907 resultados para Elites jurídicas


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Esta obra es resultado de investigación sobre dos conceptos de enorme importancia para la educación jurídica en Iberoamérica: la educación legal clínica como modelo pedagógico en construcción y el litigio estratégico como herramienta de incidencia social y política. Se considera que el proceso de construcción de las clínicas en la región es un hito en la educación jurídica iberoamericana y existen evidencias que permiten afirmarlo, ya que se trata de historias paralelas que se fortalecieron por los intercambios de aprendizajes y experiencias a través de las redes. De igual manera se desarrolla el concepto de litigio estratégico o estructural y se examina la forma como inciden en dicha propuesta las alianzas estratégicas. Se pasa luego a una profundización sobre la agenda de las clínicas y los temas prioritarios de Derechos Humanos en Iberoamérica. Examen que se realiza a partir de casos reales que se han trabajado las clínicas. Se concluye en la necesidad del surgimiento de nuevas clínicas y de más proyectos de investigación.

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Este texto describe las conclusiones del estudio de la jurisprudencia colombiana de control constitucional sobre derechos humanos del período 1886-2005. Fue realizada por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos con el apoyo de investigadores externos. El estudio evidencia las diferencias cualitativas y cuantitativas de la producción de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, y esboza las líneas jurisprudenciales más importantes de cada corporación.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.ratio decidendi de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.

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Crédito variable de Ciencias Sociales para Educación Secundaria Obligatoria. El objetivo es dar una visión general de lo que es el mundo del Derecho y de la Justicia, concentrado en nuestro ordenamiento jurídico. No se profundiza en ninguna técnica jurídica, ni en las ramas de Derecho existentes. Lo principal es dar una visión general de la existencia de técnicas específicas y de las diferentes ramas del Derecho. El crédito se reparte en cinco unidades didácticas: 1) El Derecho en el Estado moderno y en el Estado español. 2) Derecho civil. 3) Derecho penal. 4) Derecho mercantil y fiscal. 5) Derecho laboral. En cada unidad se ofrece información para el profesor y ejercicios para el alumnado.

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Se trata de un estudio sobre la obra poética de Nicolás Guillén. Se analiza el simbolismo de la obra poética como representación de la poesía negra cubana frente a la de corte europeísta mas ligada a las elites cubanas. También se analiza su obra y la influencia de Guillén en otros poetas del entorno. Finalmente se estucia cómo su obra afecta y se ve afectada por la realidad de su tiempo.

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En este artículo se compilan cuatro artículos que escribió Unamuno para el Boletín de la Institución Libre de Enseñanza: 'Acerca de algunas costumbres económico-jurídicas infantiles', que reflexiona sobre la posibilidad de rastrear la filogenia (evolución de la especie) en la ontogenia (el desarrollo del individuo) e intenta detectar en algunas 'supervivencias' que aparecen en juegos infantiles trazos de una organización jurídica y económica primitiva. El segundo artículo 'Sobre la enseñanza del clasicismo', refleja las ideas pedagógicas respecto a la enseñanza de las lenguas clásicas en la universidad. El tercero, 'Comentario', escribe en memoria de Francisco Giner fundador de La ILE. Y por último 'Boyscouts y footballistas', trata de la educación física, el juego y ciertas formas ritualizadas de patriotismo.

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La llegada de los juristas al ámbito de la psicopedagogía tiene en España una vía regia en el campo krausoinstitucionista. El pedagogismo que caracterizó los objetivos de grupo y la pertenencia al entorno del derecho de algunos de sus más significativos representantes favorecieron las aportaciones teóricas y prácticas de los juristas españoles al discurso psicopedagógico, encauzándose casi siempre sus intereses en el curso amplio de la cuestión social, que adquiría nuevas perspectivas en todos los frentes ideológicos de la intelectualidad española conforme se iba desarrollando la intuición comtiana de la física social. En su contra, el discurso balmesiano, crítico con krausistas y neokantianos, situaba la cuestión social en un marco sociopolítico que había de inspirar en buena medida las estrategias del catolicismo social hasta el período de entresiglos.

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Resumen basado en la publicación

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Próximamente se publicarán las ponencias de las 'Jornadas sobre Derecho e Informática'

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El objetivo del trabajo es diseñar un plan que organice, sistematice y promueva la formación permanente de los coordinadores de actividades académicas de las escuelas de educación secundaria, en el contexto de una región particular de México, el estado de Jalisco. Establece las bases teóricas tratando con amplitud los siguientes temas: los cambios en el nivel de secundaria (ES) y las bases jurídicas de la formación permanente en México; el coordinador de actividades académicas de ES como sujeto de formación; la situación actual de dichos coordinadores y su perfil ideal; la educación permanente y la formación permanente; etapas, paradigmas y estrategias en la formación del profesorado; y la formación permanente del profesorado de ES. Partiendo de este análisis, elabora la propuesta, delimitando las estrategias con que se cuenta para hacerla funcionar, la forma en que se llevará a cabo la evaluación y la previsión de las posibles dificultades a las que habrá que enfrentarse.

