1000 resultados para Legislación económica
Resumo:
Comprobar a qué modelo de profesor responde la legislación educativa sobre formación permanente del profesorado desde 1970. Este trabajo comienza con un repaso a la formación del profesorado durante el antes de la Ley General de Educación de 1970 por que conocer el estado de la cuestión ayuda a comprender lo que supuso esta Ley y las posteriores reformas en el ámbito de la formación permanente del profesorado. El siguiente apartado está dedicado a la formación permanente y los modelos de formación del profesorado, necesario para tener un esquema conceptual válido para canalizar la información que se obtiene del BOE. A lo largo de el capítulo se intenta precisar el concepto de formación permanente y de aislar los aspectos o dimensiones esenciales implicados en cada modelo de formación; aspectos que, aisladamente o en grupo, los identifican y permiten distinguir uno de otro. Así, pasamos al siguiente capítulo dedicado a la formación permanente del profesorado después de la Ley General del 70. Como esta época está marcada por dos grandes reformas del Sistema Educativo, se podría pensar que el punto de inflexión más adecuado para separar el capítulo y facilitar su estudio coincidiría precisamente con esas dos fechas, 1970 y 1990. sin embargo, en ambos casos, hay dos hechos muy significativos que las preceden: la creación de los ICEs en 1969 y la creación de los CEPs en 1984; y esos serán los momentos que marquen el inicio de cada parte de este capítulo. Para finalizar el trabajo, la autora aporta una serie de conclusiones obtenidas de la documentación estudiada y que pretenden dar respuesta a las cuestiones planteadas en anteriores capítulos. 1) El llamado modelo ICE coincide con el modelo tecnológico, mientras que el modelo CEP coincide con el humanista. 2) En el modelo ICE, la oferta de formación permanente atiende mucho más a los aspectos académicos y comportamentales y abandona la dimensión personal. 3) Los CEPs surgen como centros de agrupamiento de profesores comprometidos con la formación permanente. 4) Uno de los errores el que participan ambos modelos es creer que la formación del futuro profesor se inicia con la formación profesional. En ese momento ya llevan años como alumno y lo que hasta entonces hayan logrado tendrá importantes repercusiones en su trabajo docente. 5) No se puede olvidar que la forma en que se enseñe cualquier materia no es indiferente de cara a los logros de formación que se obtengan. Durante los años como alumno habrá interiorizado una pedagogía, una forma de hacer, que reproducirá cuando ejerza como profesor. 6) La reforma del sistema escolar es más rentable que intentar cambiar a las personas durante la formación profesional corrigiendo fallos que el sistema produjo con anterioridad. 7) En épocas de reformas en el sistema educativo, todo lo referente a formación de profesorado emerge con fuerza para adecuar al profesorado a las nuevas exigencias del sistema.
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Se realiza un estudio reflexivo de la Legislación Educativa peruana sobre la Ley General de Educación número 23384 del 18 de mayo de 1982 en Educación Primaria y Secundaria. El objetivo es mejorar la calidad de la educación y con ello mejorar la calidad de vida del ciudadano peruano. El docente es el agente clave para mejorar la calidad de la educación pero la responsabilidad recae en quien aplica la política educativa. El trabajo está dividido en cinco partes. Se basa en el estudio comparitivo de la documentación existente y los artículos referentes al nivel educativo primario y secundario. El apartado tres está dedicado a las propuestas de proyectos educativos hasta 1990, mientras que el apartado cuatro estudia la Ley General de Educación número 23384 del 18 de mayo de 1982. Ley en vigencia y con miras a la implantación de una nueva Ley General de Educación, que puede servir de base para su mejora, consituyendo un instrumento que haga viable el logro de las aspiraciones y propósitos en el campo de la educación peruana. Si el Gobierno quiere potenciar la educación no es necesario cambiar la Constitución, ni la Ley General de Educación, sino procurar la estabilidad de las mismas para el éxito de cualquier política educativa seria. La calidad educativa se puede mejorar al convertir los centros docentes en espacios de investigación, de diálogo interactivo y de cultura compartida. Es preciso mejorar la imagen social del profesorado y aunar esfuerzos entre las instituciones para que los docentes no se sientan solos. Lograr una educación de calidad para que los alumnos estén en condiciones de enfrentarse a la vida y sepan desenvolverse en una actividad, una educación que haga personas críticas y creativas.
