821 resultados para Criminal prosecution


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El Código Penal paraguayo vigente prescribe que la reprochabilidad es un presupuesto necesario para la imposición de una sanción penal. De igual forma establece en su art. 23 que aquél que en el momento del hecho por causa de una grave perturbación de la conciencia no pueda entender la antijuridicidad del hecho o comportarse conforme a ese conocimiento, será considerado como irreprochable quedando así exento de pena. Dicha norma no prevé sin embargo ninguna excepción y esto permite que el autor escape al ius puniendi estatal, cuando el mismo causa adrede su estado de irreprochabilidad para cometer posteriormente un delito antes planeado. Tal problema es el que pretende ser resuelto a través de la figura de la actio libera in causa. La aplicación de dicha figura no se encuentra sin embargo jurídicamente fundamentada, ni en la literatura, ni en la jurisprudencia paraguaya. De ahí que se realiza en el presente artículo un análisis jurídico de su aplicación a la luz de las teorías discutidas en la dogmática penal alemana, buscándose la consecuencia tanto de la aplicación como del rechazo de la figura conforme al estado actual de las leyes en el Paraguay.

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Excerpt: Jewish Theological Seminary of America, Students' annual. v. 1, 1914.

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This gives statistics on the age of pending criminal cases broken down by circuits and counties.

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This gives the criminal records summary of activity by circuit/county.

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This paper outlines the key findings from a recent study of statutory service responses to young people with learning disabilities who show sexually inappropriate or abusive behaviours, with a particular focus on the involvement of criminal justice agencies. The study found that although inappropriate sexual behaviours were commonplace in special schools, and that serious acts of abuse including rape had sometimes occurred, education, welfare and criminal justice agencies struggled to work together effectively. In particular, staff often had difficulty in determining the point at which a sexually inappropriate behaviour warranted intervention. This problem was frequently compounded by a lack of appropriate therapeutic services. In many cases this meant that no intervention was made until the young person committed a sexual offence and the victim reported this to the police. As a consequence, young people with learning disabilities are being registered as sex offenders. The paper concludes by addressing some of the policy and practice implications of the study’s findings, particularly those which relate to criminal justice.

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The present study investigated the impact of different legal standards on mock juror decisions concerning whether a defendant was guilty or not guilty by reason of insanity. Undergraduate students (N = 477) read a simulated case summary involving a murder case and were asked to make an insanity determination. The cases differed in terms of the condition of the defendant (rationality deficit or control deficit) and the legal standard given to the jurors to make the determination (Model Penal Code, McNaughten or McNaughten plus a separate control determination). The effects of these variables on the insanity determination were investigated. Jurors also completed questionnaires measuring individualism and hierarchy attitudes and perceptions of facts in the case. Results indicate that under current insanity standards jurors do not distinguish between defendants with rationality deficits and defendants with control deficits regardless of whether the legal standard requires them to do so. Even defendants who lacked control were found guilty at equal rates under a legal standard excusing rationality deficits only and a legal standard excluding control and rationality deficits. This was improved by adding a control test as a partial defence, to be determined after a rationality determination. Implications for the insanity defence in the Criminal Justice System are discussed.

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Este libro surge del encuentro imprevisto de varias trayectorias investigativas, un encuentro que demuestra la importancia estructural y estratégica que tienen las economías criminales en Antioquia. Después de más de una década de trabajo sobre la violencia urbana y los problemas humanitarios en el departamento, la socióloga e historiadora Ana María Jaramillo encontró la ocasión para preguntarse por el estado de los estudios regionales sobre narcotráfico. La respuesta señala el desplazamiento que ocurrió en las preocupaciones de los investigadores antioqueños –académicos o no– hacia el conflicto armado y sus secuelas en materias humanitaria y de seguridad. Gustavo Duncan transformó su conocimiento y dedicación al estudio de los fenómenos de autodefensas y paramilitares en un intento por comprender las relaciones entre tráfico de drogas, crimen y poder tanto social como político. En mi caso, la pérdida de centralidad del conflicto armado de carácter político y la inquietud por las fuerzas que alimentan la inseguridad en la región ha orientado las pesquisas hacia la economía criminal. Y en este punto confluye el conocimiento de varios colegas de la Universidad EAFIT, en especial del profesor Alberto Naranjo. Superados o en vías de superación los fenómenos épicos del Cartel de Medellín, las milicias populares, las Auc y las aventuras urbanas de las Farc y el Eln –que han dado para películas, novelas, documentales, afectos y odios, aquí y afuera– queda la más opaca y no menos cruda presencia del narcotráfico como eje articulador de otras economías criminales e informales, y como expresión de una cultura permisiva, incómoda con la legalidad y atraída por el enriquecimiento y el ascenso social rápidos. Este es el punto de encuentro de la búsqueda de los investigadores reunidos en este volumen. La Fundación Proantioquia cumplió con la necesaria función de facilitar este encuentro. Varias conversaciones con su Presidente Juan Sebastián Betancur alrededor de la pregunta por las condicionales regionales que propician la criminalidad en Antioquia fueron conduciendo al interés por las condiciones en que funciona la justicia, la debilidad de las instituciones locales y el poder económico ilegal, entre otros factores. El resultado práctico fue el apoyo financiero de Proantioquia a un proyecto de investigación que involucró a investigadores de varios departamentos de la Universidad EAFIT, coordinados desde el Centro de Análisis Político de la misma. Fruto de este apoyo son los artículos de Duncan y Giraldo y Naranjo. El trabajo de Ana María Jaramillo proviene de otro proyecto diferente, como se indica en el respectivo lugar. Finalmente, la impresión como libro de los resultados de estos trabajos de investigación se debe también al interés y apoyo de la administración municipal. El Alcalde Alonso Salazar Jaramillo y el Director de la Empresa de Seguridad Urbana de Medellín Jesús María Ramírez respaldaron esta iniciativa.