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El objetivo general es realizar una aproximación a la realidad jurídica española en la que se encuentra el joven delincuente para analizarla e intentar aportar posibles soluciones desde el campo de la psicopedagogía. La hipótesis de trabajo es que el derecho penal de menores en España resulta desfasado y pobre en contenidos dadas las características de la época, por lo que se hace necesaria una renovación, para lo que se recurrirá tanto a perspectivas jurídicas como sociales, psicológicas y pedagógicas. En el cuerpo del trabajo se pueden distinguir dos partes: en la primera de ellas (corresponde a los dos primeros capítulos) se intenta dar una visión general del fenómeno 'delincuencia juvenil' y sus causas. En el capítulo primero se aclaran conceptos: a qué se llama delincuencia juvenil, qué conceptos se incluyen dentro de esta terminología, enfoques aportados por diferentes ciencias,..., en el segundo capítulo, se analizan las posibles causas de este fenómeno social, dando una visión de conjunto, al margen de las escuelas o autores determinados. En la segunda parte (capítulos 3-5) se profundiza en aspectos jurídicos relacionados con el tema, sus diferencias y las aportaciones de la psicología, añadiendo a esto un tipo determinado de alternativa reeducativa, basada en los principios del condicionamiento operante. Concretamente el capítulo tercero analiza la legislación de la época y su puesta en práctica a través de Tribunales Tutelares de Menores, plasmando las críticas y alternativas de autores relacionado con el derecho y la educación. Los dos últimos capítulos (4 y 5) pueden considerarse como alternativas psicológicas y pedagógicas en orden a establecer un marco jurídico renovado, si se tiene en cuenta lo que puede recoger el derecho juvenil de estas dos disciplinas, en cuanto a la comprensión y ayuda que debe prestarse al joven delincuente en orden a su reinserción social. La metodología utilizada es reeducativa, basada en la modificación de la conducta, por su novedad, buenos resultados y posibilidad de evaluar de manera rápida y continuada los progresos del individuo. Las conclusiones son: 1. Un derecho anacrónico, creado en 1948, y, que al margen de pequeñas modificaciones no ha sufrido ningún cambio sustancial, es el encargado de 'acoger' al muchacho que por determinadas circunstancias (miseria, afán consumista, situación familiar desestructurada,...) cae en las redes del delito. A partir de aquí, los acontecimientos se desencadenan vertiginosamente, fomentando un círculo vicioso de consecuencias generalmente funestas. 2. La legislación española resulta incompetente en cuanto que no contempla cuestiones tan importantes como el análisis socio-psicológico profundo del joven delincuente, y sin embargo establece una mayoría de edad penal a los 16 años, no tiene presentes los avances psicológicos que realizan la personalidad delincuente, crea o mantiene macroinstituciones donde las carencias del individuo se acentuan y su aprendizaje delictivo crece en progresión geométrica, pasa por alto las técnicas reeducativas más modernas y su implantación paulatina en el marco español.

