999 resultados para DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL ESTADO
Resumo:
Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.
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Análisis del proceso de securitización iniciado por Brasil en 2001 como respuesta a una serie de amenazas externas que se traducían en eventuales riesgos para su estabilidad como líder regional. Teniendo en cuenta dicho proceso interno se analiza a su vez la interacción del mismo con la configuración del complejo de seguridad regional mediante la UNASUR y el Consejo de Defensa Suramericano.
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La situación de refugio prolongado que se presenta en algunos lugares alrededor del globo, ha llamado la atención de la comunidad internacional, abriendo un espacio en la agenda de asistencia humanitaria temas de desplazamiento forzoso y grandes olas migratorias involuntarias. Han sido varios años de lucha de la población saharaui por la reivindicación de su pueblo, sin embargo desde el asentamiento de sus campamentos en la frontera con Argelia, no se ha dado ninguna solución concreta y efectiva que permita erradicar esta situación de refugio.
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La complejidad que supone abarcar el estudio de la responsabilidad patrimonial del Estado en el ámbito médico sanitario, hace preciso prestar atención a ciertos temas que resultan especialmente relevantes y que han sido decantados jurisprudencialmente por el Honorable Consejo de Estado. De esta manera el presente trabajo desarrolla temas descollantes y novedosos en materia de imputabilidad como viene a ser la prueba de la falla médica mediante la teoría "res ipsa loquitur"; la prueba del nexo causal a través de la prueba indiciaria y la teoría de la probabilidad preponderante. Así mismo se estudian los diversos tipos de daños antijurídicos que pueden darse dentro de la prestación médica a cargo del Estado, destacando especialmente la lesión al derecho a recibir una atención oportuna y eficaz, la pérdida de una oportunidad debida a la no obtención del consentimiento informado del paciente, lo que supone, a su vez, el cercenamiento del derecho de este a elegir someterse o no a determinado tratamiento, previo valoración de pros y contras de la terapia sugerida por el galeno (principio de no agravación). Así mismo se analizanlas hipótesis de daños antijurídicos derivados del error en el diagnóstico, la falla por la omisión de las entidades de control y vigilancia, falla en gineco-obstetricia, así como las hipótesis de responsabilidad objetiva del Estado por óblito quirúrgico, para finalmente tratar el tema novedoso del alea terapéutica con sus particulares características y eventual aplicabilidad en el sistema jurídico colombiano.
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Resumen tomado del autor
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La Ley 100 de 1993 crea el Sistema de Seguridad Social en Salud en Colombia, y con ella surgen una serie de disposiciones que cambian el Sistema de Salud imperante en el momento. Dentro de esas reformas que trajo la ley al Sistema General de Seguridad Social en Salud, se presenta un cambio importante, como fue el del modelo de financiamiento de las instituciones de salud del Estado. Los recursos que estas recibían en su momento obedecían al modelo del subsidio a la oferta, situación que modifica la nueva norma y obliga a las instituciones a ser entidades autosostenibles financieramente, a través del modelo del subsidio a la demanda. Este, entonces, es el punto de partida para que las Empresas Sociales del Estado (ESE), hospitales de segundo nivel de complejidad, comiencen a analizar su sector bajo una perspectiva de empresa, en la que cada hospital es responsable de la adquisición, distribución y administración de sus recursos. La Ley 100 de 1993 ha tenido varias reformas: la primera fue con la Ley 1122 de 2007, con la que se pretendía realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin, se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización y mejoramiento