992 resultados para Ernesto Sábato


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Luego de presentar el comportamiento de la industria dentro de la economía ecuatoriana y señalar algunos elementos claves que debe contener una política de industrialización, el autor hace énfasis en la necesidad de elaborar y adoptar un Plan de Desarrollo Nacional, que permita delinear una política de Estado permanente y que facilite la expansión y modernización de los diferentes sectores económicos. Finalmente realiza un análisis de las perspectivas que las diferentes ramas de la industria tienen frente al TLC.

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La genealogía de la integración andina realizada en esta investigación recoge el papel fundamental de los ideólogos, teóricos y actores presentes a lo largo de las etapas de teorización en torno a la integración latinoamericana y andina. En un primer momento se abordan las teorizaciones por parte de Felipe Herrera, Raúl Prebisch, Gustavo Lagos entre otros, quienes las llevan a la práctica en la ALALC en 1960 y aportan para la conformación del Acuerdo de Cartagena de 1969, el cual es consolidado a partir de la teorización realizada por Eduardo Frei Montalva, Carlos Lleras Restrepo y Germánico Salgado entre otros, de ahí que en el Pacto Andino se comience a evidenciar la construcción teórico-práctica de la integración andina. Lo anterior, nos lleva a un segundo momento de consolidación del Pacto Andino durante la década de los setenta. Un tercer momento es el estancamiento del proceso de integración andino en la década del ochenta causado por la crisis de la deuda de esta época, a partir de allí se empezó a pensar en un rediseño del proceso de integración. De esta manera, se produjo un cuarto momento de transición hacia finales de la década de los ochenta y comienzos de los noventa, donde se hizo un rediseño del Pacto Andino. En consecuencia se da como resultado un nuevo dinamismo de la integración andina lo que permite la consolidación de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) en la década del noventa, y este dinamismo del proceso andino se detiene a principios del siglo XXI cuando la CAN comienza a entrar en una nueva etapa de estancamiento que sigue hasta el día de hoy. Al final de la investigación se formulan una serie de reflexiones en torno al estado actual de la CAN.

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El propósito fundamental del presente trabajo investigativo constituye entregar una visión holística e innovadora respecto a un tema de álgida discusión dentro del derecho penal contemporáneo : la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas. En tal ámbito de análisis, la orientación sistèmica asumida por el autor a lo largo de la argumentación altera en buena medida los elementos dogmáticos de la teoría del delito - la acción y la culpabilidad - que son los ejes de articulación de un derecho penal antropocéntrico, limitado a la incriminación punible del ser humano. Bajo una entrada teórica que sigue la fundamentación de Niklas Luhmann - y la teoría de la sociedad sin hombres - se pretende demostrar còmo el progreso y dinámica de las sociedades contemporáneas ha establecido un nuevo centro de interacción y eje del análisis social, el que traslada al ser humano hacia posiciones menos estelares. Para Luhmann, comunicaciones y solo comunicaciones conforman el entorno alrededor del que se reproducen y describen los diferentes subsistemas sociales (v.g. económico, político administrativo, jurídico, cultural, etc.) siendo por tanto aquéllas - las comunicaciones - los centros de imputación, en este caso en materia criminal, cuando de la comisión de hechos delictivos se trata. Declarar la responsabilidad penal por el cometimiento de conductas ilícitas prescindiendo de la noción del acto humano consciente y voluntario y trasladar dicho ejercicio de respuesta estatal a las comunicaciones dañosas que alteran el proceso de autoreproducciòn y autoobservaciòn de los diferentes subsistemas sociales, y del jurídico en especial, permite elaborar una construcción teórica en la que las personas jurídicas, o las comunicaciones que de estas emanan, pueden ser factibles del juicio de atribuibilidad y por tanto sujetas a penas que, a la vez que afianzan el orden social destruyen paradigmas clásicos del derecho penal como el societas delinquere non potest, siempre invocado por los defensores del inmovilismo.

