824 resultados para Constitución de Colombia


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La presente monografía revisa algunos de los conceptos que, desde la antiguedad y aún en la época moderna, se tienen acerca de la frontera. Se parte del concepto regular, es decir, entendida como un instrumento de delimitación del espacio de las personas que viven en sociedad, pero, principalmente de los Estados-Nación para demarcar su soberania, hasta ampliarlo a una concepción que tiene vida, características y dinámicas propias. Puntualmente, se realizará el estudio sobre una de las zonas de frontera más dinámicas de America Latina, comprendida entre el departamento de Norte de Santander en Colombia y Tachira en Venezuela durante el periodo de 2007 a 2010.

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Esta monografia busca mostrar como el petroleo al ser el bien energético más importante, ha generado una dependencia de los Estados frente a este; tanto que ha influenciado en cierta medida las políticas internas y externas de Colombia y Venezuela, teniendo en cuenta que estas dos naciones andinas han tomado rumbos diferentes en los ultimos años.

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Debido a las transformaciones sociales y económicas del mundo por causa de la tecnología, el desarrollo acelerado de los países capitalistas, la guerra constante, el aumento de la pobreza, el deterioro ambiental, entre otros factores que han ocasionado un impacto negativo en la mayoría de los países del mundo, la noción de derecho colectivo ha cobrado gran importancia por su trascendencia en la vida social. Como respuesta a esta nueva problemática que viene surgiendo en torno a lo vulneración y afectación de los derechos colectivos, se consagra en la Constitución Política de 1991 la Acción Popular, como el mecanismo idóneo para la protección y amparo de estos derechos. En ese orden de ideas surgen las Clínicas de Interés Público, con el fi n de promover el uso de estas acciones, fortalecer la investigación en el manejo de estos casos y ayudar a la población menos favorecida y más afectada en la vulneración de sus derechos colectivos, tal es el caso del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (GAP). El presente borrador de investigación pretende exponer de manera sencilla la estructura, integración, reglamento, funcionamiento del Grupo de Acciones Públicas, así como los criterios utilizados para determinar la viabilidad o inviabilidad de un caso al interior del grupo –estas son las etapas que los estudiantes deben agotar previa la adopción de una estrategia jurídica para la defensa del derecho colectivo–. De la misma manera, se exponen las estadísticas del número de acciones constitucionales interpuestas (acción de Tutela, de Grupo, de Inconstitucionalidad, Popular y de Cumplimiento) con el correspondiente resultado, y un análisis de las sentencias favorables obtenidas por el GAP en la interposición de acciones populares, teniendo como instrumento de análisis el método francés y, por último, un breve glosario que contiene las palabras más empleadas al interior del grupo en desarrollo de sus funciones. El Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, como Clínica de Interés Público, gracias a la trayectoria y esfuerzo constante de su coordinador, supervisores y estudiantes, se ha venido fortaleciendo con óptimos y valiosos resultados no sólo en la interposición de acciones, que como se verá a continuación han sido positivas y hasta la fecha se ha logrado la protección efi ciente y efi caz de muchos derechos colectivos vulnerados a varias comunidades, sino también, en relación con su estructura y funcionamiento, que gracias a la investigación, el contacto e interrelación con clínicas de interés público de otros países de mayor trayectoria como Argentina1, Chile2 y Estados Unidos, se ha venido enriqueciendo al punto que –como se ve a lo largo de este escrito– existe ya toda una metodología investigativa para la recepción, análisis y determinación de viabilidad de los casos que serán adelantados por el GAP, con el fi n de obtener así los resultados anhelados. Los casos son elegidos teniendo en cuenta el impacto social, el interés que se busca proteger, y sólo en la medida en que de la defensa del mismo, (haciendo uso del aparato jurisdiccional y de las herramientas que la Constitución Política y el ordenamiento jurídico tienen a nuestra disposición) pueda derivar consecuencias con incidencia en la modifi cación de las circunstancias que alteraron, vulneraron o amenazan con vulnerar el derecho colectivo, y con ello la estabilidad de la comunidad, el caso es asumido por el grupo. Por ello, los casos son asumidos con una perspectiva estratégica que permite enfocar el estudio y la investigación de los casos en torno a dos puntos importantes: la del cliente y la del interés público. El trabajo de la Clínica en la defensa del interés público y de los derechos colectivos, se ha estructurado bajo cinco líneas de trabajo: i) defensa de casos de interés público, ii) desarrollo de investigaciones y trabajos de campo, iii) control y supervisión permanente del caso por parte de los estudiantes integrantes del grupo, iv) participación en encuentros nacionales e internacionales, v) difusión de las actividades de la Clínica. Los casos asumidos por el GAP son utilizados para el trabajo académico con los alumnos de 9° y 10° semestre de Derecho en la Clínica Jurídica; así, además del carácter altruista y el sentido social que se imparte al interior del grupo, se logra que a partir de la defensa de casos concretos y la perspectiva del interés público, los estudiantes apliquen los conocimientos aprendidos durante la carrera mediante la formulación de estrategias jurídicas, investigación, el desarrollo de una argumentación jurídica orientada a emplear y reformular las nociones y categorías de derecho (en muchos casos inservibles por sí solas), y desarrollar una nueva manera de articular el derecho y el uso de la jurisprudencia –como interpretación de las normas que constituyen nuestro ordenamiento jurídico–, para logar así la realización de los principios constitucionales que caracterizan a nuestro Estado como Estado Social de Derecho.

