981 resultados para Elites jurídicas
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Tesis (Maestría en Ciencias de la Administración con Especialidad en Relaciones Industriales) UANL
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UANL
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Cette thèse porte sur le comportement des élites politiques durant les périodes de crise nationale et plus particulièrement sur leurs réactions aux attentats terroristes. Elle démontre que les crises terroristes sont tout comme les conflits militaires ou diplomatiques propices aux unions nationales et notamment aux ralliements des partis d’opposition auprès du gouvernement. L’analyse statistique d’actes terroristes s’étant produits dans cinq états démocratiques (Allemagne, Espagne, États-Unis d’Amérique, France et Royaume-Uni) entre 1990 et 2006 révèle que l’ampleur d’un attentat en termes de pertes humaines ainsi que la répétition de ces attentats influencent dans une large mesure la réaction des élites politiques. Ainsi plus l’ampleur d’un attentat est élevée, plus la probabilité d’un ralliement est grande. En revanche, la multiplication des attentats augmente la possibilité de dissension entre l’opposition et le gouvernement. Par ailleurs, l’opposition est plus susceptible de se rallier au gouvernement lorsque l’attentat est perpétré par des terroristes provenant de l’étranger. L’analyse quantitative indique également que l’existence d’un accord formel de coopération dans la lutte antiterroriste entre le gouvernement et l’opposition favorise l’union des élites. Enfin, les données analysées suggèrent que la proportion des ralliements dans les cinq pays est plus importante depuis les attentats du 11 septembre 2001. Une analyse qualitative portant exclusivement sur la France et couvrant la période 1980-2006 confirme la validité des variables identifiées dans la partie quantitative, mais suggère que les élites réagissent au nombre total de victimes (morts mais aussi blessés) et que la répétition des actes terroristes a moins d’impact lors des vagues d’attentats. Par ailleurs, les analyses de cas confirment que les élites politiques françaises sont plus susceptibles de se rallier quand un attentat vise un haut-fonctionnaire de l’État. Il apparaît également que les rivalités et rancœurs politiques propre à la France (notamment suite à l’arrivée de la gauche au pouvoir en 1981) ont parfois empêché le ralliement des élites. Enfin, cette analyse qualitative révèle que si l’extrême gauche française soutient généralement le gouvernement, qu’il soit de gauche ou de droite, en période de crise terroriste, l’extrême droite en revanche saisit quasi systématiquement l’opportunité offerte par l’acte terroriste pour critiquer le gouvernement ainsi que les partis de l’establishment. La thèse est divisée en sept chapitres. Le premier chapitre suggère que le comportement des élites politiques en période de crises internationales graves (guerres et conflits diplomatiques) est souvent influencé par la raison d’État et non par l’intérêt électoral qui prédomine lors des périodes plus paisibles. Le second chapitre discute du phénomène terroriste et de la littérature afférente. Le troisième chapitre analyse les causes du phénomène d’union nationale, soumet un cadre pour l’analyse de la réaction des élites aux actes terroristes, et présente une série d’hypothèses. Le quatrième chapitre détaille la méthodologie utilisée au cours de cette recherche. Les chapitres cinq et six présentent respectivement les résultats des analyses quantitatives et qualitatives. Enfin, le chapitre sept conclut cette thèse en résumant la contribution de l’auteur et en suggérant des pistes de recherche.
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Notas a pie de página
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Son varios los Departamentos de la Universidad que imparten asignaturas en centros diferentes en los que el perfil del alumno y de la titulación puede ser muy variado. Así por ejemplo, en el campo del Derecho, los Departamentos jurídicos de una determinada Universidad, imparten docencia tanto en la Facultad de Derecho como en otras titulaciones que no son propiamente carreras jurídicas. Estas titulaciones pretenden preparar al alumno en un contexto multidisciplinar y no exclusivamente legal, ya que el alumno debe adquirir conocimiento en otros campos del saber, tales como la Economía, las Ciencias Políticas, las Matemáticas o la Psicología. Este sería el caso de diplomaturas como Ciencias Empresariales, Gestión y Administración Pública o Turismo, y también a licenciaturas como Ciencias Económicas, Ciencias del Trabajo o Administración y Dirección de Empresas. Los profesores que imparten Derecho en estas titulaciones tienen una formación jurídica y se plantea de este modo el problema de cómo impartir docencia en centros en los que los alumnos no tienen ni pretenden adquirir dicha formación en sentido estricto. El objeto de la presente comunicación es por tanto analizar la experiencia docente que entraña impartir Derecho en carreras no jurídicas y analizar en términos de competencias y objetivos la docencia en tales centros
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En la presente monografía se pretende hacer una descripción de los diferentes modelos propuestos para atribuir responsabilidad penal a las personas jurídicas. Entre estos modelos se encuentran los que proponen sistemas de autorresponsabilidad, es decir, teniendo en cuenta únicamente las actuaciones de la propia empresa. De otra parte, se hace referencia al modelo de heterorresponsabilidad, en el cual se tiene en cuenta las actuaciones de las personas físicas que actúan a nombre de la empresa. Se hace además una breve referencia al modelo alemán, el cual no consagra sanciones penales, sino de carácter administrativo. Finalmente se hace referencia a la situación actual de la responsabilidad penal de personas jurídicas en Colombia.
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Reportaje sobre los límites jurídicos entre los cuáles el Gobierno Nacional puede realizar una negociación con la guerrilla de las Farc, para que un proceso de culminación del conflicto y construcción de una paz duradera y estable goce de legitimidad.