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Realizar un análisis comparativo de los proyectos educativos de Condorcet y Quintana. Explica las cuestiones más significativas de la Ilustración, para conocer la situación educativa francesa en el siglo XVIII, estudia el desarrollo y las características generales de la Revolución francesa para establecer una relación con la educación que defiende Condorcet, después realiza un encuadre histórico-cultural de Manuel José Quintana, en el cual, analiza la decadencia del antiguo régimen, las aportaciones educativas de otros autores de la época y examina el proyecto educativo de Quintana denominado Informe de la Junta. Y finalmente establece una comparación entre los planes de estudio de Condorcet y Quintana. 1) Quintana, en su proyecto Informe de la Junta, defiende el alcance de la enseñanza a todos los ciudadanos, y con ello no sólo se refiere a la adquisición de nuevos conocimientos, sino también a facilitar y garantizar la conservación de los ya obtenidos. Asimismo, Condorcet, en su proyecto Rapport, afirma que la enseñanza debe ser posible para todos. 2) Respecto a la educación de la mujer, Condorcet defiende la total igualdad de ambos sexos y por lo mismo pretende que exista igual instrucción. Mientras que Quintana opina que lo que debe recibir una mujer, pensando en su futuro limitado a esposa y madre, es una buena educación privada o doméstica. 3) Según Quintana, el Estado tiene la obligación de no negar a nadie su derecho a la instrucción, puesto que es lo que se exige a todos para admitirlos en el ejercicio de los derechos del ciudadano. El Estado costeará solamente los estudios de las primeras letras, el pago se haría a través de los diversos municipios, y en caso de ser insuficiente, la diputación añadiría lo que faltase. Esta idea ya estaba presente en el proyecto de Condorcet, proponiéndose una enseñanza gratuita para los niveles de primaria y profesional. Dicha subvención se haría por las aportaciones del horario público. 4) Quintana defiende que es preciso que cada uno tenga el arbitrio de buscar los conocimientos en donde, como y con quien le sea más fácil y agradable su adquisición. Con ello se abre un nuevo camino para crear centros privados, que suplan las deficencias de la escuela pública. Condorcet tampoco establece el monopolio estatal, al contrario, reconoce y defiende la existencia de centros docentes particulares. Las motivaciones que llevan a ambos a aceptar la escuela privada son diferentes. De un lado, Quintana pretende suplir deficiencias que con una única vía no se conseguirían, de otro, Condorcet ve la enseñanza privada como un estímulo para la estatal, debido a la competitividad que de otro modo no se podría establecer. 5) Respecto a la obligatoriedad, en el plan de Quintana, se exige a todos los ciudadanos la enseñanza de las primeras letras, mientras que Condorcet, influenciado por las ideas revolucionarias francesas, no se atreve a imponerla obligatoria, para no atentar así contra la total libertad de los ciudadanos. A pesar de ofrecer buenas ideas, tanto Condorcet como Quintana, sus proyectos no se pusieron en práctica. El proyecto Rapport de Condorcet no se llevó a cabo, debido a que al día siguiente de su presentación estalló la guerra en Francia, el proyecto Informe de la Junta de Quintana, tampoco a causa de la inestabilidad y de los avatares políticos españoles durante los siglos XVIII y XIX. Sin embargo, ambos proyectos han sido en gran manera válidos, no sólo como estímulo y orientación de ulteriores planes educativos franceses y españoles respectivamente, sino que pueden considerarse bandera de principios político-educacionales cuya proyección llega hasta nuestros días, en el caso concreto español, el Informe presentado por Quintana traza las directrices por donde caminarían durante medio siglo las elaboraciones jurídicas posteriores.

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Expone un análisis de la eficiencia en la asignación de recursos de los departamentos de la Universidad de La Laguna a través de la metodología Dea (análisis envolvente de datos). El objetivo, mas que realizar aportaciones metodologías, es realizar un análisis del sector educativo. 62 departamentos, de los cuales 31 son experimentales (Ciencias de la Salud y Ciencias Experimentales y Técnicas) y 31 no experimentales (Ciencias Sociales, Económicas, Jurídicas y de la Educación y Humanidades). Se incluye una primera parte, formada por los dos primeros capítulos, donde se incluyen aspectos concernientes al entorno y a la gestión universitaria, centrándose en el caso de la universidad de La Laguna. Encuestas de evaluación. Otras variables utilizadas son: Memorias Académicas de la Universidad de La Laguna, Memorias de Investigación, Guías de la Comisión de Doctorado, Informe de Evaluación de la Calidad Docente. Existen diferencias entre los departamentos según su grado de experimentalidad. Los departamentos experimentales se caracterizan por poseer una mayor producción investigadora. Los departamentos no experimentales presentan unas cifras superiores en el número de créditos impartidos, en el número de alumnos matriculados en primer y segundo ciclo y en el personal contratado para labores exclusivamente docentes. En cuanto a los indicadores de productividad, los resultados para los departamentos no experimentales son superiores en aquellos relacionados con la docencia, mientras que los departamentos experimentales obtienen valores mayores en aquellos indicadores relacionados con la investigación. En resumen, los departamentos deben contar con información sobre su modo de actuar, con el fin de poder realizar su propia planificación de objetivos y la programación de los medios necesarios para su consecución.

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Trabajo publicado como monográfico de la revista 'Tejuelo. Didáctica de la lengua y la literatura. Educación'

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Analiza varios temas relacionados con la Administración educativa. Primero se centra en la relación existente entre la Administración y los centros de enseñanza privada y concertada y en cómo son sus relaciones jurídicas con la Administración. Después analiza cómo ejerce la Administración su potestad organizativa a través de reglamentos y de distintos actos, quiénes elaboran los reglamentos y el proceso que se sigue para ello. Más adelante trata los temas de la homologación y el de la inspección, de este ultimo desarrolla su marco normativo, sus funciones, el ejercicio de estas funciones y las visitas del inspector al centro. Finaliza con una breve referencia a la plenitud de facultades académicas de los centros privados.