913 resultados para Penal Code
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[ES] el objetivo del presente trabajo es mostrar las características generales de la actual realidad penitenciaria en cuanto a la pena de prisión y las penas alternativas. Se analiza la pena de prisión desde una perspectiva crítica dando a conocer las limitaciones que presenta la prisión en cuanto a los derechos de las personas presas y haciendo una descripción sobre los principales efectos negativos que genera sobre estas personas. Desde la consolidación del Código Penal de 1995 hasta la última reforma penal de 2015 se ha dado un incremento constante de la dureza de las penas, aumentando la duración de la pena de prisión y su cumplimiento dentro de la prisión. Consecuentemente, se reduce la aplicación de las penas alternativas a la prisión, contrariando así el principio constitucional descrito en el artículo 25.2 orientado a la resocialización del penado y el principio de intervención mínima o ultima ratio del Derecho Penal.
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Resumen: Este artículo analiza el fallo del 13 de marzo de 2012 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, en el cual el máximo tribunal argentino adoptó la interpretación amplia del Artículo 86, inciso 2, del Código Penal, a la luz de la “voluntad del legislador histórico”; teniendo en cuenta que la misma Corte la invoca en sus fundamentos para fallar a favor de la constitucionalidad del inciso referido. Se parte de entender el contexto histórico e ideológico de las primeras décadas del siglo XX, tanto a nivel nacional como internacional, del cual surge la influencia que tuvo la eugenesia en los ámbitos científicos, académicos y jurídicos. Teoría que tenía por objetivo la búsqueda del “perfeccionamiento” de la especie humana, lo que implicaba descartar a los seres humanos más débiles, imperfectos o defectuosos. Dentro de este contexto se impulsó la modificación del Código Penal, por lo que es central para entender la “voluntad del legislador histórico” el Informe de la Comisión de Códigos del Senado de la Nación, de 1920, que receptó claramente las ideas eugenésicas, siendo el Artículo 86, inc. 2, un claro ejemplo de ello. El mencionado informe demuestra que la verdadera motivación de los legisladores para incluir la no punibilidad del aborto en este inciso fue que no nacieran “seres anormales o degenerados”, no hay una sola mención a la situación de la mujer embarazada y de los perjuicios que un embarazo en estas condiciones le podrían acarrear.
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[ES]Se aborda la Mediación Penal desde la perspectiva de la nueva normativa que ha entrado en vigor o estará vigente próximamente. Incluye un estudio sobre la supresión de las faltas, la creación de los denominados Delitos Leves en el Código Penal y la incorporación del Principio de Oportunidad. (Reforma del Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal). Especial relevancia del Estatuto de la Víctima del Delito, y la influencia y aplicación a Víctimas de Violencia de Género. Así como la especial consideración a la Justicia Restaurativa en la Mediación Penal. Se elabora un estudio sobre la Mediación Penal en los Anteproyectos de Reforma de 2011 y 2012.
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Recordings and photographs obtained by private individuals can be two of the most relevant evidences in helping finding the truth; however, they can also conflict with fundamental rights such as privacy, spoken word or image of the targets. It is not enough that only the violation of the right to privacy is withdrawn because rights to spoken word or image, unattached from the first one, show up independently as the main violated rights and are criminally protected in article 199º of the criminal code. Its use as evidence is, on a first moment, dependent on the private's conduct lawfulness, as it is stated in article 167º of the criminal procedure code. In order to consider its lawfulness, and accept its use as evidence, portuguese higher courts have been defending constructions mostly based on legal causes of defense. Although agreeing with a more flexible position of weighing all the interests at stake instead of denying its use as evidence, we believe notwithstanding that some of these solutions are misleading and shall not be spared from critics. Lastly, even if we reach a positive conclusion about the lawfulness of obtaining and using recordings and photogtaphs carried out to court by private individuals, they must not be however automatically admitted as evidence, still being necessary to proceed to a separate weighting, within the criminal procedure and its own legal rules, about their real purposes in the case.
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The present work aims to develop the theme "The summary procedure and the reform of 2013". The purpose of its analysis serves the interest to understand the virtues and disadvantages of the changes introduced by Act n.º 20/2013 to our Code of Criminal Procedure, and the main focus of the present reflection is to further the impact of the measures taken by the legislator to the summary proceedings. The opening of the most serious crimes to summary procedure is a reform measure duly highlighted because it is a true innovation in the Portuguese penal system. Therefore, it urges to analyse not only the consequences of this measure, as well as if the objectives of its introduction in the summary procedure system are met. It should be noted that the legislator intends to promote speedy trial, and at the same time, ensure compliance with the Constitutional rights associated to the accused. At this point it is important to realize if there is a restriction of the accused essential guarantees. On the other hand, it should be noted that the typical characteristics of summary proceedings might have been invariably modified, due to the innovative aspect of the reform. That said, the changes might have fostered a mischaracterization of the typical format of the summary procedure, both in terms of the nature of the proceedings and in terms of its space and objectives within the penal system. Reflecting on the above will provide a deeper understanding of the volatile balance between the Portuguese governing prosecution efficiency and the Constitution, as well as the future of the criminal policy in Portugal.
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La presente investigación diagnóstica busca analizar el papel de las sanciones implementadas por el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) a la luz de la justicia restaurativa. A partir de la revisión bibliográfica sobre justicia restaurativa y su relación con la justicia juvenil, lo establecido en el Código de Infancia y Adolescencia (ley 1098 de 2006) y el CONPES 3629 que plantea las disposiciones de política del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, y finalmente, del trabajo de campo realizado con adolescentes privados de la libertad, más una entrevista realizada a un experto, se describe y explica que tanto las sanciones se acercan al paradigma de la justicia restaurativa, la cual se fija en dicho código como una de las finalidades del sistema alternativo para adolescentes. Finalmente, se hacen algunas recomendaciones para la solución de las fallas encontradas en este aspecto del SRPA.
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Neste exercício são discutidas formas de empreender mudanças em políticas públicas, focando especialmente no estudo da política prisional brasileira. O que é central no debate proposto é a viabilidade da inserção de audiência a ser realizada imediatamente após a prisão de um indivíduo, a audiência de custódia, que possibilitará o encontro entre a pessoa presa e o juiz. O ator promotor da mudança, o Instituto de Defesa do Direito de Defesa – IDDD apregoa como resultado mecanismos de prevenção e combate à tortura e um efetivo controle judicial da detenção. Subsequente a esse argumento, o Instituto é enquadrado como figura influente no papel de grupo de pressão pela mudança na política pública prisional por meio da defesa da audiência de custódia.
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