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1) Encuadrar el estado de la nación en España durante la época de los llamados políticos moderados (1844-1854). 2) Contestar a la pregunta ¿cómo estaban escolarizados los Reinos de Aragón, Provincia Marítima de Baleares, Reino de Murcia, Reino de Valencia, hacia mitad del siglo XIX?. Estudio histórico-estadístico sobre el estado de la nación en España durante la época moderada (1844-1854). Para ello se ha extraído un extenso número de datos de los 16 volúmenes del Diccionario Madoz, en su tercera edición, así como de otras publicaciones de la época. Después de recogidos los datos se ha realizado un estudio comparativo, estadístico y gráfico, con el fin de reconocer la realidad educativa de esa época. Con el estudio de esas gráficas podemos observar la gran diferencia entre la realidad educativa de aquella época y la realidad de la legislación vigente. Estos datos son la continuación de un estudio hecho en 1982 sobre la situación escolar en Castilla y León a mediados del s.XIX. Los datos recogidos que pudieran explicar la realidad educativa han sido los siguientes: número de casas, número de vecinos, número de almas, número de escuelas, fondo educativo (riqueza con que se sostiene la escuela y el maestro), número de alumnos, número de maestros y presupuesto municipal. Los pueblos han sido ordenados dentro de cada Reino por provincias, siguiendo el orden alfabético . 1)Observando las provincias del Reino de Aragón se observa que la instrucción educativa, donde muestra un mejor nivel es en la provincia de Zaragoza, y donde muestra un peor nivel es en la provincia de Huesca, aún teniendo más pueblos esta provincia, cuenta con un menor número de escuelas y de alumnos que las otras dos provincias del Reino. 2) En la provincia marítima de Baleares el partido judicial que mejor nivel educativo tienes es Palma de Mallorca. Hay que señalar que no se han encontrado datos sobre el partido de Ibiza, y también faltan datos de algunos aspectos en otros partidos, lo que hace este análisis comparativo más pobre. 3) La provincia de Valencia muestra un elevado nivel educativo, con respecto a las otras dos provincias del reino y a muchas regiones españolas. 4) En las tres provincias Valencianas se paga el fondo educativo en un tanto por ciento bastante elevado y cuenta pues este reino con buenos recursos económicos para mantener su buen nivel educativo. 5) El valor máximo de escuelas por pueblo le corresponde a Murcia con 3.09; y el mínimo a Huesca con 0.45, cuando esta provincia es la que tiene mayor número de pueblos (567), lo cual demuestra su precaria situación educativa, la peor de las nueve provincias estudiadas. 6) El estudio se ubica durante el reinado de Isabel II en su mayoría de edad (1843-1868), pues durante estos años coincide la publicación de la tercera edición del Diccionario geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus posesiones de Ultramar publicado de 1846-1850 en Madrid. Son años de restauración económica y de cambios políticos y sociales.
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Comparar la gestión y participación en los centros educativos en la LOECE y en la LODE . Análisis comparativo y valorativo de la gestión y participación en los centros educativos según la Ley Orgánica que regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE), y la Ley Orgánica del derecho a la Educación (LODE), que han desarrollado, desde posiciones distintas, el artículo 27 de la Constitución Española de 1978. La primera parte del trabajo pretende ser una fundamentación de los conceptos claves que luego serán aplicados en el estudio de las distintas leyes -la participación, la comunidad educativa, los distintos modelos de participación; a continuación dedica un espacio a constatar cómo se hallan expresados estos conceptos actualmente en las leyes de los países de nuestra área cultural europea, terminando con una exposición de la doctrina de la Iglesia a este respecto. Los dos capítulos centrales están dedicados al estudio de la LOECE y de la LODE respectivamente, siguiendo el mismo esquema para ambas leyes. El esquema seguido es el siguiente: una presentación de la ley, análisis de los derechos fundamentales a la libertad de enseñanza y el de todas las personas a la educación, desarrollo detallado del concepto de participación y los órganos tanto colegiados como unipersonales de participación que cada una de las leyes preveen en los centros públicos o privados. En la última parte se pone en evidencia las diferencias entre ambas leyes en los puntos consignados del trabajo, objeto último del mismo. 