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La presente tesis tiene como objetivo identificar y analizar las bondades y dificultades del arbitraje comercial internacional en momentos en los que el Ecuador requiere de medios de solución de conflictos que sean aceptados por la comunidad de negocios internacionales. La dolarización exige normas jurídicas claras y mecanismos de solución de controversias que brinden seguridad jurídica a los comerciantes e inversionistas. Dentro de este escenario, el arbitraje, por las consideraciones contenidas en este trabajo, se presenta como el mecanismo de resolución de disputas internacionales más idóneo con el que contamos hoy en día. Destacamos que en Latinoamérica y en el Ecuador el arbitraje internacional permanece aún inexplorado, tanto en la doctrina como en la praxis. ¿El motivo? Parece ser por la negativa que históricamente Latinoamérica ha guardado ante la institución arbitral, reflejada en algunos casos en una incongruente legislación nacional; y, desconfianza injustificada de las cortes judiciales. Pero, hoy por hoy, el contexto latinoamericano ha cambiado significativamente. Observamos que la práctica del arbitraje nacional e internacional se va aplicándolo de manera notable, registrando un incremento en los casos que involucran a partes latinoamericanas. Por ejemplo, en el año 2002 cerca del 11% de los casos administrados por la CCI tienen relación con partes latinoamericanas, en contraste con el 3% registrado en 1993.1 Esta tesis se formula en base a una estructura de 2 capítulos: El capítulo primero trata sobre el desarrollo del arbitraje internacional desde sus orígenes, se hace una breve fundamentación histórica, se puntualiza el arbitraje y la nueva lex Mercatoria, los procesos de integración, una rápida sistematización de los tratados regionales de arbitraje, se analizan las relaciones económicas internacionales, el orden público y la arbitrabilidad, concluyendo con una visión de la perspectiva arbitral en el Ecuador. En el capítulo segundo analizamos las especificidades del proceso arbitral internacional, examinando la autonomía y los efectos jurídicos del convenio arbitral, su procedimiento e instituciones o centros de arbitraje internacionales, culminando con un análisis de las actuales expectativas del arbitraje internacional en Latinoamérica y el Ecuador. Constan 7 anexos que complementan lo aseverado.

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Con el objeto de llegar a determinar las perspectivas para el turismo receptivo en el Ecuador luego del arreglo de paz con el Perú voy a tratar lo siguientes temas: - En primer lugar planteo los antecedentes históricos del Acuerdo de Paz así como un corto análisis de la importancia socio económica del turismo. - En un segundo capítulo me refiero al entorno relacionado al acuerdo de paz, dentro del cual, se hace referencia al aspecto reglamentario del mismo así como, las propuestas y proyectos turísticos. - Posteriormente se investiga el impacto del acuerdo de paz en el ámbito del turismo, para lo cual, se analizan los proyectos en ejecución así como los principales avances relativos al tema. - Finalmente realizo una análisis de las proyecciones turísticas luego del arreglo de paz, para lo cual, tomo como base los proyectos turísticos y la realidad encontrada en esta investigación. En base a todos estos antecedentes, voy a procurar establecer como conclusiones los aspectos más relevantes de esta investigación con el fin de llegar a plantear recomendaciones para mejorar la posición de nuestro país en el tema de este trabajo.

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Motiva la elaboración de la presente Tesis, la necesidad del estudio del Peculado Bancario como figura jurídica del Derecho Penal Económico y su relación con los acontecimientos suscitados en la más reciente crisis financiera ecuatoriana iniciada en el año 1998. Es necesario distinguir para el análisis de este tema, el contexto de una tendencia de liberalización de los mercados y la actividad financiera en toda América Latina y obviamente en el Ecuador, proceso en el que se inscribió la legislación nacional reformada en agosto de 1994 con la aprobación de una LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, en sustitución de la LEY GENERAL DE BANCOS existente hasta entonces. Dicha Ley General de Instituciones del Sistema Financiero estableció desde luego un avance importante en la actualización de la legislación bancaria del país a los concepto flexibles de banca múltiple, que como tales pretenden la creación de un verdadero “sistema financiero” en el país, a través de la autorización a las instituciones bancarias de una amplia variedad de servicios financieros en beneficio de los usuarios, acordes con la dinámica actual de la actividad financiera y la complejidad que supone el ejecutar distintos procesos relacionados con diferentes prestadores de servicios. Este concepto laudable en principio no excluye sin embargo la intencionalidad última de todo proceso de liberación que es el mayor desmantelamiento posible de los mecanismos de control, fiel a su premisa teórica de que todo control supone restricción y conculcación de los intangibles atributos de la libertad económica y su congénere más cercana, la libertad de empresa, así como una intromisión del Estado en el principio superior de autonomía de la voluntad y libertad de contratación, todo esto con el corolario de que así mismo, todo mecanismo de control e intervención por parte del Estado se halla dotado de un agregado ineludible de corrupción. Acogiendo estos criterios vio la luz la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y se estableció una permisibilidad que la experiencia ha demostrado resultó ser inconveniente y aún peligrosa para la estabilidad no solo del sistema de pagos, sino de la propia economía y que derivó en el libertinaje de los administradores de las instituciones financieras, con las dolorosas consecuencias que son de todos conocidas. De este libertinaje financiero se siguió que muchos administradores bancarios fueron encausados penalmente por la presunta comisión de delitos bancarios, cuya regulación, vale anotar, al momento de la crisis resultó insuficiente, insuficiencia que se explica desde luego, por esta flexibilización de controles que inspiró la nueva legislación bancaria.

