1000 resultados para Sistema bancario
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Los enfoques más recientes en el área de la organización industrial plantean, a grandes rasgos que la conducta de las empresas o bien su comportamiento estratégico, es lo que determina su desempeño y la estructura industrial.El comportamiento estratégico dentro del análisis de la organización industrial en la banca, parte del supuesto de que la conducta de cada uno de los bancos será diferente, y que estas conductas en conjunto definen la estructura industrial, la cual será dinámica.El Banco Central de Costa Rica, según lo establece su Ley Orgánica, es responsable de promover la eficiencia y estabilidad del sistema financiero y de pagos, por tanto es consciente de la necesidad de profundizar en el análisis y conocimiento del sistema bancario. El interés concreto por el tema de organización industrial surge porque este mayor conocimiento del sistema conforma un apoyo importante para la formulación de política y la toma de decisiones de alto nivel.
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42 p.
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El objetivo principal de este artículo es estimar si el establecimiento del seguro de depósitos explícito en Costa Rica es viable o no, así como, exponer las principales características de dicho sistema de protección.Adicionalmente, se considera oportuno iniciar el debate sobre un tema que ha sido postergado y que debería ser de interés en el ámbito financiero nacional. Por tanto, es necesario animar la discusión de este tema en foros bancarios para ir generando ideas alternativas y conclusiones que contribuyan con el fortalecimiento y desarrollo del sistema financiero y no esperar hasta que la crisis sistémica (peligro latente de contagio sobre el resto del sistema) se muestre a la vuelta de la esquina.El riesgo de las crisis sistémicas ha llevado a muchos países a estudiar e implementar sistemas de seguro de depósitos (SSD), con el interés de minimizar el efecto dominó o contagio que podría generar una corrida de fondos bancarios, dada una situación de desconfianza en los depositantes por la pérdida de sus recursos, producto de la quiebra de un banco.En Costa Rica, el establecimiento del seguro de depósitos explícito debe formar parte de la agenda de estudio de las Reformas del Sistema Financiero, puesto que el SSD junto con la función de prestamista de última instancia y la supervisión prudencial conforman los cimientos de seguridad básica de un sistema financiero moderno e inmerso en la globalización.Por su parte, los resultados de la estimación del seguro de depósitos para nuestro país, mostraron que la implementación es viable desde el punto de vista financiero, según criterio de expertos. Además, el impacto estimado sobre el margen financiero se considera insignificante para los participantes en el sistema bancario. Por tanto, se estaría rompiendo con el mito de que el seguro de los depósitos vendría a ser un impuesto adicional importante, sino más bien un beneficio, en el sentido de la mayor confianza y estabilidad que daría al sistema financiero y al mecanismo de pagos.
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La nacionalización de las entidades bancarias en 1948, conllevó al establecimiento de un Sistema Bancario Nacional en el cual el Banco Central actuaba como organismo independiente y director de la política monetaria y crediticia del país. Hasta ese año las funciones de la Autoridad Monetaria las ejercía el Departamento Emisor del Banco Nacional de Costa Rica.El Banco Central de Costa Rica (BCCR) vendría a dar al nuevo sistema bancario la orientación necesaria por parte del Estado. Se estableció como objetivo principal, el mantener la estabilidad interna y externa de la moneda nacional y asegurar su conversión a otras monedas. Como objetivos secundarios se incluyeron el propiciar el ordenado desarrollo de la economía costarricense, promover la eficiencia del sistema de pagos internos y externos y mantener su normal funcionamiento, velar por el buen uso de las reservas monetarias internacionales de la nación y promover un sistema de intermediación financiera estable y competitivo.
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45 p.
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Introducción: La reforma financiera es omnipresente en Centroamérica, Sorprendentemente, las políticas de reforma financiera son muy similares en toda la región, no obstante que las condiciones macroeconómicas y estructurales de los países del área son muy diversas. Todas las reformas incluyen dos componentes básicos: menos intervención directa del Estado en el negocio de la intermediación financiera y una mayor supervisión del sistema bancario mediante bancos centrales más autónomos.
