785 resultados para Teoría del consentimiento


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El primer fallo de la Corte Penal Internacional ha confirmado que el Artículo 25(3) del Estatuto de Roma se basa en la teoría del dominio del hecho para hacer la distinción entre autoría y participación. Por el contrario, desde 2003, la jurisprudencia de los tribunales ad hoc construye el concepto de coautoría con base en la doctrina de la empresa criminal conjunta y emplea un criterio subjetivo de autor. En el presente texto analizaremos primero los problemas planteados por esta línea jurisprudencial de los tribunales ad hoc,para proseguir con el análisis del artículo del Estatuto de Roma que más parece asemejarse a la doctrina de la empresa criminal conjunta :el Artículo 25 (3) (d). El documento concluye que ninguna de las categorías de la empresa criminal conjunta tiene cabida en dicha disposición.

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Estudiar qué teoría sostienen los estudiantes universitarios de La Laguna sobre la vejez. 1a. Fase: dos grupos de sujetos, el primero formado por 7 sujetos con edades entre los 30 y 42 años. También participaron 8 personas que actuaron como jueces; todos eran licenciados en Psicología. 2a. Fase: se utilizaron 44 estudiantes, 22 varones y 22 hembras, todos estudiantes de Psicología y Filología, con edades entre los 18 y 24 años. 3a. Fase: participaron 131 alumnos, 76 de Matemáticas y 55 de Psicología. 4a. Fase: 8 estudiantes de primero de Filología cuyas edades oscilaban entre los 17 y 21 años y 64 estudiantes más de otras facultades cuyas edades oscilaban entre 22 y 30 años. Cuatro fases: a) La búsqueda de proposiciones: siguiendo la similitud entre las teorías implícitas (patriarcal, ancianos independientes, tradicional y el abuelito) y las categorías naturales de Rosch, se utilizó la técnica del Brainstorming para la búsqueda de proposiciones. Se obtuvieron las proposiciones más prototípicas de cada categoría, luego fueron seleccionadas por un grupo de jueces. b) Para comprobar si las proposiciones de cada teoría se distribuyen según su grado de tipicidad y su consistencia. Se partió de un gran número de sujetos. c) Fase cognitiva: para comprobar si las proposiciones más o menos prototípicas son rápidamente procesadas y si las proposiciones intermedias necesitan más tiempo para ser procesadas. Se usa un taquitoscopio en un ambiente controlado. d) Estudio de las teorías que sostienen los estudiantes acerca de la vejez y los ancianos: cuatro teorías, dos variables dependientes intragrupo (atribuciones y hétero-atribuciones) y dos variables dependientes intergrupo (los dos grupos de edades). Un cassette, 4 cintas, instrucciones previas y cuatro protocolos para las teorías y las frases de empuje y cuatro cuadernillos de instrucciones. Tarjetas donde iban escritas las proposiciones; hojas de registro, historietas e instrucciones, un taquitoscopio y dos interruptores conectados a un cronoscopio hoja de instrucciones, un cuaderno para CCDA teoría. Cuestionario. En general, los jóvenes universitarios canarios sostienen la teoría tradicional sobre la vejez. Todos rechazan la teoría del deterioro, sin embargo sostienen de forma moderada las otras dos teorías: la patriarcal e independiente.