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Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.

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En el presente ensayo se examinan algunos antecedentes históricos –los factores institucionales en particular– que contribuyeron al surgimiento del conflicto armado en Colombia. En este sentido, se intenta explorar en qué medida la incapacidad de las instituciones del Estado para resolver los conflictos por los derechos de propiedad y distribución de la tierra, hizo que algunos actores sociales, campesinos sin tierra y que las ocupaban ilegalmente, aparceros y trabajadores migrantes de las haciendas, así como terratenientes, crearan instituciones violentas paralelas en la contienda para lograr sus objetivos antagónicos.

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De manera propositiva el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez presentó a los colombianos el 7 de agosto de 2005 un ejercicio prospectivo de planeación denominado 2019 Visión Colombia II Centenario. El objetivo de este ejercicio era “servir como punto de partida para pensar el país que todos los colombianos quisiéramos tener, para el momento de la conmemoración del segundo centenario de vida política independiente, a celebrarse el 7 de agosto de 2019”.1 El Departamento Nacional de Planeación asumió la responsabilidad de plasmar la visión que surgía al interior del estamento público, esencialmente ministerios y departamentos administrativos. Se esperaba que esta propuesta preliminar fuera enriquecida a través de un proceso de discusión y concertación con los diferentes estamentos de la sociedad en un diálogo profundo y constructivo entre los colombianos en el que fuera posible sumar voces en torno a una misma idea de país.2

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Los sistemas electorales en sentido estricto, adicional a sus efectos técnicos, tienen efectos colaterales que sólo pueden ser visiblemente detectados después de tres o cuatro elecciones, lo que hace que el tiempo razonable de observación para el análisis y evaluación de los mismos no debe ser inferior a una década. Motivo por el cual el escenario político-electoral colombiano de los últimos tiempos se constituye en un laboratorio académico sin precedentes en nuestra historia. Más aún cuando a través del Acto Legislativo 01 de 2003 el Congreso logra aprobar su reforma política, en medio de un ambiente de tensiones y contrapesos entre el Legislativo y Ejecutivo, que busca cada uno a su manera, reformar estructuralmente la Constitución Política de Colombia, particularmente, en relación con la forma de obtener, conservar y ejercer el poder. Ante esta coyuntura de implementación y adaptación de la reforma, en el ámbito netamente electoral, el Observatorio de Procesos Electorales (OPE) ha emprendido la tarea de hacer seguimiento y sistematización de la información pertinente que le permita analizar los sistemas electorales –en sus efectos técnicos–, e ir observando a largo plazo sus efectos colaterales, así como su impacto real en la representación política, en la dinámica del sistema político y en el grado de gobernabilidad. En este cuadernillo se contextualizan los antecedentes de la elección senatorial y se presentan los resultados preliminares del seguimiento y sistematización de la información relacionada con el impacto inmediato de la reforma en la elección de 2006.