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Esta investigación surgió como consecuencia de mi interés en la producción textual de los poetas Humberto Fierro (1890-1929), Arturo Borja (1892-1912) y Ernesto Noboa y Caamaño (1889-1927). La temprana muerte de estos poetas y la consagración de la literatura social de los años de 1930, como la literatura ecuatoriana más difundida, empañó su imagen. Fueron así leídos —en la mayoría de los casos— como “aristócratas melancólicos, incomprendidos y suicidas”. Ante la sospecha de que esta lectura era demasiado simple y peligrosamente había sido asumida como una verdad evidente, mi propósito fue ir hacia nuevas fuentes, en la búsqueda de otros materiales que develaran los vínculos entre su poética y su identidad como artistas modernos. Mi propuesta ha sido elaborada, luego de una atenta lectura, a través de revistas literarias de los años que van de 1895 a 1930. En la revista literaria, lugar en el cual los poetas publicaron su poesía, encontré nuevas dimensiones de su voz: su conciencia de época, su lectura crítica de otras voces literarias, la tesis de la literatura como campo y su opinión acerca de la naturaleza del lenguaje moderno. Estos poetas, íconos de la literatura ecuatoriana, develan una dimensión compleja vista en los escenarios en los que colaboraron como intelectuales y como artistas. A pesar de que sus libros de poesía fueron tardíos, fue el espacio creado en las revistas el que les permitió publicar en vida y difundir sus ensayos críticos y propuestas literarias, para ser comentados por sus pares y por una comunidad de lectores en formación. Mi posición, sustentada en las revistas de la época, apunta a rebatir opiniones en las cuales se sugiere que nuestros poetas fueron “consumidores” de modernismo antes que creadores. He visto que aquí sí se produjo modernismo literario. Al menos desde 1912 existió tal producción y circuló en el ámbito internacional.

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El propósito de realizar este trabajo, a más de cumplir con el requisito previo establecido por la Universidad Andina para la obtención del título de Magister en Derecho Económico, fue el de establecer las premisas preliminares en los cuales se asienta una disciplina jurídica en formación: el Derecho Penal Económico. El Derecho Penal Económico, dentro del Derecho Penal contemporáneo, es una de las esferas que ha sido particularmente controversial para el reconocimiento científico de una categoría especial de infracciones. La polémica va desde la radical negación de su existencia hasta un economicismo que absorbe infinidad de tipos delictivos. Esto puede deberse, entre otras muchas causas, a que esta disciplina jurídica en ciernes, establece que hay delincuentes que salen de los estereotipos criminales, que pertenecen a las clases dirigentes de la sociedad, que sus acciones u omisiones delictivas no manchan las manos, las cuales ejecutan como parte de sus actividades lícitas y cuyos perjuicios, van en contra de la sociedad en su conjunto, es decir atentan contra un buen jurídico supraindiviual. En el proceso formativo de esta rama del Derecho, mucho se discute respecto de la existencia de la responsabilidad penal de las personas morales y de la independencia de ella frente al Derecho Administrativo, en la fase de la imposición de sanciones. En este contexto, el propósito fue analizar la Ley General de Instituciones Financieras, a fin de establecer los elementos jurídicos que esta nuevo cuerpo legal aporta para la formación del Derecho Penal Económico. Así se han comentado algunas de sus instituciones más importantes, dentro de los parámetros doctrinarios que existen, a fin de establecer cuales de ellas podrían enmarcarse dentro del Derecho Penal Económico, que empieza a germinar en nuestro medio. El tema se presenta para una amplia discusión, de la que se podrán sacar importantes conclusiones, respecto de la existencia o no del Derecho Penal Económico, así como, si las normas contenidas en la Ley General de Instituciones Financieras, pueden ser parte o no de ella, o solo consisten en preceptos que podrían ser abarcados por el Derecho Administrativo dentro de ellas, el presente trabajo no es más que modesta una opinión dentro de un inmenso universo de versados criterios, para ir dando lugar al nacimiento, en nuestro país, de esta disciplina jurídica.