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Con este trabajo se pretende analizar si las teorías de Parsons y Luhmann, implicadas en el debate entre individualistas metodológicos y colectivistas, dan cuenta acertadamente de la acción social, es decir, del funcionamiento de la sociedad y del individuo que la genera. Esta investigación se estructura en los siguientes capítulos: 1. Individualismo metodológico versus colectivismo. 2. La teoría de sistemas: aplicación en Sociología. 3. El sistemismo en las teorías de Parsons y Luhmann. 4. Del funcionalismo a la teoría de sistemas: el esquema ágil de T. Parsons. 5. La teoría del sujeto en Parsons. 6. N. Luhmann: la complejidad del sistema. 1. Tanto Parsons como Luhmann mantienen una perspectiva sistémica en lo que se refiere al estudio de las sociedades, perspectiva que si bien se debe a su enfoque funcionalista, no se limita a éste, ya que ambos autores les dan a los elementos funcionalistas que toman un giro personal. Es más, en el caso de Parsons, la perspectiva sistémica que adopta va más allá del funcionalismo cuando en su última época analiza el cambio y la evolución en los sistemas sociales. Ambos autores elaboran una teoría de largo alcance que intenta dar explicaciones globales de los sistemas sociales y culturales. Para elaborar tales explicaciones, ambos autores defienden un enfoque interdisciplinar, que es sumamente interesante y fructuoso en las Ciencias Sociales. Las críticas más frecuentes que se les hacen a estas teorías son su generalidad y abstracción, su olvido de las discontinuidades a la hora de tratar el cambio social. Desde nuestro punto de vista, nos parece que el enfoque interdisciplinar ha olvidado algunas disciplinas fundamentales (en el caso de Parsons) o ha tomado algunas innecesarias (Luhmann), así como que utilizan un modelo de sujeto individual incompleto, y un concepto de sistema de acción erróneo. Al hilo de nuestras críticas exponemos el perfil de una alternativa que, en nuestra opinión, se ve libre de las limitaciones que estas teorías presentan. Esta alternativa es fruto del trabajo del grupo constituido en el Departamento de Lógica y Filosofía de la Ciencia de la Universidad de La Laguna.

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1. Recopilar en castellano toda una serie de trabajos realizados en Europa y América sobre Medicina conductual aplicada al dolor crónico. 2. Presentar una visión panorámica del tema del dolor, sin desvincular en ningún momento los dos campos, médico y conductual. 3. Intentar que esta revisión exhaustiva del tema del dolor pueda servir de punto de partida a otras investigaciones. Este trabajo viene a ser un amplio marco conceptual, descriptivo, de donde derivar futuras investigaciones científicas dentro del campo de la Psicología de ahí que trate con mayor énfasis puntos como: el dolor contemplado como conducta, la estimación conductual y las distintas técnicas terapéuticas para controlar el dolor, basadas en el condicionamiento clásico, operante y cognitivo. Se trata de no desvincular el campo médico y conductual; por ello, se ha detenido en una descripción de los últimos descubrimientos farmacológicos, neuroanatómicos y fisiológicos, así como en la explicación de los tratamientos neuroquirúrgicos, neuroestimulatorios y bioquímicos que, aunque no son de la competencia de un psicólogo, le pueden ampliar la visión global del campo. 1. El dolor es algo subjetivo, individual y se modifica por el grado de atención que se le preste, por el estado emocional y por la influencia condicionante de las experiencias previas. 2. De acuerdo con la teoría del aprendizaje, la conducta del dolor puede ser aprendida y también desaprendida, de ahí la importancia del enfoque operante para lograr una buena evaluación y control del dolor. 3. La mayoría de las técnicas conductuales utilizadas actualmente han demostrado empíricamente una eficacia clínica inicial para algunos problemas del dolor. Pero todavía quedan preguntas sin contestar acerca de la efectividad de los componentes activos específicos de que se disponen, el campo y amplitud de aplicación, la comparación de su eficacia y las limitaciones. 1. Hasta hace poco tiempo los clínicos conductuales empleaban sólo una conceptualización motora restrictiva del dolor; actualmente también se está incorporando un sistema de respuesta cognitivo y fisiológico. 2. El enfoque conductual se contempla como plausible y viable y con grandes ventajas implícitas. 3. Los enfoques conductuales tienen un gran futuro en la estimación y control del dolor. Sin embargo, esto es contingente a la adecuada investigación que pueda delinear las pautas empíricas futuras. 4. El psicólogo que trabaje en el campo del dolor debe estar familiarizado con determinados procedimientos específicos como son: manipulación de contingencias conductuales, la estimación psicofisiológica, la relajación muscular y el biofeedback.