1) Ambas leyes son totalmente distintas en cuanto a la concepción de la estructura organizativa del centro, a sus respectivas filosofías de fondo y en cuento al modo y grado de concebir y concretizar la participación en los centros educativos.2) La reiterada ambigüedad del artículo 27 de la constitución, que regula el tema de la educación, es un artículo de consenso, signo de la pluralidad de las fuerzas políticas que representaban al pueblo español y, por tanto, un artículo ambiguo que posteriormente daría lugar a enfrentamientos.3) La reiterada ambigüedad del artículo 27 de la Constitución es fácilmente comprobable en el nivel tercero de las diferencias, es decir, en el modelo participativo concreto de cada ley: la congestión educativa -dela que ambas leyes participan- es lo nítidamente constitucional, mientras que su ambigüedad es lo que permite a la LOECE enfatizar toda su estructura en lo `gestionario´ y a la LODE en lo `autorgestionario´.4) La LOECE pone énfasis en defender en derecho de los padres a elegir el tipo de educación que quieran para sus hijos y, como garantía de éste, defenderá con fuerza el derecho a crear distintas escuelas con Ideario propio que garanticen su opción primera ( pluralidad de centros); así la libertad de cátedra tendrá su límite en el respeto a estos derechos.5) La LODE opta claramente por una auténtica participación de la comunidad educativa, enfatiza el sentido colectivo o de transitividad de la educación; de ahí su defensa, casi sin límites, de la libertad de cátedra.6) La tan citada ambigüedad nos permite contemplar dos leyes diferentes; el organigrama `vertical´ de la Ley centrista y el `concentrico´ de la Ley socialista no hacen más que ponerlo de manifiesto. 7) Por ser la educación un tema tan importante y trascendental en la vida del hombre, sería necesario encontrar cierta estabilidad en el sistema educativo y que éste no estuviera a merced de los cambios políticos de partido; sería más conveniente por ello, que éstos cedieran a posturas extremas y se llegara a una ley de consenso o de pacto que sirviera para todos y diera estabilidad al sistema educativo español.
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Captar el papel que ejerce la dirección en un centro educativo, y estimar el esfuerzo y las competencias de los directivos. Estudio sobre la dirección en los Centros Educativos. En el primer capítulo se trata de definir la dirección y estudiar los movimientos históricos que han dado lugar a la creación de este proceso de dirección, no es muy extenso porque es una ciencia nueva, nacida a principios de s.XX. El segundo capítulo especifica un poco el tema, analizando las cualidades psicológicas, sociales y culturales que debe tener un buen directivo. Asimismo hace hincapié en los tipos de directivos que se pueden encontrar en la práctica. Trata también un punto importante: las responsabilidades del director y los principios a que debe ajustarse. Ya en el tercer capítulo, expone la evolución histórica de la dirección escolar hasta el año 1984, que culmina con el desarrollo del Estatuto de Centros. Se tratan los cambios legislativos que ha sufrido la dirección escolar, comparado la primera legislación con la reforma que se produjo al publicarse los Estatutos de Centros. Posteriormente, hace un breve análisis de ka figura del director y de su repercusión pedagógica según sus derechos y deberes en cada etapa legislativa. 1) La dirección escolar ha evolucionado mucho en pocos años, se ha estudiado bastante e intensamente a pesar de ser una ciencia tan reciente.2) Tras estudiar las competencias del director se nota que entre ellas es fundamental una: promover y animar la iniciativa del profesorado, del mismo modo que atender a todas las sugerencias y respetarlas.3) Es muy importante e imprescindible, para una correcta dirección, que el candidato posea una personalidad sólida y un carácter equilibrado, sociable y no carezca de estabilidad emocional.4) Es positiva la inserción de las Asociaciones de padres de alumnos en el colegio.5) Ante todo el papel que debe representar un director escolar debe ser de asesoramiento por parte de éste a los demás profesores del centro.6) Una empresa, sea del tipo que fuere, y mayormente tratándose de la educativa, no funcionaría correctamente si no poseyera una coordinación directiva y si no estuviera abierta al diálogo, a las sugerencias y a la información.