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La actual política criminal comparada tiene una fuerte tendencia a contrastar los diferentes sistemas nacionales en función de su mayor o menor rigor punitivo. Algún autor (Díez Ripollés, 2011, 2013) ha abogado por un modelo de comparación más ilustrativo y complejo, basado en la inclusión social / exclusión social que los diferentes sistemas penales generan en tres colectivos concretos: sospechosos, delincuentes y exdelincuentes. Para ello identifica nueve cestas temáticas (control de espacios públicos, garantías penales, sistema de determinación de la pena y sistema de sanciones, penas máximas, régimen penitenciario, internamientos de seguridad, estatus legal y social de delincuentes y exdelincuentes, registros policiales y penales, y derecho penal juvenil), abarcando cada una de ellas diversas reglas y prácticas punitivas. A partir de este modelo se está diseñando y validando un instrumento comparativo de la política criminal de los países del Occidente desarrollado de acuerdo con la dimensión inclusión social / exclusión social. La metodología para alcanzar este objetivo consiste en someter a un acuerdo de jueces un conjunto de reglas y prácticas socialmente excluyentes identificadas previamente. En esta comunicación mostraremos el diseño del cuestionario así como los resultados de la primera fase de validación, llevada a cabo con más de 70 expertos internacionales de 18 países diferentes del Occidente desarrollado. El acuerdo de dichos expertos sobre las reglas y prácticas susceptibles de generar exclusión social sobre los tres colectivos objeto de atención se ha verificado mediante varias pruebas estadísticas de fiabilidad inter-jueces, como el coeficiente de correlación intra-clase (ICC) y el coeficiente de validación V de Aiken. Se describirán también las fases de validación pendientes. Una vez que dispongamos de este instrumento de comparación de los diversos modelos de intervención penal nacionales nos proponemos ofrecerlo a la comunidad internacional y promover su aplicación.

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Podría afirmarse que en los últimos años prácticamente todas las propuestas de reforma penal que han salido del despacho de un ministro de justicia se han centrado en el endurecimiento de la ley. Habiendo alcanzado ya los límites de la cadena perpetua, podría pensarse que esta dinámica puede estar llegando al final de un callejón que en la actualidad no tiene salida conocida para nuestros gobernantes. Sin embargo, aún queda recorrido en la línea actual: prisión perpetua no revisable, medidas de seguridad postdelictuales, penas infamantes, penas corporales, etc., y, además, la evolución de la política criminal comparada nos proporciona ejemplos de otros ámbitos a los que acudir para buscar nuevas formas de punición. A pesar de ello, la doctrina penal y criminológica no ha sido capaz de ofrecer alternativas convincentes para el poder político en esta reciente era punitivista que culmina con la reinstauración expresa de la cadena perpetua, lo que indica que tal vez haya que afrontar el futuro con una estrategia diferente. En el ámbito académico y profesional relacionados con la política criminal, ya se empiezan a ver indicios de esta nueva estrategia, como el papel jugado recientemente por algunos de ellos como grupo de presión experto. A mi juicio, a estas labores de presión externa han de añadirse otras que incidan, no solo en los contenidos de la política criminal, algo fundamental, sino también en el continente. En tal línea se enmarca este trabajo, en el que pretendo discutir en parte cómo se aborda la política criminal en nuestro país pero, sobre todo, cómo podría hacerse de una forma que, previsiblemente, pudiera dar unos resultados mejores. Mi objetivo es llegar en ello a cierto nivel de detalle, proponiendo quién debería hacerlo, cuándo y de qué manera. Defenderé la idoneidad que, en mi opinión, tienen los conocimientos relacionados con la evaluación para la mejora de la política criminal. Resulta cada vez más evidente que los aspectos jurídicos de la política criminal pueden beneficiarse profundamente de otros conocimientos y no es casualidad que, en nuestro país, algunos de los académicos interesados en esta materia hayan dado firmes pasos para adentrarse en disciplinas más o menos alejadas del Derecho, como la Economía, la Criminología o la Ciencia Política. Efectivamente, el estudio de las decisiones públicas que rigen la creación de políticas penales requiere de una aproximación holística, única forma de comprender las dinámicas que las condicionan. Se puede optar por atender aspectos específicos, como el estudio de los actores que participan en las políticas, por ejemplo, pero sin el conocimiento de otras fases previas y posteriores o de las competencias de los diferentes órganos e instituciones públicas que participan en el proceso, difícilmente se podrán interpretar correctamente los hallazgos. Este trabajo pretende contribuir a completar un mapa que nos permita a entender y manejar mejor las dinámicas que gobiernan la política criminal española, para lo cual propondré reformas específicas gracias a las cuales las instituciones de nuestro país estarían, creo, en una mejor posición para afrontar los retos de naturaleza criminal.