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Las matrices insumo-producto y de contabilidad social constituyen fuentes de información importante para el entendimiento de las relaciones productivas y económicas de un país en un determinado momento del tiempo. En Colombia, la construcción de estos instrumentos tiene una larga experiencia aunque poca ha sido su documentación. Este artículo pretende exponer de manera clara y concisa el procedimiento necesario para su construcción.

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Desde la perspectiva del comercio internacional la prestación de servicios, en particular la de servicios públicos, ha sido un tema reciente. En el caso de la educación este tema se consideraba tradicionalmente como una actividad propia del Estado, asociada al concepto de servicio público. En la actualidad estos conceptos han cambiado y hoy se considera que la educación no sólo puede ser objeto de transacciones comerciales, como cualquier otro servicio, sino que además puede ser exportada. Para Colombia este tema cobra especial importancia de cara a las negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos de América, no sólo por la especial situación de Colombia como importador neto de servicios de enseñanza, sino también por los posibles efectos que pueda tener este tratado sobre la educación en el país. El objetivo de este documento es analizar las disciplinas del comercio de servicios y su aplicación a los servicios de enseñanza superior en particular, así como las implicaciones concretas para Colombia de las negociaciones de un TLC que incluya en su ámbito de aplicación el tema de los servicios de educación.

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La Ley 964 de 2005 modifica la regulación del manejo, el aprovechamiento y la inversión de los recursos que hacen parte del mercado de valores colombiano. En este trabajo se busca llamar la atención sobre las posibles consecuencias que esta ley puede traer sobre las corporaciones en Colombia. Se analizan algunas reformas anteriores del mercado y, separadamente, se describe la configuración de propiedad de las corporaciones colombianas a la luz de ciertos enfoques metodológicos desarrollados en los últimos años (incluyendo la agenda de investigación de La Porta, López-de-Silanes, Shleifer y Vishny). Se concluye que, dadas las particularidades del mercado colombiano, la nueva Ley del Mercado de Valores puede favorecer el crecimiento de los fondos de inversión extranjera decididos a incluir a Colombia en su portafolio, pero también puede llegar a transformar el esquema de incentivos de las corporaciones colombianas.

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En 1970 Colombia no era conocida por su producción de coca o drogas ilegales, y Afganistán era y había sido por mucho tiempo un productor menor de opio. De hecho, “en Afganistán el opio no había sido una cosecha ‘tradicional’ y antes de los años noventa solamente se había cultivado en pocos lugares de ese país. A diferencia de la mayoría de los países de la región, Afganistán tenía una ‘cultura de opio’ débil. Por consiguiente, el consumo de opio hasta hace poco ha sido relativamente bajo” (UNODC, 2002: 87-88). En esa época, ninguno de estos dos países era un productor importante de coca u opio, o un actor importante en los mercados internacionales de drogas ilícitas. Hoy, sin embargo, son los países dominantes en las dos ramas de origen vegetal más importantes de la industria ilegal: cocacocaína y amapola-opio-heroína. Así, Afganistán y Colombia producen respectivamente más del 70% de la heroína y la cocaína ilícitas en el mundo.