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Se analiza lo que la tutoría debiera ser y lo que en realidad está siendo, tratando de encontrar aspectos que no han sido desarrollados suficientemente, pero que poseen de validez. Se trata de conocer las posibilidades que brinda la legislación sobre orientación y tutoría, tanto a nivel nacional como autonómico, recopilando y analizando los principales artículos sobre el objeto de estudio, para valorar hasta que punto están desarrolladas la orientación y la tutoría en los centros. Se realiza una Investigación con una metodología histórica-descriptiva en la que se han seguido dos vías de actuación, por un lado, el estudio de todos los artículos localizados en revistas científicas sobre educación desde la década de los setenta hasta 2003, y por otro, una revisión y análisis legislativo sobre el tema objeto de la Investigación. La recopilación de los artículos en las revistas especializadas se ha realizado a través de las bases de datos, la búsqueda manual, las páginas web de las propias publicaciones y el préstamo inter bibliotecario. Para la localización de la legislación se ha recurrido a recopilaciones del Ministerio, de la Junta de Castilla y León y a otros documentos de entidades privadas. La legislación sobre orientación y tutoría ha sufrido grandes avances en tres décadas sobretodo si la comparamos con sus aportaciones antes de los años setenta. La legislación y los profesionales de la enseñanza tratan de adaptarse a las diferentes realidades educativas que van surgiendo en la sociedad, pero los cambios se suceden con rapidez y las variables que inciden en el proceso de enseñanza-aprendizaje y en el mundo educativo se entremezclan y multiplican a gran velocidad. Se comprueba que existe una correlación entre teoría o legislación y práctica educativa. Para concluir se puede afirmar que la orientación y la tutoría son fenómenos recientes dentro del desarrollo normativo y facilitador del proceso de enseñanza-aprendizaje.
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Reflejar la realidad que había en las escuelas del pueblo de Candelario entre 1901 y 1925. Trabajo dividido en 3 partes: la parte primera pretende reflejar un conocimiento del pueblo de Candelario en sus aspectos más generales, como son: su geografía, historia, crecimiento vegetativo, mortalidad infantil, matrimonios y movimiento demográfico. La segunda parte se refiere al estudio del supremo órgano educativo local, que es la Junta Local de Primera Enseñanza, es decir se pretende reflejar lo referente a la cuestión legislativa de la educación, periocidad de las reuniones, lugar de las reuniones, presidencia de las reuniones y motivo de las reuniones. En la tercera parte se pretende reflejar la realidad del pueblo en cuanto a recursos, materiales disponibles, maestros etc. 1) En el periodo 1901-1925 existe un profundo decrecimiento de la población que queda confirmado por la disminución de matrimonios y por la mortalidad infantil. 2) La periocidad de las reuniones de la Junta Local de primera enseñanza es irregular. 3) Las reuniones de la Junta Local solían ser más numerosas en los meses finales del curso escolar y solían celebrarse en los locales del Ayuntamiento. 4) Generalmente las reuniones eran presididas por el alcalde de la población. 5) El objeto de las reuniones solía oscilar pero el tema que más se trataba era el de el cese de posesión de los maestros, mientras que los temas de corrección de exámenes era uno de los temas menos tratados. 6) El aspecto físico de las escuelas era propicio para una buena educación de los alumnos. 7) Los materiales de los que disponían las escuelas eran abundantes, lo que suponía dar confortabilidad y seguridad en el aula. 8) Se cuidaba mucho el aspecto burocrático.
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Establecer una nueva consideración de las leyes de instrucción, al situarlas entre su reconocimiento constitucional y las leyes de libertad de imprenta, pilares fundamentales de un estado de derecho. Por otra parte, reconocer los medios de que se ha valido el Estado para conseguir el control ideológico de la sociedad, su evolución y repercusiones. Por último, destacar la escasez económica del estado para lograr sus objetivos: conseguir una instrucción general obligatoria, uniforme y gratuita. Las fuentes utilizadas para la elaboración de este trabajo han sido tres: en primer lugar, las Leyes, Decretos y Circulares aparecidas en la Gaceta de Madrid -actual Boletín Oficial del Estado-; en segundo lugar, las recopilaciones Legislativas de Alcubilla, a partir de 1868, y las de Aranzadi, desde 1930; por último, los anuarios editados por los Ministerios correspondientes, como pueden ser los de Gobernación y Fomento, Corporaciones Locales o Comunidades Autónomas. Conceptos relacionados con la enseñanza, tales como general, uniforme, gratuita, escuela pública y escuela privada, con previa o sin previa censura y religión, formarán un todo interrelacionado a partir de la Constitución de 1812 y de su Ley de Instrucción, siendo habituales en las Constituciones posteriores y en las Leyes de Instrucción y de libertad de expresión. La relación entre nación e Instrucción ha sido tan estrecha en las Constituciones y Leyes de Instrucción que los fines de la educación coincidían con los del engrandecimiento y progreso de esa misma nación. El término uniforme, referido a la enseñanza, se encuentra en todo momento hasta nuestros días, excepto en la legislación de 1869. La relación de la edad y los niveles educativos ha estado más supeditada a la economía y a la edad laboral que a la atención y consideración del ritmo desigual de aprendizaje de los niños.
