985 resultados para Vidal, José, 1630-1702


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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.

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Este texto describe las conclusiones del estudio de la jurisprudencia colombiana de control constitucional sobre derechos humanos del período 1886-2005. Fue realizada por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos con el apoyo de investigadores externos. El estudio evidencia las diferencias cualitativas y cuantitativas de la producción de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, y esboza las líneas jurisprudenciales más importantes de cada corporación.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.ratio decidendi de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.

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Estudiar el nivel alcanzado en lectura compresiva en catalán y castellano por el grupo de la muestra. Intentar revisar el test de lectura comprensiva de Fernández Huerta. (Forma b). Intentar adaptar al catalán un test de lectua comprensiva. (Forma a). Un grupo mixto de 80 alumnos de 6 de EGB, catalanes, de 4 colegios públicos, que a posteriori se dividirán en 2 grupos experimentales. Realiza una introducción teórica a la lectura y al bilingüismo, y también a los test de lectura comprensiva y al discente de 11-12 años (edad estudiada). Posteriormente realiza la pasación de las pruebas y su corrección extrayendo las conclusiones. Test de lectura compensiva de Fernández Huerta, cuya forma b fué traducida al catalán bajo la supervisión de D. Jaume Vidal Alcover. Correlaciones. Fiabilidad. Diferencia de medias en las puntuaciones de los alumnos. Análisis de ítems. El test de Fernández Huerta forma b en general es fiable y discrimina bien, así como la traducción al catalán realizada. En la actualidad las dos formas han perdido validez. No es recomendable su utilización en la edad de 12 años por la facilidad de los ítems y poca discriminación. En líneas generales hay mayor dominio de la comprensión lectora en castellano que en catalán. Aportación de posibles líneas de investigación.

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Conocer, lo más profundamente posible, la biografía, personalidad y los aspectos pedagógicos de la obra de José Miguel Guardia: su actitud frente al problema de la educación, situarlo en su entorno sociológico y enmarcarlo en la corriente histórico-filosófica correspondiente. Demostrar que el valor filosófico-pedagógico de su obra merece ocupar un lugar dentro de la Historia de la Pedagogía catalana y española. Obra y personalidad de José Miguel Guardia. Realiza un análisis histórico de la obra y persona de José Miguel Guardia en una doble vertiente abstracta y práctica-investigadora, dentro de un marco lingüístico. Recopila exhaustivamente la bibliografía de Ferrer Guardia. Aplica una crítica interna y externa a las fuentes documentales para asegurarse de su autenticidad y realiza posteriormente un análisis metalingüístico de la obra. Bibliografía (libros, prensa, etc.), documentos oficiales, material epistolar e información aportada por testimonios directos. José Miguel Guardia fue un reformador en el más estricto sentido de la palabra. Aunque su pedagogía reformista no alcanzó la realidad, proclamó y propuso un cambio en la Escuela, en la actitud del educador, en el método y el programa, etc., anticipándose a la Escuela nueva. Es, posiblemente, el mejor defensor que ha tenido la Escuela libre. Por todo esto y por todas las innovacines que planteó, merece un lugar en la Historia de la Pedagogía.

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-Elaborar un cuestionario de análisis del funcionamiento cualitativo del centro educativo de EGB de Cataluña. -Describir y valorar la situación actual de los centros de EGB de Catalunya (privados) de acuerdo con este cuestionario. Se distribuyó el cuestionario a 250 escuelas, recogiendo sólo los cuestionarios 'válidos' (más del 20 por ciento de respuestas en 212 de ellos). Se trata de centros de más de 8 unidades, repartidos por toda Cataluña; 105 estatales, 107 privados. Tras un periodo de estudio y reflexión surgió la primera redacción del Quafe 80 a la que tras la aplicación de criterios externos de validación resultó la redacción definitiva del mismo, la cual es sometida a pruebas para determinar su validez y fiabilidad. Posteriormente se aplica al estudio de centros privados de EGB de Cataluña. Quafe 80, consta de 26 ítems (12 de proyecto educativo y 14 de estructura y funcionamiento). -Reflexión sobre organizaciones, evaluación, centros educativos y análisis de documentos. -Fiabilidad y validez. Respecto al primer objetivo se considera el Quafe 80 como un instrumento válido y fiable para el análisis de centros escolares de EGB de Cataluña. Respecto al segundo objetivo: más del 80 por cien de maestros de privada creen que en su centro hay un proyecto común que orienta la actuación individual de los maestros (Proyecto Educativo); respecto a la estructura y funcionamiento, el mismo porcentaje considera que en su centro hay una estructura definida que canaliza el funcionamiento del centro. El porcentaje del total de escuelas catalanas se eleva al 60 por ciento. El Quafe 80 es un instrumento útil para el análisis del funcionamiento de la escuela, y de su aplicación en la muestra se deduce que la escuela privada tiene un nivel superior de diseño y realización de su proyecto que el resto de escuelas en Cataluña.