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El presente trabajo de investigación económica tiene como finalidad analizar las importaciones que realiza el sector agropecuario y el impacto ecológico que la utilización en estas actividades de un grupo de productos químicos importado tiene en el medio ambiente, en la salud humana y animal, en los recursos naturales y, consecuentemente en la economía nacional. Para el logro de los objetivos que se plantean en este estudio se divide al trabajo de investigación en los siguientes capítulos: l. Con el fin de tener un mejor conocimiento del sector agropecuario se' realiza en el capítulo I un análisis de las característica<; y tendencias del sector agrícola nacional, estableciendo los problemas que limitan estas actividades, la importancia, evolución y la participación de la producción agropecuaria en el comercio exterior. 2. En el capítulo ll se estudian la. estructura institucional que rige y organiza las importaciones en el Ecuador; considerando sobre todo a las instituciones encargadas de nominar las importaciones que realiza el sector agropecuario. 3. Un análisis a las políticas agropecuarias es realizado en el capítulo 3, el mismo que permite conocer las políticas agropecuarias que rigen el comercio del sector. 4. La incidencia de los insumos importados sobre el sector agrícola es realizado en el capítulo IV. Aquí se establece el impacto ecológico producido por la utilización de los productos importados para las actividades agrícolas. 5. El capitulo V que contiene un estudio sobre las posibilidades de sustituir los insumos importados que se dirigen al sector agrario. Con estos conocimientos, para finalizar el trabajo de investigación se establecen las conclusiones y las recomendaciones que se han crecido conveniente realizar.

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La presente tesis aborda temas de interés nacional y mundial sobre el lavado de activos, temática que va tomando importancia relevante, pues las bandas criminales, nacionales e internacionales, ante la imperiosa necesidad de tratar de blanquear los dineros productos de sus ilícitos, buscan diversas formas de lavar el dinero producto de sus fechorías. En el capítulo I se abordan aspectos doctrinarios; conceptos nucleares que hacen relación a la terminología utilizada en esta investigación; hacemos una sucinta narración de la tipificación del delito del lavado de activos en el Derecho Comparado; utilizando vocablos y términos sencillos, se hace constar las consecuencias económicas que provocan en las diferentes economías la inyección de dineros ilícitos, sin el respaldo productivo; y, la afectación que provocan en los diferentes Estados a sus bienes jurídicos: la administración de justicia; la seguridad interior del Estado; la salud pública; y, el orden público socioeconómico afectado. En el capítulo II se hace hincapié en los diferentes delitos que proveen de dineros ilícitos a las bandas criminales organizadas, donde, inclusive, se analizan los delitos comúnmente cometidos en nuestro país como el cohecho, concusión, peculado y enriquecimiento ilícito. En el capitulo III se realiza un análisis histórico y cronológico de los antecedentes de nuestra Ley para reprimir el Lavado de Activos en el Ecuador, destacando la importancia de una reforma legal. Para concluir este trabajo investigativo, hacemos constar las conclusiones a las que hemos llegado y las recomendaciones tendientes a conseguir que nuestra Ley, sea el resultado de un análisis objetivo y real de la situación social, económica y política de nuestro país, en directa relación con la realidad de nuestros países vecinos.