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Este documento resume el informe anual de 2006 realizado por el Departamento de Estado para el Congreso de los Estados Unidos titulado Informe sobre la estrategia de control internacional de narcóticos. Es un análisis exhaustivo que se concentra específicamente en evaluar algunos países de alto interés estratégico y sus esfuerzos por combatir el tráfico internacional de drogas, por medio de actividades de control de químicos, de drogas, de crímenes financieros y de lavado de activos. Cubre los países "de tránsito" de drogas y los grandes productores de drogas ilícitas. Al evaluarse las actividades realizadas durante cada año se señala qué países fallaron en hacer esfuerzos sustanciales para cumplir con los tratados internacionales y con las medidas contra las drogas establecidas por las leyes de los Estados Unidos. Entre otras cosas, se identifican los mayores productores de drogas ilícitas; los principales países de tránsito de drogas (drug-transit countries); los principales proveedores de precursores químicos utilizados en la producción de drogas ilícitas; y los lugares donde se concentra el lavado de dinero y de activos. Se considera que un país es un productor principal de drogas ilícitas cuando cultiva y/o cosecha en el período de un año 1.000 o más hectáreas de amapola y coca, y 5.000 o más hectáreas de marihuana.1 Por otro lado, se considera que un país principal de tránsito es una fuente directa de drogas ilícitas u otras substancias controladas que afectan de sobremanera a Estados Unidos. A esta misma categoría pertencen los países por los cuales se transportan las drogas ilícitas. Finalmente, los países principales de lavado de dinero y de activos son aquellos en donde sus instituciones financieras se involucran en transacciones de dinero originadas en el tráfico internacional de narcóticos. La complejidad de las transacciones hace muy difícil poder distinguir entre los dineros generados por el tráfico de drogas y de otro tipo de actividades criminales.

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A comienzos de 2006 la Junta Internacional para la Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) publicó su último informe titulado “Desarrollo Alternativo y Medios de Vida Legítimos”. El informe se divide en cuatro partes. Un primer capítulo define, evalúa y reformula la experiencia internacional en materia de desarrollo alternativo. El segundo capítulo expone las diferentes regulaciones internacionales que determinan la tarea de fiscalización de drogas por parte de los Estados. El tercer capítulo se dedica a proporcionar un panorama detallado de la situación mundial y regional de fiscalización de drogas; en este capítulo se identifican los convenios de cooperación existentes entre los Estados y se evidencia los avances regionales, principalmente los policivos en la lucha contra las drogas ilegales. El informe finaliza con una serie de recomendaciones a los gobiernos y a algunas organizaciones internacionales. Dado que el tema central del informe 2005 de la JIFE es un análisis de la experiencia internacional de desarrollo alternativo, este documento tiene como objetivo sustraer lo concerniente a Colombia; con el fin de informar sobre el estado actual de la política en el país y sus perspectivas a futuro. A manera de introducción el documento describirá la naturaleza de la Junta, sus fines y sus medios. Seguidamente se concentrará en el desarrollo alternativo desde la perspectiva que ofrece el informe para Colombia se concluye con algunas observaciones y comentarios respecto del informe.

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Esta monografía busca responder desde la perspectiva del análisis del discurso a la pregunta sobre la manera como la década de los noventa permite explicar el surgimiento del discurso de Álvaro Uribe Vélez frente al tema de seguridad para las elecciones presidenciales del 2002. La problemática central de esta investigación gira entorno a los distintos hechos socio-políticos tanto nacionales, como internacionales que marcaron de manera negativa la percepción de la población colombiana durante la década de los noventa en el ámbito de la seguridad. Por lo tanto se buscó caracterizar al fenómeno político del ex mandatario desde el concepto de ideología a partir de la teoría del discurso ideológico propuesta por Teun Van Dijo, con el fin de saber si esta teoría es un elemento para comprender dicho discurso.

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El comportamiento electoral en comicios presidenciales y la decisión del voto en el país contempla una variedad de factores como lo son las características demográficas, la filiación partidista, los temas de campaña, el mensaje, la imagen, así como otras variables comúnmente estudiadas con el ánimo de relacionar su incidencia en los resultados electorales. Sin embargo, el presente texto no entra en las consideraciones que sobre la decisión del voto tienen dichos factores. Por el contrario, alude concretamente a un factor en particular que es el miedo y el papel que jugo este sentimiento en las elecciones presidenciales del año 2002 en Colombia como una alternativa más de los factores que pudieron influir en la escogencia del electorado como consecuencia del recrudecimiento de la violencia en el país en el marco de las negociaciones de paz con la Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – FARC