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Ao longo dos anos a Guarda Nacional Republicana tem vindo a desenvolver o seu modelo de investigação criminal. Alicerçado em três vertentes funcionais: operativa, criminalística e análise de informação criminal, este modelo visa garantir uma eficácia operacional da Guarda, no âmbito das competências que lhe são atribuídas enquanto Órgão de Polícia Criminal. Perspetivando uma evolução da investigação criminal exercida pelos Comandos Territoriais, assente numa avaliação da vertente de análise de informação criminal, surge a presente investigação, subordinada ao tema “A Importância da Análise de Informação Criminal para a Investigação: o Contributo dos NAIIC”. Com o objetivo de compreender qual o contributo que os Núcleos de Análise de Informações e Informação Criminal dos Comandos Territoriais conferem às investigações, apoiamo-nos num processo indutivo, que intenta generalizar os problemas observados nos vários Núcleos, para caracterizar a vertente de análise de informação criminal no dispositivo territorial. Visando uma análise quantitativa e qualitativa dos resultados, os métodos de recolha de dados explorados foram: dois inquéritos por questionário, um direcionado aos Chefes dos Núcleos de Análise de Informações e Informação Criminal e outro aos Chefes dos Núcleos de Investigação Criminal dos Comandos e Destacamentos Territoriais, assim como um inquérito por entrevista, realizado a cinco Oficiais da Guarda, com reconhecidos conhecimentos e experiência profissional nesta área. Conclui-se que os Núcleos de Análise de Informações e Informação Criminal têm contribuído para as investigações, enfatizando os aspetos relevantes de grandes volumes de informação, com vista a apoiar a ação dos investigadores. Todavia, foram observadas algumas limitações que importa suprimir, de forma a potenciar este contributo. Foram identificadas nestes Núcleos, insuficiências nos acessos à informação, lacunas nas ferramentas de análise, reduzido efetivo em determinados Comandos e algumas falhas de cooperação e coordenação, entre estes e os Núcleos de Investigação Criminal.

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Política criminal, su influencia en el diseño del procedimiento sumario en El Salvador – Respeto del debido proceso en el trámite del procedimiento sumario en El Salvador – Tramite del procedimiento sumario.

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El presente tema de investigación, se centra en analizar las formas anticipadas para la terminación de procesos en todo lo referente a adolescentes infractores, sin embargo, previo a ello, hedesarrollado concepciones generales sobre los mismos, su reseña histórica y un análisis de las legislaciones de Brasil, Colombia y Chile; así mismo tomando en consideración que el adolescente es sumamente protegido a nivel internacional, he analizado los Tratados Internacionales de los que elEcuador es suscriptor. Considerando que el juzgamiento de los Adolescentes Infractores tiene cierto carácter especial, que le diferencia del juzgamiento de los adultos, en el Capítulo I también se ha abordado todo lo referente al proceso penal en relación directa a los adolescentes infractores y sus garantías, así como también he desarrollado cada una de las Etapas Procesales para el Juzgamiento de los mismos. Así mismo he realizado un análisis de cada una de las medidas socioeducativas que puedan aplicarse a un adolescente infractor una vez que se ha determinado su responsabilidad en el cometimiento de una infracción, considerándolas como una forma de reeducar al adolescente teniendo como fin su desarrollo.