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Se trata de reflejar el estado y el peso de la orientación en la legislación española que se ha iniciado con la ley de agosto de 1970 y se ha extendido hasta finales de 1973. Las bases que sustentan el sistema de orientación en España responden a las directrices que marca la teoría de la orientación. El responsable de la orientación no puede ser cualquiera. Fuera conveniente que poseyera una cieta preparación psicopeadagógica y sociológica. La orientación tiene que fundarse en el conocimiento del orientando, tiene que estudiar la esturctura y el dinamismo de su personalidad. En la orientación del alumno no sólo deben participar las personas que se relacionan con el, sino también distintos especialistas que permiten un diagnóstico más completo. En la legislación española está previsto el funcionamiento del departamento de orientación en el que se integran 'junto al pedagogo-orientador, el médico, el psicólogo, asistente social, tutores y el director espiritual'.
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Con esta investigación pretendemos poner un pequeño grano de arena en el desvelamiento de la historia de Galicia, más concretamente en el papel que desempeñó la sociedad económica de Amigos del País de Santiago en el ámbito educativo. Las fuentes en las que basamos la investigación se pueden agrupar en dos apartados: 1. Fuentes directas: los fondos documentales de la sociedad económica contenidos en los diversos archivos. 2. Fuentes indirectas: las publicaciones de la época. 1) Archivos: Archivo de la Sociedad Económica de Amigos del País de Santiago, Archivo Histórico del Reino de Galicia - La Coruña -, Archivo Histórico Nacional - Madrid -, Biblioteca de la Universidad de Santiago, Biblioteca del Instituto Padre Sarmiento de Estudios Gallegos - Santiago de Compostela -, Fundación Penzol - Vigo -, Biblioteca del Museo de Pontevedra, Archivo Municipal de Santiago, Biblioteca de la Real Academia Gallega-La Coruña-. 2) Consulta de las obras de los fundadores y miembros de la Sociedad Económica de Amigos del País de Santiago, Gallegos ilustres, personajes españoles. La sociedad, en su deseo de conseguir un mayor desarrollo social, económico y cultural de la población gallega, se planteará dos líneas de actuación complementarias: una teórica y otra práctica. La línea teórica. La sociedad económica contemplará todos los temas de la sociedad gallega del momento, elaborando informes sobre agricultura, industria, pesca, artes, etc. procurando encontrar soluciones a los diferentes problemas que cada sector planteaba. A la hora de diferentes situaciones lo hará desde una óptica moderada, con un claro respeto a lo establecido por las leyes, de ahí que optara en la mayoría de las veces por soluciones, fundamentalmente, de cambio de mentalidad mediante una generalización de la educación. La educación para la sociedad económica cubrirá tres objetivos fundamentalmente: A) Favorecerá una mayor cualificación de los individuos, lo que repercutiría directamente en el aumento de la productividad de los distintos sectores. B) Servirá como medio de reeducación social: las diferentes conductas asociales tendrán su origen en una ausencia de educación. C) Permitirá evitar conflictos entre los diferentes grupos sociales enfrentados: la educación que esta institución propicia buscará, en todo momento, confirmar a cada uno el papel que juega en la sociedad. Por lo que respecta a las realizaciones de la sociedad económica de Amigos del País de Santiago, en el terreno educativo, estas se dirigirán a los sectores que los estatutos de estas sociedades designaban como su objeto. La sociedad promoverá numerosos proyectos de escuelas que no siempre verán su efectiva realización. Las razones: la carencia de medios económicos, la falta de interés del alumnado, ambos motivos a la vez.. Nos hemos fijado en las repercusiones que de carácter más colectivo tuvo su acción en la realidad socioeconómica gallega. La razón de ello estriba, fundamentalmente, en la dificultad que supondría el reflejar las influencias que sus actividades tendrán sobre los comportamientos de los individuos en particular. Conclusión general: si analizamos el grado de transformación de los sectores hacia los que la sociedad económica de Amigos del País de Santiago dirigió su atención, tendremos que constatar su no-modificación. A la hora de buscar las verdaderas causas de ello las encontraremos en la no modificación de las estructuras socio-económicas dominantes en Galicia, ante la ausencia de un grupo capaz de generar una revolución socio-económica que otros grupos de la burguesía realizaban al mismo tiempo en otras regiones y nacionalidades del estado español. Como labor muy positiva de la sociedad económica su trabajo cultural desarrollado y su preocupación por la difusión de unos conocimientos a los que nadie había prestado suficiente atención hasta entonces.