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Este programa de atención a la diversidad se llevó a cabo en la Fundación Síndrome de Down de Cantabria por un grupo de profesores del centro, los objetivos que plantearon para su desarrollo fueron: 1. Utilizar los hábitos de cortesía básica, saludos y despedidas en sus interacciones cotidianas. 2. Participar en conversaciones de manera adecuada. 3. Decidir de forma democrática en grupo. 4. Aceptar las críticas y utilizarlas como instrumento de mejora personal. 5. Percibir y comprender diferentes puntos de vista. 6. Utilizar unlenguaje corporal adecuado en sus relaciones sociales especialmente la postura, la mirada y la sonrisa. 7. Hacer uso del teléfono público, realizar compras sencillas y solicitar en la calle la información que necesite. 8. Desplazarse por la ciudad a pie y en autobús. 9. Participar de manera adecuada en actos sociales y recreativos.Todos estos objetivos se trabajaron a través de Modificación de Conducta (Análisis Conductual Aplicado) y de la Teoría del Aprendizaje Social para ello sus sesiones se dividian en: 1. Instrucción verbal: información sobre la habilidad, su relevancia y su utilidad práctica. 2. Modelado: realización de la conducta por parte de un modelo. 3. Práctica: realización de la conducta por el alumno. 4. Retroalimentación. Discusión: revisión y reflexión sobre la conducta realizada. 5. Generalización: tareas para casa. Aplicación práctica real de la conducta. La memoria del proyecto contiene una serie de fichas donde se recoge la evaluación de los alumnos participantes en las diversas actividades. Los materiales utilizados fueron: material fungible, material audiovisual.

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C. Wright Mills has been forgotten by sociological theories however there is no doubt about how much he contributed to the field of Epistemology. He successfully participated in the American Sociology of Knowledge and, at the same time, he  upheld the tradition of the Conflict Theory, including the sociological dimension into one of the most questioned political subjects of his period. Undoubtedly,  Wright Mills was morally committed to the value of reason and freedom. His central issue was to analyse the real possibilities for a particular individual within  a particular social order to become a free man capable of reasoning. He wondered how someone could be able to transcend his daily nature through reason and  experience and to act accordingly to his power. The power and political processes were constant in his works, since he claimed that any political process was a  struggle for power and prestige, for authoritative positions, both within each nation  and among the different states. On the other hand, he  bserved that the social  structure in the United States of America was not completely democratic, since the  course of action depended on the decision of a small group of wealthy, powerful individuals. These concentrating spaces of power amongst some economic, military  and political corporations were supported by their underlying ideology, a fact that became clearer when referring to international affairs. Nowadays, in a world of  structural antagonisms, wars and rebellions, the need for looking at the work  of intellectuals like Mills re-emerges. Mills showed us a way in which a complex entity as power can be understood, and, at the same time, the need to consider the  course of history, its mechanics and process.

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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.

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En los últimos tiempos el derecho ambiental ha ganado un puesto importante en el ámbito jurídico, hecho que refleja la preocupación que hoy se tiene por la relación del hombre con su entorno. Desde hace quince años, la Universidad Colegio Mayor de Nuestra señora del Rosario, por intermedio de su Facultad de Jurisprudencia y concretamente de la Especialización y la línea de investigación en Derecho Ambiental, ha propuesto a través de diversos proyectos avanzar en el conocimiento y análisis del ordenamiento jurídico ambiental, aportando así al desarrollo, estructura y consolidación de esta rama jurídica. Bajo estos parámetros, el objetivo de esta publicación es hacer algunas reflexiones en torno a distintos temas que dentro del derecho público impactan o influyen al derecho ambiental y responder a los enormes desafíos que se presentan en la materia. Por tanto, el programa quiere contribuir desde la academia al diálogo crítico y propositivo que permita dar solución a los problemas encontrados en la aplicación del derecho ambiental. En el primer capítulo, Gloria Amparo Rodriguez describe los ordenamientos jurídicos constitucionales de Colombia, Ecuador y Bolivia a fin de analizar la forma en que cada uno de ellos consagra el derecho a un ambiente sano. A continuación, Martha Ovalle y Zelba Nidia Castro de Perez realizan un estudio de los principios de precaución y prevención, exponiendo su alcance, su fundamento desde el derecho internacional y cómo vienen siendo entendidos por nuestro ordenamiento jurídico, tanto jurisprudencial como legal. Luis Adolfo Diazgranados se ocupa de la responsabilidad de los funcionarios públicos en materia ambiental, para lo cual realiza un análisis de los deberes consagrados en la normatividad vigente. Continuando con esta temática, el profesor Jorge Agudo Gonzalez, de la Universidad Autónoma de Madrid, explora la incidencia del ambiente y los recursos naturales en los procesos contractuales, a fin de mostrar cómo estas materias se han constituido en variable fundamental en el devenir de la formación, celebración y ejecución de los contratos, desde un punto de vista crítico, los aspectos importantes del proceso sancionatorio ambiental, evidenciando las falencias y vacios del a Ley 1333 de 2009. Jairo Cabrera plantea algunas reflexiones sobre la responsabilidad, valiéndose de la doctrina internacional, sobre la problemática de la reparación por daño ambiental. Por su parte, Leonardo Güiza Suárez explica el régimen general de la responsabilidad ambiental en el ordenamiento jurídico a partir del daño de los bosques naturales y su incidencia sobre los derechos humanos. Andres Gomez Rey, desde la teoría del acto administrativo, desarrolla el análisis crítico del régimen jurídico de las aguas superficiales en el derecho ambiental. Giovani J. Herrera Carrascal realiza una disertación sobre los recursos naturales y el ambiente como elementos del espacio público que a su vez constituye en un componente del medio ambiente urbano a partir de la jurisprudencia y de las competencias respectivas. Por último, Marybell Ochoa Miranda trate el tema de los residuos hospitalarios en Colombia, exponiendo su régimen jurídico, las competencias de las autoridades ambientales, los deberes que en estos asuntos tienen los ciudadanos, proponiendo lineamientos para avanzar en la consolidación de la gestión integral de residuos hospitalarios y similares.

