804 resultados para Larrea, Juan Bautista de , Fiscal del Consejo de Hacienda


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El diseño del Sistema Administrativo propuesto surge debido a la necesidad que existe en La Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados del Ministerio de Hacienda, ACACEMIHA de R.L, de fortalecer las funciones administrativas y a la vez mejorar el desarrollo de las actividades de planeación, organización, dirección y control con el propósito de cumplir con los objetivos propuestos y aprovechar al máximo los recursos humanos, materiales y financieros disponibles. A fin de disminuir las deficiencias que se dan en el área administrativa de esta cooperativa, se ha elaborado la presente investigación la cual contribuirá a fortalecer la eficiencia, a través de herramientas que faciliten la realización de las actividades. Para conocer la situación actual de la cooperativa se realizó un estudio en el cual se utilizó una metodología que permitiera la obtención de información, como son: entrevista, cuestionario y observación directa, que permitieron adquirir datos primarios y secundarios. Con los resultados obtenidos se detectó las deficiencias en la aplicación de cada una de las etapas del proceso administrativo, que surgen por la inexistencia de adecuadas herramientas administrativas tales como: misión, visión, objetivos, estructura organizativa bien definida, manuales administrativos, supervisión adecuada, así como, apropiados mecanismos de control, que ayudan a detectar las posibles deficiencias en las actividades que se realizan en la cooperativa. De acuerdo a la investigación se determinó que la cooperativa no cuenta con las funciones administrativas establecidas que ayuden a prever situaciones futuras, de tal manera que se propone la elaboración y aplicación de los diferentes planes que contribuyan al alcance de los objetivos propuestos; además, no poseen herramientas organizativas que faciliten el desarrollo de las actividades dentro de la cooperativa, por lo que se les sugiere elaborar los manuales administrativos que más se adapten a las necesidades de ella, así como definir una estructura organizativa formal. Asimismo, se encontró deficiencias en los elementos de la dirección administrativa, por lo que se le propusieron técnicas para superar esas deficiencias. Por otra parte, en lo referente al control administrativo no se poseen mecanismos adecuados para verificar si se ésta cumpliendo con lo planeado, debido a ello se le recomienda aplicar técnicas de control tanto presupuestario como no presupuestarias.

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El propósito de la administración de inventario, consiste en equilibrar los objetivos de cada área funcional de la organización y manejar los niveles de inventario con base a los intereses de la empresa como un todo. Como grupo de trabajo, inspirados por las necesidades existentes, se decidió realizar un Sistema de administración de Inventario para la Bodega de Mercancías en Abandono de la Dirección General de la Renta de Aduana, identificando como objetivo central la necesidad, para determinar las causas que inciden en el descontrol de los movimientos de inventario. Así mismo los resultados de la investigación sirvieron de base para la propuesta del Sistema de Inventario. Como parte de la metodología, se realizó encuestas dirigidas personal administrativo y operativo del departamento de subastas encargados de administración de la bodega de mercancías en abandono, cuya herramienta fue el cuestionario, complementado con entrevistas personales a los administradores de Aduanas, permitiendo con ello el conocimiento y evaluación de la problemática existente en la bodega. Con base al diagnóstico realizado, se concluye no existe mobiliario donde puedan ubicar los bienes ni un sistema de inventario que registre y controle las entradas y salidas de la bodega, por lo cual la recomendación derivada, es diseñar un Sistema de Inventario, con el fin de contribuir a un mejor control de las operaciones de la bodega.

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El artículo forma parte de un monográfico sobre la proyección internacional de los centros escolares

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El análisis de este estudio se centra en describir el proceso que vivió la movilización indígena a través de la Minga de Resistencia Social y Comunitaria; que inició con diversas mingas a partir del año 2006 y se consolidó en el año 2009. Esta movilización tiene como fin exigir la restitución de los derechos de los pueblos indígenas del Departamento del Cauca. La Minga, se convierte en una herramienta política y social que a partir de la movilización empieza a estructurarse e involucrar a otros sectores de la sociedad.