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Estudiar la inserción de la mujer en el trabajo, educación a través de la legislación española desde el siglo XIX. Se comprueba que el status legal de la mujer en la educación durante el período que comprende desde comienzos del siglo pasado hasta el año 1884, se ha basado en una educación moralista a una educación cada vez más científica. La mujer y con ella sus promotores han ido salvando, una tras otra, un sin fin de dificultades que la han colocado en una posición todavía muy distante de óptimo educacional. No obstante el progreso ha sido notable. Desde la perspectiva de nuestros días, en un mundo en pleno desarrollo, nuestra apreciación de los hechos acaecidos y de las mejoras consabidas, nos parecen raquiticas y lentas. Si consideramos las circustancias económico-políticas de la época estudiada, llegaremos a la conclusión de que los resultados conseguidos no han sido, ni mucho menos estériles, habiendo servido de base para una serie de reformas posteriores que intentas colocar a la mujer en el sitio que le corresponde dentro de la sociedad.
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Con este trabajo se pretende realizar, dentro de una perspectiva histórica,la profesión del orientador escolar en Brasil, teniendo en cuenta las situaciones de naturaleza socio-política-económica-educativas, que contribuyen en la determinación de la legislación y de su práctica educativa.. Con la intención de realizar un análisis global capaz de situar la profesión del orientador escolar, se incluye la relación entre el orientador escolar y su sistema dentro de un contexto social, y la presencia de una vasta legislación sobre el orientador escolar, utilizándose como punto de referencia del estudio.. En relación a las características del orientador escolar. Una solicitud de los organismos oficiales para que el profesional procurase cumplir y operacionalizar las metas de gobierno tendiendo a las necesidades económicas y sociales proclamadas en la ley. Una constancia establecida entre el gobierno y los profesionales de la orientación escolar. Incorporar los modelos de orientación de otros paises. En relación con la formación del orientador escolar.El proceso evolutivo de formación del orientador en la legislación. Apunta a criterios diversos y diversificados que estuvieran en la legislación hasta 1969, prioridades que tengan en cuenta la reparación del profeional, falta de definición de un modelo de formación basado en las competencias del profesional y sus relaciones prácticas. En relación a la legislación y a realidades de la práctica del orientador escolar. Las normas legales establecidas en el ámbito nacional, no se cumplirán en términos de institucionalización, reafirmación en sus obligaciones en los sistemas de enseñanzaen la escuela. Contradicción entre lo que aparece en la ley -importancia del del orientador- y su práctica en las instituciones escolares que desestiman la entrada de los profesionales en la escuela. La profesión del orientador escolar en Brasil no ha sido suficientemente eficiente y eficaz para el desconocimiento de la importancia del profesional en práctica. Inadecuación de los parámetros legales, búsqueda y aceptación, crítica a soluciones de modelos orientativos de orientación educativa en otros paises. Comprensión del verdadero significado de las actividades..