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Determinar la normalidad estadística de los elementos (ítems) más significativos o comunes del desarrollo psicomotor de los niños de la población de Cataluña, menores de 24 meses. Comparar los resultados obtenidos con los estudios similares realizados en otros países con el fin de apreciar las coincidencias y discrepancias existentes. 1702 niños de 15 días a 2 años que habitan en Cataluña. Aplica un protocolo de 186 elementos del desarrollo psicomotor y 136 aspectos sociales de la familia y de la conducta de los padres frente al sujeto. Somete los datos obtenidos a un estudio estadístico con el fin de obtener las curvas de frecuencia acumulada. Compara los resultados con otros estudios para ver las coincidencias y discrepancias. Estudia las posibles diferencias significativas según las características del instrumento del examen utilizado. Variables independientes: edad, sexo, clase social, lugar de residencia familiar. Variable dependiente: desarrollo psicomotor. Hipótesis: los valores obtenidos en Cataluña son discordantes en algunos elementos con investigaciones de otras poblaciones.. Estudio de Frankenburg. Denver Development Screening Test. Estudio de DDST. Estudio de Bayley. Test de Brunet y Lezines. Estudio de Coplan. Análisis estadístico. Método descriptivo. Diseño cuasi experimental. Estudio transversal. No existe diferencia significativa según las características del instrumento de examen utilizado. Se confirma la hipótesis. Las discordancias entre este estudio y los de otras investigaciones pueden ser atribuidas a: diferentes características genéticas o culturales de las poblaciones estudiadas. Diferencias en las técnicas de examen aplicadas o en el método de valoración.

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Ofrecer una monograf??a de la figura y de la obra pedag??gica de Jos?? Pedragosa y Moncl??s. Acercarse al campo de la reeducaci??n social en la Barcelona del primer tercio de siglo. Estudio descriptivo monogr??fico de car??cter hist??rico, en el que se presenta el marco conceptual, un seguimiento hist??rico y un an??lisis descriptivo de las realizaciones pedag??gicas de Jos?? Pedragosa y Moncl??s. An??lisis de fuentes documentales.

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Análisis y comparación de la interacción profesor-alumno, en los sistemas de observación en el aula Ashner-Gallagher y Flanders. Los sistemas de observación en el aula Ashner-Gallagher y Flanders, en segundo de EGB. Análisis cualitativo de los sistemas de observación en el aula de Clain, Gonzalo Vázquez, Ashner-Gallagher y Flanders. Comparación cuantitativa de los sistemas Ashner-Gallagher y Flanders. Creación de un nuevo sistema: el BGBQ. Grabaciones en cinta de clases de segundo nivel de EGB. Frecuencias. Coeficiente de contingencia. Representaciones gráficas. El coeficiente de contingencia hallado en la comparación, es muy elevado (0,8842), lo que significa que la concomitancia entre estos dos sistemas es altamente positiva. No quiere decir que pueda usarse indistintamente uno u otro. El análisis de las intervenciones alumno-profesor sólo sería posible en el Flanders, mientras que el estudio detallado de la gestión sólo sería adecuado mediante el sistema Ashner. El autor monta un sistema nuevo basado en los cuatro sistemas analizados, compaginando los objetivos de cada uno de ellos, que denomina BGBQ. Fecha finalización tomada del código del documento.

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