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La responsabilidad penal de las personas jurídicas es un tema que adquiere cada vez mayor relevancia en una sociedad que sufre constantes cambios, y en la que se perfeccionan cada vez más las formas de cometer delitos. En el presente trabajo se realiza el estudio sobre la evolución de la figura de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, abarcando desde el derecho romano hasta nuestros días. En el desarrollo del mismo, se expone el recorrido a través de las diferentes alternativas normativas y académicas consideradas a nivel mundial, mostrando las características de cada ordenamiento jurídico con respecto a la aceptación, la negación o la obtención de una normatividad en regímenes diferentes al penal frente al tema de estudio. Igualmente, se analizan los avances logrados en Colombia en materia de implementación de una normatividad que regule la responsabilidad de las personas jurídicas. Finalmente, se exponen los mecanismos alternativos de regulación, que brindan una valiosa herramienta para aquellos países en los que la responsabilidad penal de las personas jurídicas se encuentra proscrita.
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No obstante la existencia de un instrumento convencional en la materia, el derecho del mar en general, y lo relativo a la explotación de minerales en la Zona, se encuentra aún en una fase de puesta en práctica y de definición fina de los derechos y obligaciones de los Estados. Uno de los ejemplos que se ha hecho patente es lo relativo a las obligaciones de aquellos Estados que patrocinan a particulares a fin de llevar actividades de exploración y explotación de los recursos de la Zona. Esta cuestión fue remitida en 2010 por la Autoridad Internacional de Fondos Marinos al Tribunal Internacional de Derecho del Mar a fin de que este la dilucidara. La Opinión Consultiva que emitió el Tribunal presenta conclusiones de particular relevancia en materia de la determinación de un vínculo efectivo entre las personas jurídicas y los Estados que las patrocinan. Esta cuestión, que juega un papel determinante a fin de lograr una eficaz protección del medio marino en el marco del mecanismo de patrocinio para la exploración y explotación de los recursos en la Zona, conlleva importantes consecuencias para las actividades en áreas reservadas.
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Este artículo plantea que el diseño institucional contenido en las normas jurídicas sobre propiedad agraria, en el período 1991-2010 no tiene como fundamento la distribución de la tierra y que, por el contrario, incentiva o permite la concentración de la misma; esto, distanciándose de las tesis que aborda el problema de la tierra como una consecuencia de la indebida aplicación de las normas que regulan el tema rural. Además, en materia de propiedad agraria, la Constitución de 1991, a pesar de su sesgo garantista y de haber cambiado un sinnúmero de estructuras sociales y políticas, en el tema de propiedad de la tierra conservó la estructura decimonónica y liberal clásica de los derechos de propiedad regulados en el Código Civil. Si bien los fenómenos de la concentración y el despojo de la tierra no se pueden explicar únicamente desde la variable de la norma jurídica, esta sí puede arrojar indicios sobre dichas situaciones. Así las cosas, se realizará un análisis desde las normas jurídicas para determinar si, desde su diseño, existen elementos que hayan contribuido a la concentración y al despojo de la tierra en Colombia.
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En el año 2011, después de cuatro años de cabildeo y forcejeo político, Colombia aprobó la Ley 1448, más conocida como la Ley de Víctimas. Los objetivos perseguidos por esta ley son bastante amplios, en la medida en que pretende ser una regulación comprensiva para enfrentar los efectos que el conflicto armado ha infligido en la población civil. En este sentido, la ley incluye las reformas legales que fueron consideradascomo necesarias para restablecer el estado de derecho a través de la proteccióny cumplimiento de los derechos de las víctimas. Actualmente, el gobierno, la sociedad civil y la academia se han enfocado en el análisis de los dilemas y grandes temas dela ley. Sin embargo, esta nueva regulación, con sus 208 artículos, es más amplia y compleja, razón por la cual es indispensable hacer un análisis más detenido de sus múltiples provisiones. Una de estas, que parece no haber llamado la atención y que, por lo tanto, no ha sido objeto de estudio pormenorizado es el artículo 46. A primera vista, este parece estar encaminado a reforzar la investigación y juzgamiento de las personas jurídicas relacionadas con violaciones de derechos humanos y derecho internacional humanitario en el contexto colombiano. Este texto examina específicamente los alcances reales y dilemas del artículo, y propone algunas soluciones para llenar la laguna que existe actualmente en el país en la materia.
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Este escrito se refiere concretamente a la presentación de algunas instituciones jurídicas sobre protección a la maternidad consagradas en las legislaciones de Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, y que Colombia no regula o lo hace en forma distinta,1 para determinar si es factible que nuestro país las adopte y las incluya en su normatividad laboral.
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This study traces the origins of Mexican paramilitary groups and argues that, contrary to what most of the literature on the subject implies, they do not represent a state strategy to thwart leftist groups seeking social change. Rather, they represent battles between groups of national and local-level elites with different visions of democracy and of what constitutes good governance. The polarization inherent in this type of conflict leads local actors to have to side with one faction of elites or the other. The presence of radical leftist groups in recently colonized indigenous areas with scant state presence gives rise to a process of radicalization among local elites. There are multiple factors that explain the emergence of paramilitary groups. Aside from the post Cold War international context, there were national factors like a shift in its focus away from security matters between 1989 and 1993, and presidential policies between 1968 and 1993, that planted the seeds of leftist radicalism in a context of id modernization
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Debido al tratamiento confuso y heterogéneo que se le ha dado a nivel legislativo y jurisprudencial, es el de las tasas de interés o réditos, que nuestro artículo 884 del Código de Comercio tautológicamente bautiza con la expresión réditos de capital