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La presente monografía busca establecer una conexión argumentada entre la expedición de la ley 200 de 1936 y la creación de Autodefensas Campesinas en la primera mitad del siglo XX en Colombia. Se buscan las razones estructurales por las cuales la sociedad rural se vio abocada a impulsar agrupaciones armadas para defender sus derechos fundamentales, debido a que el Estado demostró ser incapaz de protegerlos mientras que el odio entre clases rurales aumentó conforme se implementaba el capitalismo agrario en el país. Desde la Teoría del Conflicto de Clases Rurales de Jeffery Paige, se explicará la forma en la que se articulan las variables que no permiten una revolución social, pero si propician la aparición de este tipo de grupos campesinos armados e ilegales; que luego se transformarían en “Guerrillas”.

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Amenazas como Siria, Irán y el PKK fueron relevantes al momento de forjar una alianza entre Turquía e Israel a mediados de los noventa. Con la firma de varios acuerdos en el ámbito militar se fortaleció la relación bilateral en materia de seguridad. Sin embargo, la llegada de un nuevo gobierno a Turquía en 2002 generó un cambio en materia de política exterior, especialmente con Israel. La monografía sustentada bajo los postulados de la Teoría del Balance de las Amenazas concluye que la ruptura de la alianza se dio por el cambio en la política exterior de seguridad turca, el bloqueo a Gaza por parte de Israel en 2008 y el ataque a la Flotilla de Gaza en 2010, conduciendo a una transformación en los acuerdos militares pactados para la seguridad y estabilidad de ambos países en la región de Medio Oriente.

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En el mundo actual el diálogo social y la concertación laboral se han convertido en un imperativo ético político y social para el tratamiento de los conflictos las diferencias e intereses de las partes. En el mundo laboral constituyen una herramienta

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Ineluctablemente que con el advenimiento de la Nueva Constitución, el Estado acogió unas transformaciones en cuanto a su organización y estructura que cobijaron las diversas ramas del poder público.Frente a esa ola de cambio, la rama jurisdiccional sufrió una serie de innovaciones o vuelcos, que en primera instancia pretendieron orientar la función del Estado hacia uno de rango social de derecho y democrático

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La competitividad es un tema al que se le ha venido colocando especial interés debido a que esta puede llegar a determinar la evolución y desarrollo de todo un país. Por esta razón, es de vital importancia poder identificar como ha sido la evolución de las diferentes teorías y conceptos referentes al tema, para así poder analizar la situación de Colombia.

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En este ensayo reconcilio la epistemología idealista de Peirce con su realismo metafísico, al proponer una idea de realidad permanentemente corregida por los resultados de la indagación. Esto implica prescindir del acuerdo último y aceptar uno actual y falible.

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Una de las tantas preocupaciones es la concerniente a la emisión de fallos en los que se deja de lado la imputación nodal o la calificación provisional que el evento ameritara, esto es, cuando el juez sanciona por delito distinto al determinado