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Este estudio de caso se realiza con el ánimo de analizar la cooperación militar existente entre Estados Unidos y Egipto durante el periodo de 2002 a 2008. De esta manera, se busca conocer la incidencia que dicha cooperación tuvo en la seguridad fronteriza de Egipto e Israel. Para tal fin a lo largo del trabajo se procederá a exponer los principales aspectos del programa de cooperación analizado, se identificaran las principales amenazas a la seguridad fronteriza de Egipto y de Israel y se describirán las principales acciones que en el marco de dicho programa de cooperación militar se han tomado para hacerles frente a estas.
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Objetivo. Establecer la prevalencia de Desordenes Musculo Esqueléticos(DME) y su asociación con factores ergonómicos (postura, manipulación de carga y trabajo repetitivo) en trabajadores administrativos de una Institución Educativa de Nivel Superior (IENS). Métodos. Se realizó un estudio descriptivo de corte transversal a 146 trabajadores de una IENS de la ciudad de Neiva (Huila), entre Abril y Mayo de 2015. Para la recolección de la información se utilizaron dos instrumentos: un instrumento para la caracterización sociodemográfica y ocupacional y el cuestionario estandarizado para identificar daños y exposición a riesgos ergonómicos en el trabajo (ERGOPAR). Resultados. El 90,4 % de los trabajadores presentaron molestia o dolor en alguna de las áreas del cuerpo, dentro de las cuales las más afectadas fueron las zonas del Cuello, hombros y/o espalda dorsal con el 79,9%, la espalda lumbar con el 65,8% y las manos y/o muñecas con el 49,3%. Conclusiones. Se encontró una asociación entre la exposición a factores ergonómicos y la presencia de DME, indicando que las posturas de trabajo forzadas o prolongadas y la manipulación de cargas representan un alto riesgo biomecánica para los trabajadores, lo cual se puede ver reflejado a mediano o largo plazo con el desarrollo de trastornos o enfermedades que pueden llegar a ser incapacitantes para los trabajadores, afectando su calidad de vida y su productividad laboral.
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El sistema penitenciario y carcelario en Colombia atraviesa por una crisis de hacinamiento sin precedentes. El sobrecupo en los establecimientos de reclusión y los deficientes servicios de salud, alimentación e higiene dificultan la habitabilidad de los internos en prisión y atenta contra los derechos fundamentales y los Derechos Humanos de los condenados. La resocialización, mediante el Plan de Acción y Sistema de oportunidades (PASO), presenta múltiples dificultades para su realización en el Complejo Penitenciario y Carcelario (COMEB) – La Picota; por lo que esta investigación tiene como propósito analizar las condiciones y oportunidades que ofrece este establecimiento para un tratamiento penitenciario digno durante el periodo 2004-2013, y establecer recomendaciones para su mejoramiento.
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Proyecto de educaci??n emocional iniciado en el 1997 en una escuela de Barcelona. La experiencia tiene un doble objetivo. Por una parte, el de dotar de formaci??n a los educadores y por otra, la de hacer llegar esta formaci??n a los alumnos de manera preventiva. Se incluye el trabajo hecho hasta el a??o 2006; como el programa formativo, actividades, evaluaciones o la vinculaci??n con el AMPA.
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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general
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La valiosa Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derecho. Humanos no agota sus efectos en sus beneficiarios directos sino que también favorece al conjunto de la población de lo: estados sometidos a su jurisdicción al precisar el sentido contenido y alcances de los derechos. Esta función preventiva según se demuestra en esta publicación, constituye una finalidad esencial de todo sistema internacional de protección de derechos humanos. En este libro se identifica y analiza algunos de los principales estándares di cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humano: fijados durante casi tres décadas de jurisprudencia de la Corte Interamericana. La autora, adoptando un enfoque creativo, se concentra en tres áreas novedosas y el algunos casos polémicos: la situación de los niños, los pueblos indígenas y los derecho: económicos, sociales y culturales. Las sentencias de la Corte en esas materias muestra a un sistema de protección de derechos en permanente renovación y consolidación ) además señalan los dilemas y tareas que afrontan las sociedades de la región.
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Estudio cualitativo que analiza los abordajes teóricos utilizados por diferentes autores en la comprensión de la influencia de los recursos económicos en la actividad física desde los modelos de determinantes y determinación social.
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Se precisa el régimen de contratación al que el Estado se sujeta al crear o autorizar la creación de un establecimiento de crédito de orden nacional. Para ello, se analizan la normatividad que los regula y algunos de sus manuales de contratación.