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El presente trabajo tiene como propósito fundamental el de dilucidar la disyuntiva que el Ecuador tiene a futuro en sus relaciones comerciales con el norte: si continuar amparados bajo la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas (LPAA), que es temporal y de naturaleza precaria; o, aceptar el reto de integrarnos a la Zona Hemisférica de Libre Comercio (ZHLC) que, aunque responde a los intereses de los Estados Unidos, presta mayores garantías para los países en desarrollo por las razones económicas, jurídicas y políticas expuestas en este trabajo. Con tal propósito, en primer lugar, se reseña las tendencias actuales en la economía mundial, asi como los procesos de integración en América Latina desde la perpespectiva de sus vinculaciones con procesos mas amplios; para entonces examinar las implicaciones de la LPAA para el Ecuador, en el marco de la Iniciativa para las Américas, asi como el desempeño que ha registrado el comercio ecuatoriano en relación con los Estados Unidos, como preludio para ahondar en la naturaleza de los cambios que plantea el establecimiento de la ZHLC. Esto abarca un estudio del Tratado de Libre Comercio (TLC), firmado entre Estados Unidos, Canadá y México, como vehículo que impulsa la interrelación de los actuales modelos de integración; para lo cual, se analiza la adhesión de los demás países del continente a sus reglas, poniendo énfasis en la incorporación del Ecuador a la ZHLC al evaluar las ventajas que se vislumbran de su establecimiento. Finalmente, se examina qué ha hecho el Ecuador frente a éste desafío y sobretodo, cuál es el camino que le falta por recorrer.

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El presente trabajo pretende identificar las normas constitucionales y legales que regulan la comercialización hidrocarburífera ecuatoriana y analizar el proceso de su posible privatización. En ese sentido, se analiza en la primera parte la metodología y la importancia de ese producto en la comercialización interna y externa. Posteriormente, se presenta una reseña histórica de los principales acontecimientos de la industria hidrocarburífera y su comercialización. Se analiza además el papel de los organismos internacionales como la OPEP en la comercialización del petróleo y sus derivados. Los siguientes capítulos, tratarán de situar al lector de la mejor manera posible dentro de lo que constituye el análisis de la comercialización de hidrocarburos. Finalmente, se abordará los temas de inversión extranjera y de privatización de los hidrocarburos, pretendiendo con ello dar una solución a los problemas de comercialización interna de derivados del petróleo.

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Se realiza un estudio de las instituciones jurídicas de la detención y la prisión preventiva y su aplicación y vigencia en el Sistema Acusatorio. Se hace un análisis histórico de su desarrollo, detectándose en la práctica un irrespeto y abuso de estas instituciones, consecuentemente a las normas del debido proceso y a las establecidas en la Constitución, en la Ley y en los Tratados, Pactos Internacionales y Declaraciones, celebrados y ratificados por nuestro País. Señalándose asimismo, que se pueden solucionar estas fisuras del sistema y con ello, no se menoscabe el prestigio del país, su seguridad jurídica; y, de esta manera, se revitalice la garantía de la aplicación plena de los derechos humanos de las personas. Se ha analizando también la nueva institución de la detención en firme, así como la sustitución de la prisión preventiva, obteniendo conclusiones de menoscabo en la aplicación y respeto de los derechos humanos, en especial de la Policía Judicial, inaplicando los preceptos legales y constitucionales como norma jurídica de la más alta jerarquía, y del sistema procesal en general. En conclusión, estimamos que si se realizan correctivos institucionales y procesales, con una nueva visión y cambio de pensamiento y actitud, lo que previamente involucra un profundo conocimiento y capacitación eficiente del derecho penal de: jueces, fiscales, abogados en libre ejercicio, y en especial de la policía judicial que en su esencia debe ser revisada y finiquitar con su sistema de militarización policial y ésta sea técnica y científica, con personas capacitadas en la materia a su mando; y, la decisión política de quienes se encuentran al frente del gobierno y de las instituciones involucradas en la Administración de Justicia, se podrá llegar a efectivizar el respeto de los derechos humanos de las personas, como el más alto fin de la sociedad y del Estado, conforme lo establece en el Art.16 de la Constitución Política.