en la prestación de servicios de salud; fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de inspección, vigilancia y control, y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud[. La segunda reforma fue con la Ley 1438 de 2011, cuyo objeto fue el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud que, en el marco de la estrategia “Atención Primaria en Salud”, permitiera la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, incluyente y equitativo, que brindara servicios de mayor calidad, y para el cual el centro y objetivo de todos los esfuerzos fueran los residentes en el país. Además en esta reforma, se incluyeron disposiciones para establecer la unificación del Plan de Beneficios, la universalidad del aseguramiento y la garantía de portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, en un marco de sostenibilidad financiera. Es esta sostenibilidad financiera, invocada por primera vez en la Ley 100 de 1993 y ratificada en sus dos reformas, la que lleva a las ESE a preocuparse cada día más por el desenvolvimiento del sector, por saber con certeza cuales son los espacios en los cuales pueden innovar y tener ventaja competitiva, y lo mas importante, como pueden superar en calidad y prestación de servicios a sus competidores. Es este entonces el punto central de este trabajo: dar a conocer el verdadero estado del sector Salud en los hospitales de segundo nivel de atención y su futuro competitivo. Para continuar con el análisis del sector Salud, es necesario definir escenarios y términos: los hospitales de segundo nivel de atención son el objeto de análisis, y se definen como instituciones donde se realiza consulta médica, hospitalización y atención de urgencias de especialidades básicas (Ginecobstetricia, Pediatría, Medicina Interna y Cirugía); atención de partos y cesáreas de mediana complejidad, laboratorio e imaginología de mediana complejidad, atención odontológica general y especializada, consultas de nutrición, psicología, optometría y terapias de apoyo para rehabilitación funcional. Para hacer este análisis, se empleó la metodología denominada “análisis estructural de sectores estratégicos”, que contiene las pruebas hacinamiento, 7 Perdurabilidad empresarial: caso sector empresas sociales del Estado (ESES), hospitales de nivel II de complejidad panorama competitivo, fuerzas del mercado y estudio de competidores. El sector estratégico seleccionado son instituciones prestadoras de servicios de salud de nivel II de complejidad, ubicadas en el Valle de Aburrá y municipios cercanos a la ciudad de Medellín, durante el periodo comprendido entre los años 2006 y 2011. Las instituciones seleccionadas son las siguientes: Hospital San Vicente de Paul de Caldas, Hospital Manuel Uribe Ángel de Envigado, Hospital San Rafael de Itagüí y Hospital Marco Fidel Suarez de Bello. Dichas instituciones se caracterizan por atender a la población correspondiente a los regímenes contributivo y subsidiado, primordialmente. Los servicios de salud que garantizan corresponden a servicios de tipo hospitalario y ambulatorios. Este documento fue realizado de forma conjunta por estudiantes de la asignatura Estudios Estructurales del Sector Estratégico, impartida en la Maestría en Administración en Salud del convenio Universidad del Rosario- Universidad CES de Medellín, y el profesor Hugo Alberto Rivera; pretende hacer un aporte a la línea de investigación y relacionar las características de la definición del concepto perdurabilidad, propuestas por la Facultad de Administración de la Universidad del Rosario y lo observado en las empresas.
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Esta monografía buscó describir y caracterizar la participación de los representantes de los Estados de las Américas en el proceso de securitización que dio origen al régimen contra las drogas en la región entre los años 1986 y 1996. Así mismo, buscó analizar la forma en que se articuló la participación de dichos actores, con las características de los Estados a los que representaron, y a su vez con las dinámicas de seguridad y relaciones de poder en el hemisferio.
