1000 resultados para DERECHO CIVIL - COLOMBIADERECHO


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El Grupo de Investigaciones en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín presenta a los profesionales del derecho y a la comunidad académica en general, un libro de alta calidad que orientará la formación de estudiantes en temas de Derecho Probatorio Contemporáneo, además de brindar una contribución significativa para la solución de problemas que vinculan el estudio de la prueba, para el avance del ámbito jurídico profesional y para la Administración de Justicia en Colombia. Se presenta el libro Derecho probatorio contemporáneo, prueba científica y técnicas forenses, con la seguridad de que permitirá la construcción de espacios adecuados para el análisis y la crítica constructiva de las diversas tendencias jurídicas contemporáneas en el ámbito del derecho probatorio.

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El texto contiene, en la parte general, las herramientas necesarias para que los estudiantes de un curso de contratos, y los demás operadores jurídicos, puedan abordar el análisis de cualquiera de las figuras, típicas o atípicas, que se admiten en el ordenamiento jurídico colombiano. En la segunda parte, siempre con fundamento en la primera, se aborda el estudio de seis contratos, relacionados todos con la figura jurídica de la representación: el Mandato, civil y comercial, la Comisión, la Preposición, la Agencia Comercial, el Corretaje y la Consignación o Contrato Estimatorio. El texto, tanto en la parte general como en la parte especial, se ha estructurado con fundamento en la legislación colombiana, teniendo en cuenta el contenido temático de los cursos de Contratos de las diferentes Facultades de Derecho y desde la experiencia docente del autor.

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La obra pretende dar claridad acerca de los efectos que pueden ocasionar las conductas realizadas por las partes en el proceso civil, diferenciando éstas desde los contextos del derecho sustancial y del derecho procesal, entendiendo que una arista importante del problema a abordar es identificar cuándo las conductas se valoran desde el derecho sustancial, porque tienen la fuerza suficiente para desestimar los elementos axiológicos de la pretensión o de la excepción de mérito y cuándo afectan el proceso y deben valorarse desde el derecho procesal, porque simplemente entorpecen su secuencia y orden, pero de ninguna manera afectan la causa fáctica pretensional. Es el primer caso el que corresponde a las conductas omisivas, oclusivas y mendaces, y el segundo a las conductas desobligantes y altaneras, es decir, las conductas que afectan la moral y la ética que debe pernear el proceso. El libro que se presenta a la comunidad académica es producto de la investigación, realizada por el Grupo de Investigaciones en Derecho Procesal y adscrita a la línea Valoración de la conducta omisiva, oclusiva y mendaz en un debido proceso civil y penal, realizada por el Grupo de Investigaciones en Derecho Procesal y adscrita a la línea Hacia una nueva hermenéutica de la decisión judicial en el debido proceso probatorio.

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La justicia cautelar ocupa un lugar prioritario en el proceso hasta el punto de que la eficacia misma de éste puede hacer depender la posibilidad de la ejecución de la sentencia de fondo. Es un derivado directo del principio constitucional de la tutela judicial efectiva y desempeña un papel relevante en cualquier procedimiento de arreglo de controversias. Es cierto que un buen sistema de medidas cautelares constituye un instrumento valioso del cual hoy en día los ordenamientos jurídicos no pueden prescindir, pero de ahí a creer que estamos frente a sistema taumatúrgico que va a solucionar gran parte de los múltiples problemas que aquejan a los procedimientos judiciales, hay largo camino que recorrer.

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Razones por las cuales la Cámara de Comercio de Bogotá no puede abstenerse de inscribir en el registro mercantil providencias judiciales relacionadas con embargos de bienes sujetos a registro a pesar de lo dispuesto en el artículo 687 y 588 del Código de Procedimiento Civil

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El derecho internacional, como el derecho administrativo de cada Estado, se encuentra vinculado a la finalidad universal del derecho. No obstante, la influencia de la comunidad internacional en los asuntos jurídicos de los Estados está generando, con el auge de la globalización, mecanismos o instrumentos que de forma no impositiva pero sí persuasiva, vienen delimitando las competencias estatales. Estos instrumentos ejercen la función de ordenar los ámbitos de validez de dichas competencias jurídicas y administrativas internas, a través de formas declaratorias de carácter internacional, mediante normas jurídicas blandas denominadas soft law. El amplio y variado uso del soft law en temas como los derechos humanos y el medio ambiente plantea una dificultad para la teoría tradicional de fuentes, inspirada en la voluntad de los Estados, los cuales se constituyen a partir de su soberanía estatal (hard law). Esto sugiere una dicotomía jurídica, en donde el soft law se contrasta con las reglas legales que definen obligaciones específicas de hard law, es decir, “son normas o principios más abiertos o generales en su contenido y significado, comprendiéndose como suaves. En tal caso, el Soft Law plantea una apertura a la internacionalización y democratización del derecho administrativo. La creciente adopción de instrumentos de soft law de influencia internacional o global permite la participación de actores no estatales, tales como las organizaciones no gubernamentales (ONG), y de carácter civil en la construcción de políticas e instrumentos que en ocasiones adquieren más legitimidad que las leyes creadas para atender tales asuntos.

