además la facultad de utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el Estatuto Contractual. Este escenario particularmente confuso, donde impera la incertidumbre sobre el alcance de la aplicación del Derecho Público y/o del Derecho Privado, constituye el problema jurídico que se aborda en el presente trabajo, el cual se desarrolla a partir del estudio del régimen contractual de las ESES, señalando sus rasgos más importantes y brindando una serie de criterios para la determinación de aspectos puntuales como: la aplicación de los principios, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades aplicable, la utilización de las cláusulas y potestades exorbitantes, las modalidades de selección del contratista, entre otros.

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En el año 2007 el Parlamento Europeo aprobó un documento en el cual favorecía la posibilidad de otorgar una licencia de producción legal de opio para Afganistán: el mayor productor de opio para fines ilegales en el mundo. ¿Qué factores pudieron motivar la toma de una decisión tan controversial por parte de los eurodiputados? ¿Pudieron haber estado conectados los intereses nacionales de Francia y España en la época con la toma de esta decisión por parte del Parlamento Europeo?.

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Los esfuerzos de la presente investigación se concentran en el cumplimiento del objetivo principal, el cual consiste en analizar el arrendamiento como un programa que puede ser incorporado en la política de vivienda en Colombia, para dar respuesta de forma transitoria y/o temporal de alojamiento a los hogares con ingresos iguales o inferiores a dos salarios mínimos, ya que actualmente la política sectorial no incorpora esta forma tenencia de la vivienda para ofertar soluciones habitacionales. El arrendamiento tiene rasgos interesantes e importantes de destacar, tales como que él mismo constituye una forma de tenencia de vivienda eminentemente urbana. Además, es un mercado al que acuden todos los estratos socioeconómicos, por lo cual no es un mercado segregado. Igualmente, al relacionar ésta tenencia con el territorio y por ende con la economía espacial, se puede decir que no existe segregación socio-espacial muy pronunciada frente a la distribución urbana de la tenencia de la vivienda en arrendamiento. En este sentido, la tenencia de la vivienda en forma de arrendamiento se presenta en todo el territorio urbano de Cali, Medellín y Bogotá.

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El presente documento tiene como finalidad analizar la incidencia que se presenta en la implementación de las barreras o umbrales electorales en el sistema electoral y observar su posible efecto concentrador tras la implementación de la reforma política de 2003.

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El documento muestra la sólida influencia de la corriente doctrinal del profesor francés León Duguit (1859 – 1928), en la reforma constitucional colombiana de 1936, desde tres perspectivas: El sistema jurídico, la función social de la propiedad y los servicios públicos. Para el primer tercio del siglo XX, en Colombia, al igual que sucedía en Norteamérica y los países europeos que encauzaban nuestra tradición jurídica, las tesis individualistas sobre el modelo de Estado y el derecho, habían envejecido, y se planteaban nuevas interpretaciones del sistema jurídico imperante y del papel del Estado en la sociedad, en Colombia, el francés, León Duguit secundaría de manera decisiva, aunque no exclusiva, tal proceso.