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La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de los últimos años, ha establecido una serie de criterios y medidas que configurarían un catálogo de disposiciones que deben emprender los Estados para garantizar la real protección del derecho de propiedad de las comunidades indígenas y tribales. Dichas medidas deben ser implementadas en los procesos de formalización y titularización de las tierras ancestrales ocupadas, en la delimitación y demarcación del terreno, en la restitución de porciones de tierra pérdida, en la estipulación de criterios para el otorgamiento de tierras alternativas; y en los estudios que tiendan a establecer políticas públicas para la satisfacción de las necesidades de las comunidades relativas a la producción y posesión de la tierra como mecanismo idóneo para el mantenimiento de condiciones de vida digna. La regulación colombiana para las tierras de las comunidades indígenas y las comunidades afrocolombianas presenta aspectos divergentes: las primeras poseen una reglamentación destinada a la ampliación, reestructuración y saneamiento de los resguardos indígenas, y las segundas están regidas bajo un estatuto general de la propiedad colectiva y adjudicación de baldíos. En los dos sistemas, los procedimientos son complejos, tardíos, confusos, requieren de sofisticados prerrequisitos, y ante todo su estructura está basada bajo criterios de una sociedad no indígena y no tribal. Adicionalmente, el compendio normativo en materia de titulación, delimitación y demarcación de tierras de comunidades afrocolombianas antes enunciado, presenta diversas lagunas normativas que se acentúan con la carencia de actualización de dicha regulación a las condiciones actuales si se tiene en cuenta que no ha existido modificación a la misma en los últimos 19 años, y que hacen necesario aplicar analógicamente las disposiciones del Código Civil en materia de propiedad individual a efectos de dar respuesta a los supuestos de hecho no contemplados.
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A partir del fin de la Guerra de Corea los diferentes gobiernos que tomaron el poder permitieron la consolidación de las grandes empresas Chaebol. El análisis social se basa en rescatar principios del confucianismo que pueden verse representados en el sistema corporativo estudiado, entre ellos la piedad filial, la honestidad, la educación. Al analizar los factores confucianos se logra determinar ciertas dinámicas presentes en las empresas Chaebol que muestran similitud con las causas de la Crisis Financiera del Sudeste asiático en 1997 lo que permite crear una relación entre el modelo y la crisis. La sobreinversión, el sobreendeudamiento, la relación entre el gobierno y los Chaebol son un ejemplo de dinámicas resultantes. Al tener a Tailandia como segundo país de referencia fue necesario buscar la existencia de relaciones entre el sistema económico y social tailandés, además de encontrar dinámicas resultantes del modelo corporativo de Tailandia similares a las coreanas para finalizar relacionándolas con la crisis financiera.
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en esta investigación diagnóstica se desarrolla un análisis en torno a las asignaciones presupuestales referentes al gasto público social durante el gobierno del presidente Uribe Vélez y como dichas asignaciones incidieron en las condiciones y la calidad de vida de la población colombiana. Finalmente, el autor de esta investigación propone una alternativa de solución al problema planteado presentando algunos nuevos parámetros para que la asignación del GPS cumpla con los objetivos propuestos de eficacia y eficiencia.
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Los debates en torno al concepto de seguridad han aumentado debido al fortalecimiento de la Democracia Liberal, el Estado de Derecho y la protección de los Derechos Humanos. En este contexto, se han establecido nuevos enfoques de seguridad que responden a los desafíos actuales que enfrenta el ser humano como alimentación, trabajo, salud, educación y vivienda. De esta manera, el enfoque restringido del concepto de seguridad entendido como la protección del Estado ha sido complementado, y no reemplazado, por la seguridad humana. Entre una gran variedad de posturas, Canadá y Japón se destacan en el marco de los estudios de seguridad, especialmente, en el estudio y aplicación de la seguridad humana. Kosovo, por su parte, se vio beneficiado por la participación de Canadá y Japón a la luz de los principios de Freedom from Fear y Freedom from Want durante su proceso de reconstrucción.
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Calidad en salud y Satisfacción en salud son dos fenómenos de naturaleza distinta, sin embargo la literatura reporta que en las mediciones de ambas parecen evaluarse factores similares en la prestación de los servicios de salud. La calidad en salud hace referencia a las ¨creencias que como forma de la percepción forman parte de la cognición mientras que la satisfacción concebida como un juicio de valor positivo o negativo que construye el sujeto que ha recibido el servicio de acuerdo al cumplimiento de sus expectativas, es considerada uno de los principales objetivos de la calidad de atención en salud y un indicador del óptimo funcionamiento de las instituciones hospitalarias, así entonces, el objetivo de este estudio fue determinar cuáles son las características asistenciales y administrativas que potencialmente influirían en la valoración de la satisfacción del usuario y funcionario frente a la atención en los servicios de salud del Hospital Municipal del Guamo-Tolima, mediante la identificación, medición y descripción de las mismas .Los resultados del estudio obtenidos a partir de la comparación de medias de cada uno de los ítems evaluados, y de la diferencia significativa de medias, mostraron que existen diferencias significativas entre la importancia asignada por los usuarios frente a la asignada por los funcionarios.