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La salud además de ser un derecho fundamental también es un servicio público, el cual debe brindarse adecuadamente en términos de oportunidad, cobertura y calidad. Al entender la salud como un derecho fundamental autónomo, significa, que requiere por parte del Estado la garantía de su goce efectivo para todos los habitantes del territorio nacional, el cual es susceptible de limitaciones, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, dentro del marco de la dignidad humana. Por otro lado, el análisis de la salud como un servicio público puede abordarse desde la prestación del mismo por parte de los particulares, lo que significa analizar la figura de la descentralización por colaboración en un Estado Unitario, lo que implica: 1. La actuación de particulares en la prestación del servicio público, previa autorización legal 2. La implementación de sistemas de control, inspección y vigilancia, por parte del Estado sobre dicha prestación. 3. La expedición de instrumentos de regulación y reglamentación normativa que regulen la prestación del servicio público de salud. A través de la interpretación integradora podemos afirmar que la salud es un derecho de la persona que se materializa mediante la prestación de un servicio público de carácter obligatorio. Es decir, los servicios públicos se constituyen como instrumentos para garantizar el logro de la plena vigencia y eficacia de los derechos constitucionales y por ende de la realización de los fines del Estado Social de Derecho.

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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general

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En materia de control fiscal territorial, se ha evidenciado la urgencia de una reforma en su estructura orgánica como consecuencia de los casos de corrupción que se han presentado en las entidades territoriales, los cuales han generado la intervención de la Contraloría General de la República en asuntos de carácter territorial, a través de una facultad constitucional denominada control fiscal excepcional. Dicha facultad no es ampliamente conocida y genera inquietud, pues no ha recibido un profundo estudio que permita determinar con claridad su carácter de excepcional, ya que en ciertos casos limita la competencia de las contralorías territoriales que puede traducirse en una nueva centralización. Es entonces que se emprende un análisis desde la perspectiva de la estructura del Estado, en el modelo descentralizado de las funciones de la Contraloría General de la República, donde el carácter limitante del control fiscal excepcional puede ser parte de un fenómeno que se denomina “recentralización. Es así que, a través del primer capítulo se desarrollan los conceptos de control fiscal, terminando con el análisis del modelo en la constitución de 1991, en el cual quedó establecido la facultad excepcional objeto de estudio. En el mismo sentido se estudia los pronunciamientos jurisprudenciales, como también los conceptos de descentralización y centralización para entender la finalidad del objeto de análisis, asimismo se revisó los casos relevantes entorno al control fiscal excepcional. Adicionalmente se construye un marco jurisprudencial para identificar la posición dominante de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, respecto al control fiscal excepcional. En la segunda parte del documento, primero se analiza cómo ha sido el proceso de centralización a la descentralización respecto del control fiscal, asimismo se expondrá el concepto de recentralización. Finalmente, se establece cuáles son los retos que se presentan en el fortalecimiento del control fiscal territorial, el papel en la lucha contra la corrupción y cómo se ha planteado desde otras esferas, un cambio del modelo del control fiscal territorial y una propuesta que recoge las apreciaciones estudiadas a lo largo de los cuatro capítulos de la investigación. Sobre la base de las consideraciones anteriores, se pretende dar un punto de vista diferente a la comunidad académica y además un estudio que permita una visión sobre la necesidad de reforzar el control fiscal territorial, como también frenar el retroceso que ha tenido a través del control fiscal excepcional, y de la misma manera la descentralización en Colombia.

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Estudio realizado sobre las retribuciones de la enseñanza concertada en el año 2007, que demuestra que existen grandes diferencias entre las distintas comunidades autónomas. Esta diferencia es, incluso en las comunidades de régimen fiscal especial, muy superior a la de la enseñanza pública. Esto contrasta con el convenio estatal que está altamente centralizado. Los acuerdos salariales de la enseñanza concertada siempre han ido a remolque de los de la enseñanza pública. De todo esto se deduce que urge una mejora de las condiciones, no sólo del profesorado, sino de todo el personal de la enseñanza concertada de muchas comunidades. Se deberían impulsar las recomendaciones y medidas del Consejo Escolar del Estado y aprovechar la regulación de una Nueva Normativa Básica del Régimen de Conciertos.