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La hipótesis central que animó la presente investigación es la siguiente: "Los periodos de abundancia de préstamos extranjeros privados, destinados al sector público de la mayoría de los países de América latina, han condicionado la política de los gobiernos de estos países en los diferentes periodos comprendidos entre 1822 y 2013". Se parte de un capítulo en donde se exponen conceptos básicos que reflejan los procesos que ocurren en el escenario mundial del sistema capitalista y que influyen decisivamente en la propensión a otorgar y recibir préstamos de la banca internacional. En el capítulo se examina el sistema tecno-económico y de hegemonía mundial existente, el papel primordial de la Gran Bretaña en el siglo XIX y el de los Estados Unidos en el XX y hasta el presente, ellos han constituido la parte principal del sistema bancario que ha otorgado préstamos a la región latinoamericana en los periodos antes indicados. Se detectaron cuatro periodos de concentración de préstamos que constituyeron el objeto de estudio: El primer periodo va de 1822 a 1827. El segundo, de 1870 a 1893. El tercero, de 1921 a 1932. El cuarto, de 1971 hasta el presente. Para el primer periodo los países receptores más importantes por orden de importancia fueron Gran Colombia, México y Brasil. Para el segundo periodo (1870-1893) tenemos que los principales receptores fueron Argentina, Brasil y Perú, no comprobándose la hipótesis en los casos de Venezuela y México. Para este último, dicha situación se debió a los fuertes problemas que dejó la intervención francesa y la moratoria del pago de la deuda, la renegociación final pudo darse tan sólo en 1888. Para el tercer periodo (1921-1932), con el recambio de principal prestatario de la Gran Bretaña a los Estados Unidos, los principales receptores fueron Brasil, Argentina y Chile. La hipótesis central no se comprobó nuevamente para México, debido a las consecuencias de la revolución mexicana y de la pugna alrededor del pago de impuestos por las empresas transnacionales extranjeras...
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RAZONES PARA LA REFORMA FINANCIERA: crisis financiera de los años ochenta, déficits cuasifiscales, expansión monetaria e inflación, endeudamiento externo, inestabilidad patrimonial e insolvencia, elevados costos operativos, concentración crediticia. OBJETIVOS REFORMA FINANCIERA son: crecimiento de sectores económicos, reducción de la intervención del BCE, supervisión prudencial y oportuna, mayor profundización y globalización financiera. · AREAS PRIORITARIAS REFORMA SISTEMA. FINANCIERO: Régimen cambiarlo y tasas de interés, autonomía BCE y estabilización, regulación y supervisiónJrudencial. CONCLUSIONES: La Reforma financiera, es un proceso complejo en sus distintas etapas, ya que involucra aspectos económicos y legales, con repercusiones en el resto de la economía. La reducción de la dependencia de recursos del BCE se compensó con el crecimiento de captaciones. La morosidad del sistema se redujo considerablemente. Se incrementaron las provisiones como resultado de la calificación de activos de riesgo. Tanto el costo efectivo como el pasivo evidenciaron una tendencia creciente. Las grandes entidades han tendido a fortalecerse por fusiones con otro tipo de instituciones y por el aprovechamiento de economías de escala lo que a dificultando la competencia de las pequeñas. El desarrollo tecnológico y organizacional, constituye una ventaja comparativa. El nuevo marco legal enfatiza la regulación prudencial antes que la correctiva. La estabilidad económica constituyó un elemento indispensable para el éxito de la Reforma Financiera, el sistema Financiero es muy sensible a expectativas del público y factores políticos, en periodos de alta inflación se desestimula la demanda de crédito. El Sistema Financiero Ecuatoriano sigue presentando distoreiones en la asignación de crédito. A pesar de los avances del Sistema Financiero Ecuatoriano las operaciones informales persisten. RECOMENDACIONES: Dar poder a la Superintendencia de Bancos para evaluar la calidad de gerencia en las áreas administrativa, técnica y operacional y la realización de "auditorías operacionales", sustentar la supervisión oportuna a través de la informática. Se debe enfatizar en el cumplimiento de las regulaciones de patrimonio técnico. Se debe profundizar en el estudio de los riesgo de inversión. Las liquidaciones deben ser llevadas a cabo con el menor perjuicio a los depositantes y al sistema. Se debe ampliar la normativa para grupos financieros, definir requerimientos de capital para grupos consolidados, identificar a los grupos no financieros vinculados. Fomentar el ingreso de socios antes que de competidores extranjeros. Un plan de ajuste para el sistema financiero debe considerar al sector informal. Establecer índices de eficiencia mínimos y programas correctivos a corto plazo.
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La OCDE (1971) calificaba al sistema financiero español, a comienzos de los años setenta, como uno de los más rígidos y reglamentados de los países que integraban la organización. A su vez, la cajas de ahorros españolas figuraban entre las que de forma más restrictiva debían desarrollar sus actividades (Ros, 1967). Por ello, era lógico que a partir de 1973-74 y,especialmente, 1977, se iniciara un proceso de reforma y liberalización que operaría en diversos frentes y daría paso a la equiparación funcional de las cajas con los bancos, la apertura limitada del negocio bancario a las entidades extranjeras, la libertad de tipos de interés, la reducción de los circuitos de financiación privilegiada, la ampliación de la muy restringida gama de activos y pasivos financieros y la liberalización de la normativa de expansión de la red de oficinas.