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La presente investigación constituye un análisis de la incidencia que tienen las armas no convencionales sobre la Seguridad Humana en sociedades postconflicto, cuyo caso de estudio es el Estado de Camboya bajo la problemática de las minas antipersonal. Dentro de este contexto, se hace un abordaje histórico de los escenarios de guerra y conflictos que por varias décadas marcaron a la sociedad camboyana y que se presentan, como aspectos sustanciales para comprender la complejidad del fenómeno de las minas antipersonal que en la actualidad se encuentra vigente. En este sentido, se analiza la Seguridad Humana a partir del compromiso causado sobre la supervivencia de las personas y de los grupos humanos que han sido y continúan siendo afectados por la presencia y activación de dichas armas. Lo anterior se lleva a cabo considerando aspectos como: las acciones e inacciones que a lo largo de los años el gobierno de Camboya ha emprendido para lograr la superación de la problemática, el trabajo de ONG nacionales e internacionales, las particularidades del contexto asiático; y las posiciones que se mantienen frente a la noción y la práctica del concepto de la Seguridad Humana en la región. Un análisis que se sustenta en la disciplina de las Relaciones Internacionales dentro del marco teórico de los Estudios Críticos de Seguridad. En consecuencia, los resultados de la investigación indican que las incidencias que causan las minas antipersonal sobre las Seguridad Humana en Camboya son catastróficas porque afectan gravemente el orden regular bajo el cual se hace efectiva la supervivencia de las personas; generan constantes amenazas y riesgos tanto particulares como colectivos que fracturan el tejido social; ocasionan violaciones a los derechos humanos de quienes han sobrevivido; e imponen grandes desafíos [entre ellos, políticos y sociales] para superar tanto la presencia de dichas armas como los efectos que producen.
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Hay dos tesis respecto a la responsabilidad patrimonial del Estado Regulador. Algunos que pretenden que la regulación no genere responsabilidad al considerar que el actor económico regulado asumió la regulación y los riesgos correspondientes al ingresar a un mercado regulado. Otros, que pueden considerar que por adquirir una licencia compran al mismo tiempo la legalidad, siendo inviables reglas de juego sobrevivientes. Estos polos son extremos, en tanto por el sólo hecho de entrar a un mercado regulado no significa que el Estado pueda desconocer el patrimonio y derechos del inversionista y el principio de buena fe. Quien ingresa o participa en un mercado hace sus propias previsiones de negocio acorde con las condiciones definidas por el Estado y asume que se respetará el ordenamiento legal. También que se respetarán sus derechos los que pueden ser modulables más no excluirse por las actuaciones del Regulador. Por ello, cuando se genere un daño antijurídico o una violación al núcleo esencial de sus derechos que además es imprevisible por el destinatario de la regulación deberán resarcirse los perjuicios generados
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La búsqueda de los Estados por mitigar su dependencia energética de las fuentes fósiles, ha traído consigo la búsqueda de energías alternativas, desencadenando en el uso y producción de biocombustibles. A su vez, la producción de estos últimos a través de cultivos transgénicos ha ido cobrando importancia en el escenario internacional. Esta opción se ha considerado como una salida al dilema de utilización de tierras "Biocombustible vs. Alimentos". En este contexto, el caso de Argentina, como uno de los mayores productores de cultivos transgénicos del mundo, entre los cuales se destaca la soja, se analiza en esta investigación por ser importante para determinar cuál es el impacto de los biocombustibles producidos a través de cultivos transgénicos en la seguridad alimentaria de la población.