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Introducción La idea de esta vocación civil costarricense se vincula estrechamente con la afirmación de que Costa Rica, a diferencia del resto de los países de América, blandió el código  como única arma de combate. Para Hernán Peralta, Costa Rica constituyó la única nación hispanoamericana que se acogió al derecho desde el instante mismo de su emancipación política, y solo en ciertas ocasiones se ha producido fracturas, en todo  caso momentáneas, a esa regla de conducta

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Se presenta en este trabajo, el primer intento de integración de un mapa temático, escala 1:500.000, de las amenazas geológicas que afectan frecuentemente a Costa Rica.  El esfuerzo principal ha consistido en aportar la compilación de toda la fuente bibliográfica, cartográfica y documental, técnica y científica disponible, de los principales fenómenos geológicos que han provocado o son capaces de provocar daños al hombre y a su infraestructura del país.El mapa tiene carácter descriptivo y por supuesto NO de pronóstico, pues esencialmente presenta los sitios donde se han manifestado los fenómenos y donde, por las condiciones locales, podrían hacerlo de nuevo.  Según el predominio relativo de los factores que controlan cada fenómenos, las amenazas se clasifican en tres grandes categorías:  aquellas de naturaleza atmosférica (sequías, tormentas-lluvias de alta intensidad), geológica, geodinámica interna (sismicidad, volcanismo) y geodinámica externa (erosión, deslizamientos , inundaciones).  No obstante que las amanazas de carácter atmosférico intervienen fuertemente dentro del desarrollo de la geodinámica externa, no serán descritas, al igual que las inundaciones.   Se pretende con este mapa establecer un criterio de base para iniciar y difundir la conciencia de la necesidad de conceptualizar un adecuado ordenamiento territorial, de explotación racional de los recursos naturales y de mitigación preventiva de los desastres naturales.

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La llamada sucesión necesaria plantea una serie de problemas que atienden a la tutela del legitimario, en cuyo ámbito la reducción de las disposiciones inoficiosas y, en particular la que atiende a los actos inter vivos del causante, adquiere una gran importancia. Importancia que es particularmente relevante en el ordenamiento jurídico español, en el que la acción de reducción, si bien prevista por el Derecho positivo, no está completamente regulada en la norma, subsistiendo, por ello, múltiples cuestiones sin resolver. La presente investigación busca profundizar en el régimen jurídico de la donación inoficiosa tal y como lo recoge el Código civil español, enriqueciéndolo con las aportaciones de la doctrina italiana, cuya solidez interpretativa puede servir de referencia para una eventual reforma del Derecho castellano. Con este objetivo, la presente investigación se centra, entre otros puntos, sobre la configuración histórica de la acción de reducción; el concepto de donación inoficiosa; las operaciones de cálculo de la legítima; la naturaleza jurídica de la acción de reducción y la valoración del bien donado a los efectos de reducción. Finalmente, estudia la validez de las “cláusulas de reducción in valorem”, por medio del as cuales el donante puede autorizar al donatario para que conserve el bien objeto de la donación, entregando al legitimario una cantidad de dinero. En conclusión, la presente tesis permite individuar las características del acto impugnable mediante la acción de reducción de donaciones y las líneas esenciales de la reducción como categoría de ineficacia, lo que a su vez favorecer la resolución de algunos problemas de aplicación de la reducción de donaciones que se encuentran en el ordenamiento español. La investigación, además, permite formular algunas propuestas “de lege ferenda” a fin de agilizar la práctica de la reducción y reducir la litigiosidad, salvaguardando los intereses de legitimario y donatario.

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INTRODUÇÃO: a responsabilidade do cirurgião-dentista pode ser entendida como obrigações de ordem penal, civil, ética e administrativa, às quais está sujeito no exercício de sua atividade. Assim, se comprovado um resultado lesivo ao paciente - por imprudência, imperícia ou negligência -, o cirurgião-dentista estará sujeito às penalidades previstas no Código Civil, sendo obrigado a satisfazer o dano e indenizar segundo a consequência provocada. Em processos cíveis, as partes poderão contratar um assistente técnico para fornecer, aos respectivos advogados, conhecimentos técnicos e científicos inerentes ao tema. OBJETIVO: informar sobre a importância da atuação de assistentes técnicos em processos cíveis, propiciando às partes uma maior compreensão dos aspectos técnicos, éticos e legais. CONCLUSÃO: há a necessidade de um maior conhecimento, por parte dos profissionais em Odontologia, sobre os aspectos éticos e legais que norteiam a profissão.

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People listening to speakers during the Union for Civil Liberties Demonstration September 1967 in Brisbane. The demonstration was called by the Trades and Labour Council of Queensland to protest against police treatment of university students and staff in Roma Street, Brisbane during a protest march. The march, from the University of Queensland to the city, had been held a few days earlier.

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For the past half a century, Latin American scholars have been pointing toward the emergence of new social actors as agents of social and political democratization. The first wave of actors was characterized by the emergence of novel agents-mainly, new popular movements-of social transformation. At first, the second wave, epitomized by nongovernmental organizations (NGOs), was celebrated as the upsurge of a new civil society, but later on, it was the target of harsh criticism. The literature often portrays this development in Latin American civil society as a displacement trend of actors of the first wave by the second wave-""NGOization""-""and even denounces new civil society as rootless, depoliticized, and functional to retrenchment. Thus, supposedly, NGOization encumbers social change. The authors argue that NGOization diagnosis is a flawed depiction of change within civil society. Rather than NGOization related to the depoliticization and neoliberalization of civil society, in Mexico City and Sao Paulo, there has been modernization of organizational ecologies, changes in the functional status of civil society, and interestingly, specialization aimed at shaping public agenda. The authors argue that such specialization, instead of encumbering social change, brings about different repertoires of strategies and skills purposively developed for influencing policy and politics. Their argument relies on comparative systematic evidence. Through network analysis, they examine the organizational ecology of civil society in Mexico City and Sao Paulo.