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Profundizar en el estudio del quinquenio de 1868 a 1873 investigando la revolución liberal. Analizar las circunstancias que convergieron en esta época para que se produjese la revolución del 68. Analizar los acontecimientos más relevantes del quinquenio revolucionario: Los acontecimientos sociales más importantes, las reformas educativas desarrolladas y el espíritu intelectual de la época.. Revisión documental.. Investigación histórica.. La investigación realiza un análisis de los acontecimientos más importantes de este periodo: Tomando como origen la crisis económica de 1866, pasa a analizar la revolución de septiembre de 1868 , y los Decretos Educativos, se analiza la Constitución de 1869 y sus implicaciones en la Universidad en los años 70, y las consecuencias en la educación española en el citado periodo.. La crisis económica de 1866 desemboca en la Primera República, que conlleva a un régimen de libertades más amplio, donde se hace referencia entre otros puntos a: la declaración de los Derechos Humanos, la libre asociación, al sufragio universal, la soberanía popular, el matrimonio civil, la libertad de enseñanza. En el ámbito educativo, las reformas estudiadas llegan hasta hoy, con manifestaciones en la enseñanza laica y en la coeducación.
Resumo:
Analizar cuál es la articulación que presenta la instrucción pública en Zamora desde 1800 a 1857. Analizar cómo y cuándo se genera el sistema escolar en la provincia con anterioridad a la Ley Moyano.. Investigación histórica.. Realiza una investigación sobre la educación en Zamora en este periodo, analizando los factores económicos, las dimensiones sociopolíticas, culturales y demográficas. Hace la descripción del proyecto de un plan general de educación e instrucción pública para la provincia: Instrucción primaria, secundaria, enseñanza técnica. Realiza un análisis comparado de la educación nacional y la enseñanza en Zamora.. La educación como reflejo fiel de la panorámica económica, presenta insuficiencia de escuelas. La mitad de los niños se encuentran sin escolarizar, los maestros sin título y mal remunerados, se observa la carencia de locales para la escuela. Las comisiones locales que se encargan de la inspección no se ocupan ni tan siquiera de la mitad de la provincia. Existen exámenes públicos. El aprendizaje se fundamenta en la base del refuerzo, sobre el premio y el castigo; el primer contenido es la instrucción moral y religiosa. Se observa un mayor progreso en la zona este que en la oeste de Zamora, por factores políticos, ideológicos y económicos. Hasta 1840 hay un estancamiento, después aumenta el número de escuelas, se crean las escuelas de párvulos y adultos estableciéndose la Escuela Normal y el Instituto de Segunda Enseñanza. El sistema escolar se configura entre 1840 y 1857. Zamora fue un medio adecuado para aplicar la legislación educativa nacional, un medio idóneo de experimentación pedagógica.
Resumo:
Recoger las disposiciones más sobresalientes sobre educación de adultos y extraer los objetivos y contenidos del periodo 1857 al 1974 que han aparecido en la legislación española. La educación de adultos en grandes períodos de tiempo ha estado fundamentalmente orientada a la erradicación del analfabetismo, 'oficialmente' logrado en el año 1968. Ha pretendido acomodarse a las características y necesidades de las distintas regiones y localidades. Ha tenido predominantemente un cáracter correctivo pretendiendo impartir los conocimientos que por diversas causas no pudieron adquirirse en la edad escolar. Los presupuestos destinados a la educación de adultos han sido insuficientes y en consecuencias: los locales y material destinados a ella no reunían las condiciones exigibles para desempeñar su función con las suficientes garantías de éxito. El profesorado de estas clases al no estar suficientemente remunerado, no les ha prestado la dedicación que sus características requerían. No se programaron los cursos necesarios para una adecuada preparación y especialización del profesorado, condiciones imprescindibles para un recto desarrollo de su función. Los cursos, no numerosos de especialización del profesorado, por la poca duración de los mismos no podían dar una preparación adecuada. En algunos casos se encargó de las clases de adultos a personas sin titulación lo que suponía un inconveniente para el adecuado desarrollo de las mismas. Se ha seguido en estas clases, en muchas ocasiones los mismos objetivos, contenidos y metodología que en las clases de niños sin tener en cuenta las diferentes características existentes entre los niños y los adultos. En la formación profesional se ha mirado con excesiva atención la satisfacción de necesidades materiales. La ley general de educación abrió un camino a la esperanza. El retraso en la puesta en práctica de algunos aspectos de su articulado nos hace desconfiar se logre la auténtica educación permanente que propugna. El poco reconocimiento de las instituciones educativas de adultos por parte de la sociedad ha sido causada por el escaso rendimiento y mal enfoque de las mismas. La juventud, especialmente la de ambiente rural, está aun desatendida en su formación por carecer de centros de educación permanente en sus localidades o en las próximas, y no encontrar facilidad para asistir a las no numerosas de las ciudades.