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En este trabajo final de carrera se explica cómo implementar, siguiendo la metodología GQM, un sistema de métricas que ayuden a la gestión de un proyecto de implantación de un proyecto tecnológico. Además de la metodología GQM se explica el uso de algunas métricas que han sido probadas empíricamente y publicadas en la literatura científica. Otro aspecto importante que se trata en este TFC es el de la estimación basada en el método de estimación por puntos de función para realizar la estimación de costos, recursos y tiempo.
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Investigación exploratoria mixta siguiendo un método deductivo con la que se logró caracterizar el grado de utilización de innovación en el sector bancario y su utilidad en la adquisición de ventajas competitivas con la ayuda de del modelo del Radar de Innovación.
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En el mes de agosto de 1999 el Congreso de Colombia expidió la ley 510, por la cual aumentó los capitales mínimos que deben acreditar los Establecimientos de Crédito que pretendan ingresar o funcionar en el mercado, disponiendo que aquellos que no
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En una sociedad de consumo, se hace palpable la necesidad de proteger los derechos sociales y colectivos de los consumidores de bienes y servicios frente a los productores y distribuidores
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La Ley 45 de 1990 representa un momento estelar en la historia de la legislación financiera de Colombia. Pero abarcó mucho más: reguló la actividad aseguradora, incursionó en el contrato de seguro, reguló el sistema previsional y delineó el régimen bursátil. Así mismo, anticipó lineamientos de lo que sería, un año después, la consagración de tales actividades -financiera, aseguradora, bursátil y previsional- como de rango constitucional. Este libro recoge las reflexiones de expertos sobre las diversas temáticas abordadas en dicha ley, con la visión enriquecida derivada del transcurso de 20 años, de varias legislaciones adicionales y de algunas crisis nacionales y foráneas. Escrutar en su veintenario es un ejercicio válido y oportuno, tanto más como que al haber renovado los arquetipos de la legislación precedente, sirvió además como referente de empeños de enmienda normativas de otros países de la región y de los organismos multilaterales.
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Motiva la elaboración de la presente Tesis, la necesidad del estudio del Peculado Bancario como figura jurídica del Derecho Penal Económico y su relación con los acontecimientos suscitados en la más reciente crisis financiera ecuatoriana iniciada en el año 1998. Es necesario distinguir para el análisis de este tema, el contexto de una tendencia de liberalización de los mercados y la actividad financiera en toda América Latina y obviamente en el Ecuador, proceso en el que se inscribió la legislación nacional reformada en agosto de 1994 con la aprobación de una LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, en sustitución de la LEY GENERAL DE BANCOS existente hasta entonces. Dicha Ley General de Instituciones del Sistema Financiero estableció desde luego un avance importante en la actualización de la legislación bancaria del país a los concepto flexibles de banca múltiple, que como tales pretenden la creación de un verdadero “sistema financiero” en el país, a través de la autorización a las instituciones bancarias de una amplia variedad de servicios financieros en beneficio de los usuarios, acordes con la dinámica actual de la actividad financiera y la complejidad que supone el ejecutar distintos procesos relacionados con diferentes prestadores de servicios. Este concepto laudable en principio no excluye sin embargo la intencionalidad última de todo proceso de liberación que es el mayor desmantelamiento posible de los mecanismos de control, fiel a su premisa teórica de que todo control supone restricción y conculcación de los intangibles atributos de la libertad económica y su congénere más cercana, la libertad de empresa, así como una intromisión del Estado en el principio superior de autonomía de la voluntad y libertad de contratación, todo esto con el corolario de que así mismo, todo mecanismo de control e intervención por parte del Estado se halla dotado de un agregado ineludible de corrupción. Acogiendo estos criterios vio la luz la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y se estableció una permisibilidad que la experiencia ha demostrado resultó ser inconveniente y aún peligrosa para la estabilidad no solo del sistema de pagos, sino de la propia economía y que derivó en el libertinaje de los administradores de las instituciones financieras, con las dolorosas consecuencias que son de todos conocidas. De este libertinaje financiero se siguió que muchos administradores bancarios fueron encausados penalmente por la presunta comisión de delitos bancarios, cuya regulación, vale anotar, al momento de la crisis resultó insuficiente, insuficiencia que se explica desde luego, por esta flexibilización de controles que inspiró la nueva legislación bancaria.