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Resumen basado en el de la publicación
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Los indígenas como sujeto jurídico para el reconocimiento de derechos étnicos han sido definidos desde el paradigma del multiculturalismo liberal, basado en características esencialistas de la identidad, como el vínculo con el territorio ancestral rural, el uso de la lengua nativa, y la organización colectiva y comunitaria. Sin embargo, el conflicto armado colombiano ha generado el desplazamiento forzado de gran parte de esta población i1, en su mayoría hacia áreas urbanas y metropolitanas, donde son inaplicables las características que eran tenidas en cuenta para el reconocimiento y la garantía de sus derechos. La ausencia de un sujeto jurídico étnico que responda a las condiciones de un indígena desterritorializado víctima de desplazamiento forzado a causa del conflicto armado que solicita atención individual, se convierte en un obstáculo para la garantía de sus derechos étnicos en la implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación a víctimas del conflicto armado, porque las medidas afirmativas y el enfoque diferencial étnico, obligación del ejecutivo, queda a la discrecionalidad de las decisiones administrativas, poniendo en riesgo la garantía del derecho a la identidad cultural y, por lo tanto, a la diversidad étnica y cultural de la nación.
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Presentan el proyecto 'Situaciones interactivas en torno al Sida' realizado por el ICE de la Universitat de Barcelona y la cooperativa Claps de Pordenone (Italia). el proyecto ha sido financiado por la Dirección General de la unión Europea en su programa 'Europa contra el Sida'. El modelo más utilizado para prevenir el Sida, que defiende este proyecto, es el Modelo Precede, dónde se identifican tres factores que se han de tener en cuenta para ser efectivos en la orientación: factores predisponentes, factores facilitadores, factores reforzadores. En el desarrollo de la estrategia preventiva del Cd-rom se ha tenido en cuenta estos tres factores: este material permite crear situaciones en que el usuario toma decisiones en función de la información presentada sobre esta enfermedad contagiosa.
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Resumen de la autora en catalán
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Resumen basado en el de la autora
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Delimitación y la clarificación de roles, funciones y tareas de los educadores y las educadoras sociales, los trabajadores y trabajadoras sociales y los pedagogos y pedagogas sociales. Equipos de profesionales de los circuitos de atención a la infancia de reforma y protección, regulados y estabilizados como tales equipos en los cuales como mínimo se encuentran dos de los tres profesionales objeto de estudio. El trabajo se ha organizado de la siguiente manera: primero se plantea una dimensión más teórica realizando un estudio de los diferentes roles profesionales de los que trata. Después desarrolla un segundo bloque basado en una recogida de información sobre el marco jurídico y político de intervención profesional. En tercer lugar, desarrolla un estudio de campo que pretende contrastar los otros dos bloques con la recogida de datos. Finalmente realiza un análisis comparativo de las conclusiones finales y realiza una propuesta organizadora de la definición profesional y de relación en la acción. Cuestionarios, observación y entrevista. Análisis estadístico inferencial y análisis e interpretación holística. La institución entiende que el objetivo de la formación continuada para estos profesionales está en la profundización de la intervención. Por otra parte el profesional situa en primer lugar otros contenidos de formación que tienen que ver con la fundamentación previa a la intervención misma: formación en ámbitos, colectivos, dimensión psicológica de la persona, familia, prevención,...Asimismo, aunque se coincide en la demanda de formación el tiempo dedicado a ésta es reducido, creando así una situación problemática. Se destacan las siguientes cuestiones: respecto al perfil de la respuesta institucional, ésta corresponde a una institución proteccionista con finalidad preventiva; también queda demostrado que no existe una clara delimitación de las funciones específicas de cada profesional por parte de las instituciones; finalmente, llega a la conclusión de que se tiende a una interprofesionalidad con ciertas dificultades de falta de reflexión y profundidad por parte de cada profesional.
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Trabajar los fundamentos donde se puede apoyar la regulación de conflictos para que esta sea sólida y realista. Buscar unos principios susceptibles de ser arraigados a cada contexto y proceder a su sistematización dotando las bases teóricas donde fundamentar los recursos, técnicas y procedimientos mínimos que a posteriori se quieran crear para desarrollar los valores y las actitudes propios en el marco de la gestión de conflictos y la mediación. La gestión de conflictos. La primera parte centra su fundamentación teórica en la descripción del estado de la cuestión en la actualidad a través de la recogida y estudio de fuentes. Seguidamente analiza el estado de la cuestión en el campo de la mediación y resolución de conflictos. Posteriormente, elabora una reflexión filosófico-pedagógica determinando valores y actitudes desde las diferentes corrientes pedagógicas. La investigación concluye en el diseño de una serie de estrategias, el aprendizaje de las cuales contribuye a la formación del educador como gestor de conflictos. El tratamiento de conflictos desde su gestión comporta una convicción: la persona humana es limitada y no puede resolverlo todo. Por eso, la tesis defiende la gestión de conflictos por encima de la resolución; el proceso gestor permite que se desarrolle un crecimiento positivo de los diferentes agentes implicados. El mismo proceso incluye la función preventiva: se trata de posibilitar espacios y tiempos para el encuentro y dar a conocer lo que los diferentes tienen de igual, es decir, todo aquello que es común, y, no obstante, ignorado. Equipara la gestión de conflictos a una acción preventiva que no ataca los síntomas sino las causas, en tanto que no aporta soluciones directas, sino que su finalidad es crear las condiciones para que las partes se impliquen en la gestión del conflicto y avancen en el convencimiento de llegar a un posible acuerdo.